JUZGADO LABORAL VILLA ANGELA - Fecha Despacho: 18/03/2021 - Providencias ----------------------------------------------------------------------- Expediente Caratula ----------------------------------------------------------------------- Expte. N°: 31/21 A.................... S/EJECUCION DE ACUERDO HOMOLOGADO Seinicia.- ------------------------------------------------------ Expte. N°: 01/2014 ACUÑA EVARISTO C/ WACHNOWSKI FORESTAL S.R.L. Y OTROS S/INDEMNIZACION ART.8 -LEY 24013 Cédulas a Afip, atp y cajaforense.- SUsuarioC E D U L A .- SRES. AFIP.-- judaguirre@afip.gob.ar (ELECTRONICO) SE HACE SABER A UD.: Que en los autos caratulados: "ACUÑA EVARISTO C/ WACHNOWSKI FORESTAL S.R.L. Y OTROS S/ INDEMNIZACIÓN ART. 8 Ley 24013".EXPTE. Nº 01 - Fº 50 - AÑO: 2014, de trámite por ante el Juzgado del Trabajo de la Tercera Circ. Judicial, se ha resuelto notificarle la parte pertinente de la providencia que transcripta DICE: "//lla Angela, 17 de Marzo de 2.021.- AUTOS Y VISTOS : ... CONSIDERANDO: ... R E S U E L V O: 1º) REGULAR los honorarios profesionales del Dr. Francisco Andrés Angelina, como Letrado, en la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA CON OCHENTA Y CINCO CTVOS. ($ 29.490,85), y para el Dr. Rogelio Vedoya Ott, como Apoderado, en la suma de PESOS ONCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON TREINTA Y CUATRO CTVOS. ($ 11.796,34) todo ello más IVA si correspondiere (Arts. 5º,6º, y 8º de la Ley 288 C antes Ley 2011.-2º)Las Costas son a cargo de la parte Demandada, WACHNOWSKI FORESTAL S.R.L., DANIEL ALEJANDRO WACHNOWSKI, NICOLAS IRINEO WACHNOWSKI Y SERGIO JOAQUIN WACHNOWSKI, en forma solidaria, a según lo dispuesto por el art. 281º del Código de Procedimiento Laboral del Chaco Ley 2225 - O).- 3º)Por Secretaría notifíquese a Caja Forense, AFIP (mhcapitanich@afip.gob.ar) y ATP (atp.jibigues@chaco.gov.ar) conforme lo dispuesto por el punto séptimo de la Acordada Nº 3.172, en fecha 09/02/2.011 del Superior Tribunal de Justicia.- 4º) Notifiquese por el sistema de notificaciones electrónicas de conformidad a lo previsto por el art. 155º del CPCC - Ley 2559-M, de aplicación supletoria a nuestro ámbito por imperio del 355º de la Ley 2225 - O-( antes Ley 7434).-5º) NOTIFIQUESE- REGISTRESE.- FDO. LUIS A. GUTIERREZ - JUEZ - JUZGADO DEL TRABAJO - TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL.-" QUEDA UD.DEBIDAMENTE NOTIFICADO.- SECRETARIA, 17 DE MARZO DEL 2021.- Dra..GLADYS VERONICA MOLINA -SECRETARIA- JUZGADO DEL TRABAJO C E D U L A .- SRES. ATP.-- atp.jibigues@chaco.gov.ar (ELECTRONICO) SE HACE SABER A UD.: Que en los autos caratulados: "ACUÑA EVARISTO C/ WACHNOWSKI FORESTAL S.R.L. Y OTROS S/ INDEMNIZACIÓN ART. 8 Ley 24013".EXPTE. Nº 01 - Fº 50 - AÑO: 2014, de trámite por ante el Juzgado del Trabajo de la Tercera Circ. Judicial, se ha resuelto notificarle la parte pertinente de la providencia que transcripta DICE: "//lla Angela, 17 de Marzo de 2.021.- AUTOS Y VISTOS : ... CONSIDERANDO: ... R E S U E L V O: 1º) REGULAR los honorarios profesionales del Dr. Francisco Andrés Angelina, como Letrado, en la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA CON OCHENTA Y CINCO CTVOS. ($ 29.490,85), y para el Dr. Rogelio Vedoya Ott, como Apoderado, en la suma de PESOS ONCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON TREINTA Y CUATRO CTVOS. ($ 11.796,34) todo ello más IVA si correspondiere (Arts. 5º,6º, y 8º de la Ley 288 C antes Ley 2011.-2º)Las Costas son a cargo de la parte Demandada, WACHNOWSKI FORESTAL S.R.L., DANIEL ALEJANDRO WACHNOWSKI, NICOLAS IRINEO WACHNOWSKI Y SERGIO JOAQUIN WACHNOWSKI, en forma solidaria, a según lo dispuesto por el art. 281º del Código de Procedimiento Laboral del Chaco Ley 2225 - O).- 3º)Por Secretaría notifíquese a Caja Forense, AFIP (mhcapitanich@afip.gob.ar) y ATP (atp.jibigues@chaco.gov.ar) conforme lo dispuesto por el punto séptimo de la Acordada Nº 3.172, en fecha 09/02/2.011 del Superior Tribunal de Justicia.- 4º) Notifiquese por el sistema de notificaciones electrónicas de conformidad a lo previsto por el art. 155º del CPCC - Ley 2559-M, de aplicación supletoria a nuestro ámbito por imperio del 355º de la Ley 2225 - O-( antes Ley 7434).-5º) NOTIFIQUESE- REGISTRESE.- FDO. LUIS A. GUTIERREZ - JUEZ - JUZGADO DEL TRABAJO - TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL.-" QUEDA UD.DEBIDAMENTE NOTIFICADO.- SECRETARIA, 17 DE MARZO DEL 2021.- Dra..GLADYS VERONICA MOLINA -SECRETARIA- JUZGADO DEL TRABAJO C E D U L A .- SRES. CAJA FORENSE.- villaangela@cajaforensechaco.org.ar (ELECTRONICO) SE HACE SABER A UD.: Que en los autos caratulados: "ACUÑA EVARISTO C/ WACHNOWSKI FORESTAL S.R.L. Y OTROS S/ INDEMNIZACIÓN ART. 8 Ley 24013".EXPTE. Nº 01 - Fº 50 - AÑO: 2014, de trámite por ante el Juzgado del Trabajo de la Tercera Circ. Judicial, se ha resuelto notificarle la parte pertinente de la providencia que transcripta DICE: "//lla Angela, 17 de Marzo de 2.021.- AUTOS Y VISTOS : ... CONSIDERANDO: ... R E S U E L V O: 1º) REGULAR los honorarios profesionales del Dr. Francisco Andrés Angelina, como Letrado, en la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA CON OCHENTA Y CINCO CTVOS. ($ 29.490,85), y para el Dr. Rogelio Vedoya Ott, como Apoderado, en la suma de PESOS ONCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON TREINTA Y CUATRO CTVOS. ($ 11.796,34) todo ello más IVA si correspondiere (Arts. 5º,6º, y 8º de la Ley 288 C antes Ley 2011.-2º)Las Costas son a cargo de la parte Demandada, WACHNOWSKI FORESTAL S.R.L., DANIEL ALEJANDRO WACHNOWSKI, NICOLAS IRINEO WACHNOWSKI Y SERGIO JOAQUIN WACHNOWSKI, en forma solidaria, a según lo dispuesto por el art. 281º del Código de Procedimiento Laboral del Chaco Ley 2225 - O).- 3º)Por Secretaría notifíquese a Caja Forense, AFIP (mhcapitanich@afip.gob.ar) y ATP (atp.jibigues@chaco.gov.ar) conforme lo dispuesto por el punto séptimo de la Acordada Nº 3.172, en fecha 09/02/2.011 del Superior Tribunal de Justicia.- 4º) Notifiquese por el sistema de notificaciones electrónicas de conformidad a lo previsto por el art. 155º del CPCC - Ley 2559-M, de aplicación supletoria a nuestro ámbito por imperio del 355º de la Ley 2225 - O-( antes Ley 7434).-5º) NOTIFIQUESE- REGISTRESE.- FDO. LUIS A. GUTIERREZ - JUEZ - JUZGADO DEL TRABAJO - TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL.-" QUEDA UD.DEBIDAMENTE NOTIFICADO.- SECRETARIA, 17 DE MARZO DEL 2021.- Dra..GLADYS VERONICA MOLINA -SECRETARIA- JUZGADO DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 01/2014 ACUÑA EVARISTO C/ WACHNOWSKI FORESTAL S.R.L. Y OTROS S/INDEMNIZACION ART.8 -LEY 24013 REGULACION DE HONORARIOSACTUALIZADOS SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” INTERLOCUTORIO Nº............./2021.- //lla Angela, 17de Marzo de 2.021.- AUTOS Y VISTOS : Para resolver en los autos caratulados:"ACUÑA EVARISTO C/ WACHNOWSKI FORESTAL S.R.L. Y OTROS S/ INDEMNIZACION ART. 8, EXPTE Nº 01 - Fº 50 - AÑO 2014, y- CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo resuelto por la Excma. Cámara de Apelaciones en el Pto. IV) del Interlocutorio Nº 62 de fecha 24/09/2020 obrante a fs. 1566/1573 y vta., corresponde la regulación adicional de los honorarios profesionales de los Dres. Rogelio Vedoya Ott y Francisco Andres Angelina, conforme planilla actualizada por la Perito Contadora Oficial obrante a fs. 1691, y según lo dispone el Art. 8º de la Ley 288 C antes Ley 2011.- Dicha petición se realiza, de acuerdo a los porcentajes establecidos en la Sentencia de Primera Instancia dictada en la presente causa.- Que atento a ello, constancias de autos y a lo previsto por el Art. 8º de la Ley 2011/2385, corresponde regular los honorarios adicionales de los profesionales mencionados supra, para lo cual tomo como base la diferencia existente entre la actualización del monto de la planilla obrante a fs. 1180/1186, por la suma de $ 806.601,28 desde el 14/11/2019 al 04/04/2019, que asciende a la suma de $ 990.919,09, y realizado el cálculo matemático ($ 990.919,09 - $ 806.601,28 obtenemos la suma de $ 184.317,81, y siguiendo las pautas previstas por en los Arts. 5°, 6º 7º y 8º de la Ley 288 C antes Ley 2011, para lo cual deduzco de dicho importe el 16 % (art.5º) para el carácter de Letrado del Dr.Francisco Andres Angelina, y de ello el 40 % para el Dr. Rogelio Vedoya Ott como Apoderado; todo ello más IVA, si correspondiere.- Las Costas son a cargo de la parte Demandada, WACHNOWSKI FORESTAL S.R.L., DANIEL ALEJANDRO WACHNOWSKI, NICOLAS IRINEO WACHNOWSKI Y SERGIO JOAQUIN WACHNOWSKI, en forma solidaria, a según lo dispuesto por el art. 281º del Código de Procedimiento Laboral del Chaco Ley 2225 - O).- Por todo ello: R E S U E L V O: 1º)REGULAR los honorarios profesionales del Dr. Francisco Andrés Angelina, como Letrado, en la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA CON OCHENTA Y CINCO CTVOS. ($ 29.490,85), y para el Dr. Rogelio Vedoya Ott, como Apoderado, en la suma de PESOS ONCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON TREINTA Y CUATRO CTVOS. ($ 11.796,34) todo ello más IVA si correspondiere (Arts. 5º,6º, y 8º de la Ley 288 C antes Ley 2011.- 2º)Las Costas son a cargo de la parte Demandada, WACHNOWSKI FORESTAL S.R.L., DANIEL ALEJANDRO WACHNOWSKI, NICOLAS IRINEO WACHNOWSKI Y SERGIO JOAQUIN WACHNOWSKI, en forma solidaria, a según lo dispuesto por el art. 281º del Código de Procedimiento Laboral del Chaco Ley 2225 - O).- 3º)Por Secretaría notifíquese a Caja Forense, AFIP (mhcapitanich@afip.gob.ar) y ATP (atp.jibigues@chaco.gov.ar) conforme lo dispuesto por el punto séptimo de la Acordada Nº 3.172, en fecha 09/02/2.011 del Superior Tribunal de Justicia.- 4º)Notifiquese por el sistema de notificaciones electrónicas de conformidad a lo previsto por el art. 155º del CPCC - Ley 2559-M, de aplicación supletoria a nuestro ámbito por imperio del 355º de la Ley 2225 - O-( antes Ley 7434).- 5º)NOTIFIQUESE -REGISTRESE.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 01/2014 ACUÑA EVARISTO C/ WACHNOWSKI FORESTAL S.R.L. Y OTROS S/INDEMNIZACION ART.8 -LEY 24013 Vuelve de la perito contadora.- Por evacuadavista.- SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” Expte. Nº 01 - Fº 50 - Año: 2014.- //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- -------------------Por recibida la presente causa, atento a las constancias de autos, téngase a la Perito Contadora Oficial por evacuada la vista que fuera ordenada a fs. 1690, agréguese expediente provisorio que fuera formado oportunamente, téngase presente y, por separado regulase los honorarios correspondientes.-NOT.- C.V. Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 235/20 ACUÑA EVARISTO C/ WACHNOWSKI FORESTAL SRL Y OTROS S/EMBARGO PREVENTIVO Previo cumpla art.88 SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” Expte. Nº 235 - Fº 254 - Año: 2020.- //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- Proveyendo el escrito digital que antecede, previo a lo solicitado por la parte Demandada, hágase saber al presentante que deberá cumplir con lo establecido en el art 88 de Ley Nº 2225-O, antes- Ley Nº 7434, acompañando las correspondientes copias para traslado del referido escrito.- NOT.- C.V. Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16/21 B.................... S/DAÑOS Y PERJUICIOS primeraprovidencia ------------------------------------------------------ Expte. N°: 180/2016 BLANCO JONATHAN DAMIAN C/ PREVENCION ART. S/INDEMNIZACION TARIFADA constancia de remision deexpte ------------------------------------------------------ Expte. N°: 276/20 BORDA JUAN CARLOS C/ C.A.R.V.A.L. S/INDEMNIZACION TARIFADA Contestatraslado.- SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” Expte. Nº 276 - Fº 261 - Año: 2020.- //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- -------------------Proveyendo el escrito digital que antecede, atento a lo solicitado, téngase por contestado en legal tiempo y forma por la parte Actora el traslado que le fuera conferido a fs. 44 y vlta., agréguese y téngase presente para el momento procesal oportuno. Resérvese las copias para traslado acompañadas en mesa de entradas, las cuales serán puestas a disposición de la parte Demandada para su retiro en una mesa en el ingreso al edificio de estos tribunales, debiendo el profesional autorizado utilizar barbijo al hacer su ingreso, manteniendo la distancia prudencial con el personal del Juzgado, y debiendo dejar la correspondiente constancia del retiro.- NOT.- C.V. Dr. HUGO ORLANDO AGUIRRE JUEZ DEL TRABAJO - SUBROGANTE- JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 24/21 C.................... S/DEMANDA LABORAL primeraprovidencia ------------------------------------------------------ Expte. N°: 204/2019 CANO ADOLFO ARMANDO C/ PREVENCION ART S.A. S/ENFERMEDAD PROFESIONAL Designar peritoMédico.- SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE. Nº 204 - Fº 192 - AÑO: 2.019.- //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- -------------------De no haberse proveído en término el escrito digital que antecede, informe la actuaria y vuelva.- NOT.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL SEÑOR JUEZ: ........................Cumplo en informar a Ud., que el escrito de referencia no fue proveído en término en razón al cúmulo de tareas existentes en el juzgado y debido a la falta de personal por uso de licencias por enfermedad (COVID19).- Es mi Informe.- SECRETARIA, 17 DE MARZO DEL 2021.- Dra..GLADYS VERONICA MOLINA -SECRETARIA- JUZGADO DEL TRABAJO //lla Angela, 17de Marzo de 2.021.- -------------------Téngase presente lo informado por la Actuaria. Proveyendo el escrito digital que antecede, a lo solicitado en el pto. I, y no habiendo la parte demandada, formulado objeción alguna, respecto a la propuesta de Perito Médico realizada a fs. 77, ofrecido por la parte actora, DESIGNESE en dicho cargo al Dr. Raúl Fernandez con domicilio en Lavalle Nº 360 de esta ciudad, quien deberá aceptar el cargo dentro de los TRES (3) días posterior a su notificación bajo apercibimiento de ley. Notifíquese personalmente ó por cédula al perito.- Recaudos a cargo de parte interesada (art. 41 Ley Nº 2225 - O). A lo solicitado en el pto. II, téngase presente para su oportunidad.- NOT.- C.V. Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 159/20 COLOMBO ADELMA GRACIELA Y LOPEZ CLAUDIA NOEMI en nombre y representacion de sus hijos menores C/ CARVAL S/INDEMNIZACION POR FALLECIMIENTO, ETC. Acta deacuerdo SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE. Nº 159 - Fº 241 - AÑO: 2020.- En la ciudad de Villa Angela, Pcia del Chaco, a los DIECISIETE (17) días del mes de Marzo del Año Dos Mil Veintiuno, es efectuada la llamada al abonado Nº 3735471687 perteneciente al Dr. Sanchez Ruben Apoderado de la Demandada por el Servicio de Mensajería (WhatsApp) Video LLamada. Se deja constancia la presencia de los Dres. Sanchez Rubén apoderado de la demandada conforme poder obrante en autos y las Dras. Scheffler Bettiana (apoderada de la Sra. Ledesma Nora) y Nancy Carballo ( apoderada de las Sras. Colombo Adelma Graciela y Lopez Claudia Noemi) y de la Asesora de Menores Subrogante, Dra. Mariela Lorena Contreras, ya que la Asesora interviniente se encuentra en uso de Licencia en el día de la fecha. Asimismo, se deja constancia que las actoras ingresan por Separado al despacho del profesional a fin de mantener las buenas prácticas de Bioseguridad. Se hace presente en primer lugar la Sra. LOPEZ CLAUDIA NOEMI preguntada por sus datos personales dice tener, D.N.I. Nº 25.854.650, Argentina, mayor de edad, domiciliada según D.N.I. en calle Naranjeros 244 de esta ciudad exhibiendo su D.N.I..- Acto seguido, solicitada y concedida que le fuera la palabra a la Actora, luego de leerse el acuerdo presentado que fuera firmado por ambas partes (Actor y Demandada) con sus respectivos letrados y/o apoderados, la Sra. LOPEZ CLAUDIA NOEMI MANIFIESTA: que viene por este acto a ratificar en todo el contenido del acuerdo arribado en autos con la Firma Cooperativa Agrícola Regional Villa Angela Ltda. (CARVAL) y que obra agregado a autos.- Se hace presente en segundo lugar la Sra. LEDESMA NORA NOEMI, preguntada por sus datos personales dice tener, D.N.I. Nº 26.188.744, Argentina, mayor de edad, domiciliada según D.N.I. en Barrio Aipo Mz 50 Pc 16 de esta ciudad exhibiendo su D.N.I..- Acto seguido, solicitada y concedida que le fuera la palabra a la Actora, luego de leerse el acuerdo presentado que fuera firmado por ambas partes (Actor y Demandada) con sus respectivos letrados y/o apoderados, la Sra. LEDESMA NORA NOEMI, MANIFIESTA: que viene por este acto a ratificar en todo el contenido del acuerdo arribado en autos con la Firma Cooperativa Agrícola Regional Villa Angela Ltda. (CARVAL) y que obra agregado a autos.- Se deja constancia que la Asesora de Menores Subrogante le hace saber a las partes que el monto a percibir en la presente causa pertenece a los menores, actuando la Sra. Lopez Claudia y Ledesma Nora en representación de sus hijos menores, atento a lo expuesto en el inciso b) punto 3 del acuerdo presentado en autos, estando de acuerdo todas las partes presentes.- Por último, se hace presente la Sra. COLOMBO ADELMA, preguntada por sus datos personales dice tener, D.N.I. Nº 30.266.366, Argentina, mayor de edad, domiciliada según D.N.I. en Joaquín V. Gonzalez y Los Quebrachos de esta ciudad exhibiendo su D.N.I..- Acto seguido, solicitada y concedida que le fuera la palabra a la Actora, luego de leerse el acuerdo presentado que fuera firmado por ambas partes (Actor y Demandada) con sus respectivos letrados y/o apoderados, la Sra. COLOMBO ADELMA, MANIFIESTA: que viene por este acto a ratificar en todo el contenido del acuerdo arribado en autos con la Firma Cooperativa Agrícola Regional Villa Angela Ltda. (CARVAL) y que obra agregado a autos.- Solicitada y concedida que le fuera la palabra al Dr. Sanchez Rubén solicita se proceda a realizar la apertura de una cuenta judicial en la presente causa. Oido todo por S.S. RESUELVE: tener por ratificado acuerdo celebrado en autos entre las partes.- Asimismo, a través del Sistema Informático Judicial, por Secretaria, solicítese al Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Villa Angela, la apertura de una Cuenta Judicial, a la orden de este Juzgado y como pertenecientes a la presente causa.- Con lo que no siendo para más, se dió por finalizado el acto, firmando de conformidad su S.S., todo por ante mí que DOY FE.- Dr. HUGO ORLANDO AGUIRRE JUEZ DEL TRABAJO - SUBROGANTE- JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 145/2018 ESCOBAR CATALINA C/ MAZUROK JUAN Y MAZUROK MARIA S/INDEMNIZACION POR ANTIGUEDAD O DESPIDO, ETC se conceden recursos deapelacion ------------------------------------------------------ Expte. N°: 139/2018 FERNANDEZ JORGE ALCIDES C/ KOBERSTEIN ALBERTO s/ S/INDEMNIZACION POR DESPIDO, ETC Cédulas deconcesión.- SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” C E D U L A .- DR. LUCIANO A. GONZALEZ mat3312@justiciachaco.gov.ar -(ELECTRÓNICO)- SE HACE SABER A UD.: Que en los autos caratulados: "FERNANDEZ JORGE ALCIDES C/ KOBERSTEIN ALBERTO S/ INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO, ETC." EXPTE. Nº 139 - Fº 127 - AÑO: 2.018 de trámite por ante el Juzgado del Trabajo de la Tercera Circ. Judicial, se ha resuelto notificarle la providencia que transcripta DICE: "//lla Angela, 17 de Marzo de 2021.- Por recibida la presente causa de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y del Trabajo de esta ciudad, hágase saber a las partes.- Notifiquese por el sistema de notificaciones electronicas de conformidad a lo previsto en el art. 155º de la ley 2.559-M (antes ley 7.950). Asimismo, atento a lo ordenado a fs. 369 y a los fines de cumplimentar con el trámite correspondiente, atento a las constancias de las presentes actuaciones, CONCÉDASE el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. PATRICIA ELENA SZTYK a fs. 340 contra la regulación de sus honorarios profesionales por bajos en la Sentencia Nº 03/2020 obrante a fs. 323/335 y vta. Pónganse los autos a disposición de la apelante para que en el término de TRES (3) DÍAS, exprese agravios, bajo apercibimiento de ley. Dicho término comenzará a computarse, una vez que a la profesional interviniente se le otorgue Turno que deberá ser solicitado mediante la página del Poder Judicial (www.justiciachaco.gov.ar)- teniendo en cuenta la Resolución del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, quedando a disposición de la Dra. PATRICIA ELENA SZTYK la presente causa para su retiro, por mesa de entradas de este Juzgado Laboral en la fecha otorgada por el sistema de turnos, debiendo la profesional tomar las medidas de distanciamiento pruedenciales con el personal del Juzgado, utilizar barbijo al ingresar y dejándose las debidas constancias del retiro.- Notifíquese por Secretaría mediante cédula electrónica a los domicilios electrónicos denunciados por las partes la presente concesión (mat3312 @justiciachaco.gov.ar y mat5980@justiciachaco.gov.ar).- NOT.- Fdo. Dr. Luis A. Gutierrez, Juez del Trabajo.-" QUEDA UD.DEBIDAMENTE NOTIFICADO.- SECRETARIA, 17 DE MARZO DEL 2021.- Dra..GLADYS VERONICA MOLINA -SECRETARIA- JUZGADO DEL TRABAJO “2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” C E D U L A .- DRA. PATRICIA E. SZTYK mat5980@justiciachaco.gov.ar -(ELECTRÓNICO)- SE HACE SABER A UD.: Que en los autos caratulados: "FERNANDEZ JORGE ALCIDES C/ KOBERSTEIN ALBERTO S/ INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO, ETC." EXPTE. Nº 139 - Fº 127 - AÑO: 2.018 de trámite por ante el Juzgado del Trabajo de la Tercera Circ. Judicial, se ha resuelto notificarle la providencia que transcripta DICE: "//lla Angela, 17 de Marzo de 2021.- Por recibida la presente causa de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y del Trabajo de esta ciudad, hágase saber a las partes.- Notifiquese por el sistema de notificaciones electronicas de conformidad a lo previsto en el art. 155º de la ley 2.559-M (antes ley 7.950). Asimismo, atento a lo ordenado a fs. 369 y a los fines de cumplimentar con el trámite correspondiente, atento a las constancias de las presentes actuaciones, CONCÉDASE el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. PATRICIA ELENA SZTYK a fs. 340 contra la regulación de sus honorarios profesionales por bajos en la Sentencia Nº 03/2020 obrante a fs. 323/335 y vta. Pónganse los autos a disposición de la apelante para que en el término de TRES (3) DÍAS, exprese agravios, bajo apercibimiento de ley. Dicho término comenzará a computarse, una vez que a la profesional interviniente se le otorgue Turno que deberá ser solicitado mediante la página del Poder Judicial (www.justiciachaco.gov.ar)- teniendo en cuenta la Resolución del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, quedando a disposición de la Dra. PATRICIA ELENA SZTYK la presente causa para su retiro, por mesa de entradas de este Juzgado Laboral en la fecha otorgada por el sistema de turnos, debiendo la profesional tomar las medidas de distanciamiento pruedenciales con el personal del Juzgado, utilizar barbijo al ingresar y dejándose las debidas constancias del retiro.- Notifíquese por Secretaría mediante cédula electrónica a los domicilios electrónicos denunciados por las partes la presente concesión (mat3312 @justiciachaco.gov.ar y mat5980@justiciachaco.gov.ar).- NOT.- Fdo. Dr. Luis A. Gutierrez, Juez del Trabajo.-" QUEDA UD.DEBIDAMENTE NOTIFICADO.- SECRETARIA, 17 DE MARZO DEL 2021.- Dra..GLADYS VERONICA MOLINA -SECRETARIA- JUZGADO DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 139/2018 FERNANDEZ JORGE ALCIDES C/ KOBERSTEIN ALBERTO s/ S/INDEMNIZACION POR DESPIDO, ETC se concedeapelacion SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes. Ley 3329-A” EXPTE. Nº 139 - Fº 127 - AÑO: 2018.- //lla Angela, 17 de Marzo de 2021.- Por recibida la presente causa de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y del Trabajo de esta ciudad, hágase saber a las partes.- Notifiquese por el sistema de notificaciones electronicas de conformidad a lo previsto en el art. 155º de la ley 2.559-M (antes ley 7.950). Asimismo, atento a lo ordenado a fs. 369 y a los fines de cumplimentar con el trámite correspondiente, atento a las constancias de las presentes actuaciones, CONCÉDASE el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. PATRICIA ELENA SZTYK a fs. 340 contra la regulación de sus honorarios profesionales por bajos en la Sentencia Nº 03/2020 obrante a fs. 323/335 y vta. Pónganse los autos a disposición de la apelante para que en el término de TRES (3) DÍAS, exprese agravios, bajo apercibimiento de ley. Dicho término comenzará a computarse, una vez que a la profesional interviniente se le otorgue Turno que deberá ser solicitado mediante la página del Poder Judicial (www.justiciachaco.gov.ar)- teniendo en cuenta la Resolución del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, quedando a disposición de la Dra. PATRICIA ELENA SZTYK la presente causa para su retiro, por mesa de entradas de este Juzgado Laboral en la fecha otorgada por el sistema de turnos, debiendo la profesional tomar las medidas de distanciamiento pruedenciales con el personal del Juzgado, utilizar barbijo al ingresar y dejándose las debidas constancias del retiro.- Notifíquese por Secretaría mediante cédula electrónica a los domicilios electrónicos denunciados por las partes la presente concesión (mat3312@justiciachaco.gov.ar y mat5980 @justiciachaco.gov.ar).- NOT.- C.V. Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 32/21 GALARZA SILVIA MABEL Y MORAND SILVINA ALICE S/CONVENIO Sepresentan.- ------------------------------------------------------ Expte. N°: 110/20 INCIDENTE DE EMBARGO PREVENT. "AGUILAR RAMON C/ PEVERINI NILDA S/ INDEMNIZACION S/EMBARGO PREVENTIVO levantamiento de embargo de cuentas. traba de embargo sobre tractor SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE. Nº 110 - Fº 232 - AÑO: 2020.- //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- -------------------De no haberse proveído en término los escritos digitales que anteceden, informe la actuaria y vuelva.- NOT.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL SR. JUEZ: .................Cumplo en informar a Ud., que los escritos que anteceden no fueron proveídos en término, debido al cúmulo de tareas que existe en el Juzgado, la falta de personal suficiente, y por licencias por enfermedad de COVID-19.- Es mi Informe.- SECRETARIA, 17 DE MARZO DEL 2021.- Dra..GLADYS VERONICA MOLINA -SECRETARIA- JUZGADO DEL TRABAJO //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- Téngase presente lo informado precedentemente.- Proveyendo: fs. 66/67: téngase a la parte incidentista por allanada al pedido de sustitución de embargo efectuado por la incidentada a fs. 56/64, en todos sus términos; fs. 68/69: estése a lo proveído anteriormente; fs. 70/71: téngase por cumplido con lo ordenado a fs. 65, quedando a disposición de la parte incidentista las copias para traslado aportadas, las que deberán ser retiradas vía sistema de turnos web con los recaudos correspondientes a las normas de bioseguridad por COVID-19.- En consecuencia de lo anterior, dejése sin efecto la sustanciación del traslado del planteo de fs. 56/64 por inoficioso y hágase lugar de la siguiente manera: LEVÁNTESE embargo preventivo trabado sobre cuentas bancarias decidido a fs. 08/09, no siendo necesario librar oficio a los Bancos denunciados por no obrar en autos constancia de la toma de razón del embargo preventivo trabado; TRÁBESE embargo preventivo sobre el bien identificado como TRACTOR MARCA JHON DEERE MODELO 3350 EQUIPADO CON MOTOR DIESEL DE 6 CILINDROS POTENCIA 110 HP, BARRA DE TIRO, TOMA DE FUERZA CAJA DE VÁLVULAS, 8 VELOCIDADES DE AVANCE Y 4 DE RETROCESO, DIRECCIÓN HIDROSTÁTICA, SISTEMA ELÉCTRICO DE 12 V., CON LUCES DE OPERACIÓN Y TRANSITO, E INSTRUMENTOS DE TABLERO, NEUMÁTICOS DELANTEROS 7,5 X 18, TRASEROS 18 X 34 SERIE Nº J03350X002485 MOTOR Nº J06359D002485 ADQURIDO EN ANDRES PARRA Y CIA. S.C.C. CON FACTURA Nº 0001-00009517, hasta cubrir la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON NOVENTA Y CINCO CTVOS. ($ 175.358,95), en concepto de capital, con más la suma de PESOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y SIETE CTVOS. ($ 87.679,47), presupuestados provisoriamente para costos y costas del presente juicio. Líbrese oficio al REGISTRO DE CRÉDITOS PRENDARIOS para la toma de razón del embargo preventivo trabado en autos. Recaudo a cargo de parte interesada. Aporte Proyecto.- Proceda la incidentada Sra. NILDA AMALIA PEVERINI a aceptar el cargo de depositaria judicial del bien embargado, debiendo informar número de teléfono con WhatsApp, para proceder a realizar la audiencia virtual mediante dicha aplicación, por el término y bajo apercibimiento de ley. A tal fin señálese audiencia en día y hora hábil, a efecto de la aceptación del cargo, la cual se efectuará por videollamada a través de la aplicación WhatsApp, el teléfono particular de la incidentada que se informe, y se realizará en el horario de 08:00 a 12:00 horas de la mañana, debiendo exhibir su DNI la citada, quedando a cargo de la parte interesada la efectivización de la videollamada.- Notifíquese personalmente o por cédula a las partes. Recaudo a cargo de parte interesada.- NOT.- E.O.E.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 183/20 LAZARUZ RICARDO CRISTIAN C/ SZLAPSKA RICARDO ANTONIO "propietario de la firma AGROMECANICA LASKI" S/DEMANDA LABORAL Audiencia sorteo de peritoContador.- SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE. N° 183 - Fº 245 - Año: 2020.- En la ciudad de Villa Angela, Provincia del Chaco, a los DIECISIETE (17) días del mes de Marzo de 2021, siendo día y hora señalada para que tenga lugar la presente audiencia de SORTEO DE PERITO CONTADOR en los autos del rubro. Abierto el acto por S.S. y Secretaria actuante quien presta funciones de forma remota, se deja constancia de la presencia a través de videollamada de la contadora Monzón Gianina Jessica como delegada del consejo de Ciencias Económicas. Acto seguido se extrae la bolilla correspondiendo al número DOS ( 2 ), que pertenece a la Sra. GARCIA VANESA SOLEDAD y en Segundo lugar se extrae la bolilla número SEIS ( 6 ), que pertenece a la Sra. ZPEVAK DANIELA NADIN por lo que S.S., RESUELVE: Designar PERITO CONTADORA TITULAR a la GARCIA VANESA SOLEDAD con domicilio en: calle 25 de Mayo 852 de esta ciudad Provincia del Chaco quien deberá aceptar el cargo en legal forma dentro del tercer día de su notificación y proceder a cumplir su cometido dentro de los DIEZ (10) días de aceptar el mismo, bajo apercibimiento de su remoción.- Desígnase PERITO CONTADOR SUPLENTE a la Sra ZPEVAK DANIELA NADIN, con domicilio en calle 42 entre 31 y 33 de la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña quién deberá reemplazar al primero en caso de imposibilidad de aquel para desempeñar sus funciones.- Notifíquese personalmente o por cédula a las peritos.- Recaudos a cargo de parte interesada (art. 41 ley 2225 - O).- Con lo que no siendo para más se dá por finalizado el acto, firmando S.S. todo por ante mí que Doy Fe.-NOT.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 183/20 LAZARUZ RICARDO CRISTIAN C/ SZLAPSKA RICARDO ANTONIO "propietario de la firma AGROMECANICA LASKI" S/DEMANDA LABORAL Nota desorteo.- SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” VILLA ANGELA, 17 DE MARZO DEL 2021.- SEÑOR SECRETARIO DE SUPERINTENDENCIA DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DR. OMAR EDUARDO AMAD SU DESPACHO .............../ JUZGADO LABORAL NOTA N°: ............./2021.-SECRETARIA UNICA Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: "LAZARUZ RICARDO CRISTIAN C/ SZLAPSKA RICARDO ANTONIO "Propietario de la firma AGROMECANICA LASKI" s/ DEMANDA LABORAL" EXPTE. Nº 183 - Fº 245 - AÑO: 2020, a efectos de remitir adjunto COPIA DE ACTA DONDE SE PROCEDE AL DE SORTEO DE PERITO CONTABLE, REALIZADO EN LA CAUSA DE REFERENCIA, EN FECHA 17/03/2021, de conformidad a lo dispuesto por Acordada N° 312 de fecha 22-02-57.- Sin otro motivo, saludo a Ud.muy atte.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ------------------------------------------------------ Expte. N°: 183/20 LAZARUZ RICARDO CRISTIAN C/ SZLAPSKA RICARDO ANTONIO "propietario de la firma AGROMECANICA LASKI" S/DEMANDA LABORAL Oficioslibrados SDos (2) Oficios Librados.- ------------------------------------------------------ Expte. N°: 183/20 LAZARUZ RICARDO CRISTIAN C/ SZLAPSKA RICARDO ANTONIO "propietario de la firma AGROMECANICA LASKI" S/DEMANDA LABORAL Providenciasvarias.- SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE. Nº 183 - Fº 245 - AÑO: 2020.- //lla Angela, 17 de Marzo de 2021.- Fs. 87/88: Atento a lo solicitado por la parte demandada, estése a lo decretado en fecha 01/03/2021 (fs. 85 de autos principales.-) Fs. 89/90: Atento a lo solicitado por la actora, hágase saber que no se libra el proyecto de edicto presentado y estése a las constancias de la audiencia de sorteo de perito contable obrante en estos autos principales.- Fs. 91 y vta: Por recibida Cédula debidamente diligenciada en fecha 11/03/2021 dirigida al delegado del consejo de Ciencias Ecomómicas, agréguese la misma como foja útil y téngase presente.- NOT.- C.V. Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 183/20 LAZARUZ RICARDO CRISTIAN C/ SZLAPSKA RICARDO ANTONIO "propietario de la firma AGROMECANICA LASKI" S/DEMANDA LABORAL Se libranoficios.- SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE. Nº 183 - Fº 245 - AÑO: 2020.- //lla Angela, 17 de Marzo de 2021.- Proveyendo el escrito digital que antecede, atento a lo solicitado por la parte Demandada y habiéndose presentado proyectos de Oficios dirigidos al Registro de la propiedad del Inmueble y a la Municipalidad de Villa Angela, líbrense los mismos conforme se encuentra ordenado a fs. 01 del presente cuaderno de pruebas, los cuales serán puestos a disposición del Dr. Matias E. Daher para su retiro en mesa de entradas del edificio de estos tribunales, debiendo el citado profesional utilizar barbijo al ingresar, respetando una distancia prudencial con personal del Juzgado y debiendo dejar la correspondiente constancia del retiro.- NOT.- C.V. Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 95/20 LEGUIZAMON PERALTA EMILSE LORENA JOSEFINA C/ PREVENCION ART S/ACCIDENTE DE TRABAJO NO SALIO A DESPACHO - PUBLICADECRETOS SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE. Nº 95/20 NOTA DE MESA DE ENTRADAS: -----------------------------------------------Se deja constancia de que el presente expediente no fue puesto a Despacho el día 17 de marzo de 2021 debido a un error dígito informático, subsanando por este acto en el día de la fecha tal omisión. A continuación se procede a publicar el decreto fs.48 (cuaderno actora) en el sitio web de Poder Judicial. MESA DE ENTRADAS, 17 de marzo de 2021. DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VIILLA ANGELA - CHACO JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO “2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE. Nº 95 - Fº 230 - AÑO: 2020.- //lla Angela, 16 de Marzo del 2021.- -------------------De no haberse proveído en término el escrito de fecha 11/03/2021, informe la actuaria y vuelva.- NOT.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL SR. JUEZ: .................Cumplo en informar a Ud., que el escrito en cuestión no fue proveído en término, atento al cúmulo de tareas que existe en el Juzgado, y la falta de personal, debido a licencias por enfermedad de COVID-19.- Es mi Informe.- SECRETARIA, 16 DE MARZO DEL 2021.- Dra..GLADYS VERONICA MOLINA -SECRETARIA- JUZGADO DEL TRABAJO //lla Angela, 16 de Marzo del 2021.- Téngase presente lo informado precedentemente. Fs. 43/44: Atento a lo solicitado, a las constancias del presente cuaderno de pruebas y a lo manifestado por la parte Actora, líbrese Oficio al Dr. José Aurelio Roch a los mismos fines y efectos que el anteriormente librado en autos, bajo apercibimiento de aplicar una multa diaria de 667 U.T. conforme lo establecido en el art. 226 de la Ley 2225 - O, debiendo transcribirse la presente providencia en el recaudo a librarse. Recaudos a cargo de parte interesada (art. 41 Ley Nº 2225 - O).- Fs. 45/47 y vta.: Por recibidas Cédulas de Notificación debidamente diligenciadas, agréguese las mismas como fojas útiles y hágase saber.-NOT.- C.V. Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 17 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 39/21 NOTA S/N DE LA SALA CIVIL (STJ) SECRETARIA DRA. MARCHI ROSSANA - en autos - "PREVENCION E/A: BLANCO J. C/ PREVENCION S/ IND. TARIF." Expte Nº1020/19 S/ QUEJA EX S/OFICIO nota deestilo ------------------------------------------------------ Expte. N°: 39/21 NOTA S/N DE LA SALA CIVIL (STJ) SECRETARIA DRA. MARCHI ROSSANA - en autos - "PREVENCION E/A: BLANCO J. C/ PREVENCION S/ IND. TARIF." Expte Nº1020/19 S/ QUEJA EX S/OFICIO remiteexpte ------------------------------------------------------ Expte. N°: 116/2019 Orzan Francisco Guerino y Bruhn Ernesto Feliciano.- Nº 116/2019.- S/Homologación de convenio HOMOLOGACIONOMOLOGACION SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” INTERLOCUTORIO Nº:........./2021.- //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- AUTOS Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: "ORZAN FRANCISCO GUERINO Y BRUHN ERNESTO FELICIANO S/HOMOLOGACION DE CONVENIO" EXPTE. Nº 116 - Fº 175 - AÑO: 2019, y CONSIDERANDO: Que fs. 1 y vta., se presenta el SR ORZAN FRANCISCO GUERINO, por su propio derecho, con el patrocinio letrado del Dr. LUIS MARIA CADAVIZ,por una parte y por la otra BRUHN ERNESTO FELICIANO, por derecho propio con el patrocinio letrado de la DRA. KSIONZEK RUFFINO JESSICA,con domicilios reales denunciado y legales constituído , solicitando intervencion legal correspondiente y respetuosamente DICEN:PRELIMINAR: Que vienen a presentar covenio para su homologación a fin de dar por por concluída diferencias entre las parte.- PRIMERA: El SR BRUHN, ERNESTO FELICIANO manifiesta haber trabajado en relación de dependencia para el SR. ORZAN FRANCISCO GUERINO, por lo que curso telegramas colacionados realizando algunos reclamos, sin inicio de demanda laboral al dia de la fecha.-SEGUNDA: Asimismo el SR ORZAN FRANCISCO GUERINO niega todo tipo de vinculo laboral y/o dependencia y/o subordinación jurídica de BRUHN en consecuencia ORZAN negó y rechazo los telegramas enviados y reclamos realizados por el SR ERNESTO F. BRUHN.- TERCERA: No obstante lo expresado anteriormente, el SR. ORZAN FRANCISCO GUERINO, ofrece al SR ERNESTO F. BRUHN, sin que ello implique o signifique el pago de una indemnizacion, ni menos aun la existencia de una contratación con el mismo , ni subordinación, y menos aun dependencia laboral y/ o jurídica , ni derechos resarcitorios y, solamente, al solo y unico efecto de dar por concluída la controversia entre las partes y evitar de este modo la judicialización de la cuestion la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($. 120.000,00).-CUARTA:El SR ERNESTO F. BRUHN, manifiesta que "ACEPTA" y se da por plenamente satisfecho y manifiesta que nunca tuvo nada que reclamar ni nada tiene que reclamar a el SR. ORZAN por ningún concepto, , renunciando y/o desistiendo , en este acto, de los reclamos cursados por TCL, al SR ORZAN.- Que en consecuencia el SR BRUHN deja sin efecto todos y cada uno de los reclamos enviados por el SR FRANCISCO G. ORZAN por telegramas ley 23.789; como asi tambien reconoce infundados e injusto dichos reclamos, por ello, se retracta de todo los antes reclamado y manifesta dejar sin ningún tipo de efecto y valor los mismos.-QUINTA:La suma ofrecida en la clausula TERCERA será abonada al SR. BRUHN al momento de la ratificación del presente en sede judicial y de la siguiente manera : mediante la entrega de seis (06) cheques de pago diferido de PESOS VEINTE MIL ($20.000) cada uno, de la cuenta corrienteNº 000290-09 del Nuevo Banco Del Chaco, sucursal Santa Sylvina, perteneciente al Sr. ORZAN, FRANCISCO GUERINO que a continuación se detallan: 1º) Cheq. de P.D. Nº 06568277 con fecha de pago el dia 01 de julio ; 2º) Cheq. de P.D. Nº 06568275 con fecha de pago el dia 01 de agosto ; 3º) Cheq. de P.D. Nº 06568278 con fecha de pago el dia 01 de septiembre ; 4º) Cheq. de P.D. Nº 06568279 con fecha de pago el dia 01 de octubre ; 5º) Cheq. de P.D. Nº 06568280 con fecha de pago el dia 01 de noviembre ; 6º) Cheq. de P.D. Nº 06568281 con fecha de pago el dia 01 de diciembre ,todos de año 2019 y con orden de pago al SR. ERNESTO FELICIANO BRUHN.- SEXTA : Que ambas partes solicitan la homologacion del presente y su judicial aprobacion de conformidad al art. 15 de la ley 20744, previo pago de los impuesto de ley habida cuenta haber alcanzado las partes una justa recomposición de sus derechos e intereses manifestando el SR BRUHN que no existen obligaciones, de ningún tipo , pendientes del SR FRANCISCO G. ORZAN, ni con El ni con sus abogados.- SEPTIMA: Las partes acuerdan las costas y honorarios a regular serán por el orden causado , sin que nada mas se tenga que reclamar por ningún motivo y que el SR ORZAN nada adeuda ni al SR BRUHN, ni a sus abogados patrocinantes , ni por esta, ni por ninguna otra causa.- Que a fs. 02, se da intervención a las partes, se tiene por presentado Acuerdo Transaccional y se señala audiencia en día y hora hábil a efectos de que el actor ratifique o rectifique dicho acuerdo.- Que a fs. 03, obra acta de ratificación y cumplimiento de pago detallado en el punto quinto del acuerdo convenido .- Que a fs. 07 cumplimenta con el aporte de tasa de justicia.- Conforme a los términos presentados, a la conformidad prestada y estadio procesal de la causa, considero que a través del acuerdo arribado se alcanza una justa composición de los derechos del reclamante Sr. Bruhn Ernesto Feliciano y el Sr. Orzan Francisco Guerino, no encontrándose por lo tanto impedimento alguno para la homologación peticionada con respecto al acuerdo arribado, correspondiendo en consecuencia, sin más trámites homologar judicialmente dicho acuerdo.- Por todo ello: R E S U E L V O: 1º)Homologar Judicialmente el Acuerdo arribado entre los Sres. ORZAN FRANCISCO GUERINO y BRUHN ERNESTO FELICIANO.- 2º)Establecer que sin que implique o signifique el pago de una indemnización, ni menos aún la existencia de una contratación, subordinación y/o dependencia laboral y/o jurídica, ni derechos resarcitorios, el Sr. Orzan Francisco Guerino, ofrece al Sr. Ernesto F. Bruhn, y solamente al sólo único efectos de dar por concluída la controversia entre las partes, la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000,=).- 3º)Establecer que dicha suma, fue abonado según acta obrante a fs. 03, de la siguiente manera: SEIS (06) Cheques de Pago Diferido Serie Nº 06568281, Nº 06568280, Nº 06568279, Nº 06568278, Nº 06568275 y Nº 06568277 del Nuevo Banco del Chaco S.A. Suc. Santa Sylvina Cuenta Nº 000290-09 perteneciente al Sr. Francisco Guerino Orzan, con fecha de pago 01/12/19, 01/11/2019, 01/10/19, 01/09/19, 01/08/19, 01/07/19 por la suma PESOS VEINTE MIL ($20.000,=) cada uno de ellos.- 4º)Establecer que el Sr. Ernesto F. Bruhn, acepto y retiro dichos cheques, dándose plenamente satisfecho, y manifestando que nada más tendrá que reclamar al Sr. Orzan Francisco Guerino, por ningún concepto, dejando sin efectos todos y cada uno de los reclamos enviados, una vez que perciba la totalidad de los cheques mencionados supra.- 4º)Establecer que se ha abonado el importe correspondiente a Tasa de Justicia.- 5°)Notifiquese por el sistema de notificaciones electrónicas de conformidad a lo previsto por el art. 155º del Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia del Chaco ( Ley 2559-M-), de aplicación supletoria a nuestro ámbito por imperio del 355º del Código de Procedimientos Laboral de la Provincia del Chaco ( Ley 2225 -O-). Tome razón Secretaría.- 6º)NOTIFIQUESE-REGISTRESE.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ------------------------------------------------------ Expte. N°: 116/2019 Orzan Francisco Guerino y Bruhn Ernesto Feliciano.- Nº 116/2019.- S/Homologación de convenio SE ORDENAHOMOLOGAR SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE. Nº 116 - Fº 175 - AÑO: 2019.- /lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- De no haberse proveído en término el escrito digital que antecede, informe la actuaria y vuelva.- NOT.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL SR. JUEZ: .................Cumplo en informar a Ud., que el escrito que antecede no fué proveído en término, atento al cúmulo de tareas que existe en el Juzgado, y la falta de personal, debido a licencias por enfermedad de COVID-19.- Es mi Informe.- SECRETARIA, DE MARZO DEL 2021.- //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- Téngase presente el informe de la Actuaria.- Proveyendo el escrito digital que antecede, atento a lo solicitado, constancias de autos, y encontrándose en condiciones, a la homologación peticionada, hágase lugar por separado-. NOT.- D.M.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 212/2012 PEDROZO LUIS OSMAR C/ KISIEL PABLO Y OTROS S/INDEMNIZACION POR ANTIGUEDAD, ETC.- SE INICIA EJECUCION DE CAPITAL EINTERESES SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE. Nº 212 - Fº 237 - AÑO: 2012.- //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- De no haberse proveído en término los escritos digitales que anteceden, informe la actuaria y vuelva.- NOT.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL SR. JUEZ: .................Cumplo en informar a Ud., que los escritos que anteceden no fueron proveído en término, atento al cúmulo de tareas que existe en el Juzgado, y la falta de personal, debido a licencias por enfermedad de COVID- 19.- Es mi Informe.- SECRETARIA, 17 DE MARZO DEL 2021.- Dra..GLADYS VERONICA MOLINA -SECRETARIA- JUZGADO DEL TRABAJO //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- Téngase presente el informe de la Actuaria.- Fs. 796/797: Atento a lo solicitado, y constancias de autos, no habiendo los demandados cumplimentado con la intimación requerida a fs. 780, pese a estar notificados segun constancias de fs. 785 y vta., y siguiendo las pautas establecidas por el art. 334 de la ley 2225 - O, atento a lo solicitado a fs. 779, téngase por iniciada la presente ejecución de planilla de Capital e Intereses contra los Sres: SAMUEL OMAR KISIEL, FABIAN NORBERTO KISIEL Y JORGE ALBERTO KISIEL, todos estos con domicilio en Independencia Nº 561 de la localidad de San Bernardo, Chaco, por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y OCHO CTVOS. ($ 1.320.774,58), en concepto de capital e intereses, con más la suma de PESOS: SEISCIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON VEINTINUEVE CTVOS ($ 660.387,29), presupuestados provisoriamente para costas y costos.- Fs. 798/799: Atento a lo solicitado, y habiéndose acompañado proyecto de testimonio del decreto de fecha 02/03/2021 donde se aprueba planilla de astreintes, líbrese el mismo a los fines de proceder a su ejecución, dejándose constancia que el mismo se encuentra firme, los obligados al pago son los Sres. PABLO KISIEL, RUBEN NESTOR KISIEL Y JORGE ALBERTO KISIEL y no se realizó el aporte correspondiente a caja forense. Dichos testimonios serán puestos a disposición del Dr. Dickau Diego Hernan para su retiro por mesa de entradas del edificio de estos tribunales, debiendo el profesional utilizar barbijo al ingresar, sin tener contacto con el personal y debiendo dejar la correspondiente constancia del retiro.- FS. 800/801: Atento a lo decretado precedentemente, y teniéndose en cuenta el bien denunciado, TRABESE EMBARGO EJECUTIVO sobre un 1) AUTOMOTOR MARCA FORD, MODELO RANGER, DOMINIO COLOCADO LWK-306, propiedad del Co- demandado SR. JORGE ALBERTO KISIEL, hasta cubrir las sumas reclamadas supra.- Líbrese Oficio Registro Nacional de la Propiedad Automotor, a efectos de de tomar razón de la presente medida.- Asimismo, y encontrándose firme la resolución dictada en la causa de éste Juzgado "INCIDENTE DE TERCERIA DE DOMINIO EN AUTOS: "PEDROZO LUIS OMAR C/KISIEL PABLO Y OTROS S/INDEMNIZACION POR ANTIGUEDAD, ETC".EXPTE. Nº 212/237/2012".EXPTE. Nº 256/2016, corresponde TRABAR EMBARGO EJECUTIVO sobre los bienes de los SRES. SAMUEL KISIEL Y FABIAN KISIEL, consistentes en: 1) Una báscula para camiones con capacidad de 45 tn de color amarillo en funcionamiento. Dentro del predio instalado 2) Una motopala de color verde marca EUCLID de aproximadamente 300 IIP (la que no esta en funcionamiento). Sin baterías. 3) Un tractor marca ZANELLO articulado con cabina año 1995 modelo 540 de color verde, con 4 ruedas y gomas en buen estado, en funcionamiento 4) Una retro excavadora sin funcionar de color amarillo marca PINGONES con la bomba rota, pero completa en todas sus partes 5) 4 Tn de sorgo (dentro del galpón) en bolsa de 30 kgs. c/u 6) 20 tn aproximadamente de soja 7) 4 cajas de llave tubos de distintas medidas, pulgadas y milímetros 8) Una soldadora autógena marca "LA OXIGENA" con tubo de oxígeno completa con todos sus picos 9) Un cargador arrancador de batería, marca DANGUS de color rojo con rueda de 12 volts.- Notifíquese por cédula a los Ejecutados en sus domicilios reales tal circunstancia y en ese mismo acto deberán expresar los extremos del art. 529 de la ley 2559-M, debidamente explicados por el Oficial notificador; debiendo transcribirse dicha norma legal en el recaudo a librarse, como así tambien en ese acto, deberán aceptar el cargo de depositario judiciales de los bienes embargados, bajo apercibimiento de designar a un tercero en su reemplazo.- Recaudos a cargo de parte interesada (art. 41º del Código de Procedimiento Laboral del Chaco Ley 2225-O).- NOT.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 79/2017 RIOS OSCAR ALFREDO C/ HEREDEROS DE VELAZQUEZ SEBASTIAN- S/INDEMNIZACION POR ANTIGUEDAD, ETC.- SE TIENEPRESENTE.- SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE. Nº 79 - Fº 38 - AÑO: 2017. /lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- Proveyendo el escrito digital que antecede, atento a las constancias de autos, a lo solicitado, téngase presente hasta tanto se cumpla con lo ordenado a fs. 906 de los presentes actuados.- NOT.- D.M.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 98/2016 SAUCEDO WALTER DARIO C/ GALENO ART S.A. S/INDEMNIZACION TARIFADA SE ORD. AGREGAR CD Y LIBRAR ORDENES DEPAGOS SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE Nº 98- Fº 233- AÑO: 2016.- //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- De no haberse proveído en término el escrito digital presentado en fecha 04/03/2021, informe la actuaria y vuelva.- NOT.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL SR. JUEZ: .................Cumplo en informar a Ud., que dicho escrito no fué proveído en término, atento al cúmulo de tareas que existe en el Juzgado, y la falta de personal, debido a licencias por enfermedad de COVID-19.- Es mi Informe.- SECRETARIA, DE MARZO DEL 2021.- / //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- Téngase presente el informe de la Actuaria.- FS. 355: Atento a lo solicitado, constancias de autos, y habiéndose adjuntado Carta Documento remitida al domicilio real de la demandada. agréguese como foja útil, téngase presente y hágase saber.- Asimismo, y existiendo fondos depositados, conforme Reporte Bancario Judicial que por este acto gloso como foja útil, por Secretaría líbrese Orden de Pago Judicial (O.P.J.) a favor del Sr. Saucedo Walter Dario y procédase a transferir de la Cuenta Judicial Nº 81498208, a la Cuenta Nº 1007720/00 (Caja de Ahorro), la suma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA CON OCHENTA Y CINCO CTVOS. ($ 3.299.970,85) en concepto de pago parcial de capital e intereses, y a favor de los Dres. Rundio Sergio Marcelo y Rundio Raúl Eduardo y procédase a transferir de la cuenta Judicial Nº 81498208, a las Cuenta Nº 0000300000076804 y Nº 0000300000074908 (Cajas de Ahorros), las sumas de PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON TREINTA Y DOS CTVOS. ($ 415.796,32) PARA CADA UNO DE ELLOS, en concepto de Pago Parcial de Honorarios.- Tratándose de un credito alimentario, por Secretaria páguese en el dia de la fecha.- FS. 357: Atento a lo solicitado, constancias de autos, y no existiendo fondos depositados a favor del Dr. José Oscar Yah Yah, a lo solicitado téngase presente para el momento procesal oportuno.- .NOT. D.M.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18 DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 161/2019 SUAREZ HECTOR BERNARDO C/ SUCESION DE MIJALUK ANDRES Y/O HEREDEROS DE MIJALUK ANDRES S/DEMANDA LABORAL REVOCAR ELLLAMADO SUsuario“2021: Año del Impenetrable Chaqueño, Departamento General Güemes” EXPTE.Nº 161- Fº 184- AÑO: 2.019.- //lla Angela, 17 de Marzo del 2021.- Advertido el suscripto que a fs. 58, a la parte demandada Sra. Trockorviec Lidya y el Sr. Eugenio Mijaluk, herederos de Don Andrés Mijaluk, se les da por decaído el derecho dejado de usar, por no haber ratificado las gestiones realizadas en su nombre por el Dr. Ovidio J. Eceiza , conforme se había ordenado en decreto de fs. 55/56, siendo nulas todas las actuaciones realizadas por el Letrado conforme lo dispone el art. 62 del Código de Procedimiento Laboral de la Prov. del Chaco- Ley 2225-O-. Fundado ello, es que Juzgo: REVOCAR EL LLAMADO DE AUTOS PARA RESOLVER, dictado en la presente causa, dejándose las constancias en los libros respectivos. Tome Razón Secretaría.- Asimismo, analizadas las actuaciones producidas, y de conformidad a lo previsto en el art. 187 del Codigo de Procedimientos Laboral (Ley 2225-O-) y art. 74 del Código de Procedimientos Civil y Comercial del Chaco (Ley 2559-M-), de aplicación supletoria, DECLARESE EN REBELDIA, a la parte demandada, y téngase por constituído su domicilio en los Estrados del Juzgado, donde en adelante se tendrán por notificadas las providencias que debieran realizarse en el domicilio constituído, dejandose sin efecto el decreto de fs. 64 última parte.- En mérito a ello, hagase saber a la parte actora que previo a continuar con el presente proceso deberá acreditar la Legitimación Activa de los pretensos herederos del actor a fin de evitar futuras nulidades. - NOT.- Dr. LUIS ALBERTO GUTIERREZ JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL JUZG. LABORAL (V. ÁNGELA) MESA DE ENTRADAS EL 18DE MARZO DE 2021 sale a Despacho DÍA DE NOTIFICACIÓN EL 19 DE MARZO DE 2021 DARIO MARTINEZ JEFE DE MESA DE ENTRADAS JUZGADO DEL TRABAJO - III CIRC. JUDICIAL VILLA ANGELA - CHACO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15/21 V.................... S/INDEMNIZACION POR DESPIDO INDIRECTO, ETC primeraprovidencia ------------------------------------------------------ Expte. N°: 271/2017 VILLALBA ANDREA RUTH NOEMI C/KESSLER IVANA LORENA N°271/17 S/INDEMNIZACION POR DESPIDO, ETC SE AGREGA CEDULADILIGENCIADA SSE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA ------------------------------------------------------