JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 18 - Fecha Despacho: 12/06/2019 - Providencias ----------------------------------------------------------------------- Expediente Caratula ----------------------------------------------------------------------- Expte. N°: 636/14 -Foja: 60- ABRAHAM, ANA DEL CARMEN C/S.A.M.E.E.P. S/EJECUCION DE HONORARIOS - provsimple 60 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 636/14. cab Resistencia, 11 de junio de 2019.- Agréguese boleta de depósito judicial acompañada y hágase saber. Téngase presente lo manifestado y estese a lo ordenado a fs. 57. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4404/18 -Foja: 27- BLANCO, ANGEL DE JESUS C/MUNICIPIO DE RESISTENCIA S/EJECUCION DE HONORARIOS - OR. OF.REITERATORIO 27 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4404/18.- SIM Resistencia, 11 de junio de 2019.- Atento lo solicitado líbrese oficio reiteratorio del Nº 311 dirigido a la TESORERIA GENERAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO, recepcionado en fecha 08/04/19 a los mismos fines y efectos que el ordenado a fs. 17 y bajo apercibimiento del art. 384, debiendo transcribirse los arts. citados y la presente providencia en el recaudo a librarse, el proyecto deberá ser aportado por el profesional. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1861/13 -Foja: 114- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/ECEIZA, OVIDIO JAVIER S/EJECUCION FISCAL - TRASLADO DE PLANILLA DE LIQUIDACION-SE ORDENA CUMPLIMENTAR NOTIF. POR CEDULA DE EMB.HABERES DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1861/13. mn Resistencia, 11 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: De la liquidación practicada, dése traslado a la contraria, por el plazo de cinco (5) días, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que la presente resolución se notifica por medios electrónicos, cuyo contenido puede ser consultado en línea en la página oficial del Poder Judicial. En cuanto a las copias para traslado de la liquidación practicada, hágase saber a la ejecutada que se encuentra a su cargo el deber de concurrir al Juzgado a retirar las mismas. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS. Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, atento las constancias de la causa, hágase saber a la actora que previo a ordenar transferencias, deberá cumplimentarse con la notificación por cédula del embargo de haberes ordenado a fs. 103 de las presentes actuaciones. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3669/19 -Foja: 63- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/LOBOS, GUSTAVO ALBERTO; LOBOS STAY, JOSE MANUEL Y ALGODON PROCESADO S.A. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALBCRA SE LIBRA OFICIO AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3932/16 -Foja: 117- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/MENDEZ, JAVIER FELIPE; MARTA AVALOS, DIEGO RICARDO Y LA PERMANENCIA S.A. S/EJECUCION FISCAL - INFORMENFORME SE AGREGA INFORME DEL TRIBUNAL ELECTORAL ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5842/14 -Foja: 157- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/NORTH TRADING SOLUTIONS S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - ESTESESTESE SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 5842/14. SDH Resistencia, 11 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: A lo solicitado, estése a lo dispuesto a fs. 155. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11146/12 -Foja: 160- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/SHERIDAN, SANTIAGO ANDRES; ANRIQUEZ, ANTONIO Y NEUMAN, PABLO ERNESTO S/EJECUCION FISCAL - SE ORDENA OFICIOREITERATORIO DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 11146/12.- mn Resistencia, 11 de junio de 2019.- Atento lo solicitado líbrese oficio reiteratorio del Nº 2283 dirigido a MAUTINO CONSTRUCCIONES S.A., a los mismos fines y efectos que el ordenado a fs. 154 y bajo apercibimiento del art. 384 del CPCC, debiendo transcribirse el art. citado y la presente providencia en el recaudo a librarse. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3487/19 -Foja: 50- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/SOFRO S.A. ; BARRIOS, ANDRES AUGUSTO Y CORTES, NELSON JOSE S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALBCRA SE LIBRA OFICIO AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6917/11 -Foja: 81- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ALARCON, ANDRES; BLANCO, ALBERTO Y SANCHEZ, HECTOR S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALBCRA SE LIBRA OFICIO AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1631/11 -Foja: 83- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/AYALA, EUGENIO ODELON S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-2-CD-DECAIDO DERECHO-NOTIF. POR MINISTERIO DELEY 83 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1631/11. DMT Resistencia, 10 de junio de 2019.- Agréguese cédula dirigida a la actora diligenciada, téngase presente y hágase saber. Asimismo, proveyendo el estado de las presentes actuaciones, no habiendo la parte actora comparecido en el término que para ello tenía, dásele por decaido el derecho dejado de usar, correspondiendo considerar el desistimiento tácito de la presente acción. Asimismo, no habiendo la actora constituido domicilio electrónico en el término que para ello tenía, dásele por decaído el derecho dejado de usar y hágase saber que las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de ley conforme Art. 56 del CPCC. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7959/13 -Foja: 51- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/AYALA, HECTOR SEBASTIAN S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8847/13 -Foja: 89/91- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/AYALA, LUIS RAMON S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA MONITORIA DILIGENCIADA CON RESULTADO NEGATIVO ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1128/16 -Foja: 32- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BENITEZ, ANALIA HAYDEE S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF.DILIGENCIADO 32 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 1128/16. AG Resistencia, 11 de junio de 2019.- Agréguese OFICIO al Juzgado Federal con Competencia Electoral diligenciado, con informe de dicha Entidad y hágase saber.- Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7148/16 -Foja: 54- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BENJAMIN, MIGUEL ANGEL Y BOGARIN, VERONICA S/EJECUCION FISCAL - VUELVE RECARATULADA - VISTA AL AGENTEFISCAL DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 7148/16. mn.- Resistencia, 10 de junio de 2019.- Habiéndose recaratulado correctamente las presentes actuaciones, y atento el desistimiento formulado en autos, previo a dar curso a la presente ejecución, córrase vista al Sr. Agente Fiscal en su público despacho a fin de que dictamine respecto a la competencia de este Tribunal.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10811/13 -Foja: 26/28- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/CACERES, VICTOR LUIS S/EJECUCION FISCAL - MANDAMIENTO DE EMBARGODILIGENCIADO SE AGREGA MANDAMIENTO DE EMBARGO DILIGENCIADO ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1039/16 -Foja: 38- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/CLUB GUARANI DEPORTIVO CULTURAL S/EJECUCION FISCAL - INFORME INSP. GEN. PERS. JUD. Y REG. PUB.COM SE AGREGA INFORME EMITIDO POR INSPECCION GENERAL DE PERSONAS JURIDICAS Y REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1182/12 -Foja: 68- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/COM. IND.Y AGROP. LANGE S.A. S/EJECUCION FISCAL - ARCHIVO ACTUACIONESPARALIZADAS 68 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1182/12. CAB Resistencia, 11 de junio de 2019.- Atento el tiempo transcurrido desde que las presentes actuaciones se hallan paralizadas y dado el cúmulo de expedientes en el mismo estado sin contar con capacidad suficiente en Mesa de Entradas para su permanencia, remítase la presente causa a la Dirección General de Archivo del Poder Judicial, previo control por secretaría y confección del certificado respectivo, si correspondiere, conforme lo dispuesto por el art. 23 de la ley L.840.F según Digesto (antes ley 4182)). NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Conforme lo ordenado, procedo a remitir las presentes actuaciones a la Oficina de Archivo, en 68 fs. útiles. Se deja constancia que la tasa de justicia se encuentra prescripta, conforme a lo dispuesto por Resolución Nº1829/15 del Superior Tribunal de Justicia de fecha 05/10/2015. CONSTE. SECRETARIA, 11 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1355/12 -Foja: 83- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/COM. IND.Y AGROPECUARIA LANGE S.A. S/EJECUCION FISCAL - ARCHIVO ACTUACIONESPARALIZADAS 83 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1355/12. cab Resistencia, 11 de junio de 2019.- Atento el tiempo transcurrido desde que las presentes actuaciones se hallan paralizadas y dado el cúmulo de expedientes en el mismo estado sin contar con capacidad suficiente en Mesa de Entradas para su permanencia, remítase la presente causa a la Dirección General de Archivo del Poder Judicial, previo control por secretaría y confección del certificado respectivo, si correspondiere, conforme lo dispuesto por el art. 23 de la ley L.840.F según Digesto (antes ley 4182)). NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Conforme lo ordenado, procedo a remitir las presentes actuaciones a la Oficina de Archivo, en 83 fs. útiles. Se deja constancia que en autos no existe deuda por Tasa de Justicia (Art. 23 Ley L.840.F según Digesto (antes ley 4182)), según constancias de fs. 81. CONSTE. SECRETARIA, 11 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1375/12 -Foja: 78- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/COM. IND.Y AGROPECUARIA LANGE S.A. S/EJECUCION FISCAL - ARCHIVO ACTUACIONESPARALIZADAS 78 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1375/12. CAB Resistencia, 11 de junio de 2019.- Atento el tiempo transcurrido desde que las presentes actuaciones se hallan paralizadas y dado el cúmulo de expedientes en el mismo estado sin contar con capacidad suficiente en Mesa de Entradas para su permanencia, remítase la presente causa a la Dirección General de Archivo del Poder Judicial, previo control por secretaría y confección del certificado respectivo, si correspondiere, conforme lo dispuesto por el art. 23 de la ley L.840.F según Digesto (antes ley 4182)). NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Conforme lo ordenado, procedo a remitir las presentes actuaciones a la Oficina de Archivo, en 78 fs. útiles. Se deja constancia que en autos no existe deuda por Tasa de Justicia (Art. 23 Ley L.840.F según Digesto (antes ley 4182)), según constancias de fs. 63, 68 y 76. CONSTE. SECRETARIA, 11 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1197/12 -Foja: 56- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/COM.IND.Y AGROP. LANGE S.A. S/EJECUCION FISCAL - INTIMACIONNTIMACION 56 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 1197/12. dmt Resistencia, 10 de junio de 2019.- Atento a la existencia de fondos depositados en la cuenta de autos, INTIMASE a la Actora, PROVINCIA DEL CHACO, para que dentro del término de cinco (5) días manifieste si existen rubros pendientes de pago en la presente causa, bajo apercibimiento de ordenarse la transferencia en concepto de reintegro de capital, en caso de incomparecencia. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11077/13 -Foja: 30- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/COMERCIAL, IND.Y AGROPECUARIA LANGE S.A. S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 30 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 11077/13. AG SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 18/02/2015.- Es mi informe. Secretaría, 10 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 10 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS.- Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 602/12 -Foja: 101- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/COMERCIAL, IND.Y AGROPECUARIA LANGE S.A. S/EJECUCION FISCAL - ORDEN DEARCHIVO 101 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 602/12.- AG Resistencia, 10 de junio de 2019.- Atento las constancias de autos que anteceden y encontrándose cancelados los rubros reclamados en la presente causa, ARCHIVENSE las presentes actuaciones. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 NOTA DE SECRETARIA: Conforme lo ordenado, procedo a remitir las presentes actuaciones a la Oficina de Archivo, en 101 fs. útiles.- Se deja constancia que en autos no existe deuda por Tasa de Justicia (Art. 23 Ley L.840.F según Digesto (antes ley 4182)), según constancias de fs. 56 y 99.- CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 790/12 -Foja: 71- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/COMERCIAL, INDUSTRIAL Y AGROPECUARIA LANGE S.A. S/EJECUCION FISCAL - ORDEN DEARCHIVO 71 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 790/12.- AG Resistencia, 10 de junio de 2019.- Atento el estado de los presentes autos, ARCHIVENSE las presentes actuaciones. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 NOTA DE SECRETARIA: Conforme lo ordenado, procedo a remitir las presentes actuaciones a la Oficina de Archivo, en 71 fs. útiles.- Se deja constancia que en autos no existe deuda por Tasa de Justicia (Art. 23 Ley L.840.F según Digesto (antes ley 4182)), según constancias de fs. 56 y 61.- CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6650/13 -Foja: 103/104- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/FLORES, JORGE PABLO S/EJECUCION FISCAL - ESTESE afs.102 104 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6650/13. RG Resistencia, 11 de junio de 2019.- Proveyendo escrito que antecede: A lo solicitado, estése a lo proveido a fs. 102 de las presentes actuaciones.- NOT.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8246/14 -Foja: 105- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/GOMEZ, ARIEL ROLANDO S/EJECUCION FISCAL - INFORMEBANCARIO SE AGREGA INFORME BANCARIO ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 474/19 -Foja: 8/10- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/HOJBERG, ARIEL S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D. M. C/ RES.NEG SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE DESPACHO MONITORIO DILIGENCIADA CON RESULTADO NEGATIVO ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3503/16 -Foja: 33- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST. PROV. DES. URB. Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DECONSTATACION SE LIBRA MANDAMIENTO DE CONSTATACION . ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16885/15 -Foja: 25/28- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - MANDAMIENTO DE CONSTATACIÓNDILIGENCIADO SE AGREGA MANDAMIENTO DE CONSTATACION DILIGENCIADO ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16912/15 -Foja: 24/25- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - ESTESE YACLARE 25 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16912/15. RG Resistencia, 11 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Atento lo solicitado, estése a que se encuentre agregado en autos el oficio dirigido al IPDUV ordenado a fs.15 y se considerará. Asimismo aclare el recurrente contra quien desea dirigir la presente acción. NOT.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6283/16 -Foja: 30- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DECONSTATACION SE LIBRA MANDAMIENTO DE CONSTATACION . ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6292/16 -Foja: 31- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DECONSTATACION SE LIBRA MANDAMIENTO DE CONSTATACION . ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1721/11 -Foja: 37- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MERCACION, EVARISTA S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-3-A-ESTESE A LO QUE SERESUELVE 37 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1721/11. AG Resistencia, 10 de junio de 2019.- Atento el estado de autos, estése a lo que se resuelve en la foliatura siguiente. Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1721/11 -Foja: 38- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MERCACION, EVARISTA S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-3-B-DESISTIMIENTO CON REGULACION 50%SALARIO 38 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1721/11.- AG Resistencia, 10 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MERCACION, EVARISTA S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº1721/11, y CONSIDERANDO: Que a fs. 33 se cursó intimación a la Actora a fin de que manifieste si mantenía interés en autos, la que fue notificada en fecha 13/12/2018 conforme constancias de fs. 25. Que a fs. 36 no habiendo la accionante contestado la intimación cursada, se le da por decaído el derecho dejado de usar. Implicando ello el desistimiento tácito de la presente acción, corresponde declarar extinguido el presente juicio. COSTAS Y HONORARIOS: Las costas se imponen a la parte ejecutante (art. 88 del CPCC). Habiéndose acreditado en autos que los profesionales intervinientes se encuentren excluidos de la aplicación de la Ley Nº457-C (antes Ley 2868) y art. 181 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de Resistencia, corresponde regular honorarios, a cuyo fin se toma como base el capital reclamado en autos, aplicando los arts. 3, 5 (17%), 6 (40%), y 24 (70%) Ley 288-C (antes Ley Nº2011). Efectuado los calculos de rigor, teniendo en cuenta el mérito, calidad y eficacia de los trabajos realizados por los profesionales, y luego de aplicar la alícuota mencionada supra, la operación efectuada arroja una suma inferior a lo establecido en el art. 5, 2º párrafo de Ley 288-C (antes Ley Nº2011), de aplicación inmediata. En este sentido, atendiendo al monto del proceso ($716,70), siendo éste inferior a un S.M.V.y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 24 (70%) de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011-. Por ello, RESUELVO: I) TENER a la actora por desistida del presente proceso, declarándolo extinguido. II) IMPONER COSTAS a la ejecutante y REGULAR los honorarios profesionales de la Dra. VERONICA MARCELA GODOY, en la suma de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA y CINCO ($4.375,00) por su actuación como patrocinante y en la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($1.750,00) como apoderado, todo con más IVA si correspondiere. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- III) NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PROTOCOLICESE Y firme que fuere la presente ARCHIVESE, remitiéndose las mismas a la Dirección General de Archivo. OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16490/15 -Foja: 61- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MIN. DES. URB. Y TERR. PCIA. CH. Y DUARTE VELAZCO, RAMONA S/EJECUCION FISCAL - POR CONTESTADOTRASLADO 61 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 16490/15. dmt Resistencia, 11 de junio de 2019.- A fs. 56/57: Agréguese cédula diligenciada y hágase saber.- A fs. 58/60: Téngase por contestado en término el traslado de fs. 52.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5916/19 -Foja: 24/26- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MINISTERIO DE SALUD PUBLICA S/EJECUCION FISCAL - PI DR. DELOVO/GUITART PREVIO DETERMINAR PROPIET. -AUTOMOTOR 26 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 5916/19 - gas Resistencia, 11 de junio de 2019.- Téngase a los Dres. PATRICIA ELENA GUITART y SEBASTIAN ARIEL MARENCO, por presentados parte, en nombre y representación del Municipio de Resistencia, en mérito al Poder General Judicial que acompañan, y con domicilio legal y electrónico constituído, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda.- Asimismo, sin perjuicio de la naturaleza de la obligación ejecutada y no siendo posible condenar a persona indeterminada, previo al dictado del despacho monitorio y atento las facultades conferidas al suscripto por el art. 48, inc. 5 del C.P.C.C. y a los efectos de una adecuada traba de la litis y con el objeto de establecer la identidad inequívoca del legitimado pasivo de la relación procesal, líbrese Oficio al Registro de la Propiedad AUTOMOTOR, a los fines de que informen los datos del titular dominial del bien cuyo impuesto se ejecuta, conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia.- Hágase saber a los recurrentes que han omitido acreditar su situación ante los organismos impositivos (AFIP y ATP), debiendo cumplir con ello. A fs. 24/25: Agréguese cedula diligenciada al Municipio de Resistencia.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2631/19 -Foja: 126- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PAEZ, ROSA HAIDEE Y/O POSEEDOR Y/O SUCESOR UNIVERSAL O PARTICULAR Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/EJECUCION FISCAL - OF. A JUZ.ORIGEN 126 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SIM "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A O F I C I O Nº931 Resistencia, 11 de junio de 2019.- SRA. JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ Nº 2 Dra. SILVIA CLAUDIA ZALAZAR SU DESPACHO.- Tengo el agrado de dirigirme a Ud., con el fin de REMITIRLE en devolución la presente causa caratulada: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PAEZ, ROSA HAIDEE Y/O POSEEDOR Y/O SUCESOR UNIVERSAL O PARTICULAR Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/ EJECUCION FISCAL", Expte Nº2631/19; en 126 fs. útiles. Sin otro particular, saludo a Ud. con atenta y distinguida consideración.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2631/19 -Foja: 125- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PAEZ, ROSA HAIDEE Y/O POSEEDOR Y/O SUCESOR UNIVERSAL O PARTICULAR Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/EJECUCION FISCAL - OF. MESA RECEPTORA REMISION EXPTE JUZG DEORIGEN 125 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SIM "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A OFICIO Nº930...... Resistencia, 11 de junio de 2019.- SRA. JEFA DE LA MESA DE ENTRADAS RECEPTORA INFORMATIZADA DRA. ANALIA DE LEON S______________/_______________D Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en cumplimiento con lo dispuesto en el art. 28 del Reglamento acordado para el Organismo a su cargo, a fin de poner en su conocimiento que en los autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PAEZ, ROSA HAIDEE Y/O POSEEDOR Y/O SUCESOR UNIVERSAL O PARTICULAR Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº2631/19; se ha ordenado la remisión en devolución al Juzgado de origen (JUZGADO DE PAZ Nº 2). Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente. DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2630/19 -Foja: 140- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PIOVANO, MARIA NATALIA Y/O PROPIETARIO Y/O QUIEN RESULTE POSEEDOR Y/O SUCESOR SINGULAR O UNIVERSAL Y/O QUIEN RESULTE TITULAR O RESP. S/EJECUCION FISCAL - OF. A JUZ.ORIGEN 140 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 sim "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A O F I C I O Nº919 Resistencia, 11 de junio de 2019.- SRA. JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO Nº 2 Dra. SILVIA CLAUDIA ZALAZAR SU DESPACHO.- Tengo el agrado de dirigirme a Ud., con el fin de REMITIRLE en devolución la presente causa caratulada: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PIOVANO, MARIA NATALIA Y/O PROPIETARIO Y/O QUIEN RESULTE POSEEDOR Y/O SUCESOR SINGULAR O UNIVERSAL Y/O QUIEN RESULTE TITULAR O RESP. S/ EJECUCION FISCAL", Expte Nº2630/19; en 140 fs. útiles. Sin otro particular, saludo a Ud. con atenta y distinguida consideración.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2630/19 -Foja: 139- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PIOVANO, MARIA NATALIA Y/O PROPIETARIO Y/O QUIEN RESULTE POSEEDOR Y/O SUCESOR SINGULAR O UNIVERSAL Y/O QUIEN RESULTE TITULAR O RESP. S/EJECUCION FISCAL - OF. MESA RECEPTORA REMISION EXPTE JUZG DEORIGEN 139 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SIM "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A OFICIO Nº918 Resistencia, 11 de junio de 2019.- SRA. JEFA DE LA MESA DE ENTRADAS RECEPTORA INFORMATIZADA DRA. ANALIA DE LEON S______________/_______________D Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en cumplimiento con lo dispuesto en el art. 28 del Reglamento acordado para el Organismo a su cargo, a fin de poner en su conocimiento que en los autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PIOVANO, MARIA NATALIA Y/O PROPIETARIO Y/O QUIEN RESULTE POSEEDOR Y/O SUCESOR SINGULAR O UNIVERSAL Y/O QUIEN RESULTE TITULAR O RESP. S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº2630/19; se ha ordenado la remisión en devolución al Juzgado de origen (JUZGADO DE PAZ Nº 2). Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente. SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10838/16 -Foja: 21- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/RAMIREZ, MARIA DE LOS ANGELES S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA PROYECTO DE MANDAMIENTO POR ERROR DECONFECCION 21 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 10838/16. AG NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de Mandamiento de Embargo, presentado en fecha 04/06/2019, por estar erróneamente confeccionado (domicilio del demandado). CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16068/10 -Foja: 18- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/RAMIREZ, RAMON OSCAR S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-3-A-ESTESE A LO QUE SERESUELVE 18 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16068/10. AG Resistencia, 10 de junio de 2019.- Atento el estado de autos, estése a lo que se resuelve en la foliatura siguiente. Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16068/10 -Foja: 19- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/RAMIREZ, RAMON OSCAR S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-3-B-DESISTIMIENTO SIN REGULACION YARCHIVO 19 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16068/10.- AG Resistencia, 10 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/RAMIREZ, RAMON OSCAR S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº16068/10, y CONSIDERANDO: Que a fs. 14 se cursó intimación a la Actora a fin de que manifieste si mantenía interés en autos, la que fue notificada en fecha 19/12/2018 conforme constancias de fs. 16. Que a fs. 17 no habiendo la accionante contestado la intimación cursada, se le da por decaído el derecho dejado de usar. Implicando ello el desistimiento tácito de la presente acción, corresponde declarar extinguido el presente juicio. COSTAS Y HONORARIOS: Las costas se imponen a la parte ejecutante (art. 88 del CPCC). No habiéndose acreditado en autos que los profesionales intervinientes se encuentren excluidos de la aplicación de la Ley Nº457-C (antes Ley 2868) y art. 181 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de Resistencia, no corresponde regular honorarios. Por ello, RESUELVO: I) TENER a la actora por desistida del presente proceso, declarándolo extinguido. II) IMPONER COSTAS a la ejecutante, sin regulación de honorarios profesionales atento que los profesionales intervinientes en autos no acreditaron estar excluidos de lo dispuesto por la Ley Nº457-C (antes Ley 2868) y art. 181 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de Resistencia. III) NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PROTOCOLICESE Y firme que fuere la presente ARCHIVESE, remitiéndose las mismas a la Dirección General de Archivo. OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4885/14 -Foja: 157- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ROMAN, NICOLAS MARTIN S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DE TOMA DEPOSESION SE LIBRA MANDAMIENTO DE TOMA DE POSESION.- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6271/19 -Foja: 8- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ROMERO, JAVIER ORLANDO S/EJECUCION FISCAL - PI DR. DELOVO/GUITART c/EMBARGO SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 6271/19 - SDH Resistencia, 7 de junio de 2019.- Proveyendo el estado de la causa y habiéndose recaratulado correctamente las presentes actuaciones, téngase por promovida demanda de Ejecución Fiscal contra ROMERO, JAVIER ORLANDO.- Teniendo en cuenta lo que resulta de las constancias de autos, documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 529, 614 y 615 del CPCC, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra ROMERO, JAVIER ORLANDO por la suma de PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS TREINTA y CUATRO CON VEINTE CENTAVOS ($13.634,20) en concepto de capital, más la de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA y TRES CON SESENTA y OCHO CENTAVOS ($5.453,68) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura del art. 529 del CPCC que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art.230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia.- Autorízase la intervención solicitada.- A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta.- Autorízase la intervención solicitada.- Asimismo, surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 23 y 26 de ley 840.F según Digesto (antes ley 4182) y sus modificatorias, por Secretaría practíquese planilla de liquidación. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: Conforme lo ordenado por S.S., procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840.F según Digesto (antes ley 4182) y sus modificatorias.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS TREINTA y CUATRO CON VEINTE CENTAVOS ($13.634,20) b) Porcentaje a aplicar: 2% s/monto imponible.- III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA y DOS CON SESENTA y OCHO CENTAVOS (272,68). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. CONSTE. SECRETARIA, 7 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6271/19 -Foja: 9/10- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ROMERO, JAVIER ORLANDO S/EJECUCION FISCAL - SEN. MUN. - UN SMVM (DELOVO/GUITART) Cap.12501-73600 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A EXPTE. Nº: 6271/19.- SDH Resistencia, 7 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ROMERO, JAVIER ORLANDO S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 6271/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, y que cumple con los requisitos de forma exigidos por la Ordenanza General Impositiva y Tributaria vigente, y lo normado por el art. 197 de la Constitución Provincial, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- II).- Con respecto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses que preveen las Ordenanzas respectivas, desde que cada una de las cuotas puras reclamadas se tornaron exigibles y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo de apercibimiento de ley.- IV).- A fin de regular honorarios se toma como base el capital reclamado en autos, aplicando el art.5 L.A.; con la limitación dispuesta en el art. 15 de dicha ley. Efectuado los calculos de rigor, teniendo en cuenta el mérito, calidad y eficacia de los trabajos realizados por los profesionales, y luego de aplicar la alícuota mencionada supra, la operación efectuada arroja una suma inferior a lo establecido en el art. 5, 2º párrafo de Ley Nº288.C según Digesto (antes ley 2011).- En este sentido para regular los honorarios profesionales se toma como base un salario mínimo vital y móvil reducido a un 80%, atento a la calidad y extensión de los trabajos realizados, conforme art. 3, 5, 6, y 15 Ley Nº288.C según Digesto (antes ley 2011) y art. 1º Ley Nº 457.C según Digesto (antes ley 2868).- Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra ROMERO, JAVIER ORLANDO, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS TREINTA y CUATRO CON VEINTE CENTAVOS ($13.634,20) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA y TRES CON SESENTA y OCHO CENTAVOS ($5.453,68), sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme arts. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC) con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según el art. 23, 24 y 26 de la ley 840.F según Digesto (antes ley 4182), asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA y DOS CON SESENTA y OCHO CENTAVOS ($272,68).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, a los Dres. PATRICIA ELENA GUITART y DANIEL RAMIRO FERNANDEZ ASSELLE como patrocinantes en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00) para cada uno de ellos; y como apoderados en la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00) a cada uno. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido por los art. 3, 5, 6 y 15 ley Nº288.C según Digesto (antes ley 2011) y art. 1º Ley Nº 457.C según Digesto (antes ley 2868).- Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 7 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16862/10 -Foja: 30- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ROPELATO, WILMA ELISA S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-3-A-ESTESE A LO QUE SERESUELVE 30 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16862/10. AG Resistencia, 10 de junio de 2019.- Atento el estado de autos, estése a lo que se resuelve en la foliatura siguiente. Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16862/10 -Foja: 31- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ROPELATO, WILMA ELISA S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-3-B-DESISTIMIENTO SIN REGULACION YARCHIVO 31 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16862/10.- AG Resistencia, 10 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ROPELATO, WILMA ELISA S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº16862/10, y CONSIDERANDO: Que a fs. 26 se cursó intimación a la Actora a fin de que manifieste si mantenía interés en autos, la que fue notificada en fecha 20/12/2018 conforme constancias de fs. 28. Que a fs. 29 no habiendo la accionante contestado la intimación cursada, se le da por decaído el derecho dejado de usar. Implicando ello el desistimiento tácito de la presente acción, corresponde declarar extinguido el presente juicio. COSTAS Y HONORARIOS: Las costas se imponen a la parte ejecutante (art. 88 del CPCC). No habiéndose acreditado en autos que los profesionales intervinientes se encuentren excluidos de la aplicación de la Ley Nº457-C (antes Ley 2868) y art. 181 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de Resistencia, no corresponde regular honorarios. Atento la imposición de costas y lo prescripto por la Ley 457-C (antes Ley Nº2868) se deja sin efecto los honorarios regulados en el Despacho Monitorio. Por ello, RESUELVO: I) TENER a la actora por desistida del presente proceso, declarándolo extinguido. II) DEJAR SIN EFECTO la imposición de costas de fs. 19/20 y los honorarios regulados. Asimismo, IMPONER COSTAS a la ejecutante, sin regulación de honorarios profesionales atento que los profesionales intervinientes en autos no acreditaron estar excluidos de lo dispuesto por la Ley Nº457-C (antes Ley 2868) y art. 181 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de Resistencia. III) NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PROTOCOLICESE Y firme que fuere la presente ARCHIVESE, remitiéndose las mismas a la Dirección General de Archivo. OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3349/16 -Foja: 24- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/S.U.P.C.E. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DECONSTATACION SE LIBRA MANDAMIENTO DE CONSTATACION . ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 12671/14 -Foja: 123- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SAUCEDO, SERGIO OSVALDO S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO BancoPatagonia SE LIBRA OFICIO Banco Patagonia. ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17147/15 -Foja: 22- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SECRET. TRANS. OB Y SER. PUB. S/EJECUCION FISCAL - DEFINE PROPIETARIO SINEMBARGO 22 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 17147/15 - dmt Resistencia, 10 de junio de 2019.- Agréguese Oficio al Registro de la Propiedad del Inmueble, diligenciado con informe de dicha entidad.- Atento el estado de la causa y habiéndose definido el demandado de autos, téngase por promovida demanda de Ejecución Fiscal contra SECRET. TRANS. OB Y SER. PUB..- A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que se dicta en foliatura siguiente. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17147/15 -Foja: 23/24- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SECRET. TRANS. OB Y SER. PUB. S/EJECUCION FISCAL - SEN. MUN. - MEDIO SALARIO nuevo (DELOVO) Cap. hasta$12500 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE. Nº: 17147/15.- dmt Resistencia, 10 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SECRET. TRANS. OB Y SER. PUB. S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 17147/15, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, y que cumple con los requisitos de forma exigidos por la Ordenanza General Impositiva y Tributaria vigente, y lo normado por el art. 197 de la Constitución Provincial, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- II).- Con respecto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses que preveen las Ordenanzas respectivas, desde que cada una de las cuotas puras reclamadas se tornaron exigibles y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo de apercibimiento de ley.- IV).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($1.164,72), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868.- Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra SECRET. TRANS. OB Y SER. PUB., condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS UN MIL CIENTO SESENTA y CUATRO CON SETENTA y DOS CENTAVOS ($1.164,72) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA y CINCO CON OCHENTA y OCHO CENTAVOS ($465,88), sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme arts. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC) con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según el art. 23, 24 y 26 de la ley 840.F según Digesto (antes ley 4182), asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), HAGASE SABER AL EJECUTADO (en la persona del Sr. Gobernador y Fiscal de Estado) que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, a los Dres. ANGEL MARCELO DELOVO y DANIEL RAMIRO FERNANDEZ ASSELLE como patrocinantes en la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO ($625,00) para cada uno de ellos; y como apoderados en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($250,00) a cada uno. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- A los efectos de la notificación, siendo la demandada persona jurídica y a los fines de dar cumplimiento con la Resolución Nº 1158/12 del Superior Tribunal de Justicia deberá consignarse como constituído el legal de la demandada. VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7515/15 -Foja: 59- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SOLIS, MAURICIO VICTOR JA S/EJECUCION FISCAL - DESIGNACION MART.MUEBLE -YA CORRIDO TRASLADOPROP.MART. DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE. Nº:7515/15. mn Resistencia, 11 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Atento a lo solicitado, encontrándose el demandado debidamente notificado del traslado del martillero propuesto, conforme constancias de fs. 57, no habiendo efectuado impugnación al mismo, conforme lo dispuesto por art. 567 CPCC -ley 7950-; DESIGNASE Martillero al propuesto Sr. Fernando Fleitas, quien previa aceptación del cargo en debida forma y constitución del domicilio legal y electrónico, procederá a la venta de los bienes embargados en autos a fs. 25/27 y 39/41, en remate público, sin base, al contado y al mejor postor, con más IVA si correspondiere a cargo del comprador, a cuyo efecto designará lugar, día y hora que hará saber por medio de edictos que se publicarán por el término de DOS (2) días en un diario local y Boletín Oficial, quedando autorizado a percibir del comprador la comisión que determina el art. 50, inc. I, ap. b) de la Ley Nº103-C (antes Ley provincial Nº 604/64), debiendo rendir cuenta de su gestión dentro del tercer día de realizado el remate, cuyo producido deberá depositar en el Nuevo Banco del Chaco S.A. a la orden de este Juzgado y como perteneciente a la presente causa, bajo apercibimiento de lo que hubiere lugar por derecho. Por Secretaría, oportunamente expídase el edicto respectivo. LIBRESE MANDAMIENTO DE SECUESTRO de los bienes embargados en autos a fs. 25/27 y 39/41, aún si se hallare en poder de terceros; salvo que esté en poder de autoridad oficial; que diligenciará el Sr. Oficial de Justicia con facultades de ley, pudiendo requerir el auxilio de la fuerza pública. Previo a ordenar el secuestro de los bienes a subastar, a fin de autorizar los gastos que pueda demandar la realización de la subasta como así también con el propósito de evitar un incremento de los mismos, deberá el rematador acompañar planilla de gastos con los respectivos montos que irrogará la misma. NOTIFIQUESE AL DEMANDADO Y AL MARTILLERO PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1771/16 -Foja: 26/27- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/STELLA, FERNANDO EZEQUIEL S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DEEMBARGO SE LIBRA MANDAMIENTO DE EMBARGO ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5393/15 -Foja: 120- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/VERON, LEANDRO FABIAN S/EJECUCION FISCAL - OR. OF.REITERATORIO 120 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 5393/15.- DMT Resistencia, 11 de junio de 2019.- Atento lo solicitado líbrese oficio reiteratorio del Nº 285 dirigido a la ALTAMIRANO & PALACIOS S.A., recepcionado en fecha 29/03/2019 a los mismos fines y efectos que el ordenado a fs. 111 y bajo apercibimiento del art. 384 y 385 del CPCC, debiendo transcribirse los arts. citados y la presente providencia en el recaudo a librarse. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8730/14 -Foja: 46- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/VILLALBA, RUBEN DARIO S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALBCRA SE LIBRA OFICIO AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3462/19 -Foja: 31- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/CHAMORRO, RUBEN ADRIAN S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALJ.FEDERAL SE LIBRA OFICIO AL JUZGADO FEDERAL CON COMPETENCIA ELECTORAL.- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3447/19 -Foja: 37- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/DIAZ, CAROLINA ESTELA S/EJECUCION FISCAL - OF. AL JUZGADO DE PAZBARRANQUERAS 37 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A sim OFICIO Resistencia, 11 de junio de 2019.- Nº.929 JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº1 Tengo el agrado de dirigirme a ud. en estos autos caratulados: "PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/DIAZ, CAROLINA ESTELA S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 3447/19 , que tramitan ante este Juzgado en lo Civil y Comercial de la Décimo Octava Nominación a mi cargo, sito en calle López Y Planes Nº26 de esta ciudad; a los fines de solicitarle proceda a remitir "ad effectum videndi" y si su estado lo permite el Expediente Nº 8180/12 caratulado: "DIAZ CAROLINA ESTELA por derecho propio y en nombre y representación de sus hijos menores MACIEL GABRIEL NICOLAS, MACIEL LUDMILA ANABEL C/ MATCOVICH FERNANDO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑO MORAL POR ACCIDENTE DE TRANSITO" y el Expediente Nº1885/14 caratulado: "DIAZ CAROLINA ESTELA S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS". Sin otro particular, saludo a Ud. con atenta y distinguida consideración.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3447/19 -Foja: 36- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/DIAZ, CAROLINA ESTELA S/EJECUCION FISCAL - SOLICITA EXPTE. A JUZGADO AD EFFECTUMVIDENDI 36 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 3447/19. vns.- Resistencia, 20 de marzo de 2018.- En virtud que por ley nº 2516 se modificó la competencia del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 8 de la Primera Circunscripción Judicial y por ello diversas causas fueron remitidas a otros juzgados para continuar su tramite, y habíendose tomado conocimiento que las causas citadas por la demandada en la presentación de fs. 27/28 se encuentran radicadas en el Juzgado Civil y Comercial Nº 1, líbrese oficio al Juzgado Civil y Comercial Nº 1, a los fines de que procedan a remitir "ad effectum videndi" y si su estado lo permite el Expediente Nº8180/12 caratulado: "DIAZ CAROLINA ESTELA por derecho propio y en nombre y representación de sus hijos menores MACIEL GABRIEL NICOLAS, MACIEL LUDMILA ANABEL C/ MATCOVICH FERNANDO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑO MORAL POR ACCIDENTE DE TRANSITO" y el Expediente Nº1885/14 caratulado: "DIAZ CAROLINA ESTELA S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS". Por secretaría, confecciónese dicho recaudo y remítase el mismo por correo electrónico. Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6982/19 -Foja: 20- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/FLORES, JAVIER Y FRANCO, TATIANA S/EJECUCION FISCAL - D.I. PODER JUDICIAL C/ EMBARGORUNDIO 20 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 6982/19 - gas Resistencia, 10 de junio de 2019. Téngase a la Dra. ALICIA ESTHER RUNDIO por presentada, parte, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, en nombre y representación del PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO y domicilio legal constituido, en mérito a la copia del Poder General Judicial que acompaña, dándosele en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra FLORES, JAVIER Y FRANCO, TATIANA .- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 529, 614 y 615 del CPCC, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra FLORES, JAVIER Y FRANCO, TATIANA por la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS SESENTA y DOS CON TREINTA y DOS CENTAVOS ($1.762,32) en concepto de capital, más la de PESOS SETECIENTOS CUATRO CON NOVENTA y DOS CENTAVOS ($704,92) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura de los arts. 529 del CPCC que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 23 y 26 de L.840.F según Digesto (antes ley 4182), por Secretaría practíquese planilla de liquidación. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: Conforme lo ordenado por S.S., procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la L.840.F según Digesto (antes ley 4182).- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS UN MIL SETECIENTOS SESENTA y DOS CON TREINTA y DOS CENTAVOS ($1.762,32) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.- III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:6982/19. CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6982/19 -Foja: 21/22- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/FLORES, JAVIER Y FRANCO, TATIANA S/EJECUCION FISCAL - SEN. PODER JUDICIAL (MEDIOS.M.V.M.) DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6982/19.- gas Resistencia, 10 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/FLORES, JAVIER Y FRANCO, TATIANA S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº 6982/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 del CPCC, hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, y que cumple con los presupuestos de forma exigidos por la Ley Nº840-F (antes Ley Nº4182), corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del CPCC.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, y desde la fecha de la mora 19/06/2014 y hasta el íntegro pago, devengará los intereses que resulten de aplicar la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina.- III).- Las costas, conforme art. 555 del CPCC se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($1.762,32), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra FLORES, JAVIER Y FRANCO, TATIANA, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS SESENTA y DOS CON TREINTA y DOS CENTAVOS ($1.762,32) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS SETECIENTOS CUATRO CON NOVENTA y DOS CENTAVOS ($704,92) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del CPCC con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según el art. 24, 25 y 27 de la Ley Nº840-F (antes Ley Nº4182) asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del CPCC, HAGASE SABER al ejecutado que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación en razón de la distancia si correspondiere; podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I de la presente u OPONERSE a este despacho monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada. Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del C.P.C.C..- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 1940-A (antes Ley Nº6808); y los de la Dra. ALICIA ESTHER RUNDIO como apoderada en la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00). Todo con más IVA si correspondiere.- Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio, de conformidad a los arts 3, 5 y 6 de la Ley Nº288-C (antes Ley Nº2011) y art. 1º de la Ley Nº457-C (antes Ley Nº2868).- Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del CPCC.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6984/19 -Foja: 20- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/MASIN, SANDRA ELIZABETH Y MAIDANA, GERARDO DEL PILAR S/EJECUCION FISCAL - D.I. PODER JUDICIAL C/ EMBARGORUNDIO 20 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 6984/19 - gas Resistencia, 10 de junio de 2019. Téngase a la Dra. ALICIA ESTHER RUNDIO por presentada, parte, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, en nombre y representación del PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO y domicilio legal constituido, en mérito a la copia del Poder General Judicial que acompaña, dándosele en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra MASIN, SANDRA ELIZABETH Y MAIDANA, GERARDO DEL PILAR.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 529, 614 y 615 del CPCC, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra MASIN, SANDRA ELIZABETH Y MAIDANA, GERARDO DEL PILAR por la suma de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA y NUEVE CON DIEZ CENTAVOS ($7.879,10) en concepto de capital, más la de PESOS TRES MIL CIENTO CINCUENTA y UNO CON SESENTA y CUATRO CENTAVOS ($3.151,64) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura de los arts. 529 del CPCC que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 23 y 26 de L.840.F según Digesto (antes ley 4182), por Secretaría practíquese planilla de liquidación. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: Conforme lo ordenado por S.S., procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la L.840.F según Digesto (antes ley 4182).- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA y NUEVE CON DIEZ CENTAVOS ($7.879,10) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.- III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:6984/19. CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6984/19 -Foja: 21/22- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/MASIN, SANDRA ELIZABETH Y MAIDANA, GERARDO DEL PILAR S/EJECUCION FISCAL - SEN. PODER JUDICIAL (MEDIOS.M.V.M.) DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6984/19.- gas Resistencia, 10 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar Despacho Monitorio en estos autos caratulados: "PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/MASIN, SANDRA ELIZABETH Y MAIDANA, GERARDO DEL PILAR S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº 6984/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 del CPCC, hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, y que cumple con los presupuestos de forma exigidos por la Ley Nº840-F (antes Ley Nº4182), corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del CPCC.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, y desde la fecha de la mora 14/05/2014 y hasta el íntegro pago, devengará los intereses que resulten de aplicar la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina.- III).- Las costas, conforme art. 555 del CPCC se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($7.879,10), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra MASIN, SANDRA ELIZABETH Y MAIDANA, GERARDO DEL PILAR, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA y NUEVE CON DIEZ CENTAVOS ($7.879,10) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS TRES MIL CIENTO CINCUENTA y UNO CON SESENTA y CUATRO CENTAVOS ($3.151,64) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del CPCC con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según el art. 24, 25 y 27 de la Ley Nº840-F (antes Ley Nº4182) asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del CPCC, HAGASE SABER al ejecutado que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación en razón de la distancia si correspondiere; podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I de la presente u OPONERSE a este despacho monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada. Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del C.P.C.C..- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 1940-A (antes Ley Nº6808); y los de la Dra. ALICIA ESTHER RUNDIO como apoderada en la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00). Todo con más IVA si correspondiere.- Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio, de conformidad a los arts 3, 5 y 6 de la Ley Nº288-C (antes Ley Nº2011) y art. 1º de la Ley Nº457-C (antes Ley Nº2868).- Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del CPCC.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6988/19 -Foja: 20- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/RETAMOZO, EDUARDO PEDRO Y OTRO S/EJECUCION FISCAL - D.I. PODER JUDICIAL C/ EMBARGORUNDIO 20 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 6988/19 - gas Resistencia, 10 de junio de 2019. Téngase a la Dra. ALICIA ESTHER RUNDIO por presentada, parte, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, en nombre y representación del PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO y domicilio legal constituido, en mérito a la copia del Poder General Judicial que acompaña, dándosele en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra RETAMOZO, EDUARDO PEDRO Y GUZMAN, MAURICIO M..- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 529, 614 y 615 del CPCC, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra RETAMOZO, EDUARDO PEDRO Y GUZMAN, MAURICIO M. por la suma de PESOS UN MIL CIENTO SESENTA y UNO CON SETENTA y DOS CENTAVOS ($1.161,72) en concepto de capital, más la de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA y CUATRO CON SETENTA y DOS CENTAVOS ($464,72) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura de los arts. 529 del CPCC que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 23 y 26 de L.840.F según Digesto (antes ley 4182), por Secretaría practíquese planilla de liquidación. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: Conforme lo ordenado por S.S., procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la L.840.F según Digesto (antes ley 4182).- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS UN MIL CIENTO SESENTA y UNO CON SETENTA y DOS CENTAVOS ($1.161,72) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.- III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:6988/19. CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6988/19 -Foja: 21/22- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/RETAMOZO, EDUARDO PEDRO Y OTRO S/EJECUCION FISCAL - SEN. PODER JUDICIAL (MEDIOS.M.V.M.) DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6988/19.- gas Resistencia, 10 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/RETAMOZO, EDUARDO PEDRO Y OTRO S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº 6988/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 del CPCC, hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, y que cumple con los presupuestos de forma exigidos por la Ley Nº840-F (antes Ley Nº4182), corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del CPCC.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, y desde la fecha de la mora 06/11/2013 y hasta el íntegro pago, devengará los intereses que resulten de aplicar la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina.- III).- Las costas, conforme art. 555 del CPCC se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($1.161,72), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra RETAMOZO, EDUARDO PEDRO Y OTRO, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS UN MIL CIENTO SESENTA y UNO CON SETENTA y DOS CENTAVOS ($1.161,72) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA y CUATRO CON SETENTA y DOS CENTAVOS ($464,72) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del CPCC con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según el art. 24, 25 y 27 de la Ley Nº840-F (antes Ley Nº4182) asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del CPCC, HAGASE SABER al ejecutado que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación en razón de la distancia si correspondiere; podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I de la presente u OPONERSE a este despacho monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada. Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del C.P.C.C..- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 1940-A (antes Ley Nº6808); y los de la Dra. ALICIA ESTHER RUNDIO como apoderada en la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00). Todo con más IVA si correspondiere.- Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio, de conformidad a los arts 3, 5 y 6 de la Ley Nº288-C (antes Ley Nº2011) y art. 1º de la Ley Nº457-C (antes Ley Nº2868).- Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del CPCC.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6846/13 -Foja: 116/117- PROVINCIA DEL CHACO C/ACAP S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - OF DILIGENCIADORPI SE AGREGA OFICIO DIRIGIDO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DILIGENCIADO DONDE TOMA RAZON DE LA REINSCRIPCION DE LA INHIBICION DECRETADA EN AUTOS.- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3075/19 -Foja: 25- PROVINCIA DEL CHACO C/ALEGRE, ANDRES SEBASTIAN S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF. CON CONSTANCIA DE RECEPCION + OF.DILIGENCIADO 25 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3075/19. SIM Resistencia, 11 de junio de 2019.- A fs. 21/22: Agréguese OFICIO a la Policía del Chaco con constancia de recepción, y hágase saber. A fs. 23/24: Agréguese OFICIO a la Policía del Chaco diligenciado, con informe de dicha Entidad y hágase saber.-NOT.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8359/15 -Foja: 31/32- PROVINCIA DEL CHACO C/ALONSO, JOSE MANUEL S/EJECUCION FISCAL - OF DILIGENCIADO DIRIGIDO A LA POLICIA DELCHACO SE AGREGA OFICIO DIRIGIDO A LA POLICIA DE LA PROVINCIA DEL CHACO, DILIGENCIADO.- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8627/16 -Foja: 56- PROVINCIA DEL CHACO C/AMERI, RODOLFO FEDERICO S/EJECUCION FISCAL - DESIGNACION MARTILLERO -AUTOMOTOR ART. 83ATP 56 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE. Nº:8627/16 - cab Resistencia, 11 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Atento a lo solicitado y de conformidad a lo dispuesto en el art. 83 del Código Tributario, DESIGNASE Martillero al propuesto Sr. ANIBAL SANTAMBROGIO, quien previa aceptación del cargo en debida forma y constitución del domicilio legal y electrónico ante el Actuario, procederá a la venta del automotor embargado en autos a fs. 36, individualizado como: W0075615, en remate público, sin base, al contado y al mejor postor, con más IVA si correspondiere a cargo del comprador, a cuyo efecto designará lugar, día y hora que hará saber por medio de edictos que se publicarán por el término de DOS (2) días en un diario local y Boletín Oficial, quedando autorizado a percibir del comprador la comisión que determina el art. 50, inc. I, ap. b) de la Ley Nº 103-C (antes Ley provincial Nº 604/64), comisión 8%, debiendo rendir cuenta de su gestión dentro del tercer día de realizado el remate, cuyo producido deberá depositar en el Nuevo Banco del Chaco S.A. a la orden de este Juzgado y como perteneciente a la presente causa, bajo apercibimiento de lo que hubiere lugar por derecho, y previa acreditación en autos de las deudas que pesaren sobre el automotor a subastar, lo que deberá consignarse en el edicto a librarse. NOTIFIQUESE AL MARTILLERO Y A LAS PARTES PERSONALMENTE O POR CEDULA.- LIBRESE MANDAMIENTO DE SECUESTRO de un automóvil MARCA PEUGEOT, tipo PICK UP, MODELO PUP 504GRD, motor marca PEUGEOT, chasis marca PEUGEOT, Dominio W0075615 con su documentación y llaves correspondientes, en el lugar en que estuviere ubicado, aún si se hallare en poder de terceros y/o en la vía pública; salvo que esté en poder de autoridad oficial; que diligenciará el Sr. Oficial de Justicia con facultades de ley, pudiendo requerir el auxilio de la fuerza pública en la medida y con la prudencia que el caso requiera. Autorízase la intervención solicitada. HABILITENSE DIAS Y HORAS INHABILES. Previo a librar mandamiento secuestro del automotor, a fin de autorizar los gastos que pueda demandar la realización de la subasta como así también con el propósito de evitar un incremento de los mismos, deberá el rematador acompañar planilla de gastos con los respectivos montos que irrogará la misma. NOTIFIQUESE AL MARTILLERO PERSONALMENTE O POR CEDULA.- Asimismo, líbrese oficios a la Municipalidad de Resistencia a los fines de que informen a cuanto asciende la deuda por impuestos no pagos al día de la fecha del bien cuya subasta se ordenara en autos y al REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR a fin de que informe condiciones de dominio actualizadas de dicho bien; con las facultades y en los términos dispuestos por el art. 385 del C.P.C.C., el que serán suscriptos por el profesional interviniente.- Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384, y la presente providencia.- Autorízase al Martillero y/o quién indique a intervenir en el diligenciamiento de los recaudos ordenados. Por Secretaría oportunamente, expídase el edicto respectivo. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4316/19 -Foja: 26- PROVINCIA DEL CHACO C/ANTENUCHI, VICTOR HUGO S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO AL NUEVO BANCO DEL CHACOS.A. SE LIBRA OFICIO AL NUEVO BANCO DEL CHACO S.A..- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2692/12 -Foja: 92- PROVINCIA DEL CHACO C/ANTON, WALTER OSVALDO ASIS S/EJECUCION FISCAL - OR.OF. 92 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 2692/12. cab Resistencia, 11 de junio de 2019.- Proveyendo escrito que antecede: Atento lo solicitado, líbrese oficio a la Administración Ttributaria Provincial (ATP), a los fines solicitados; recaudo que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3889/19 -Foja: 21- PROVINCIA DEL CHACO C/AVALLONE, LAUTARO SEBASTIAN S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF. CON CONSTANCIA DE RECEPCION + OF.DILIGENCIADO 21 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3889/19. SIM Resistencia, 11 de junio de 2019.- A fs. 17/18: Agréguese OFICIO a la Policía del Chaco con constancia de recepción, y hágase saber. A fs. 19/20: Agréguese OFICIO a la Policía del Chaco diligenciado, con informe de dicha Entidad y hágase saber.-NOT.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 635/11 -Foja: 181- PROVINCIA DEL CHACO C/BARONI, MIGUEL ANGEL S/EJECUCION FISCAL - SE ORDENA INTIMACION ALDEMANDADO 181 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 635/11. cab Resistencia, 11 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Conforme lo solicitado, INTIMASE al demandado Sr. BARONI, MIGUEL ANGEL; para que, en el término y bajo apercibimiento de ley, deposite judicialmente el monto correspondiente a la planilla aprobada en autos a la orden de la causa y del juzgado, en la cuenta judicial perteneciente a la presente causa. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA, debiéndose consignar en el recaudo a librarse los montos correspondientes a depositar, así como también el número y C.B.U. de cuenta judicial de la presente causa. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5464/19 -Foja: 14- PROVINCIA DEL CHACO C/BENITEZ, MAURO MAXIMILIANO S/EJECUCION FISCAL - FIRME SENTENCIA + EMBARGO BANCOCENTRAL 14 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 5464/19.- SIM Resistencia, 11 de junio de 2019.- Al punto I: Atento lo solicitado y no habiendo el demandado BENITEZ, MAURO MAXIMILIANO opuesto excepciones en el término que para ello tenía, dásele por decaído el derecho dejado de usar. Asimismo, en virtud del Art. 541 del CPCC habiendo el despacho monitorio adquirido carácter de sentencia; continúese el trámite según su estado. Al punto II: Atento lo solicitado, trábase embargo sobre fondos que tenga el demandado BENITEZ, MAURO MAXIMILIANO ya sea en Caja de ahorro, fondos comunes de inversión o cuentas corrientes en los Bancos del sistema financiero, tanto en casas centrales como en sus respectivas sucursales, en la proporción del 20%, hasta cubrir las sumas condenadas en autos, comprensivas de capital, costas provisorias y honorarios regulados en Sentencia. Haciéndole saber que deberán ABSTENERSE DE EFECTIVIZAR la medida sobre fondos provenientes de sueldos abonados mediante la acreditación en caja de ahorro o similar, informando tal circunstancia al Tribunal. A los fines de su difusión al sistema bancario y la respectiva toma de razón, líbrese oficio al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Las sumas retenidas deberán depositarse en la cuenta judicial perteneciente a los presentes autos, abierta en el Nuevo Banco del Chaco S.A. (entidad bancaria receptora), CUIT Nº33- 99917645-9 -Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco-, debiendo el texto del recaudo a librarse contener el CUIT mencionado precedentemente, el número y CBU de la cuenta judicial y remitir el comprobante respectivo. Asimismo, déjase constancia en el Oficio dirigido al B.C.R.A. que las entidades financieras solamente deberán contestar en caso de resultar positiva la manda judicial. Notifíquese personalmente o por cédula al demandado el embargo trabado precedentemente. Autorízase la intervención solicitada. Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7979/16 -Foja: 82- PROVINCIA DEL CHACO C/BENITEZ, NICOLAS S/EJECUCION FISCAL - TRASLADO DE PLANILLA DELIQUIDACION DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 7979/16. mn Resistencia, 11 de junio de 2019.- De la liquidación practicada, dése traslado a la contraria, por el plazo de cinco (5) días, bajo apercibimiento de ley. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5468/19 -Foja: 15- PROVINCIA DEL CHACO C/BLANCO, IVAN NAHUEL S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. AL JUZGADO FEDERAL yPOLICIA 15 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 5468/19. SIM Resistencia, 11 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Como se pide, líbrense oficios a los fines de informar el domicilio del demandado al: JUZGADO FEDERAL CON COMPETENCIA ELECTORAL, proyecto que deberá ser aportado por el profesional y a la POLICIA DEL CHACO conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5075/15 -Foja: 103/107- PROVINCIA DEL CHACO C/BODNAR, PEDRO DIONEL S/EJECUCION FISCAL - OF DILIGENCIADORPA SE AGREGA OFICIO DIRIGIDO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR DILIGENCIADO CON INFORME DE DICHA ENTIDAD. ASIMISMO AGREGUESE RECIBO "C" EN CONCEPTO DE GASTOS POR DILIGENCIAMIENTO.- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4984/19 -Foja: 21/22- PROVINCIA DEL CHACO C/BRAMED S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE DESPACHO MONITORIO DILIGENCIADA ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5332/19 -Foja: 22/23- PROVINCIA DEL CHACO C/CAMIN CARGO CONTROL ARGENTINA S.A. S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE DESPACHO MONITORIO DILIGENCIADA ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4694/19 -Foja: 25- PROVINCIA DEL CHACO C/CASTRO, FLORENCIA LIBRADA S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. AL JUZGADO FEDERAL, COMPAÑIAS DE CELULAR,POLICIA 25 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4694/19. sim Resistencia, 11 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Como se pide, líbrense oficios a los fines de informar el domicilio del demandado al: JUZGADO FEDERAL CON COMPETENCIA ELECTORAL; COMPAÑIAS DE TELEFONIA MOVIL (Claro y Movistar), proyectos que deberá ser aportado por el profesional; al NUEVO BANCO DEL CHACO S.A. y a la POLICIA DEL CHACO conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8410/16 -Foja: 111/117- PROVINCIA DEL CHACO C/COCA, GUSTAVO RUBEN S/EJECUCION FISCAL - OF C. CONST. REC. BCRA - EMAIL CONF. REC.Y COMP.PAGOARANCEL SE AGREGA OFICIO AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA CON MAIL DE CONFIRMACION DE RECEPCION, INFORME DE COMUNICACION "D" Y COMPROBANTE DE TRANSFERENCIA DE PAGO DE ARANCEL. ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4054/11 -Foja: 271/272- PROVINCIA DEL CHACO C/COOPERATIVA TAMBERA PARANA LTDA. S/EJECUCION FISCAL - OF AL RPI C. CONST.RECEPCION SE AGREGA OFICIO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE CON CONSTANCIA DE RECEPCION ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2066/19 -Foja: 50- PROVINCIA DEL CHACO C/COOPERATIVA TRENTO CHAQUEÑA LTDA. S/EJECUCION FISCAL - ATP INFORMA VIGENCIA MORATORIA- REVOCA PLAN DE PAGOS-SE ORDENA INTIMAC. AL DEMANDADO PAGUE HON. YTASA SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 2066/19. sim.- Resistencia, 10 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese resolución general Nº1982 de la Administración Tributaria Provincial referente a la moratoria vigente hasta el día 30/06/2019; resolución interna de la ATP Nº319/19 por la cual se revocó el plan de pagos suscripto por el demandado, dejando sin efecto la Presentación Nº804231; planillas de control de inclusión de deuda y de actualización de recargos e indexación que acompaña, téngase presente lo manifestado y, de las manifestaciones vertidas y documental acompañada, hágase saber al demandado a sus efectos. Téngase presente reserva formulada. Asimismo, conforme lo solicitado, INTIMASE al demandado COOPERATIVA TRENTO CHAQUEÑA LTDA.; para que, en el término y bajo apercibimiento de ley, deposite judicialmente el monto de los honorarios regulados en el Despacho Monitorio y tasa de justicia, en la cuenta judicial perteneciente a la presente causa. Se hace saber que la presente resolución se notifica por medios electrónicos, cuyo contenido puede ser consultado en línea en la página oficial del Poder Judicial. En cuanto a las copias para traslado, hágase saber a la parte ejecutada que se encuentra a su cargo el deber de concurrir a retirar las mismas del Juzgado. Se hace saber a las partes que se encuentra abierta la cuenta judicial de la presente causa y sus datos son los siguientes: Cuenta Nº126385208 y CBU Nº31100302 11001263852085 respectivamente. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS. OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2277/11 -Foja: 429/485- PROVINCIA DEL CHACO C/CORREDERA, RODOLFO ALBERTO S/EJECUCION FISCAL - OF DILIGENCIADORPA SE AGREGA OFICIO DIRIGIDO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR DILIGENCIADO.- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2907/11 -Foja: 108- PROVINCIA DEL CHACO C/CREACIONES FM S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - provsimple 108 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 2907/11. cab Resistencia, 11 de junio de 2019.- Agréguese oficio dirigido al RPA con más informe y hágase saber.- Asimismo, previo a lo solicitado, cumplimente con el oficio al RPI ordenado a fs. 89. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11630/16 -Foja: 92/93- PROVINCIA DEL CHACO C/DARNAY, JUAN MARCELO S/EJECUCION FISCAL - ESTESE a la intimación ordenada afs.91 93 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 11630/16. RG Resistencia, 11 de junio de 2019.- Proveyendo escrito que antecede: A lo solicitado, estése a la intimación dirigida a la demandada ordenada a fs. 91 último párrafo de las presentes actuaciones.- NOT.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2820/19 -Foja: 22- PROVINCIA DEL CHACO C/DUARTE, GUADALUPE AILEN S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF. con CONSTANCIARECEPCIÓN 22 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 2820/19. sim Resistencia, 11 de junio de 2019.- Agréguese OFICIO a la Policía del Chaco con constancia de recepción y hágase saber. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2784/15 -Foja: 101/102- PROVINCIA DEL CHACO C/EL MILAGRO S.H. Y TEODOROVICH, GUSTAVO EMANUEL S/EJECUCION FISCAL - OF C. CONST.RECEPCION SE AGREGA OFICIO AL RPI CON CONSTANCIA DE RECEPCION ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10370/14 -Foja: 52/55- PROVINCIA DEL CHACO C/EL PEGUAL S.A. S/EJECUCION FISCAL - LEVANTAMIENTO DE EMBARGOATP 55 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 10370/14.-RG Resistencia, 11 de junio de 2019 Proveyendo el escrito que antecede: 1) Agréguese copia informatizada de Presentación Nº 220194 emitida por la ATP. 2) Téngase presente la reserva formulada.- 3) Téngase presente lo manifestado, y obrando conformidad de la Fiscal de Estado Subrogante Dra. Andrea Lorena Quevedo, bajo su exclusiva responsabilidad, DECRETASE el levantamiento de embargo trabado a fs. 11 y a los fines de la toma de razón, líbrese oficio al REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE. HABILITENSE DIAS Y HORAS INHABILES. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario- Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6715/13 -Foja: 91/95- PROVINCIA DEL CHACO C/FORMENTI, SERGIO RAUL S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF.RPADILIGENCIADO 95 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6715/13. RG Resistencia, 10 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese Oficio dirigido al Registro de la Propiedad del Motovehículo "B" de Presidencia Roque Saenz Peña, chaco diligenciado, con Informe de dicha entidad; téngase presente y hágase saber. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4709/19 -Foja: 17- PROVINCIA DEL CHACO C/GARCIA, ELIANA LEONELA MAGALI S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALBCRA SE LIBRA OFICIO AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6891/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/GOMEZ, TERESA LUCIA S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA - EMBARGOnuevo SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 6891/19 - SDH Resistencia, 10 de junio de 2019. Téngase a la Dra. SHIRLEY STEFANIA SINKOVICH (7908) por presentado, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra GOMEZ, TERESA LUCIA.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 614 y 615 del C.P.C.C. y lo dispuesto por el art. 529 del C.P.C.C, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra GOMEZ, TERESA LUCIA por la suma de PESOS CUATRO MIL SESENTA y DOS CON CINCUENTA y DOS CENTAVOS ($4.062,52) en concepto de capital, más la de PESOS UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO ($1.625,00) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio .- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura al art. 529 del C.P.C.C que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por la ley 840-F, por Secretaría practíquese planilla de liquidación e Intímase su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: I)- Conforme lo ordenado por S.S. procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840-F.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS CUATRO MIL SESENTA y DOS CON CINCUENTA y DOS CENTAVOS ($4.062,52) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.-III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:6891/19.- Se deja constancia que se devuelven por Mesa de Entradas y Salidas las copias para traslado acompañadas. CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6891/19 -Foja: 9/10- PROVINCIA DEL CHACO C/GOMEZ, TERESA LUCIA S/EJECUCION FISCAL - S.M. POLICIA Medio salario SMVMnuevo SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:6891/19.- SDH.- Resistencia, 10 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/GOMEZ, TERESA LUCIA S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº6891/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por la Ley Provincial Nº 949- T (Antes Ley 4488) de adecuación a la Ley Nacional Nº 24449 de Tránsito y Seguridad Vial arts. 69 y 71 modificado por ley 6663 y Decreto Reglamentario Nº 146/11 (actualmente Artículo 6 bis según modificación introducida por Decreto Reglamentario Nº 877/12), y lo previsto por el art. 614 del C.P.C.C; y habiéndose por Resolución Nº 1512 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco autorizado expresamente a la Fiscalía de Estado de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial Nº 1940 A (Antes Ley Nº 6808) a iniciar la presente ejecución y hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del C.P.C.C.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria Nº 299 F, ART. 36 (antes ley Nº 2071, art. 37), desde la mora (26/12/2016), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del C.P.C.C se imponen al ejecutado; con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($4.062,52), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra GOMEZ, TERESA LUCIA, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS CUATRO MIL SESENTA y DOS CON CINCUENTA y DOS CENTAVOS ($4.062,52) en concepto de capital,más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO ($1.625,00) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del C.P.C.C con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según la ley 840-F asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. .- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), y a la Dra. SHIRLEY STEFANIA SINKOVICH (7908) la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderada; de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 6808. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del C.P.C.C.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6842/14 -Foja: 87- PROVINCIA DEL CHACO C/HERNANDEZ, EDGAR S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRACEDULA SE LIBRA CEDULA. ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13127/15 -Foja: 118/120- PROVINCIA DEL CHACO C/J.V.MARTIN CEREALES S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - INFORMEBANCARIO SE AGREGA INFORME BANCARIO ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11349/13 -Foja: 85/88- PROVINCIA DEL CHACO C/LENZ, NELSON JAVIER S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF.DILIGENCIADO 88 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 11349/13. RG Resistencia, 10 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese OFICIO al Registro de la Propiedad Inmueble diligenciado, con informe de dicha Entidad donde toma razón de la reinscripción de embargo decretado en autos, téngase presente y hágase saber.- Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7105/12 -Foja: 106- PROVINCIA DEL CHACO C/LOPEZ, MARISA ISABEL S/EJECUCION FISCAL - TRASLADO DE PLANILLA DE LIQUIDACION-SE AGREGA BOL. DEP.JUDIC. DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 7105/12. vns.- Resistencia, 11 de junio de 2019.- A fs. 96/97: Agréguese Boleta de Depósito Judicial acompañada y pónganse los fondos a disposición de la Actora. A fs. 98/105: Agréguese copia informatizada de Presentación Nº 804112 emitida por la ATP, régimen de financiación y recibos de gastos acompañados y, de la liquidación practicada, dése traslado a la contraria, por el plazo de cinco (5) días, bajo apercibimiento de ley. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4523/15 -Foja: 63/66- PROVINCIA DEL CHACO C/LUNA, RAMON OSVALDO S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF.DILIGENCIADO 66 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 4523/15. RG Resistencia, 10 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese OFICIO al Registro de la Propiedad Inmueble diligenciado, con informe de toma de razón de levantamiento de embargo, téngase presente y hágase saber.- Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6825/19 -Foja: 11- PROVINCIA DEL CHACO C/MAIDANA, GABRIEL OSVALDO RAMON S/EJECUCION FISCAL - NOTIFICACION CAJA FORENSE HONORARIOREGULADO 11 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6825/19. gas Resistencia, 11 de junio de 2019.- NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 11 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6038/12 -Foja: 446- PROVINCIA DEL CHACO C/MANGONE, GUSTAVO DANIEL Y MAGNONE DESMONTE S.A. S/EJECUCION FISCAL - OR. OF.REITERATORIO 446 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6038/12.- mn Resistencia, 7 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese oficio dirigido a la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio con constancia de recepción y hágase saber. Asimismo, atento lo solicitado líbrese oficio reiteratorio del Nº 523 dirigido a la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio, recepcionado en fecha 15/05/2019 a los mismos fines y efectos que el ordenado a fs. 436 y bajo apercibimiento del art. 384 del CPCC, debiendo transcribirse el art. citado y la presente providencia en el recaudo a librarse. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6038/12 -Foja: 447- PROVINCIA DEL CHACO C/MANGONE, GUSTAVO DANIEL Y MAGNONE DESMONTE S.A. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRACEDULA SE LIBRA CEDULA. ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5478/19 -Foja: 15- PROVINCIA DEL CHACO C/PEREZ, MATIAS EZEQUIEL S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. AL JUZGADO FEDERAL yPOLICIA 15 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 5478/19. SIM Resistencia, 10 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Como se pide, líbrense oficios a los fines de informar el domicilio del demandado al: JUZGADO FEDERAL CON COMPETENCIA ELECTORAL, proyecto que deberá ser aportado por el profesional y a la POLICIA DEL CHACO conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7927/16 -Foja: 82/87- PROVINCIA DEL CHACO C/PETRO M S/EJECUCION FISCAL - LEVANTAMIENTO DE EMBARGOATP 87 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 7927/16.-RG Resistencia, 10 de junio de 2019 Proveyendo el escrito que antecede: 1) Téngase presente lo manifestado en cuanto a que el demandado ha abonado los honorarios regulados en las presentes actuaciones, agréguese comprobantes de pago de caja forense de los Dres. Zorrilla, Santángelo y Meza y hágase saber. 2) Agréguese comprobante de transferencia electrónica y encontrándose pendiente el pago de Tasa de Justicia, conforme lo dispuesto por los arts. 22 in fine y 24 de la ley 4182, procédase por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos a la Cuenta Corriente del Nuevo Banco del Chaco Nº 10755/07 a nombre de SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA por la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA y CUATRO CON OCHENTA y SIETE CENTAVOS ($234,87). en concepto de Tasa de Justicia.- 3) Téngase presente lo manifestado, y obrando conformidad del Fiscal de Estado, bajo su exclusiva responsabilidad, DECRETASE el levantamiento de embargo trabado a fs.23 y a los fines de la toma de razón, líbrese oficio al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. HABILITENSE DIAS Y HORAS INHABILES. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 14869/10 -Foja: 143- PROVINCIA DEL CHACO C/ROLDAN, IDILIO S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALRPI SE LIBRA OFICIO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE.- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5222/16 -Foja: 87- PROVINCIA DEL CHACO C/SALTZER, HUGO S/EJECUCION FISCAL - INFORME Y ORDEN DE TRANSFERENCIAS PROVINCIA -ATP SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 5222/16. SDH SR. JUEZ: Informo a Ud. que en autos existen fondos depositados, los cuales ascienden a PESOS DOS MIL CINCUENTA y SIETE ($2.057,00) y, al día de la fecha, conforme las constancias de la causa, no se han ordenado ni efectivizado transferencias. CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 10 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Proveyendo el escrito de fs. 86: Conforme lo peticionado y atento lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, procédase por Secretaría vía internet a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº 105306703, del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos, conforme al siguiente detalle: I) A la Cuenta Corriente del Nuevo Banco del Chaco Nº10755/07, CBU Nº31100302- 01000010755072, a nombre de SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, CUIT Nº33-99917645-9, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00) en concepto de Tasa de Justicia, atento a encontrarse pendiente de pago, conforme lo dispuesto por los arts. 22 in fine y 24 de la ley 840.F según Digesto (antes ley 4182). II) A la Caja de Ahorro Nº509320/9, CBU Nº31100302-11000050932098 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la Dra. MARIA DE LAS MERCEDES SANTANGELO, CUIT Nº27- 13099052-0, por la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($272,50), en concepto de honorarios (incluye retención porcentual para caja forense).- III) A la Caja de Ahorro Nº 389020/1, CBU Nº31100302-11000038902015 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la Dra. LAURA HAYDEE ZORRILLA, CUIT Nº27- 31209974-3, por la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($272,50), en concepto de honorarios (incluye retención porcentual para caja forense).- IV) A la Caja de Ahorro Nº1175/04, CBU Nº31100302-11000001175044 del Nuevo Banco del Chaco, en la Sucursal Nº 30-Resistencia a nombre de FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DEL CHACO, CUIT Nº30-99927127-4, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHO CON SESENTA CENTAVOS ($408,60) correspondientes al aporte por honorarios regulados APORTE POR HONORARIOS REGULADOS al Dr. Meza (NO SUJETO A RETENCIONES).- V) A la Caja de Ahorro Nº305132109, CBU Nº31100302-11003051321092 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre del Dr. LUIS ALBERTO MEZA, CUIT Nº20- 14595833-5, por la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA y TRES CON CUARENTA CENTAVOS ($953,40), en concepto de honorarios (incluye retención porcentual para caja forense).- Una vez firme la presente providencia, dése cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8522/16 -Foja: 185- PROVINCIA DEL CHACO C/SAMSUNG ELECTRONICS ARGENTINA S.A. S/EJECUCION FISCAL - EMBARGO AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICAARGENTINA 185 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 8522/16. AG.- Resistencia, 10 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Atento lo solicitado, trábase embargo sobre fondos que tenga el demandado SAMSUNG ELECTRONICS ARGENTINA S.A. ya sea en Caja de ahorro, fondos comunes de inversión o cuentas corrientes en los Bancos del sistema financiero, tanto en casas centrales como en sus respectivas sucursales, en la proporción del 20%, hasta cubrir las sumas condenadas en autos, comprensivas de capital, costas provisorias y honorarios regulados en Sentencia. Haciéndole saber que deberán ABSTENERSE DE EFECTIVIZAR la medida sobre fondos provenientes de sueldos abonados mediante la acreditación en caja de ahorro o similar, informando tal circunstancia al Tribunal. A los fines de su difusión al sistema bancario mediante circularización a través de la Comunicación "D" y la respectiva toma de razón, líbrese oficio al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Las sumas retenidas deberán depositarse en la cuenta judicial perteneciente a los presentes autos, abierta en el Nuevo Banco del Chaco S.A. (entidad bancaria receptora), CUIT Nº33-99917645-9 -Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco-, debiendo el texto del recaudo a librarse contener el CUIT mencionado precedentemente, el número y CBU de la cuenta judicial y remitir el comprobante respectivo. Asimismo, déjase constancia en el Oficio dirigido al B.C.R.A. que las entidades financieras solamente deberán contestar en caso de resultar positiva la manda judicial. Notifíquese por Medios Electrónicos. Autorízase la intervención solicitada. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13212/12 -Foja: 82- PROVINCIA DEL CHACO C/SAN MIGUEL, HORACIO RICARDO S/EJECUCION FISCAL - DEFENSOR OFICIAL ASUMEINTERVENCION SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 13212/12. SDH Resistencia, 11 de junio de 2019.- Téngase a la Defensora Oficial Nº 3 Dra. MARIA GABRIELA ROSELLO BRAJOVICH por presentada en el carácter de DEFENSOR DE AUSENTES, en representación de SAN MIGUEL, HORACIO RICARDO, con domicilio legal y electrónico constituido, dándosele en autos la intervención que por derecho corresponda. Téngase presente lo manifestado y autorízase la intervención solicitada.- Inclúyase a la recurrente en la lista de despacho del Tribunal; y hágase saber a la actora que la demandada ha hecho uso de la limitación de responsabilidad por costas establecida en el art. 730 del Código Civil y Comercial, lo cual deberá ser tenido en cuenta en oportunidad de practicar planilla de liquidación. - NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2544/11 -Foja: 112/113- PROVINCIA DEL CHACO C/SAN PABLO S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA 2OFICIOS SE LIBRA 2 OFICIOS ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11703/14 -Foja: 124- PROVINCIA DEL CHACO C/SERVICIOS OPTICOS INTEGRALES S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE ORDENA NUEVACEDULA 124 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 11703/14. RG Resistencia, 10 de junio de 2019.- A fs.114/119: Agréguese cédula de notificación de despacho monitorio sin diligenciar y hágase saber. A lo demás estése a lo que se provee a continuación. A fs.120/123: Agréguese copia simple del informe emitido por la INSPECCION GENERAL DE PERSONAS JURIDICAS Y REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO y hágase saber. Téngase presente el nuevo domicilio denunciado del demandado en autos y, conforme lo peticionado, líbrese nueva Cédula, a los fines de correr traslado de la demanda y notificar el Despacho Monitorio, debiendo el recurrente consignar en el recaudo a librarse el nuevo domicilio denunciado. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de Cédula Ley 22172 de notificación de despacho monitorio, presentado en fecha 05/06/2019, atento lo dispuesto ut supra. CONSTE. SECRETARIA, 10 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4313/19 -Foja: 17/18- PROVINCIA DEL CHACO C/SUCECION INDIVISA DE GROH, JUAN SAMUEL S/EJECUCION FISCAL - OFDILIGENCIADO SE AGREGA OFICIO AL REGISTRO DE JUICIOS UNIVERSALES DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA DILIGENCIADO ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15462/15 -Foja: 58- PROVINCIA DEL CHACO C/WARBEL S.A. S/EJECUCION FISCAL - LEVANTAMIENTO DE EMBARGOATP DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 15462/15. vns.- Resistencia, 11 de junio de 2019. Proveyendo el escrito que antecede: I) Agréguese copia informatizada de Presentación Nº1243 emitida por la ATP. Téngase presente lo manifestado respecto a que el demandado ha cancelado el plan de pagos suscripto oportunamente y hágase saber. II) Téngase presente la reserva formulada. III) Téngase presente lo manifestado, y obrando conformidad del Fiscal de Estado, bajo su exclusiva responsabilidad, DECRETASE el levantamiento de embargo trabado a fs. 11 y a los fines de la toma de razón, líbrese oficio al Banco Santander Río S.A. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5102/19 -Foja: 37- S.A.M.E.E.P. C/MORANDO, SILVANA Y/O REPETTO, MARCELO JOSE Y/O PROPIETARIO Y/O POSEEDOR Y/O TENEDOR Y/O QUIEN RESULTE S/EJECUCION FISCAL - ACTORA ACLARA RELACION DEDEPENDENCIA 37 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 5102/19. SIM Resistencia, 11 de junio de 2019.- Habiéndose omitido dar intervención al Dr. MIGUEL FERNANDO PETRI, téngase a dicho profesional por presentado parte, en nombre y representación de la Empresa SAMEEP, en mérito al Poder General Judicial acompañado oportunamente, dándosele en autos la intervención que por derecho corresponda. Proveyendo el escrito que antecede: Téngase presente la aclaración efectuada por la actora y en consencuencia, estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta.NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5102/19 -Foja: 38/39- S.A.M.E.E.P. C/MORANDO, SILVANA Y/O REPETTO, MARCELO JOSE Y/O PROPIETARIO Y/O POSEEDOR Y/O TENEDOR Y/O QUIEN RESULTE S/EJECUCION FISCAL - D.M. SAMEEP - Reg. MEDIO SALARIOSMVM 38 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A EXPTE. Nº: 5102/19.- SIM Resistencia, 11 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar Despacho Monitorio en estos autos caratulados: "S.A.M.E.E.P. C/MORANDO, SILVANA Y REPETTO, MARCELO JOSE S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 5102/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, y que cumple con los requisitos exigidos por el art. 5 de la Ley Nº456-A (antes Ley Nº2867), corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- II).- Con respecto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses que resulte de aplicar la tasa activa promedio que publica el Banco Central de la República Argentina, de conformidad con el art. 767 del CCCN, desde la fecha de mora (09/01/2018) y hasta su íntegro pago. III).- Las costas, conforme art. 555 Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($4.969,47), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868.- Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra MORANDO, SILVANA Y REPETTO, MARCELO JOSE, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA y NUEVE CON CUARENTA y SIETE CENTAVOS ($4.969,47) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA y SIETE CON SETENTA y OCHO CENTAVOS ($1.987,78), sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme arts. 555 Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC) con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- III).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. IV).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, a los Dres ADRIAN ANGEL ALBERTO BUFFONE Y MIGUEL FERNANDO PETRI como patrocinantes en la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO ($625,00) a cada uno de ellos, y como apoderados en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($250,00) a cada uno de ellos. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- V).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- VI).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, Resistencia, 11 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4913/19 -Foja: 13- SUAREZ, FLORENCIO FORTUNATO Y MEZA, MARCELA SUSANA C/MUNICIPALIDAD DE RESISTENCIA S/EJECUCION DE HONORARIOS - SE LIBRA OFICIO AL NUEVO BANCO DEL CHACOS.A. SE LIBRA OFICIO AL NUEVO BANCO DEL CHACO S.A..- ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 12/06/2019 ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 14/06/2019 ________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario -