JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 18 - Fecha Despacho: 06/06/2019 - Providencias ----------------------------------------------------------------------- Expediente Caratula ----------------------------------------------------------------------- Expte. N°: 11612/12 -Foja: 62- ABRAHAM, ANA DEL CARMEN C/S.A.M.E.E.P. S/EJECUCION DE HONORARIOS - INTIMA POR 60 DIAS MUNICIP U ORG DELESTADO 62 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 11612/12. dmt Resistencia, 4 de junio de 2019.- Atento lo peticionado, INTIMASE a la demandada SAMEEP para que en el término de sesenta (60) días y bajo apercibimiento de lo establecido por el art. 2 de la ley 945/C (antes ley 4474), cumplimente con el pago de la suma de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA y CINCO CON CUARENTA y UN CENTAVOS ($6.685,41).- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA A SAMEEP; consignándose en el recaudo a librarse el número y CBU de la cuenta judicial de autos como así también los montos a depositar.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 633/14 -Foja: 48- ABRAHAM, ANA DEL CARMEN C/S.A.M.E.E.P. S/EJECUCION DE HONORARIOS - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 637/14 -Foja: 35- ABRAHAM, ANA DEL CARMEN C/SERVICIO DE AGUA Y MANTENIMIENTO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.A.M.E.E.P.) S/EJECUCION DE HONORARIOS - POR CONTESTADOTRASLADO DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 637/14. vns.- Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Téngase por contestado en término el traslado de fs. 32 de autos.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 448/18 -Foja: 46- BEL, HUGO GUILLERMO C/COOPERATIVA AGROPECUARIA LAS BREÑAS LTDA. S/EJECUCION DE HONORARIOS - TRASLADO DE PLANILLA DELIQUIDACION DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 448/18. acs.- Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo escrito que antecede: De la liquidación practicada, dése traslado a la contraria, por el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de ley. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA. OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8185/13 -Foja: 122/123- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/ ZALAZAR, JUAN CARLOS Y SUCESION DE CUCULLU, MARIA ELENA S/EJECUCION FISCAL - PLANILLA DE PERITO, TRASLADO A LASPARTES 123 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 8185/13. RG Resistencia, 04 de junio de 2019.- Agréguese planilla de liquidación elaborada por la Oficina de Peritos Contadores del Poder Judicial, téngase presente y póngase a observación de las partes por el plazo de cinco (5) días, y bajo apercibimiento de su aprobación. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9339/16 -Foja: 114/116- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES S.A.I.C.A. Y G. S/EJECUCION FISCAL - SENTENCIAINTERLOCUTORIA SANDRA SOLEDAD SOTELO - Secretaria - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 9339/16 Resistencia, 5 de junio de 2019. AUTOS y VISTOS: Para dictar sentencia en estos autos caratulados. "DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES S.A.I.C.A. Y G. S/ EJECUCION FISCAL" , Expte. Nº 9339/16, y CONSIDERANDO: I- A fs. 40/41 se presenta el Dr. GUILLERMO NICOL-S ALMIRÓN, apoderado de la DIRECCIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL, y promueve ejecución fiscal contra TRANSPORTE EL LABURANTE SOCIEDAD DE HECHO, CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES S.A.I.C.A.y G. por la suma de $37.202,00. A fs. 45/46 se dicta sentencia monitoria y se ordena llevar adelante la ejecución contra las demandadas por la suma reclamada. A fs. 72/75 se presenta la Dra. LILIANA LEONOR POZZI, apoderada de CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES S.A.I.C.A. y G. y formula oposición a la sentencia monitoria. Opone excepción de prescripción y caracteriza el instituto. Señala que en fecha 09/04/2014 se dictó resolución Nº 938/2014 por la Administración de la Dirección de Vialidad Provincial mediante la cual se ratifica la sanción impuesta mediante acta Nº 2166 de fecha 07/03/2014, y que TRANSPORTE EL LABURANTE fue notificado en fecha 12/05/2014, quedando firme la resolución dictada. Concluye que al momento de interponerse la presente acción el día 05/08/2016 la sanción establecida se encontraba prescripta, porque habían transcurrido más de los dos (2) años que establece el art. 42 de la ley 3078. Plantea nulidad con fundamento en que -dice- no tuvo posibilidad de ejercer derecho de fensa en el procedimiento de apremio. Asimismo, manifiesta que la multa se impuso sin que exista comprobante que su parte sea cargardo, más que la manifiestación del funcionario actuante. Formula otras consideraciones en el mismo sentido, a las cuales me remito en honor a la brevedad. A fs. 76 de las excepciones planteas se corre traslado a la contraria por el término y bajo apercibimiento de ley. A fs. 90/93 se presenta el Dr. WILMER CARRARA, apoderado de la ejecutante y contesta el traslado conferido. En relación a la excepción de prescripción, sostiene que la fecha indicada por la demandada (12/05/2014) para el inicio del cómputo del plazo de prescripción es errónea, porque la resolución no se encontraba firme ya que faltaba notificar al conductor. Aduce que el plazo de prescripción recién comenzaría a correr desde el 29/02/2016, momento en el cual el Administrador General autoriza a iniciar acción judicial respecto al titular de la cédula y cargador de la carga, no iniciando respecto del conductor, debido a la imposibilidad de poder notificarlo. Concluye que el plazo de prescripción no se hallaría operado. En cuanto a la nulidad planteada, destaca que conforme constancias del expediente administrativo fue debidamente notificado de la resolución de imposición de multa, habilitándolo a ejercer su derecho de defensa a través de los remedios procesales que prevé la ley aplicable. Cita jurisprudencia en apoyo de su postura. Solicita aplicación del art. 15 de la ley 6002. Introduce cuestión constitucional y finaliza con petitorio de estilo. A fs. 107 la actora desiste de proseguir la acción contra TRANSPORTE EL LABURANTE S.H. A fs. 109 se tiene por desistida de la presente acción a la ejecutante, Dirección de Vialidad Provincial, respecto de Transporte El Laburante S.H. continuando los autos según su estado en relación a Cerveceria y Malteria Quilmes S.A.I.C.A.y G. A fs. 113 atento el estado de las presentes actuaciones se llama AUTOS PARA RESOLVER. II- Preliminarmente, ante la entrada en vigencia el 1º de agosto de 2017 del Nuevo Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia (Ley Nº 2559-M antes ley 7950) que abroga las leyes Nº 968 y Nº 6002 corresponde determinar la legislación aplicable para resolver las excepciones interpuestas. Que, el Art. 14 de la referida normativa dispone como principio general la aplicación inmediata incluso a los procesos en trámites. Pero también establece que "no regirán para los trámites, diligencias o plazos que hubieren empezado a correr o tenido principio de ejecución antes de su entrada en vigor ni para los recursos interpuestos, los cuales se regirán por las normas entonces vigentes". Que, al respecto la jurisprudencia ha dicho "en los procesos de ejecución rige, respecto a las excepciones oponibles, la ley vigente al tiempo de la citación para oponerlas" (Fallos, 231:32 cit en MORELLO, AUGUSTO MARIO. SOSA GUALBERTO LUCAS. BERIZONCE ROBERTO OMAR. Códigos Procesales en lo Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires y de la Nación. Comentados y anotados. Tomo I. Libreria Editora Platense- Abeledo Perrot, 1985. Pág. 741). Que, teniendo en cuenta que en el presente se notificó la sentencia monitoria y se interpusieron las excepciones con posterioridad a la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Civil y Comercial, corresponde su aplicación. III- Que, resuelta la cuestión que antecede, corresponde señalar a los efectos del encuadre jurídico del caso, que de acuerdo a los términos del art. 531 del CPCC, presentada la demanda ejecutiva, el juez, resultando la primera oportunidad para evaluar la procedencia ejecutiva del título traído a juicio, denegará la ejecución si comprueba que el título acompañado no es de los que el código procesal civil y comercial u otras leyes consideran como tales o que es inhábil y no exigible, o que alguna de las partes carece de legitimación procesal, entre otras cuestiones. Que, el primer examen dado para despachar la ejecución no es definitivo, pues se puede volver a efectuar antes de dictar sentencia, e incluso cabe la posibilidad de que la inhabilidad de título sea declarada de oficio, aún por el tribunal de alzada con motivo del recurso deducido contra la sentencia (Lino E. Palacios, Manual de Derecho Procesal Civil, Ed. Lexis Nexis, pag. 714). Que, dicho lo cual corresponde avocarse al examen de autos en orden al título traído a ejecución y a las defensas incoadas. Que, examinadas las constancias de las actuaciones administrativas Nº E13-2014-155-E se observa que a fs. 1 obra acta de comprobación de faltas por infracción a la ley 513-T (antes ley 3078) art. 12 inc. a de fecha 06/03/2014. Que, a fs. 5 en fecha 09/04/2014 se dicta resolución Nº 0938 mediante la cual se resuelve ratificar la sanción impuesta en el expediente referido retroactiva al momento de labrarse el Acta Nº 2166 de fecha 07/03/14 en forma solidaria al conductor ARCE ALFREDO MIGUEL; TRANSPORTE EL LABURANTE SOCIEDAD DE HECHO y al cargador de la carga CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES S.A.I.C.A.y G. en los términos del Art. 45 inc. ñ de la ley 3078 y ley 6534, consistente en 3.209,82 litros de nafta de mayor octanaje al precio fijado por el A.C.A. Sucursal Resistencia, equivalente a la suma de $37.202,00 adeudados desde el 06/03/14. Que, asimsimo se ordena la notificación de la sanción impuesta a los infractores mediante carta documento con aviso de retorno. Que, a fs. 7 obra aviso de retorno de carta documento dirigida a Cervecería y Malteria Quilmes SAICAyG de fecha 22/04/2014; y a fs. 18 se agrega aviso de recibo de carta documento dirigida a Transporte El Laburante Sociedad de Hecho de fecha 12/05/2014. Que, ahora bien, no surge de las constancias administrativas la notificación de la resolución antes mencionada al Sr. Alfredo Miguel Arce. Que, a fs. 31 obra dictamen de fecha 10/11/2014 de la apoderada de la Dirección de Vialidad Provincial donde hace saber que no pudo notificarse al conductor del camión, Sr. Alfredo Miguel Arce, por lo que no sse pudo dar cumplimiento con el requisito de dar conocimiento de la sanción dictada. Solicita se autorice a promover acción ejecutiva contra los infractores Transporte El Laburante Sociedad de Hecho y Cervecería y Maltería Quilmes SAICAyG. Que, a la luz de las constancias señaladas resulta pertinente recordar que el Art. 24 de la ley 513-T (antes ley 3078) establece: "las notificaciones e intimaciones a los infractores se efectuarán por cédula, carta documento, telegrama colacionado o por edictos, en el último domicilio que figure en el certificado de habitación permiso o en el que se acredite de acuerdo a lo prescripto en el artículo 13 inc. c) última parte de esta ley a elección del actor". Que, en el sub-judice no se cumplió con la notificación a uno de los infractores condenados, Sr. Alfredo Miguel Arce. Consecuentemente, la resolución no se encuentra firme, como lo afirma la misma ejecutante al contestar la excepción de prescripción cuando dice que no se había notificado al Sr. Arce por lo que la resolución no estaba firme. Que, en efecto el Art. 26 de la ley ley 513-T (antes ley 3078) establece un plazo de diez (10) días desde la notificación para pagar la multa y que la Dirección de Vialidad Provincial dictará resolución contra la cual se podrá interponer recurso administrativo dentro del término que prevé la ley de procedimientos administrativos y siempre que la condena imponga multas superiores a cinco (5) unidades de multa (UM). Resuelto el recurso o vencido el plazo para recurrir, la Disposición quedará firme. Que, al no haberse notificado la resolución a uno de los infractores, se privó de su derecho a pagar o interponer recurso administrativo, y como surge de la norma, la disposición no quedó firme. Que, ello no debe confundirse con la solidaridad de la deuda entre los infractores. Atento que ello implica que el acreedor puede optar por ejecutar la misma contra todos o algunos, pero para ello la resolución sancionatoria tuvo que adquirir firmeza, porque solo así resulta exigible. Por todo lo antes expuesto, y de las normas aplicables no cabe sino concluir que la instancia administrativa no se encontraba agotada al momento de promoverse la demanda, en virtud de la falta de notificación de la disposición que ratifica la sanción a uno de los infractores. Ello priva de fuerza para considerar a las actuaciones administrativas presentadas como título ejecutivo hábil, conforme lo dispuesto por la normativa vigente, y por tal motivo, corresponde RECHAZAR LA PRESENTE EJECUCIÓN. Que, lo resuelto me exime de tratar las defensas opuestas por la demandada. COSTAS Y HONORARIOS: Las costas, se imponen a la parte ejecutante vencida conforme al principio objetivo de la derrota (art. 555 C.P.C.C.). En cuanto a los honorarios de los profesionales intervinientes se regulan conforme arts. 3, 5 (S.M.V.M.), 6, y 15 de la Ley Nº 288- C según Digesto, merituando la naturaleza y complejidad del juicio, así como el mérito de la defensa, la calidad y laboriosidad del desempeño; otorgando un S.M.V.M. (hoy $ 12.500,00), atento que la regulación por el máximo porcentaje no llega al mínimo legal. Los honorarios de los Dres. Wilmer Carrara y Guillermo Nicolás Almirón, quienes actuaron por la actora perdidosa, no se regulan atento la forma en que se imponen las costas y el carácter en el que actúan (Ley Nº 457- C según Digesto- antes Ley Nº 2868). Por ello, RESUELVO: I) RECHAZAR la presente demanda ejecutiva, en orden a los fundamentos expuestos en los considerandos. Consecuentemente, DEJAR SIN EFECTO en su totalidad la sentencia monitoria obrante a fs. 45/46.- II) IMPONER las costas a la actora vencida y REGULAR los honorarios de la Dra. LILIANA LEONOR POZZI, en la suma de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS ($12.500,00) por su actuación como patrocinante y en la suma de PESOS CINCO MIL ($5.000,00) como apoderada. Todo con más I.V.A. si correspondiere. Cúmplase con aportes de Caja Forense por los honorarios regulados.- III) NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SANDRA SOLEDAD SOTELO - Secretaria - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3672/19 -Foja: 64- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/GONZALEZ, OMAR ORLANDO Y OTRO S/EJECUCION FISCAL - SE ENCUENTRA ABIERTA CUENTA JUDICIAL DE LACAUSA 65 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 3672/19. sim Resistencia, 4 de junio de 2019.- A fs. 63: Estése a la constancia de cuenta bancaria agregada precedentremente. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3486/19 -Foja: 59- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/MARTA AVALOS, DIEGO RICARDO Y PIÑERO, EZEQUIEL DAVID S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRACEDULA SE LIBRA CEDULA. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1855/16 -Foja: 142- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/MORBIDELLI, ANIBAL; AMPUERO, ARIEL EUSEBIO S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALJ.FEDERAL SE LIBRA OFICIO AL JUZGADO FEDERAL CON COMPETENCIA ELECTORAL.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2507/19 -Foja: 64/65- MUNICIPIO DE PUERTO VILELAS C/P & H S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGAN DOS INFORMESBANCARIOS SE AGREGAN DOS INFORMES BANCARIOS _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8950/16 -Foja: 28- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/AGUIRRE, GASTON S/EJECUCION FISCAL - SE EXHIBEN LAS ACTUACIONES POR MESA DEENTRADAS DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 8950/16 - vns.- Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Atento lo peticionado, se exhiben las presentes actuaciones por Mesa de Entradas y Salidas del Tribunal. Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1171/11 -Foja: 27- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/AYALA, CANDIDO S/EJECUCION FISCAL - CED. RECEPCIONADA POR OFICINA DE MANDAM Y NOTIF.PJ SE AGREGA CEDULA CON CONSTANCIA DE RECEPCION EN OFICINA DE MANDAM Y NOTIFICACIONES DEL PJ ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1171/11 -Foja: 28- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/AYALA, CANDIDO S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA PROYECTO DE OFICIO POR ERROR DECONFECCION 28 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 1171/11. jcp NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de Oficio al Nuevo Banco del Chaco S.A., presentado en fecha 30/05/2019, por estar erróneamente confeccionado. CONSTE. SECRETARIA, 5 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5519/19 -Foja: 8- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BARRIOS, GUILLERMO S/EJECUCION FISCAL - PI DR. ACEVEDO/GUITART c/EMBARGO SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 5519/19 - sim Resistencia, 3 de junio de 2019.- Habiendose recaratulado correctamente la presente causa, teniendo en cuenta lo que resulta de las constancias de autos, documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 529, 614 y 615 del CPCC, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra BARRIOS, GUILLERMO por la suma de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS CINCO CON SESENTA y TRES CENTAVOS ($6.505,63) en concepto de capital, más la de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS DOS CON VEINTICINCO CENTAVOS ($2.602,25) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura del art. 529 del CPCC que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art.230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia.- Autorízase la intervención solicitada.- A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta.- Autorízase la intervención solicitada.- Asimismo, surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 23 y 26 de ley 840.F según Digesto (antes ley 4182) y sus modificatorias, por Secretaría practíquese planilla de liquidación. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: Conforme lo ordenado por S.S., procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840.F según Digesto (antes ley 4182) y sus modificatorias.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS SEIS MIL QUINIENTOS CINCO CON SESENTA y TRES CENTAVOS ($6.505,63) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.- III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA $150. Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. CONSTE. SECRETARIA, 3 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5519/19 -Foja: 9/10- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BARRIOS, GUILLERMO S/EJECUCION FISCAL - SEN. MUN. - MEDIO SALARIO nuevo Cap. hasta$12500 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE. Nº: 5519/19.- sim Resistencia, 3 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BARRIOS, GUILLERMO S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 5519/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, y que cumple con los requisitos de forma exigidos por la Ordenanza General Impositiva y Tributaria vigente, y lo normado por el art. 197 de la Constitución Provincial, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- II).- Con respecto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses que preveen las Ordenanzas respectivas, desde que cada una de las cuotas puras reclamadas se tornaron exigibles y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo de apercibimiento de ley.- IV).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($6.505,63), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868.- Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra BARRIOS, GUILLERMO, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS CINCO CON SESENTA y TRES CENTAVOS ($6.505,63) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS DOS CON VEINTICINCO CENTAVOS ($2.602,25), sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme arts. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC) con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según el art. 23, 24 y 26 de la ley 840.F según Digesto (antes ley 4182), asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA $150.- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, a las Dras. PATRICIA ELENA GUITART y NATALIA GABRIELA ACEVEDO como patrocinantes en la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO ($625,00) para cada una de ellas; y a la Dra. MACARENA GUADALUPE CACERES MÜLLER como apoderada en la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00). Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 3 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4358/12 -Foja: 197- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BARRIOS, NESTOR MODESTO S/EJECUCION FISCAL - EMBARGO DE CUENTASBANCARIAS DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4358/12. vns.- Resistencia, 5 de junio de 2019.- Atento lo peticionado, trábase embargo sobre las sumas que tenga el demandado BARRIOS, NESTOR MODESTO ya sea en Caja de ahorro, fondos comunes de inversión, cuentas corrientes en Banco Macro sucursal Resistencia-Chaco y/o cualquier otra Sucursal del país hasta cubrir las sumas condenadas en autos, comprensivas de capital, costas provisorias y honorarios regulados en autos. A los fines de la toma de razón líbrese oficio a la Entidad Bancaria referida; debiendo ABSTENERSE DE EFECTIVIZAR la medida sobre fondos provenientes de sueldos abonados mediante la acreditación en caja de ahorro o similar, informando tal circunstancia al Tribunal. Las sumas retenidas deberán depositarse en la cuenta judicial perteneciente a los presentes autos, abierta en el Nuevo Banco del Chaco S.A. (entidad bancaria receptora), CUIT Nº33-99917645-9 -Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco-, debiendo el texto del recaudo a librarse contener el CUIT mencionado precedentemente, el número y CBU de la cuenta judicial y remitir el comprobante respectivo. Notifíquese a la Defensora Oficial Nº3, Dra. Rosello Brajovich, en representación del demandado en autos, del embargo ordenado precedentemente, a cuyo fin remítanse las presentes actuaciones a su Despacho Oficial. Atento el capital reclamado en las presentes actuaciones y a fin de que el embargo no resulte exorbitante y con el objeto de resguardar el derecho de propiedad del demandado, la restante entidad bancaria denunciada a embargo se tendrá presente oportunamente. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9921/13 -Foja: 23- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BARRIOS, VICTOR ANDRES S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 9921/13. mn SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 14/02/14. Es mi informe. Secretaría, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 4 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS. Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7968/13 -Foja: 39- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BERNAL, FABIO EMMANUEL S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7968/13 -Foja: 40- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BERNAL, FABIO EMMANUEL S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA PROYECTO DE OFICIO POR ERROR DECONFECCION 40 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 7968/13. jcp NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de Oficio al Banco Central de la República Argentina, presentado en fecha 30/05/2019, por estar erróneamente confeccionado. CONSTE. SECRETARIA, 5 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8734/14 -Foja: 24- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BRAUER, RICARDO S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALBCRA SE LIBRA OFICIO AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1209/12 -Foja: 67- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/CAMORS, HECTOR MARCIANO S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-2-CD-DECAIDO DERECHO-NOTIF. POR MINISTERIO DELEY DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1209/12. vns.- Resistencia, 4 de junio de 2019.- Agréguese cédula dirigida a la actora diligenciada, téngase presente y hágase saber. Asimismo, proveyendo el estado de las presentes actuaciones, no habiendo la parte actora comparecido en el término que para ello tenía, dásele por decaido el derecho dejado de usar, correspondiendo considerar el desistimiento tácito de la presente acción. Asimismo, no habiendo la actora constituido domicilio electrónico en el término que para ello tenía, dásele por decaído el derecho dejado de usar y hágase saber que las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de ley conforme Art. 56 del CPCC. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4361/12 -Foja: 155/156- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/CANTEROS, LORENA VANESA S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA 2OFICIOS SE LIBRA 2 OFICIOS _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7639/16 -Foja: 28- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/CAROL REY, PABLO JOSE S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA BOLETATJ SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 7639/16. mod Resistencia, 4 de junio de 2019.- Agréguese comprobante de pago Tasa de Justicia y hágase saber. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16057/11 -Foja: 9- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/CASAMAYOR, RAUL EDUARDO S/EJECUCION FISCAL - NOTA DE SECRETARIAARCHIVO SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. 16057/11. cab NOTA DE SECRETARIA: Conforme lo ordenado, procedo a remitir las presentes actuaciones a la Oficina de Archivo, en 9 fs. útiles. Se deja constancia que en autos no existe deuda por Tasa de Justicia, conforme art. 27 de la ley L.840.F según Digesto (antes ley 4182).- CONSTE. SECRETARIA, 5 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13499/14 -Foja: 96- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/CONSORCIO EDIFICIO MITRE S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA C.D.-ORDEN DE PAGO-NOTA DE SECRETARIA-SE REMITE A ARCHIVO DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 13499/14.- vns.- Resistencia, 4 de junio de 2019.- A fs. 94: Agréguese cédula de intimación dirigida a la Actora diligenciada y hágase saber. A fs. 95: Agréguese orden de pago en concepto de multa de tasa de justicia y hágase saber. Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 NOTA DE SECRETARIA: Conforme lo ordenado a fs. 93, procedo a remitir las presentes actuaciones a la Oficina de Archivo, en noventa y seis (96) fs. útiles. Se deja constancia que en autos no existe deuda por Tasa de Justicia (Art. 23 Ley L.840.F según Digesto (antes ley 4182)), según constancias de fs. 67 y 95 respectivamente. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019. DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10714/16 -Foja: - MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/DALMASO, ELENA GUADALUPE S/EJECUCION FISCAL - PREVIOREVIO DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 10714/16. vns.- Resistencia, 4 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: No habiéndose dictado Despacho Monitorio en los presentes autos, a lo solicitado, aclare y se considerará. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 713/11 -Foja: 23- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/DALMASO, EPIFANIA GRACIELA S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 23 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 713/11. AG SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 05/04/2013.- Es mi informe. Secretaría, 5 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 5 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS.- Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10841/16 -Foja: 14- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/DOMINGUEZ, RUTH S/EJECUCION FISCAL - provsimple 14 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 10841/16. cab Resistencia, 5 de junio de 2019.- A lo solicitado, estese a lo ordenado a fs. 7. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6624/19 -Foja: 7- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/DURAND, PILAR VICTOR S/EJECUCION FISCAL - OF. A MESA INFORMATIZADA PARA RECARATULAREXPTE. SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SDH "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A O F I C I O Nº 857 Resistencia, 3 de junio de 2019.- SRA. JEFA DE LA MESA DE ENTRADAS RECEPTORA INFORMATIZADA DRA. CLAUDIA A. DE LEON S______________/_______________D Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en los autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/DURAND, PILAR VICTOR Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/ EJECUCION FISCAL", Expte Nº6624/19, que se tramitan por ante éste Juzgado Civil y Comercial Nº 18, sito en calle López y Planes Nº 26; a efectos de que proceda a recaratular la presente causa de la siguiente manera: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/DURAND, PILAR VICTOR S/ EJECUCION FISCAL". Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente. SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6624/19 -Foja: 6- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/DURAND, PILAR VICTOR S/EJECUCION FISCAL - PREVIORECARAT SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6624/19. SDH Resistencia, 3 de junio de 2019.- Téngase a a los Dras. PATRICIA ELENA GUITART y NATALIA GABRIELA ACEVEDO, por presentadas parte, en nombre y representación del Municipio de Resistencia, en mérito al Poder General Judicial que acompaña, con domicilio legal y electrónico constituído, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda.- Asimismo, encontrándose erróneamente caratulada la presente acción, líbrese oficio a Mesa Receptora Informatizada a los fines de que procedan a recaratular la misma, debiendo consignarse de la siguiente forma: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ DURAND, PILAR VICTOR S/EJECUCION FISCAL". A lo demás: Téngase presente para la oportunidad en que la causa se recaratule correctamente. Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 566/11 -Foja: 35- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/EJERCITO DE SALVACION S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 35 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 566/11. AG SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 18/10/2.013. Es mi informe. Secretaría, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 4 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo.- Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito.- NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8704/11 -Foja: 18- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ENRIQUEZ, ZULMA NOEMI S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 18 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 8704/11. AG SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 12/04/2013.- Es mi informe. Secretaría, 5 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 5 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS.- Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 18929/10 -Foja: 28- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ESCOBAR, ANTONIO ESTEBAN S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 28 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 18929/10. AG SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 11/11/2011. Es mi informe. Secretaría, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 4 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo.- Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito.- NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16613/11 -Foja: 23- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ESCOBAR, MATILDE S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 23 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16613/11. CAB SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 10/08/2012. Es mi informe. Secretaría, 5 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 5 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS. Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 18728/10 -Foja: 19- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ESCUDERO, JOSE MARCELO S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 19 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 18728/10. AG SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 31/05/2011. Es mi informe. Secretaría, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 4 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo.- Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito.- NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13758/10 -Foja: 30- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ESPINDOLA, CRISTIAN RAUL S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 30 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 13758/10. AG SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 17/02/2012. Es mi informe. Secretaría, 5 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 5 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS.- Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 981/11 -Foja: 22- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ESPINDOLA, ELENA S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 22 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 981/11. CAB SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 28/06/2013. Es mi informe. Secretaría, 5 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 5 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS. Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1240/11 -Foja: 40- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ESPINDOLA, RICARDO ABEL S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1240/11. AG SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 10/06/14.- Es mi informe. Secretaría, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 4 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo.- Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito.- NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1293/11 -Foja: 49- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ESPINOZA, FLORENTINA S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 49 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1293/11. cab SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 15/11/2013. Es mi informe. Secretaría, 5 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 5 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS. Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1394/11 -Foja: 15- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ESQUIVEL, HORACIO ESTEBAN S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 15 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1394/11. AG SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 28/06/2011.- Es mi informe. Secretaría, 5 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 5 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS.- Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10839/16 -Foja: 12/13- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/FALCON, JULIO LUIS S/EJECUCION FISCAL - SEN. MUN. - MEDIO SALARIO nuevo (DELOVO) Cap. hasta$12500 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE. Nº: 10839/16.- acs.- Resistencia, 5 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/FALCON, JULIO LUIS S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 10839/16, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, y que cumple con los requisitos de forma exigidos por la Ordenanza General Impositiva y Tributaria vigente, y lo normado por el art. 197 de la Constitución Provincial, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- II).- Con respecto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses que preveen las Ordenanzas respectivas, desde que cada una de las cuotas puras reclamadas se tornaron exigibles y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo de apercibimiento de ley.- IV).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($3.117,71), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868.- Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra FALCON, JULIO LUIS, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS TRES MIL CIENTO DIECISIETE CON SETENTA y UN CENTAVOS ($3.117,71) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA y SIETE CON OCHO CENTAVOS ($1.247,08), sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme arts. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC) con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según el art. 23, 24 y 26 de la ley 840.F según Digesto (antes ley 4182), asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, a los Dres. PATRICIA ELENA GUITART, SERGIO RUBEN ALMIRON y CAROLINA BEATRIZ MEIRIÑO como patrocinantes en la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIECISIETE ($417,00) para cada uno de ellos; y como apoderados en la suma de PESOS CIENTO SESENTA y SIETE ($167,00) a cada uno. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 5 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10839/16 -Foja: 11- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/FALCON, JULIO LUIS S/EJECUCION FISCAL - TENGASEPRESENTE DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 10839/16 - acs.- Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo escrito que antecede: Téngase presente lo informado por la recurrente, y en consecuencia, cumplido lo requerido por el tribunal y atento estaado de autos, estése al despacho monitorio que se dicta en foliatura siguiente.- Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9594/14 -Foja: 98/99- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/FERNANDEZ, DANIEL A. S/EJECUCION FISCAL - OR. OF.REITERATORIO 99 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 9594/14.- RG Resistencia, 04 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Atento lo solicitado líbrese oficio reiteratorio del Nº 196 dirigido a la BANCO ICBC, recepcionado en fecha 21/03/19 a los mismos fines y efectos que el ordenado a fs. 95 y bajo apercibimiento del art. 384 y 385 del CPCC, debiendo transcribirse los arts. citados y la presente providencia en el recaudo a librarse. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 306/15 -Foja: 25- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/GAGLIARDONE, LUIS S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. AL JUZGADO FEDERAL yPOLICIA 25 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 306/15. dmt Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Como se pide, líbrense oficios a los fines de informar el domicilio del demandado al: JUZGADO FEDERAL CON COMPETENCIA ELECTORAL, proyecto que deberá ser aportado por el profesional y a la POLICIA DEL CHACO conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17711/15 -Foja: 50/51- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/GIGAX S.A. S/EJECUCION FISCAL - NOTIFICACION DOMICILIO PERSONAJURIDICA SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 17711/15. mod Resistencia, 4 de junio de 2019.- Atento lo solicitado, y fundamentos expuestos, surgiendo de las constancias de fs. 38/39 que la cédula de notificación de la Despacho Monitorio fue devuelta al Tribunal sin diligenciar, líbrese nueva cédula dirigida a la demandada al domicilio social informado por la I.G.P.J. y R.P.C. a fs. 44 (Güemes Nº 92 - Piso 1 Oficina F-), a los fines de correr traslado de la demanda y notificar el Despacho Monitorio, de conformidad a lo dispuesto por los arts. 152 y 153 del CCCN.- Asimismo, hágase saber al Sr.Oficial de Justicia encargado de la diligencia que deberá proceder a llevar a cabo el diligenciamiento de conformidad a lo dispuesto por los arts. 160 y 161 del CPCC, aún cuando no encontrare en dicho domicilio a la persona jurídica a quien va a notificar; debiendo transcribirse los artículos citados y la presente providencia en el recaudo a librarse.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2192/14 -Foja: 123- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/GOMEZ, RAMIRO EDUARDO S/EJECUCION FISCAL - INFORMEBANCARIO SE AGREGA INFORME DEL ICBC.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16285/15 -Foja: 33- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/I.P.D.U.V. S/EJECUCION FISCAL - provsimple 33 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 16285/15. cab Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: I) No surgiendo de las constancias de fs. 14, y 31, responsabilidad del IPDUV sobre el inmueble cuyo impuestos se ejecutan, aclare si desiste de proseguir la acción contra el mismo.- II) Hágase saber a la recurrente que a los fines de dar cumplimiento con lo requerido por el art. 335 inc. 1 del CPCC, deberá informar el número del Documento Nacional de Identidad de los demandados. Asimismo, deberá consignar correctamente nombre y apellido de los mismos. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 826/16 -Foja: 15- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INDUSTRIAL ABERMET S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - INFORME INSP. GEN. PERS. JUD. Y REG. PUB.COM SE AGREGA INFORME EMITIDO POR INSPECCION GENERAL DE PERSONAS JURIDICAS Y REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16215/15 -Foja: 42- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST. PROV. DES. URB. Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - ESTESE A LO QUE SERESUELVE SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16215/15. mod Resistencia, 4 de junio de 2019.- A fs.40/42: Estése a lo que se resuelve en la foliatura siguiente. NOT.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16215/15 -Foja: 43/44- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST. PROV. DES. URB. Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - SEN. MUN. - MEDIO SALARIO nuevo (DELOVO) Cap. hasta$12500 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE. Nº: 16215/15.- mod Resistencia, 4 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (I.P.D.U.V.); MOREIRA OSCAR ALFREDO y PATRICIA ALEJANDRA DIAZ S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 16215/15, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, y que cumple con los requisitos de forma exigidos por la Ordenanza General Impositiva y Tributaria vigente, y lo normado por el art. 197 de la Constitución Provincial, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- II).- Con respecto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses que preveen las Ordenanzas respectivas, desde que cada una de las cuotas puras reclamadas se tornaron exigibles y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo de apercibimiento de ley.- IV).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($1.496,28), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868.- Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (I.P.D.U.V.); MOREIRA OSCAR ALFREDO y PATRICIA ALEJANDRA DIAZ, condenándolos a pagar al accionante la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA y SEIS CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($1.496,28) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA y OCHO CON CINCUENTA y UN CENTAVOS ($598,51), sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a las partes ejecutadas conforme arts. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC) con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según el art. 23, 24 y 26 de la ley 840.F según Digesto (antes ley 4182), asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA 150,00.- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), HAGASE SABER A LOS EJECUTADO INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (I.P.D.U.V.) EN LA PERSONA DEL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO, al FISCAL DE ESTADO, al Sr. MOREIRA OSCAR ALFREDO y Sra. PATRICIA ALEJANDRA DIAZ, que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, a los Dres. NATALIA GABRIELA ACEVEDO y JUDITH ANDREA NUÑEZ como patrocinantes en la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO ($625,00) para cada uno de ellos; y como apoderados en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($250,00) a cada uno. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC). A los efectos de la notificación, siendo la codemandada - INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (I.P.D.U.V.) - persona jurídica y a los fines de dar cumplimiento con la Resolución Nº 1158/12 del Superior Tribunal de Justicia deberá consignarse como constituído el legal de la demandada. VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019. SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17047/15 -Foja: 22/23- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - SE EXHIBEN LAS ACTUACIONES POR MESA DEENTRADAS SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 17047/15 - mod Resistencia, 4 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Atento lo peticionado, se exhiben las presentes actuaciones por Mesa de Entradas y Salidas del Tribunal. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17375/15 -Foja: 37- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - PREVIOMANIFIESTE 37 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 17375/15. dmt Resistencia, 5 de junio de 2019.- I) Previo a lo solicitado, manifieste si lo solicitado implica un desistimiento de la acción contra IPDUV y toda otra persona que no sea NUÑEZ, GRACIELA LEONOR y se considerará. II) Estese al informe obrante a fs. 33. Not. OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5560/16 -Foja: 36- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA PROYECTO DE MANDAMIENTO POR ERROR DECONFECCION 36 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 5560/16. jcp NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de Mandamiento de Constatación, presentado en fecha 31/05/2019, por haber omitido transcribir la orden de fs. 35. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6860/16 -Foja: 53- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - NUEVO MANDAMIENTO DE CONSTATACION- Agrega OFICIORPI SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6860/16. mod Resistencia, 4 de junio de 2019.- A fs.45/52: Agréguese oficio dirigido al Registro de la Propiedad de Inmueble diligenciado con informe y fotocopia del folio real adjunta y hágase saber. Asimismo, previo a lo solicitado y el informe obrante a fs.33, líbrese nuevo recaudo, a los mismos fines y efectos que el ordenado en autos, debiendo el recurrente adjuntar al recaudo a librarse el plano correspondiente a los fines de la correcta individualización del inmueble a constatar. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6877/16 -Foja: 43/50- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. ALIPDUV SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6877/16. mod Resistencia, 4 de junio de 2019.- A fs.43/49: Agréguese oficio dirigido al Registro de la Propiedad de Inmueble diligenciado con informe y fotocopia del folio real adjunta y hágase saber. Atento lo solicitado, líbrese oficio al INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (IPDUV), a fin que informe quiénes serían adjudicatarios de la vivienda objeto de la presente acción; recaudo que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia. A lo demás: téngase presente para la oportunidad en que se encuentre diligenciado el recaudo ordenado precedentemente.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 821/16 -Foja: 98/99- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. ALIPDUV SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 821/16. mod Resistencia, 4 de junio de 2019.- Proveyendo escrito que antecede: Previo a lo solicitado, líbrese oficio al INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (IPDUV), a fin que informe quiénes serían adjudicatarios de la vivienda objeto de la presente acción; recaudo que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia. A lo demás: téngase presente para la oportunidad en que se encuentre diligenciado el recaudo ordenado precedentemente.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3681/15 -Foja: 95- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/JEFATURA DE POLICIA S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO AL NUEVO BANCO DEL CHACOS.A. SE LIBRA OFICIO AL NUEVO BANCO DEL CHACO S.A..- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8708/11 -Foja: 20- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/LANDRIEL, LUIS ANTONIO S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 20 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 8708/11. AG SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 16/04/2013.- Es mi informe. Secretaría, 5 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 5 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS.- Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17715/15 -Foja: 31- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MINIST. DE SALUD PUBLI. S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. RPIINFORME SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 17715/15.- mod Resistencia, 4 de junio de 2019 Proveyendo escrito que antecede: Atento que del analisis de la causa surge que en el oficio obrante a fs.23/25 la actora consigno erroneamente la nomenclatura catastral del bien objeto de la deuda reclamada en autos, en consecuencia, líbrese nuevo oficio al Registro de Propiedad Inmueble, a los mismos fines y efectos que los ordenados a fs.9; recaudo que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el Art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9207/15 -Foja: 55- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y SEGURIDAD S/EJECUCION FISCAL - ESTESE A LO QUE SERESUELVE SANDRA SOLEDAD SOTELO - Secretaria - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 9207/15. mod Resistencia, 5 de junio de 2019 Proveyendo el escrito que antecede: Estése a lo que se resuelve en la foliatura siguiente. NOT.- SANDRA SOLEDAD SOTELO - Secretaria - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9207/15 -Foja: 55- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y SEGURIDAD S/EJECUCION FISCAL - SENT. DESISTIMIENTO TACITO (SINREGULACION) SANDRA SOLEDAD SOTELO - Secretaria - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 9207/15.- mod Resistencia, 5 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y SEGURIDAD S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº9207/15, y CONSIDERANDO: Que a fs. 44 y 47/49 se presenta la Dra. CLAUDIA LILIANA GARRIGA, apoderada de la parte actora, y manifiesta la cancelación de la totalidad de los montos reclamados en autos. Asimismo, afirma que la actora no tiene más nada que reclamar a la demandada. En rigor de verdad el accionante pone de manifiesto un hecho extintivo de la obligación, cual es, el pago íntegro de lo reclamado, circunstancia que amén del nomen iuris utilizado por ésta, no implica sino un desistimiento tácito de la acción, habida cuenta el cumplimiento de lo reclamado. Que, al manifestar la accionante el pago por parte del demandado, pone fin a lo reclamado en las presentes actuaciones, por contener el proceso idéntico objeto y encontrarse satisfecho. Si bien es cierto que el desistimiento del proceso no puede presumirse, en atención a lo prescripto por el art. 307 del C.P.C.C, en el supuesto en examen resulta evidente la intención de la accionante de concluir el proceso en este estado. Que, al respecto la jurisprudencia tiene dicho: "...Hay desistimiento tácito de la acción si el banco actor manifiesta, que ha quedado desinteresado de proseguir las actuaciones porque el deudor pagó fuera del proceso el monto de la deuda por capital, intereses y honorarios de los profesionales de la institución" (CNCiv, sala D, 7/10/1980, LA LEY, 181-B-558, 35.883-S) (cit. Carlos Colombo, Claudio Kiper - Cod. Proc. Civ. y COM., LA LEY, T. III, pag. 270). En mérito a todo lo expuesto, corresponde tener a la actora por desistida del presente proceso, declarándolo extinguido.- La presente se resuelve sin imposición de costas atento la forma que se resuelve la cuestión. Por ello, RESUELVO: I) TENER a la actora por desistida del presente proceso, declarándolo extinguido.- II)SIN IMPOSICIÓN DE COSTAS. III) NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PROTOCOLICESE Y firme que fuere la presente ARCHIVESE. - OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SANDRA SOLEDAD SOTELO - Secretaria - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15919/15 -Foja: 23- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MINISTERIO DE SALUD PUBLICA S/EJECUCION FISCAL - SE EXHIBEN LAS ACTUACIONES POR MESA DE ENTRADAS YESTESE DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 15919/15 - mn Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I) Atento lo peticionado, se exhiben las presentes actuaciones por Mesa de Entradas y Salidas del Tribunal. Al punto II) Estése para el momento en que obre en autos mandamiento de constatación debidamente diligenciado ordenado a fs. 9. Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16556/11 -Foja: 29- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/OJEDA, MARCOS S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-2-CD-DECAIDO DERECHO-NOTIF. POR MINISTERIO DELEY 29 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16556/11. dmt Resistencia, 3 de junio de 2019.- Agréguese cédula dirigida a la actora diligenciada, téngase presente y hágase saber. Asimismo, proveyendo el estado de las presentes actuaciones, no habiendo la parte actora comparecido en el término que para ello tenía, dásele por decaido el derecho dejado de usar, correspondiendo considerar el desistimiento tácito de la presente acción. Asimismo, no habiendo la actora constituido domicilio electrónico en el término que para ello tenía, dásele por decaído el derecho dejado de usar y hágase saber que las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de ley conforme Art. 56 del CPCC. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1149/12 -Foja: 40- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PARDO, PEDRO ANIBAL S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. 40 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1149/12. dmt SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 19/05/2015, a fs. 10 se fijó la tasa de justicia, encontrándose la misma prescripta conforme a lo dispuesto por Resolución Nº1829/15 del Superior Tribunal de Justicia de fecha 05/10/2015. Es mi informe. Secretaría, 4 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 4 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS. Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 747/12 -Foja: 26- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PEGORARO, MARIO S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 747/12. mn SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 23/11/2012, a fs. 12 vta. se fijó la tasa de justicia, encontrándose la misma prescripta conforme a lo dispuesto por Resolución Nº1829/15 del Superior Tribunal de Justicia de fecha 05/10/2015. Es mi informe. Secretaría, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 4 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS. Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 762/12 -Foja: 24- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PEGORARO, MARIO S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-1-A-MANIFIESTEACTORA-INTIMAC.CONST.DOM.ELECTR. DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 762/12. mn SR. JUEZ: Informo a usted que la presente causa se encuentra paralizada desde 11/09/2012, a fs. 11 vta. se fijó la tasa de justicia, encontrándose la misma prescripta conforme a lo dispuesto por Resolución Nº1829/15 del Superior Tribunal de Justicia de fecha 05/10/2015. Es mi informe. Secretaría, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 4 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Atento el estado de las actuaciones y naturaleza del proceso, hágase saber al accionante que en el término de cinco (5) días de notificado deberá manifestar si mantiene su interés en el presente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido y decidir la causa en el estado que se encuentre, ordenando su archivo. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS. Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 del C.P.C.C.; INTIMASE a la Actora a que constituya domicilio electrónico en autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 del Código de rito. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8547/11 -Foja: 161- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PIATTONI, MATIAS Y STEVEN, GUSTAVO FABIAN S/EJECUCION FISCAL - NUEVO DOMICILIO REAL DEL DEMANDADO-SE ORDENA NUEVACEDULA DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 8547/11. acs.- Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo escrito que antecede: Agréguese cédula devuelta sin diligenciar, téngase presente el nuevo domicilio denunciado del demandado en autos y, conforme lo peticionado, líbrese nueva Cédula, a los fines de correr traslado de la demanda y notificar el Despacho Monitorio.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8547/11 -Foja: 162- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PIATTONI, MATIAS Y STEVEN, GUSTAVO FABIAN S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA CEDULA ALDEMANDADO SE LIBRA CEDULA DIRIGIDA AL DEMANDADO.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5780/19 -Foja: 8- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SARACHO, OSCAR ISMAEL S/EJECUCION FISCAL - PI DR. DELOVO/GUITART c/EMBARGO DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 5780/19 - SIM Resistencia, 4 de junio de 2019.- Habiendose recaratulado correctamente la causa, tengáse por promovida demanda de Ejecución Fiscal contra SARACHO, OSCAR ISMAEL.- Teniendo en cuenta lo que resulta de las constancias de autos, documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 529, 614 y 615 del CPCC, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra SARACHO, OSCAR ISMAEL por la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS NUEVE CON SETENTA y SEIS CENTAVOS ($7.509,76) en concepto de capital, más la de PESOS TRES MIL TRES CON NOVENTA y UN CENTAVOS ($3.003,91) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura del art. 529 del CPCC que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art.230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia.- Autorízase la intervención solicitada.- A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta.- Autorízase la intervención solicitada.- Asimismo, surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 23 y 26 de ley 840.F según Digesto (antes ley 4182) y sus modificatorias, por Secretaría practíquese planilla de liquidación. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: Conforme lo ordenado por S.S., procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840.F según Digesto (antes ley 4182) y sus modificatorias.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS SIETE MIL QUINIENTOS NUEVE CON SETENTA y SEIS CENTAVOS ($7.509,76) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.- III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5780/19 -Foja: 9- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SARACHO, OSCAR ISMAEL S/EJECUCION FISCAL - SEN. MUN. - MEDIO SALARIO nuevo Cap. hasta$12500 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE. Nº: 5780/19.- sim Resistencia, 4 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SARACHO, OSCAR ISMAEL S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 5780/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, y que cumple con los requisitos de forma exigidos por la Ordenanza General Impositiva y Tributaria vigente, y lo normado por el art. 197 de la Constitución Provincial, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- II).- Con respecto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses que preveen las Ordenanzas respectivas, desde que cada una de las cuotas puras reclamadas se tornaron exigibles y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo de apercibimiento de ley.- IV).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($7.509,76), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868.- Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra SARACHO, OSCAR ISMAEL, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS NUEVE CON SETENTA y SEIS CENTAVOS ($7.509,76) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS TRES MIL TRES CON NOVENTA y UN CENTAVOS ($3.003,91), sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme arts. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC) con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según el art. 23, 24 y 26 de la ley 840.F según Digesto (antes ley 4182), asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, a la Dra. TANIA YAMIL ALEGRE RAHN como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00) y como apoderadas a las Dras. PATRICIA ELENA GUITART y NATALIA GABRIELA ACEVEDO en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($250,00) para cada una de ellas. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 12671/14 -Foja: 122- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SAUCEDO, SERGIO OSVALDO S/EJECUCION FISCAL - OR. OF.REITERATORIO 122 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 12671/14.- cab Resistencia, 5 de junio de 2019.- Atento lo solicitado líbrese oficio reiteratorio del Nº142 dirigido al BANCO PATAGONIA, recepcionado en fecha 21/03/2019 a los mismos fines y efectos que el ordenado a fs. 115 y bajo apercibimiento del art. 384 del CPCC, debiendo transcribirse el art. citado y la presente providencia en el recaudo a librarse, a cuyo fin aporte proyecto. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17052/15 -Foja: 48- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SUP. GOB. DE LA PROVINCIA S/EJECUCION FISCAL - VUELVE RECARATULADA - VISTA AL AGENTEFISCAL SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 17052/15. mod.- Resistencia, 4 de junio de 2019.- Habiéndose recaratulado correctamente las presentes actuaciones, y habiéndose definido los demandados en autos, previo a dar curso a la presente ejecución, córrase vista al Sr. Agente Fiscal en su público despacho a fin de que dictamine respecto a la competencia de este Tribunal.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8730/14 -Foja: 41- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/VILLALBA, RUBEN DARIO S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA PROYECTO BCRA20% 41 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 8730/14. jcp NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de Oficio al Banco Central de la República Argentina, presentado en fecha 30/05/2019, atento que no consigna en el objeto que el embargo se debe trabar sobre la proporción del 20%. CONSTE. SECRETARIA, 31 de mayo de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15232/15 -Foja: 73- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/FERNANDEZ, ADRIANA Y BARRIENTOS, DIEGO S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. AL RPI EXISTENCIA DE BS. A NOMBRE DELDEM. DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 15232/15. vns.- Resistencia, 5 de junio de 2019. Proveyendo el escrito que antecede: Conforme lo peticionado, líbrese Oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia del Chaco, a los fines de que informe la existencia de bienes inmuebles registrados a nombre de los demandados en autos, FERNANDEZ, ADRIANA Y BARRIENTOS, DIEGO y, en caso afirmativo, las condiciones de dominio de los mismos; recaudo que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados a fs. 68/71 de autos. CONSTE. SECRETARIA, 5 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3437/19 -Foja: 29- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/FORTINI, MATIAS S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DEEMBARGO SE LIBRA MANDAMIENTO DE EMBARGO _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3441/19 -Foja: 30- PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/GONZALEZ, EDUARDO JUAN S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. AL JUZGADO FEDERAL yPOLICIA 30 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 3441/19. sim Resistencia, 4 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Como se pide, líbrense oficios a los fines de informar el domicilio del demandado al: JUZGADO FEDERAL CON COMPETENCIA ELECTORAL, proyecto que deberá ser aportado por el profesional y a la POLICIA DEL CHACO conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1617/14 -Foja: 175/176- PROVINCIA DEL CHACO C/AGROCAPITAL S.A. S/EJECUCION FISCAL - INFORMERPI SE AGREGA INFORME REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10367/14 -Foja: 223/225- PROVINCIA DEL CHACO C/AGROMARKET S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - TRANSFERENCIA MUNICIPIO SAENZ PEÑA - ATP -MOD.2 225 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 10367/14. RG SR. JUEZ: Informo a Ud. que en autos existen fondos depositados, los cuales ascienden a TREINTA y SEIS MIL ($36.000,00) y, al día de la fecha, conforme las constancias de la causa, no se han ordenado ni efectivizado transferencias. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 4 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Proveyendo el escrito de fs. 223: Conforme lo peticionado y atento lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, procédase por Secretaría vía internet a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº97536408, del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos, conforme al siguiente detalle: I) A la Cuenta Corriente del Nuevo Banco del Chaco Nº10755/07, CBU Nº31100302- 01000010755072, a nombre de SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, CUIT Nº33-99917645-9, por la suma de PESOS ONCE MIL SETECIENTOS OCHENTA y NUEVE CON TREINTA y CUATRO CENTAVOS ($11.789,34), en concepto de Tasa de Justicia, atento a encontrarse pendiente de pago, conforme lo dispuesto por los arts. 22 in fine y 24 de la ley 4182. II) A la Cuenta Corriente Nº10001/03, CBU Nº3110001201000010001038 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 1- Presidencia Roque Saenz Peña, a nombre de la MUNICIPALIDAD DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA, CUIT Nº30-58657753-7, por la suma de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA y CINCO CON CUARENTA y DOS CENTAVOS ($3.435,42), en concepto de cancelación de deudas de impuesto inmobiliario a la fecha 07/05/2018 del inmueble Folio Real Matrícula Nº 9054 del Departamento Comandadnte Fernández. III) A la Caja de Ahorro Nº509320/9, CBU Nº31100302-11000050932098 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la Dra. MARIA DE LAS MERCEDES SANTANGELO, CUIT Nº27- 13099052-0, por la suma de PESOS CUATRO MIL OCHO CON TREINTA y SIETE CENTAVOS ($4.008,37), en concepto de honorarios.- IV) A la Caja de Ahorro Nº3890201, CBU Nº31100302-11000038902015 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la Dra. LAURA HAYDEE ZORRILLA, CUIT Nº27- 31209974-3, por la suma de PESOS CUATRO MIL OCHO CON TREINTA y SIETE CENTAVOS ($4.008,37), en concepto de honorarios.- V) A la Caja de Ahorro Nº1175/04, CBU Nº31100302-11000001175044 del Nuevo Banco del Chaco, en la Sucursal Nº 30-Resistencia a nombre de FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DEL CHACO, CUIT Nº30-99927127-4, por la suma de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON CINCUENTA y CINCO CENTAVOS ($3.827,55) a cuenta correspondiente al aporte por honorarios regulados al Dr. Rubén González (NO SUJETO A RETENCIONES).- VI) A la Caja de Ahorro Nº3005604/07, CBU Nº31100302-11003005604077 del Nuevo Banco del Chaco, en la Sucursal Nº 30-Resistencia, a nombre del Dr. RUBEN GONZALEZ, CUIT Nº20- 13860478-1 por la suma de PESOS OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA CON NOVENTA y CINCO CENTAVOS ($8.930,95), en concepto de honorarios.- Una vez firme la presente providencia, dése cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5526/19 -Foja: 16- PROVINCIA DEL CHACO C/AREVALO, LUCAS S/EJECUCION FISCAL - SE ENCUENTRA ABIERTA CUENTA JUDICIAL DE LACAUSA DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 5526/19. SIM Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Se hace saber a las partes que se encuentra abierta la cuenta judicial de la presente causa y sus datos son los siguientes: Cuenta Nº126977503 y CBU Nº3110030211001269775038 respectivamente. Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2347/19 -Foja: 28- PROVINCIA DEL CHACO C/BARRACAS TRANSPORTE Y LOGISTICA S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF. RPI + NUEVO OFICIO A LOS MISMOS FINES YEFECTOS SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 2347/19. sim Resistencia, 5 de junio de 2019.- A fs. 23/26: Agréguese Oficio dirigido al Registro de la Propiedad Inmueble diligenciado, con constancia de recepción, informe y fotocopia de folio real adjuntos; téngase presente y hágase saber. A fs. 27: Al desgloce peticionado no ha lugar por no corresponder. En consencuencia, líbrese nuevo Oficio dirigido al BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO , a los mismos fines y efectos que el ordenado a fs. 13 , debiendo aportar el proyecto al Juzgado a los fines de su libramiento.Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 12138/15 -Foja: 57/59- PROVINCIA DEL CHACO C/BASTIANI, OSBALDO ALBERTO S/EJECUCION FISCAL - MANDAMIENTO DE SECUESTRO DILIGENCIADO CON RESULTADONEGATIVO SE AGREGA MANDAMIENTO DE SECUETRO DE AUTOMOTOR DILIGENCIADO CON RESULTADO NEGATIVO _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4305/19 -Foja: 22- PROVINCIA DEL CHACO C/BASUALDO, ANGELICA S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRAOFICIO SE LIBRA OFICIO. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10894/15 -Foja: 117/119- PROVINCIA DEL CHACO C/BORDA, MARCOS SEBASTIAN S/EJECUCION FISCAL - MANDAMIENTO DE SECUESTRO DE AUTOMOTOR DILIGENCIADO CON RES. NEGATIVOO SE AGREGA MANDAMIENTO DE SECUETRO DE AUTOMOTOR DILIGENCIADO CON RESULTADO NEGATIVO _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8693/15 -Foja: 117- PROVINCIA DEL CHACO C/BORGOGNI, VINICIO S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA PROYECTO DE OFICIO POR ERROR DECONFECCION 117 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 8693/15. jcp NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de Oficio al Registro Público de comercio, presentado en fecha 04/06/2019, por estar erróneamente confeccionado. CONSTE. SECRETARIA, 5 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8825/13 -Foja: 79- PROVINCIA DEL CHACO C/CABERLOTO, EDUARDO JAVIER S/EJECUCION FISCAL - CD+LEV. DE EMB+INFORME DEL DPTO DE TASA DEJUSTI 79 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 8825/13. AG Resistencia, 5 de junio de 2019.- A fs. 77: Agréguese cédula dirigida al Dr. Simoni diligenciada y hágase saber.- Atento al estado de las presentes actuaciones, DECRETASE el levantamiento de embargo trabado a fs. 64 y a los fines de la toma de razón, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Automotor Seccional 06008 de Villa Angela.- HABILITENSE DIAS Y HORAS INHABILES.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese informe del Departamento de Tasa de Justicia, téngase presente que la tasa de justicia correspondiente a los presentes autos se encuentra abonada y hágase saber.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11716/14 -Foja: 85- PROVINCIA DEL CHACO C/CABEZAS, ORLANDO JESUS S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DESECUESTRO SE LIBRA MANDAMIENTO DE SECUESTRO.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8404/12 -Foja: 181- PROVINCIA DEL CHACO C/CASA WESOLOWSKI S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - INFORMEBANCARIO SE AGREGA INFORME BANCARIO _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5331/19 -Foja: - PROVINCIA DEL CHACO C/CONSTHA S.A. S/EJECUCION FISCAL - CARGA DE DATOS PARA HABILITAR CUENTAJUDICIAL 19 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 5331/19. sim.- Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: A lo peticionado por el recurrente, hágase saber que en el día de la fecha se procedió a la carga de los datos de la presente causa vía web a los fines de la apertura de la cuenta judicial.Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5331/19 -Foja: 20- PROVINCIA DEL CHACO C/CONSTHA S.A. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRACEDULA SE LIBRA CEDULA. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4805/12 -Foja: 63- PROVINCIA DEL CHACO C/COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO BERMEJO LTDA. S/EJECUCION FISCAL - TRANSFERENCIARANSFERENCIA 63 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4805/12. cab SR. JUEZ: Informo a Ud. que en autos existen fondos depositados, los cuales ascienden a $1.250,00 y, al día de la fecha, conforme las constancias de la causa, no se han ordenado ni efectivizado transferencias. CONSTE. SECRETARIA, 3 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 3 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Proveyendo el escrito de fs. 62: Conforme lo peticionado y atento lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, procédase por Secretaría vía internet a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº81569604, del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos, conforme al siguiente detalle: I) A la Caja de Ahorro Nº1175/04, CBU Nº31100302-11000001175044 del Nuevo Banco del Chaco, en la Sucursal Nº 30-Resistencia a nombre de FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DEL CHACO, CUIT Nº30-99927127-4, por la suma de PESOS CIENTO CUARENTA y TRES CON SETENTA y UN CENTAVOS ($143,71) correspondientes al aporte por honorarios regulados a la Dra. Duarte Artecona (NO SUJETO A RETENCIONES).- II) A la Caja de Ahorro Nº61565/00, CBU Nº31100302-11000061565001 del Nuevo Banco del Chaco, en la Sucursal Nº 30-Resistencia, a nombre de la Dra. JULIA ELENA DUARTE ARTECONA, CUIT Nº27- 13719302-2 por la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA y CINCO CON TREINTA y TRES CENTAVOS ($335,33), en concepto de honorarios.- III) A la Cuenta Corriente del Nuevo Banco del Chaco Nº89620703, CBU Nº31100302- 11000896207033, a nombre de SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, CUIT Nº33-99917645-9, atento a existir fondos inmovilizados por la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA CON NOVENTA y SEIS CENTAVOS ($770,96).- Una vez firme la presente providencia, dése cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3300/13 -Foja: 138- PROVINCIA DEL CHACO C/DALTAC & CIA S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - reg.ATP SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 3300/13.-mod Resistencia, 4 de junio de 2019 Proveyendo el escrito que antecede: 1) Agréguese copia informatizada de Presentación Nº 804838 emitida por la ATP. Téngase presente lo manifestado respecto a que el demandado ha regularizado la deuda mediante plan de pagos y hágase saber.- 2) Téngase presente la reserva formulada.- 3) Conforme lo solicitado, INTIMASE al demandado para que, en el término y bajo apercibimiento de ley, deposite judicialmente el monto de los honorarios regulados en la sentencia monitoria y tasa de justicia y gastos, en la cuenta judicial perteneciente a la presente causa. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA, debiéndose consignar en el recaudo a librarse los montos correspondientes a depositar, así como también el número y C.B.U. de cuenta judicial de la presente causa. Not.- - NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7346/16 -Foja: 63- PROVINCIA DEL CHACO C/DALTAC & CIA S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE ORDENA INTIMACION AL DEMANDADO PAGUE TASA YHONORARIOS 63 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 7346/16. AG Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I): Agréguese copia informatizada de Presentación Nº 804836 emitida por la ATP. Téngase presente lo manifestado respecto a que el demandado ha regularizado la deuda mediante plan de pagos y hágase saber.- Al punto II): Téngase presente la reserva formulada.- Al punto III): Conforme lo solicitado, INTIMASE a la demandada DALTAC & CIA S.R.L.; para que, en el término y bajo apercibimiento de ley, deposite judicialmente el monto de los honorarios regulados en la sentencia monitoria y tasa de justicia, en la cuenta judicial perteneciente a la presente causa.- NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7494/16 -Foja: 56- PROVINCIA DEL CHACO C/DALTAC & CIA S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - INFORMAREG. --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 7.494/16.-mod Resistencia, 4 de junio de 2019 A fs.52/55: 1) Agréguese copia informatizada de Presentación Nº 804837 emitida por la ATP. Téngase presente lo manifestado respecto a que el demandado ha regularizado la deuda mediante plan de pagos y hágase saber.- 2) Téngase presente la reserva formulada.- 3) Conforme lo solicitado, INTIMASE al demandado para que, en el término y bajo apercibimiento de ley, deposite judicialmente el monto de los honorarios regulados en la sentencia monitoria y tasa de justicia y gastos, en la cuenta judicial perteneciente a la presente causa. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA, debiéndose consignar en el recaudo a librarse los montos correspondientes a depositar, así como también el número y C.B.U. de cuenta judicial de la presente causa. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5829/19 -Foja: 11- PROVINCIA DEL CHACO C/DE LOS SANTOS, FRANCISCO MAXIMILIANO S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA MONITORIA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5833/19 -Foja: 11/12- PROVINCIA DEL CHACO C/DEL RIO, DANIEL SEBASTIAN S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA MONITORIA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2494/15 -Foja: 141/143- PROVINCIA DEL CHACO C/DIAZ GARCIA, ERICA PAOLA S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2484/15 -Foja: 119- PROVINCIA DEL CHACO C/DISTRIBUIDORA LATAPY S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - provsimple 119 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 2484/15. cab Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: I) Agréguese cédula sin diligenciar y hágase saber.- II) Téngase presente la autorización solicitada y como se pide, líbrese un nuevo recaudo a los mismos fines y efectos que el anterior. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2350/19 -Foja: 22- PROVINCIA DEL CHACO C/DON PACO S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - DOMIC EN LOS ESTRADOS + QUEDA FIRMESENTENCIA 22 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 2350/19.- SIM Resistencia, 5 de junio de 2019.- Atento lo solicitado y no habiendo el demandado DON PACO S.R.L. opuesto excepciones ni constituido domicilio en el término que para ello tenía, dásele por decaído el derecho dejado de usar, y hágase saber que las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de ley conforme Art. 56 del CPCC. Asimismo, en virtud del Art. 541 del CPCC habiendo el despacho monitorio adquirido carácter de sentencia; continúese el trámite según su estado. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 14545/15 -Foja: 60/61- PROVINCIA DEL CHACO C/DUARTE, LIDIA S/EJECUCION FISCAL - EMBARGO DEAUTOMOTOR SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 14545/15 - mod Resistencia, 5 de junio de 2019. Proveyendo el escrito que antecede: Atento lo peticionado, teniendo en cuenta lo dispuesto en los arts. 475, 529, 614 y 615 del C.P.C.C., trábese embargo sobre el automotor denunciado individualizado como MARCA: FORD, MODELO: FIESTA MAX 1.6, TIPO SEDAN 4 PUERTAS: AÑO MODELO:2013: DOMINIO: MNS916; si fuera propiedad del demandado DUARTE, LIDIA, hasta cubrir las sumas condenadas en autos, comprensivas de capital, costas provisorias y honorarios regulados en la Sentencia Monitoria y a los fines de la toma de razón y para que se informe sobre las condiciones de dominio, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor de Presidencia Roque Saenz Peña Seccional Nº1 y confiérase la autorización peticionada. Notifíquese al demandado el embargo trabado precedentemente, a cuyo fin líbrese cédula. Autorízase la intervención solicitada. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4755/15 -Foja: 77- PROVINCIA DEL CHACO C/FALCON, ZULMA ESTELA S/EJECUCION FISCAL - INFORMA CANCELACION PLAN DE PAGOSATP 77 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4755/15.-DMT Resistencia, 4 de junio de 2019 Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I) Agréguese copia informatizada de Presentación Nº 759239 emitida por la ATP. Téngase presente lo manifestado respecto a que el demandado ha cancelado el plan de pagos y hágase saber.- Al punto II) Téngase presente la reserva formulada.- Al punto III) Conforme lo solicitado, INTIMASE a la demandada Sra. FALCON, ZULMA ESTELA; para que, en el término y bajo apercibimiento de ley, deposite judicialmente el monto condenado en la sentencia monitoria en concepto de honorarios regulados y Tasa de Justicia a la orden de la causa y del juzgado, en la cuenta judicial de autos. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA, debiéndose consignar en el recaudo a librarse los montos correspondientes a depositar, así como también el número y C.B.U. de cuenta judicial de la presente causa. Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9683/13 -Foja: 91/93- PROVINCIA DEL CHACO C/FIGATTI, OSCAR ALBERTO Y FIGATTI CARLOS ANGEL S.H. S/EJECUCION FISCAL - EMBARGO AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICAARGENTINA 93 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 9683/13. RG.- Resistencia, 4 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al Punto I: Agréguese cédula de intimación dirigida a la demandada, diligenciada y hágase saber. Al Punto II: Atento lo solicitado, trábase embargo sobre fondos que tenga el demandado FIGATTI, OSCAR ALBERTO Y FIGATTI CARLOS ANGEL S.H., CUIT Nº 30-65966147-7 ya sea en Caja de ahorro, fondos comunes de inversión o cuentas corrientes en los Bancos del sistema financiero, tanto en casas centrales como en sus respectivas sucursales, en la proporción del 20%, hasta cubrir el saldo de la planilla aprobada a fs.81 que se encuentran impagos comprensivas de capital, intereses de los mismos y honorarios posteriores regulados en dicha foliatura. Haciéndole saber que deberán ABSTENERSE DE EFECTIVIZAR la medida sobre fondos provenientes de sueldos abonados mediante la acreditación en caja de ahorro o similar, informando tal circunstancia al Tribunal. A los fines de su difusión al sistema bancario mediante circularización a través de la Comunicación "D" y la respectiva toma de razón, líbrese oficio al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Las sumas retenidas deberán depositarse en la cuenta judicial perteneciente a los presentes autos, abierta en el Nuevo Banco del Chaco S.A. (entidad bancaria receptora), CUIT Nº33-99917645-9 -Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco-, debiendo el texto del recaudo a librarse contener el CUIT mencionado precedentemente, el número y CBU de la cuenta judicial y remitir el comprobante respectivo. Asimismo, déjase constancia en el Oficio dirigido al B.C.R.A. que las entidades financieras solamente deberán contestar en caso de resultar positiva la manda judicial. Notifíquese personalmente o por cédula al demandado el embargo trabado precedentemente. Autorízase la intervención solicitada. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4870/15 -Foja: 105- PROVINCIA DEL CHACO C/FLECHA ROJA S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - ACTORA PRACTICA PLANILLA-PREVIOMANIFIESTE DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4870/15. vns.- Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese liquidación practicada por la actora y, previo a ordenar su traslado, no habiéndose incluido en la sumatoria de la planilla acompañada, los honorarios regulados y gastos de la causa, manifieste si los mismos fueron cancelados y se considerará. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3563/16 -Foja: 52- PROVINCIA DEL CHACO C/GAETANI, JUAN ENRIQUE S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALRPA SE LIBRA OFICIO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6724/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/GAUNA, ERNESTO EMANUEL S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA - EMBARGOnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 6724/19 - SDH Resistencia, 4 de junio de 2019. Téngase a la Dra. SHIRLEY STEFANIA SINKOVICH (7908) por presentada, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra GAUNA, ERNESTO EMANUEL.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 614 y 615 del C.P.C.C. y lo dispuesto por el art. 529 del C.P.C.C, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra GAUNA, ERNESTO EMANUEL por la suma de PESOS CUATRO MIL SESENTA y DOS CON CINCUENTA y DOS CENTAVOS ($4.062,52) en concepto de capital, más la de PESOS UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO ($1.625,00) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio .- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura al art. 529 del C.P.C.C que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por la ley 840-F, por Secretaría practíquese planilla de liquidación e Intímase su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: I)- Conforme lo ordenado por S.S. procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840-F.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS CUATRO MIL SESENTA y DOS CON CINCUENTA y DOS CENTAVOS ($4.062,52) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.-III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:6724/19.- Se deja constancia que se devuelven por Mesa de Entradas y Salidas las copias para traslado acompañadas. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6724/19 -Foja: 9/10- PROVINCIA DEL CHACO C/GAUNA, ERNESTO EMANUEL S/EJECUCION FISCAL - S.M. POLICIA Medio salario SMVMnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:6724/19.- SDH.- Resistencia, 4 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/GAUNA, ERNESTO EMANUEL S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº6724/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por la Ley Provincial Nº 949- T (Antes Ley 4488) de adecuación a la Ley Nacional Nº 24449 de Tránsito y Seguridad Vial arts. 69 y 71 modificado por ley 6663 y Decreto Reglamentario Nº 146/11 (actualmente Artículo 6 bis según modificación introducida por Decreto Reglamentario Nº 877/12), y lo previsto por el art. 614 del C.P.C.C; y habiéndose por Resolución Nº 1512 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco autorizado expresamente a la Fiscalía de Estado de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial Nº 1940 A (Antes Ley Nº 6808) a iniciar la presente ejecución y hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del C.P.C.C.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria Nº 299 F, ART. 36 (antes ley Nº 2071, art. 37), desde la mora (17/01/2017), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del C.P.C.C se imponen al ejecutado; con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($4.062,52), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra GAUNA, ERNESTO EMANUEL, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS CUATRO MIL SESENTA y DOS CON CINCUENTA y DOS CENTAVOS ($4.062,52) en concepto de capital,más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO ($1.625,00) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del C.P.C.C con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según la ley 840-F asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. .- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), y a la Dra. SHIRLEY STEFANIA SINKOVICH (7908) la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderado; de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 6808. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del C.P.C.C.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3561/16 -Foja: 74- PROVINCIA DEL CHACO C/ISKIW, ANA ESTER S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DESECUESTRO SE LIBRA MANDAMIENTO DE SECUESTRO.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3561/16 -Foja: 73- PROVINCIA DEL CHACO C/ISKIW, ANA ESTER S/EJECUCION FISCAL - SE PRESENTA MARTILLERO ACEPTACARGO 73 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 3561/16. dmt Resistencia, 4 de junio de 2019.- Proveyendo presentación que antecede: Al punto I) Habiendo aceptado cargo ante el Actuario el martillero designado, téngaselo por presentado, con domicilios legal y electrónico constituidos, en el carácter invocado, dándosele en autos la intervención que por derecho corresponda. Al punto II) Atento lo soliciado, líbrese proyecto acompañado CON HABILITACION DE DIAS Y HORAS INHABILES. Al punto III) Autorízase a invertir las sumas presupuestadas, con cargo de oportuna, detallada y documentada rendición de cuentas.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16363/16 -Foja: 69- PROVINCIA DEL CHACO C/KARTONSEC S.A. S/EJECUCION FISCAL - INTIMA A ACTORA MANIF. SI EXISTEN RUBROS PENDIENTES DEPAGO 69 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16363/16. sim Resistencia, 4 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Atento las constancias de la causa, INTIMASE a la Actora; para que, en el término de cinco (5) días y bajo apercibimiento de ley, manifieste si existen rubros pendientes de pago en las presentes actuaciones, bajo apercibimiento de ordenarse el reintegro al demandado y archivo de las presentes actuaciones. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS. OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5801/19 -Foja: 19/20- PROVINCIA DEL CHACO C/LAVORIS S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA MONITORIA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4309/19 -Foja: 21- PROVINCIA DEL CHACO C/LIBARDI, JOSE ALFREDO S/EJECUCION FISCAL - SE ENCUENTRA ABIERTA CUENTA JUDICIAL DE LACAUSA 21 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4309/19. sim Resistencia, 4 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Se hace saber a las partes que se encuentra abierta la cuenta judicial de la presente causa y sus datos son los siguientes: Cuenta Nº126987401 y CBU Nº3110030211001269874018 respectivamente. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13671/16 -Foja: 115/116- PROVINCIA DEL CHACO C/LUIS ARNALDO SPERANZA Y DIEGO FABIAN ORZUZAR S.H.; SPERANZA, LUIS ARNALDO Y ORZUZAR, DIEGO FABIAN S/EJECUCION FISCAL - OF DILIGENCIADORPI SE AGREGA OFICIO DIRIGIDO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DILIGENCIADO.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6825/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/MAIDANA, GABRIEL OSVALDO RAMON S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA - EMBARGOnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 6825/19 - SDH Resistencia, 4 de junio de 2019. Téngase a la Dra. ANALIA VERONICA MARTINEZ MOLNAR (6980) por presentada, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra MAIDANA, GABRIEL OSVALDO RAMON.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 614 y 615 del C.P.C.C. y lo dispuesto por el art. 529 del C.P.C.C, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra MAIDANA, GABRIEL OSVALDO RAMON por la suma de PESOS CINCO MIL CINCUENTA y UNO CON SETENTA y SIETE CENTAVOS ($5.051,77) en concepto de capital, más la de PESOS DOS MIL VEINTE CON SETENTA CENTAVOS ($2.020,70) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio .- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura al art. 529 del C.P.C.C que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por la ley 840-F, por Secretaría practíquese planilla de liquidación e Intímase su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: I)- Conforme lo ordenado por S.S. procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840-F.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS CINCO MIL CINCUENTA y UNO CON SETENTA y SIETE CENTAVOS ($5.051,77) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.-III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:6825/19.- Se deja constancia que se devuelven por Mesa de Entradas y Salidas las copias para traslado acompañadas. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6825/19 -Foja: 9/10- PROVINCIA DEL CHACO C/MAIDANA, GABRIEL OSVALDO RAMON S/EJECUCION FISCAL - S.M. POLICIA Medio salario SMVMnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:6825/19.- SDH.- Resistencia, 4 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/MAIDANA, GABRIEL OSVALDO RAMON S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº6825/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por la Ley Provincial Nº 949- T (Antes Ley 4488) de adecuación a la Ley Nacional Nº 24449 de Tránsito y Seguridad Vial arts. 69 y 71 modificado por ley 6663 y Decreto Reglamentario Nº 146/11 (actualmente Artículo 6 bis según modificación introducida por Decreto Reglamentario Nº 877/12), y lo previsto por el art. 614 del C.P.C.C; y habiéndose por Resolución Nº 1512 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco autorizado expresamente a la Fiscalía de Estado de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial Nº 1940 A (Antes Ley Nº 6808) a iniciar la presente ejecución y hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del C.P.C.C.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria Nº 299 F, ART. 36 (antes ley Nº 2071, art. 37), desde la mora (14/01/2017), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del C.P.C.C se imponen al ejecutado; con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($5.051,77), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra MAIDANA, GABRIEL OSVALDO RAMON, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS CINCO MIL CINCUENTA y UNO CON SETENTA y SIETE CENTAVOS ($5.051,77) en concepto de capital,más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS DOS MIL VEINTE CON SETENTA CENTAVOS ($2.020,70) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del C.P.C.C con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según la ley 840-F asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. .- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), y a la Dra. ANALIA VERONICA MARTINEZ MOLNAR (6980) la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderado; de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 6808. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del C.P.C.C.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8068/15 -Foja: 137- PROVINCIA DEL CHACO C/MATURANO, MABEL S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA BOLETA DEPOSITOJUDICIAL 137 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 8068/15. cab Resistencia, 4 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese Boleta de Depósito Judicial acompañada y pónganse los fondos a disposición del Dr. Pedro Alfredo Mañanes. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9611/14 -Foja: 100- PROVINCIA DEL CHACO C/MILANO S.A. S/EJECUCION FISCAL - INTIMA A ACTORA MANIF. SI EXISTEN RUBROS PENDIENTES DEPAGO DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 9611/14. vns.- Resistencia, 4 de junio de 2019.- A fs. 94/98: Agréguese órdenes de pago Nº25874/19, Nº25881/19, Nº25886/19, 25897/19 y Nº25899/19 en concepto de transferencias por el total de los rubros de la planilla aprobada en autos y hágase saber. A fs. 99: Previo a lo peticionado y atento las constancias de la causa, INTIMASE a la Actora; para que, en el término de cinco (5) días y bajo apercibimiento de ley, manifieste si existen rubros pendientes de pago en las presentes actuaciones, bajo apercibimiento de ordenarse el archivo peticionado por el demandado. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS. OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6025/19 -Foja: 25- PROVINCIA DEL CHACO C/MONZON, GONZALO ALEJANDRO S/EJECUCION FISCAL - CARGA DE DATOS PARA HABILITAR CUENTAJUDICIAL 25 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6025/19. sim.- Resistencia, 4 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: A lo peticionado por el recurrente, hágase saber que en el día de la fecha se procedió a la carga de los datos de la presente causa vía web a los fines de la apertura de la cuenta judicial.Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5805/19 -Foja: 21/22- PROVINCIA DEL CHACO C/N.H.R. S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA MONITORIA DILIGENCIADA ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5805/19 -Foja: 23- PROVINCIA DEL CHACO C/N.H.R. S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRAOFICIO SE LIBRA OFICIO. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6864/15 -Foja: 96/99- PROVINCIA DEL CHACO C/NAVARRO, LEONARDO DAVID S/EJECUCION FISCAL - PROVIDENCIA SIMPLE DR.NICOLOFF SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6864/15. mod Resistencia, 5 de junio de 2019.- A fs.96/98: Agréguese oficio dirigido a la Policia del Chaco diligenciado con constancia de recepción. A lo demás estése a fs.94. NOT.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3584/19 -Foja: 17- PROVINCIA DEL CHACO C/OJEDA, MAXINILIANO S/EJECUCION FISCAL - FIRME SENTENCIA + EMBARGO BANCOCENTRAL 17 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 3584/19.- sim Resistencia, 04 de junio de 2019.- Al punto I: Atento lo solicitado y no habiendo el demandado OJEDA, MAXINILIANO opuesto excepciones en el término que para ello tenía, dásele por decaído el derecho dejado de usar. Asimismo, en virtud del Art. 541 del CPCC habiendo el despacho monitorio adquirido carácter de sentencia; continúese el trámite según su estado. Al punto II: Atento lo solicitado, trábase embargo sobre fondos que tenga el demandado OJEDA, MAXINILIANO ya sea en Caja de ahorro, fondos comunes de inversión o cuentas corrientes en los Bancos del sistema financiero, tanto en casas centrales como en sus respectivas sucursales, en la proporción del 20%, hasta cubrir las sumas condenadas en autos, comprensivas de capital, costas provisorias y honorarios regulados en Sentencia. Haciéndole saber que deberán ABSTENERSE DE EFECTIVIZAR la medida sobre fondos provenientes de sueldos abonados mediante la acreditación en caja de ahorro o similar, informando tal circunstancia al Tribunal. A los fines de su difusión al sistema bancario y la respectiva toma de razón, líbrese oficio al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Las sumas retenidas deberán depositarse en la cuenta judicial perteneciente a los presentes autos, abierta en el Nuevo Banco del Chaco S.A. (entidad bancaria receptora), CUIT Nº33-99917645-9 -Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco-, debiendo el texto del recaudo a librarse contener el CUIT mencionado precedentemente, el número y CBU de la cuenta judicial y remitir el comprobante respectivo. Asimismo, déjase constancia en el Oficio dirigido al B.C.R.A. que las entidades financieras solamente deberán contestar en caso de resultar positiva la manda judicial. Notifíquese personalmente o por cédula al demandado el embargo trabado precedentemente. Autorízase la intervención solicitada. Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11221/16 -Foja: 61- PROVINCIA DEL CHACO C/OLIVA HNOS. S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10449/14 -Foja: 115- PROVINCIA DEL CHACO C/PETRO M S/EJECUCION FISCAL - COMP. APOR. CF+PREVIO LEV. DEEMB 115 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 10449/14. AG.- Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I): Agréguese comprobantes de aporte a caja forense de las Dras Zorrilla y Santángelo acompañadas y hágase saber.- Al punto II): Hágase saber a la recurrente que en la cuenta judicial de los presentes autos no surgen fondos depósitados.- Al punto III): Téngase presente para la oportunidad en que obre en autos comprobante de tasa de justicia y preste conformidad el Dr. Ruben Gonzalez.- NOT.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6728/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/RAMIREZ MAZOTTI, ROBERTO ARIEL S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA - EMBARGOnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 6728/19 - SDH Resistencia, 4 de junio de 2019. Téngase a la Dra. SHIRLEY STEFANIA SINKOVICH (7908) por presentada, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra RAMIREZ MAZOTTI, ROBERTO ARIEL.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 614 y 615 del C.P.C.C. y lo dispuesto por el art. 529 del C.P.C.C, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra RAMIREZ MAZOTTI, ROBERTO ARIEL por la suma de PESOS OCHO MIL DIECINUEVE CON CINCUENTA y DOS CENTAVOS ($8.019,52) en concepto de capital, más la de PESOS TRES MIL DOSCIENTOS SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($3.207,80) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio .- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura al art. 529 del C.P.C.C que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por la ley 840-F, por Secretaría practíquese planilla de liquidación e Intímase su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: I)- Conforme lo ordenado por S.S. procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840-F.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS OCHO MIL DIECINUEVE CON CINCUENTA y DOS CENTAVOS ($8.019,52) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.-III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:6728/19.- Se deja constancia que se devuelven por Mesa de Entradas y Salidas las copias para traslado acompañadas. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6728/19 -Foja: 9/10- PROVINCIA DEL CHACO C/RAMIREZ MAZOTTI, ROBERTO ARIEL S/EJECUCION FISCAL - S.M. POLICIA Medio salario SMVMnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:6728/19.- SDH.- Resistencia, 4 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/RAMIREZ MAZOTTI, ROBERTO ARIEL S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº6728/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por la Ley Provincial Nº 949- T (Antes Ley 4488) de adecuación a la Ley Nacional Nº 24449 de Tránsito y Seguridad Vial arts. 69 y 71 modificado por ley 6663 y Decreto Reglamentario Nº 146/11 (actualmente Artículo 6 bis según modificación introducida por Decreto Reglamentario Nº 877/12), y lo previsto por el art. 614 del C.P.C.C; y habiéndose por Resolución Nº 1512 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco autorizado expresamente a la Fiscalía de Estado de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial Nº 1940 A (Antes Ley Nº 6808) a iniciar la presente ejecución y hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del C.P.C.C.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria Nº 299 F, ART. 36 (antes ley Nº 2071, art. 37), desde la mora (28/12/2016), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del C.P.C.C se imponen al ejecutado; con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($8.019,52), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra RAMIREZ MAZOTTI, ROBERTO ARIEL, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS OCHO MIL DIECINUEVE CON CINCUENTA y DOS CENTAVOS ($8.019,52) en concepto de capital,más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS TRES MIL DOSCIENTOS SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($3.207,80) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del C.P.C.C con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según la ley 840-F asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. .- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), y a la Dra. SHIRLEY STEFANIA SINKOVICH (7908) la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderado; de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 6808. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del C.P.C.C.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 12075/15 -Foja: 53- PROVINCIA DEL CHACO C/RAMIREZ MOSTA, JOSE ORESTE S/EJECUCION FISCAL - NUEVO DOMICILIO REAL DEL DEMANDADO-SE ORDENA NUEVACEDULA SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 12075/15. mod Resistencia, 3 de junio de 2019.- A fs.50/52: Agréguese cédula sin diligenciar. Asimismo, téngase presente el nuevo domicilio denunciado del demandado en autos y, conforme lo peticionado, líbrese nueva Cédula, a los fines de correr traslado de la demanda y notificar el Despacho Monitorio, debiendo el recurrente consignar en el recaudo a librarse el domicilio denunciado.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 14869/10 -Foja: 142- PROVINCIA DEL CHACO C/ROLDAN, IDILIO S/EJECUCION FISCAL - LEVANTAMIENTO DEEMBARGO 142 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 14869/10.- cab Resistencia, 4 de junio de 2019 Agréguese informe del RPI y hágase saber.- Téngase presente lo manifestado, y obrando conformidad del Fiscal de Estado, bajo su exclusiva responsabilidad, DECRETASE el levantamiento de embargo trabado en autos y a los fines de la toma de razón, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble. HABILITENSE DIAS Y HORAS INHABILES. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA. OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15439/15 -Foja: 59- PROVINCIA DEL CHACO C/SERVICIOS ENERGETICOS DEL CHACO S/EJECUCION FISCAL - SE ORDENA INTIMACION ALDEMANDADO DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 15439/15. mn Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Conforme lo solicitado por la actora, INTIMASE al demandado Sr. SERVICIOS ENERGETICOS DEL CHACO; para que, en el término y bajo apercibimiento de ley, informe el estado del trámite de compensación de deudas y créditos. NOTIFIQUESE POR MEDIOS ELECTRONICOS.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1715/19 -Foja: 29- PROVINCIA DEL CHACO C/SGOLACCHIA, ROMINA MARIA S/EJECUCION FISCAL - DOMIC EN LOS ESTRADOS + QUEDA FIRMESENTENCIA 29 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1715/19.- sim Resistencia, 04 de junio de 2019.- Atento lo solicitado y no habiendo el demandado SGOLACCHIA, ROMINA MARIA opuesto excepciones ni constituido domicilio en el término que para ello tenía, dásele por decaído el derecho dejado de usar, y hágase saber que las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de ley conforme Art. 56 del CPCC. Asimismo, en virtud del Art. 541 del CPCC habiendo el despacho monitorio adquirido carácter de sentencia; continúese el trámite según su estado. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8282/16 -Foja: 60- PROVINCIA DEL CHACO C/SIFECON S.A. S/EJECUCION FISCAL - TRANSFERENCIARANSFERENCIA 60 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 8282/16. CAB SR. JUEZ: Informo a Ud. que en autos existen fondos depositados, los cuales ascienden a $18.650,27 y, al día de la fecha, conforme las constancias de la causa, no se han ordenado ni efectivizado transferencias. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 4 de junio de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Proveyendo el escrito de fs. 59: Conforme lo peticionado y atento lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, procédase por Secretaría vía internet a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº106264107, del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos, conforme al siguiente detalle: I) A la Cuenta Corriente del Nuevo Banco del Chaco Nº10755/07, CBU Nº31100302-01000010755072, a nombre de SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, CUIT Nº33- 99917645-9, por la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA CON NOVENTA y UN CENTAVOS ($230,91) en concepto de Tasa de Justicia actualizada a la fecha, atento a encontrarse pendiente de pago, conforme lo dispuesto por los arts. 22 in fine y 24 de la ley 4182. II) A la Cuenta Corriente Nº14374/10, CBU Nº31100302-01000014374109 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la ATP (ADMINISTRACION TRIBUTARIA PROVINCIAL - RECAUDACIONES GENERALES), CUIT Nº33-99917676-9, por la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA y NUEVE CON VEINTICINCO CENTAVOS ($5.789,25), en concepto de Capital. III) A la Caja de Ahorro Nº 50786/05, CBU Nº31100302-11000050786053 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de CRISTINA SERRANO CUIT Nº 27-17016584-0 por la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCO ($605,00) en concepto de honorarios; IV) A la Caja de Ahorro Nº305132109, CBU Nº31100302-11003051321092 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de LUIS ALBERTO MEZA, CUIT Nº20-14595833-5, por la suma de PESOS UN MIL CINCUENTA y OCHO CON CUARENTA CENTAVOS ($1.058,40), en concepto de honorarios.- V) A la Caja de Ahorro Nº1175/04, CBU Nº31100302-11000001175044 del Nuevo Banco del Chaco, en la Sucursal Nº 30-Resistencia a nombre de FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DEL CHACO, CUIT Nº30-99927127-4, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA y TRES CON SESENTA CENTAVOS ($453,60) correspondientes al aporte por honorarios regulados al Dr. Meza. (NO SUJETO A RETENCION) Una vez firme la presente providencia, dése cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Asimismo, habiéndose cancelado los importes reclamados en autos, a los fines de practicar planilla concédese el expediente en préstamo por el término de TRES (3) días, bajo constancia y apercibimiento de ley (art. 143 y 144 del C.P.C.C.).- Dése la autorización peticionada. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7215/13 -Foja: 89- PROVINCIA DEL CHACO C/SUPERMERCADO FUQING Y XIUQING, YE S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRAOFICIO SE LIBRA OFICIO. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8073/16 -Foja: 67- PROVINCIA DEL CHACO C/TRIMETAL S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALRPA SE LIBRA OFICIO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1607/14 -Foja: 126- PROVINCIA DEL CHACO C/VANGUARDIA ITTIG S.A. S/EJECUCION FISCAL - PLAN DE PAGOS+LEV. DEEMB 126 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1607/14. AG Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I): Agréguese copia informatizada de Presentación Nº 804087 emitida por la ATP.- Téngase presente lo manifestado respecto a que el demandado ha cancelado la deuda y hágase saber.- Al punto II): Téngase presente la reserva formulada.- Al punto III): Téngase presente lo manifestado, y obrando conformidad del Fiscal de Estado, DECRETASE el levantamiento de embargo trabado a fs. 93 y a los fines de la toma de razón, líbrese oficio ley 22172 al Banco Central de la República Argentina.- HABILITENSE DIAS Y HORAS INHABILES.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4561/15 -Foja: 134- PROVINCIA DEL CHACO C/VIVAS, GASTON SANTIAGO S/EJECUCION FISCAL - SE ORDENA NUEVO EMBARGORPA DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4561/15. acs.- Resistencia, 5 de junio de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese oficio al Registro de la Propiedad Automotor devuelto sin diligenciar; téngase presente lo manifestado y atento que de las constancias de fs. 82/84 surge que el embargo decretado en autos ha caducado, no procediendo en consecuencia el libramiento de oficio de reinscripción del mismo. Por lo expuesto, trábese nuevo embargo sobre el automotor Dominio HPM-221 inscripto en el Registro de la Propiedad del Automotor Nº5 de esta ciudad, si fuera propiedad del demandado VIVAS, GASTON SANTIAGO, hasta cubrir las sumas condenadas en autos, comprensivas de capital, costas provisorias y honorarios regulados en autos. A los fines de la toma de razón y para que se informe sobre las condiciones de dominio, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor. Notifíquese al demandado el embargo trabado, a cuyo fin líbrese cédula. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6255/19 -Foja: 11- PROVINCIA DEL CHACO C/ZACARIAS, FELIX RUBEN S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRACEDULA SE LIBRA CEDULA. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6829/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/ZAMPAR, FRANCO NAHUEL S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA - EMBARGOnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 6829/19 - SDH Resistencia, 4 de junio de 2019. Téngase a la Dra. ANALIA VERONICA MARTINEZ MOLNAR (6980) por presentado, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra ZAMPAR, FRANCO NAHUEL.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 614 y 615 del C.P.C.C. y lo dispuesto por el art. 529 del C.P.C.C, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra ZAMPAR, FRANCO NAHUEL por la suma de PESOS OCHO MIL DIECINUEVE CON CINCUENTA y DOS CENTAVOS ($8.019,52) en concepto de capital, más la de PESOS TRES MIL DOSCIENTOS SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($3.207,80) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio .- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura al art. 529 del C.P.C.C que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por la ley 840-F, por Secretaría practíquese planilla de liquidación e Intímase su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: I)- Conforme lo ordenado por S.S. procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840-F.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS OCHO MIL DIECINUEVE CON CINCUENTA y DOS CENTAVOS ($8.019,52) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.-III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:6829/19.- Se deja constancia que se devuelven por Mesa de Entradas y Salidas las copias para traslado acompañadas. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6829/19 -Foja: 9/10- PROVINCIA DEL CHACO C/ZAMPAR, FRANCO NAHUEL S/EJECUCION FISCAL - S.M. POLICIA Medio salario SMVMnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:6829/19.- SDH.- Resistencia, 4 de junio de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/ZAMPAR, FRANCO NAHUEL S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº6829/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por la Ley Provincial Nº 949- T (Antes Ley 4488) de adecuación a la Ley Nacional Nº 24449 de Tránsito y Seguridad Vial arts. 69 y 71 modificado por ley 6663 y Decreto Reglamentario Nº 146/11 (actualmente Artículo 6 bis según modificación introducida por Decreto Reglamentario Nº 877/12), y lo previsto por el art. 614 del C.P.C.C; y habiéndose por Resolución Nº 1512 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco autorizado expresamente a la Fiscalía de Estado de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial Nº 1940 A (Antes Ley Nº 6808) a iniciar la presente ejecución y hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del C.P.C.C.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria Nº 299 F, ART. 36 (antes ley Nº 2071, art. 37), desde la mora (08/01/2017), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del C.P.C.C se imponen al ejecutado; con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($8.019,52), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra ZAMPAR, FRANCO NAHUEL, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS OCHO MIL DIECINUEVE CON CINCUENTA y DOS CENTAVOS ($8.019,52) en concepto de capital,más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS TRES MIL DOSCIENTOS SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($3.207,80) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del C.P.C.C con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según la ley 840-F asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. .- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), y a la Dra. ANALIA VERONICA MARTINEZ MOLNAR (6980) la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderado; de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 6808. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del C.P.C.C.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6445/13 -Foja: 153- PROVINCIA DEL CHACO C/ZAMPAR, MARIO RUBEN S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DESECUESTRO SE LIBRA MANDAMIENTO DE SECUESTRO.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2393/19 -Foja: 27- RAMOS, DOMINGO MIGUEL ANGEL C/FERNANDEZ, ROLANDO RUBEN S/EJECUCION DE HONORARIOS - POR RECIBIDO EXPTE REQUERIDO AD EFFECTUMVIDENDI 27 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 2393/19. gas Resistencia, 4 de junio de 2019.- Por recibido Expediente Nº1295/11 caratulado: "MUNICIPALIDAD DE RESISTENCIA c/ FERNANDEZ ROLANDO RUBEN Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE s/ EJECUCIÓN FISCAL", remitido del Juzgado Paz Nº 2 de Resistencia, resérvese el mismo en Caja de Seguridad del Tribunal. Consecuentemente, atento lo dispuesto a fs. 22, hágase saber a las partes el Juez que va a entender. Proveyendo la presentación de fs. 26: estése a lo que se provee en el día de la fecha. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: En el día de la fecha, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, el expediente acompañado, bajo Sobre Nº:2393/19. CONSTE. SECRETARIA, 4 de junio de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13854/15 -Foja: 59/60- ROMERO, HORACIO ARGENTINO C/MUNICIPALIDAD DE RESISTENCIA S/EJECUCION DE HONORARIOS - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE EMBARGO DIRIGIDA AL DEMANDADO, DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9818/18 -Foja: 41/42- THEODOROU KODAMA, MAURICIO MOTOSUKE C/MUNICIPIO DE RESISTENCIA S/EJECUCION DE HONORARIOS - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9818/18 -Foja: 43- THEODOROU KODAMA, MAURICIO MOTOSUKE C/MUNICIPIO DE RESISTENCIA S/EJECUCION DE HONORARIOS - SE LIBRA OFICIO AL NUEVO BANCO DEL CHACOS.A. SE LIBRA OFICIO AL NUEVO BANCO DEL CHACO S.A..- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 06/06/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 07/06/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario -