JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 18 - Fecha Despacho: 17/04/2019 - Providencias ----------------------------------------------------------------------- Expediente Caratula ----------------------------------------------------------------------- Expte. N°: 626/14 -Foja: 38- ABRAHAM, ANA DEL CARMEN C/S.A.M.E.E.P. S/EJECUCION DE HONORARIOS - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ ------------------------------------------------------ Expte. N°: 625/14 -Foja: 50- ABRAHAM, ANA DEL CARMEN C/SERVICIO DE AGUA Y MANTENIMIENTO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.A.M.E.E.P.) S/EJECUCION DE HONORARIOS - SE LIBRA OFICIO a TesoreriaGral SE LIBRA OFICIO a tesoreria general. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10591/14 -Foja: 260- BEL, HUGO GUILLERMO C/PEDRO KUCHARUK E HIJOS S.A.C.I.A.F. S/EJECUCION DE HONORARIOS - TRANSF. TASA - CAPITAL, HON. Y GASTOS-TOTAL DE PLANILLA Y HON. POST.. DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 10591/14. vns.- SR. JUEZ: Informo a Ud. que en autos existen fondos depositados, los cuales ascienden a $494.124,22. A fs. 228 se aprobó planilla de fs. 213 por $30.322,81, conforme los siguientes rubros: Capital por Honorarios Bel $6.340,62; Intereses de Capital por Honorarios Bel $8.044,51; Gastos Documentados $5.100; Gastos no Documentados $850,00; Honorarios Dra. Tosetto $4928 e Intereses sobre honorarios Dra. Tosetto $5.059,68. En la misma resolución se reguló honorarios posteriores por $1.725,00 a favor de la Dra. Tosetto. Posteriormente, no se han ordenado ni efectivizado transferencias. CONSTE. SECRETARIA, 16 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 16 de abril de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Proveyendo el escrito de fs. 259: Agréguese constancias de situación ante AFIP que acompañan y, habiéndose cumplimentado con lo requerido por este Tribunal, conforme lo peticionado, teniendo en cuenta los datos informados a fs. 246 y atento lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, procédase por Secretaría vía internet a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº97635504, del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos, conforme al siguiente detalle: I) A la Cuenta Corriente del Nuevo Banco del Chaco Nº10755/07, CBU Nº31100302- 01000010755072, a nombre de SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, CUIT Nº33-99917645-9, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00) en concepto de Tasa de Justicia, atento a encontrarse pendiente de pago, conforme lo dispuesto por los arts. 22 in fine y 24 de la ley 4182. II) A la Cuenta Corriente Nº40534/05, CBU Nº31100302-11000040534055 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre del Martillero Hugo Guillermo Bel, CUIT Nº20- 13309986-8, por la suma de PESOS CATORCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA y CINCO CON TRECE CENTAVOS ($14.385,13), en concepto de capital por honorarios e intereses de capital por honorarios. III) A la Cuenta Corriente Nº40534/05, CBU Nº31100302-11000040534055 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de Hugo Guillermo Bel, CUIT Nº20- 13309986-8, por la suma de PESOS CINCO MIL CIEN ($5.100,00), en concepto de gastos documentados.- IV) A la Caja de Ahorro Nº4813000, CBU Nº31100302-11000048130002 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la Dra. Gabriela Fabiana Tosetto, CUIT Nº27- 21804967-8, por la suma de PESOS ONCE MIL SETECIENTOS DOCE CON SESENTA y OCHO CENTAVOS ($11.712,68) en concepto de honorarios, intereses de honorarios y honorarios posteriores - incluye retención porcentual para Caja Forense-. V) A la Caja de Ahorro Nº4813000, CBU Nº31100302-11000048130002 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la Dra. Gabriela Fabiana Tosetto, CUIT Nº27- 21804967-8, por la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA ($850,00) en concepto de gastos no documentados.- Una vez firme la presente providencia, dése cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4404/18 -Foja: 24- BLANCO, ANGEL DE JESUS C/MUNICIPIO DE RESISTENCIA S/EJECUCION DE HONORARIOS - TRASLADO DE PLANILLA DELIQUIDACION 24 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4404/18. SIM Resistencia, 16 de abril de 2019.- Proveyendo al escrito que antecede: Agréguse oficio dirigido a la Tesoreria General de la Provincia del Chaco y hágase saber. De la liquidación practicada, dése traslado a la contraria, por el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de ley. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA. OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8338/13 -Foja: 126- CONTRERAS, MARIO ROBERTO C/SERVICIO DE AGUA Y MANTENIMIENTO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.A.M.E.E.P.) S/EJECUCION DE HONORARIOS - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1195/19 -Foja: 25- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/ MORANTE, MATIAS EMMANUEL S/EJECUCION FISCAL - PPAL.-1-A-SE ORDENA OF. A MESA INFORMAT-SE REQUIERENCOPIAS 25 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1195/19. SIM Resistencia, 15 de abril de 2019.- Por recibido y, los fines de formar Incidente de Oposición, líbrese oficio a Mesa Receptora Informatizada de Expedientes a efectos de que proceda a dar número y carátula al mismo. Asimismo, acompáñese copias de: del Convenio de Reconocimiento de Deuda y Acuerdo de Pago, escrito de demanda de fs. 13 y 14, Dictamen del Agente Fiscal N°8 de fs. 17 y Resolución de Incompetencia de fs. 19/20 y previa certificación por el Actuario, con las mismas fórmese el respectivo legajo. Not. OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1195/19 -Foja: 26- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/ MORANTE, MATIAS EMMANUEL S/EJECUCION FISCAL - PPAL.-1-B- OF. A MESA INFORMATIZADA PARA DARCARATULA 26 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SIM "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A O F I C I O Nº 447 Resistencia, 15 de abril de 2019.- SRA. JEFA DE LA MESA DE ENTRADAS RECEPTORA INFORMATIZADA DRA. CLAUDIA A. DE LEON S______________/_______________D Tengo el agrado de dirigirme a Ud., a efectos de solicitarle se proceda a dar número de Expediente a los autos: "DR. MARTINEZ, OMAR ADELIO, JUEZ CIVIL Y COMERCIAL Nº18 E/A: "DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/ MORANTE, MATIAS EMMANUEL S/ EJECUCION FISCAL", Expte Nº1195/19" S/INCIDENTE DE OPOSICION", debiendo caratularse los mismos como se refiere precedentemente.- Sin otro particular, saludo a Ud., atentamente.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4435/16 -Foja: 117/119- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/BAUCERO, JOSE AUGUSTO Y BERTELLI, MIGUEL ANGEL S/EJECUCION FISCAL - se libra nuevo oficio al JUZGADO FEDERAL DE BS.AS. 119 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4435/16. RG Resistencia, 15 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al Punto I: Agréguese oficio Ley 22172 dirigido al Juzgado Fedral de la Provincia de Buenos Aires, sin diligenciar y hágase saber. Al Punto II: Téngase presente lo manifestado y atento lo solicitado y las constancias de la causa, líbrese nuevo oficio Ley 22172 al Juzgado Federal de la Provincia de Buenos Aires, a los mismos fines y efectos que el ordenado a fs.114. A lo demás estése al libramiento del día de la fecha. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4435/16 -Foja: 120- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/BAUCERO, JOSE AUGUSTO Y BERTELLI, MIGUEL ANGEL S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ley 22172 ALJ.FEDERAL SE LIBRA OFICIO LEY 22172 AL JUZGADO FEDERAL CON COMPETENCIA ELECTORAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3780/15 -Foja: 98- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/CORTEZ, FELIX ALBINO Y MULET RIERA, ROSA MARIA S/EJECUCION FISCAL - INFORME Y ORDEN DETRANSFERENCIAS 98 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 3780/15. AG SR. JUEZ: Informo a Ud. que en autos existen fondos depositados, los cuales ascienden a $43.200 y, al día de la fecha, conforme las constancias de la causa, no se han ordenado ni efectivizado transferencias. CONSTE. SECRETARIA, 16 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 16 de abril de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Proveyendo el escrito de fs. 98: Agréguense reflejo de pantalla de cuenta judicial, constancias de AFIP y ATP acompañadas, y hágase saber.- Conforme lo peticionado y atento lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, procédase por Secretaría vía internet a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº100567805, del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos, conforme al siguiente detalle: I) A la Cuenta Corriente del Nuevo Banco del Chaco Nº10755/07, CBU Nº31100302- 01000010755072, a nombre de SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, CUIT Nº33-99917645-9, por la suma de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA y CINCO CON SESENTA CENTAVOS ($3.675,60) en concepto de Tasa de Justicia, atento a encontrarse pendiente de pago, conforme lo dispuesto por los arts. 22 in fine y 24 de la ley 840.F según Digesto (antes ley 4182).- II) A la Caja de Ahorro Nº0003000305188409, CBU Nº3110030211003051884092 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre del Dr. GUILLERMO N. ALMIRON, CUIT Nº20- 30789810-2, por la suma de PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA y DOS CON CUARENTA y NUEVE CENTAVOS ($5.292,49), en concepto de honorarios, Retención Porcentual para Caja Forense e IVA. III) A la Caja de Ahorro Nº000300011171605, CBU Nº3110030211000111716054 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre del Dr. WILMER CARRARA, CUIT Nº20- 17059552-2, por la suma de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA y TRES CON NOVENTA y SEIS CENTAVOS ($4.373,96), en concepto de honorarios y Retención Porcentual para Caja Forense. IV) A la Cuenta Corriente Nº10223/07, CBU Nº31100302-01000010223078 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL, CUIT Nº30- 99917621-2, por la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA y SIETE CON NOVENTA y CINCO CENTAVOS ($29.857,95), a cuenta de capital.- Una vez firme la presente providencia, dése cumplimiento con lo ordenado precedentemente. De conformidad con lo dispuesto por el art. 600 del CPCC., INTIMASE a la parte Actora a practicar planilla de liquidación, dentro del término y bajo apercibimiento de ley; a tal fin concédese el expediente en préstamo por el término de TRES (3) días, bajo constancia y apercibimiento de ley (art. 143 y 144 del C.P.C.C.).- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1362/15 -Foja: 90- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/GERLERO, SEBASTIAN ALBERTO Y COOP. AGRICOLA GANADERA DE JUSTINIANO POSSE LIMITADA S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRAOFICIO SE LIBRA OFICIO. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8270/16 -Foja: 81/82- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/PEREYRA, JUAN CARLOS Y LA ELCHA MINERA INDUSTRIAL S.A. S/EJECUCION FISCAL - LEVANTAMIENTO DEEMBARGO SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 8270/16.- mod Resistencia, 16 de abril de 2019 Téngase presente lo manifestado, y bajo exclusiva responsabilidad de Dr. Guillermo Almiron, DECRETASE el levantamiento de embargo trabado a fs. 55 y a los fines de la toma de razón, líbrese oficio al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. HABILITENSE DIAS Y HORAS INHABILES. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA. OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7336/13 -Foja: 105/108- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/SCHIAVONI, JORGE ARIEL; BUTTI, DANIEL ANTONIO Y SERVICIOS AGROPECUARIOS ROSARIO S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - HONORARIOSPOSTERIORES-ART.15-ALMIRON-TRANSFERENCIA 108 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 7336/13. RG Resistencia, 16 de abril de 2019.- SR. JUEZ: Informo a Ud. que en autos existen fondos depositados, los cuales ascienden a la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS SETENTA ($3.570,00) y, al día de la fecha, conforme las constancias de la causa, a fs.76 se transfirió a Dirección de Vialidad en concepto de Capital la suma de PESOS ONCE MIL NOVECIENTOS ($11.900,00), a fs.78 se transfierió en concepto de honorarios a la Dra. LECLERC la suma de PESOS NOVECIENTOS VEINTICUATRO ($924), ambas transferencias fueron efectivizadas según OPJ agregadas en autos a fs.79 y 86, A fs.104 se aprueba planilla de liquidación de Peritos Contadores por la suma de PESOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA y OCHO CON OCHENTA y TRES CENTAVOS ($16.698,83), en concepto de intereses de capital ($14.228,83), en concepto de gastos ($2.320,00) y en concepto de tasa de justicia ($150).- CONSTE. SECRETARIA, 16 de abril de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 16 de abril de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Proveyendo el escrito de fs. 105/106: A los Puntos I, II y III: Agréguese reporte de saldo de la cuenta judicial habilitada en la presente causa y hágase saber. Conforme lo peticionado y atento lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, procédase por Secretaría vía internet a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº 91946409, del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos, conforme al siguiente detalle: I) A la Cuenta Corriente del Nuevo Banco del Chaco Nº10755/07, CBU Nº31100302- 01000010755072, a nombre de SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, CUIT Nº33-99917645-9, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00), en concepto de Tasa de Justicia, atento a encontrarse pendiente de pago, conforme lo dispuesto por los arts. 22 in fine y 24 de la ley 4182.- II) A la Cuenta Corriente Nº10223/07, CBU Nº31100302-01000010223078 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL, CUIT Nº30-99917621-2, por la suma de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTE ($3.420,00), a cuenta de capital. Una vez firme la presente providencia, dése cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Al Punto IV: Atento lo solicitado; regúlanse los honorarios del Dr. GUILLERMO NICOLAS ALMIRON posteriores a la sentencia en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA y UNO ($231,00) como patrocinante y la suma de PESOS NOVENTA y DOS CON CUARENTA CENTAVOS ($92,40), como apoderado; conforme art.15 (35%) de la Ley 288-C (antes Ley Nº2011). Todo con más IVA si correspondiere. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA al beneficiario y al obligado al pago; y a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. Al Punto V: A lo solicitado, estése a que se encuentren diligenciadas en autos las cédulas de intimación dirigida a los demandados diligenciadas y se considerará. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libran proyectos de cédulas de intimación dirigidas a los demandados SCHIAVONI JORGE ARIEL y BUTTI DANIEL ANTONIO, presentados en fecha 12/04/2018, debidido a que no se les ha ordenado la notificación por ministerio legis por lo que dichas cédulas deberán diligenciarse al domicilio real de cada uno de ellos respectivamente. Asimismo se le hace saber que la cédula que se libra en el día de la fecha dirigida a la demandada SERVICIOS AGROPECUARIOS ROSARIO S.R.L., si se la notifica en los estrados de éste Tribunal por estar así ordenado a fs.48 de autos. CONSTE. SECRETARIA, 16 de abril de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7336/13 -Foja: 109- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/SCHIAVONI, JORGE ARIEL; BUTTI, DANIEL ANTONIO Y SERVICIOS AGROPECUARIOS ROSARIO S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA CEDULA A LA DEMANDADA SERVICIOS AGROPECUARIOS ROSARIO S.R.L..L. SE LIBRA CEDULA DIRIGIDA A LA DEMANDADA SERVICIOS AGROPECUARIOS ROSARIO S.R.L. EN LOS ESTRADOS DE ESTE TRIBUNAL .- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11322/12 -Foja: 149- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/SOGNE, JUAN CARLOS Y GURMAN, EDGARDO SAUL S/EJECUCION FISCAL - REMISION OFICINA PERITOS CONTADORESPJ SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 11322/12.- mod Resistencia, 16 de abril de 2019.- Téngase presente lo solicitado y atento las constancias de la causa, respecto de la planilla faccionada en autos, a los fines de su contralor; remítanse las presentes actuaciones a la Oficina de Peritos Contadores del Poder Judicial, dejándose debida constancia por Mesa de Entradas y Salidas del Tribunal. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15691/16 -Foja: 26/27- MUNICIPIO DE BARRANQUERAS C/AGUSTI, OSCAR S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15689/16 -Foja: 31- MUNICIPIO DE BARRANQUERAS C/GALEANO, JOSE ANTONIO S/EJECUCION FISCAL - EXHIBANSE POR MESA DE ENTRADAS YSALIDAS 32 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 15689/16. SIM Resistencia, 16 de abril de 2019.- Atento lo peticionado, autorízase al recurrente al retiro del presente expediente a los fines de la extracción de fotocopias, para lo cual deberá ser acompañado por personal del tribunal.- Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10421/16 -Foja: 20- MUNICIPIO DE LA ESCONDIDA C/SUCESORES DE RUBEN MARIO RAMAYO S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRAOFICIO SE LIBRA OFICIO al Civil 3 de Posadas. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9401/11 -Foja: 254- MUNICIPIO DE LAPACHITO C/SOTELO DE SOTO, FELIPA S/EJECUCION FISCAL - PRESTAMO EXPTE. A PROFESIONALC/AUTORIZACION DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 9401/11. vns.- Resistencia, 16 de abril de 2019.- Habiéndose omitido proveer lo requerido en el punto II), última parte, de la presentación obrante a fs. 252 de autos, facilítense en préstamo las presentes actuaciones por el término de tres (3) días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 144 del CPCC; dejándose debida constancia de su retiro por Mesa de Entradas y Salidas del Tribunal. Autorízase a su retiro a los recurrentes, bajo su exclusiva responsabilidad profesional. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3120/19 -Foja: 20- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ MINIST.DE SALUD PUB. Y/O POSEEDOR Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/EJECUCION FISCAL - PI DR. DELOVO/GUITAR- AGR. CD RADIC-PREVIO DET.PROPIET.-AUT 20 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3120/19 - SIM Resistencia, 16 de abril de 2019.- Agréguese cédula de notificación de radicación de la causa dirigida a la Actora, diligenciada y hágase saber. Encontrándose pendiente de proveer el escrito postulatorio de la demanda, Téngase a las Dras. PATRICIA ELENA GUITART y NATALIA GABRIELA ACEVEDO, en nombre y representación del Municipio de Resistencia, en mérito al Poder General Judicial que acompañan, con el patrocinio letrado de la Dra. SABRINA DIAZ GIAMPANI, y con domicilio legal y electrónico constituído, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda.- Asimismo, sin perjuicio de la naturaleza de la obligación ejecutada y no siendo posible condenar a persona indeterminada, previo al dictado del despacho monitorio y atento las facultades conferidas al suscripto por el art. 48, inc. 5 del C.P.C.C y a los efectos de una adecuada traba de la litis y con el objeto de establecer la identidad inequívoca del legitimado pasivo de la relación procesal, líbrese Oficio al Registro de la Propiedad Automotor, a los fines de que informe los datos del titular dominial del bien cuyo impuesto se ejecuta, conforme lo establecido en el art. 385 del CPCC, deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del CPCC, como asimismo la presente providencia.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3124/19 -Foja: 20- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ SEC.GRAL.GOB.PCIA.CHACO Y/O POSEEDOR Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/EJECUCION FISCAL - PI DR. GUITAR/ACEVEDO- AGR. CD RADIC-PREVIO DET.PROPIET.-AUT 20 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3124/19 - SIM Resistencia, 16 de abril de 2019.- Agréguese cédula de notificación de radicación de la causa dirigida a la Actora, diligenciada y hágase saber. Encontrándose pendiente de proveer el escrito postulatorio de la demanda, Téngase a las Dras. PATRICIA ELENA GUITART y NATALIA GABRIELA ACEVEDO, en nombre y representación del Municipio de Resistencia, en mérito al Poder General Judicial que acompañan, con el patrocinio letrado de la Dra. LAURA CECILIA TOFFALETTI, y con domicilio legal y electrónico constituído, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda.- Asimismo, sin perjuicio de la naturaleza de la obligación ejecutada y no siendo posible condenar a persona indeterminada, previo al dictado del despacho monitorio y atento las facultades conferidas al suscripto por el art. 48, inc. 5 del C.P.C.C y a los efectos de una adecuada traba de la litis y con el objeto de establecer la identidad inequívoca del legitimado pasivo de la relación procesal, líbrese Oficio al Registro de la Propiedad Automotor, a los fines de que informe los datos del titular dominial del bien cuyo impuesto se ejecuta, conforme lo establecido en el art. 385 del CPCC, deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del CPCC, como asimismo la presente providencia.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1081/16 -Foja: 26- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ACOSTA, SIXTO OSCAR S/EJECUCION FISCAL - EXHIBANSE POR MESA DE ENTRADAS YSALIDAS 26 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 1081/16. cab Resistencia, 16 de abril de 2019.- Se hace saber al recurrente que el expediente se encuentra a su disposición en Mesa de Entradas y Salidas del Tribunal para la compulsa solicitada.- Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8950/16 -Foja: 26- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/AGUIRRE, GASTON S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA PROYECTO DE OFICIO POR ERROR DECONFECCION 26 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 8950/16. jcp NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de Oficio al Juzgado Federal con Competencia Electoral, presentado en fecha 12/04/2019, atento a las constancias de fs.25 CONSTE. SECRETARIA, 15 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3599/19 -Foja: 7- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ARANDA, PAULA NOELIA S/EJECUCION FISCAL - PI DR. DELOVO/GUITART c/EMBARGO DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3599/19 - gas Resistencia, 12 de abril de 2019.- Téngase a los Dres. PATRICIA ELENA GUITART y SEBASTIAN ARIEL MARENCO, por presentados parte, en nombre y representación del Municipio de Resistencia, en mérito al Poder General Judicial que acompañan, con domicilio legal y electrónico constituído, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda.- Por promovida demanda de Ejecución Fiscal contra ARANDA, PAULA NOELIA.- Teniendo en cuenta lo que resulta de las constancias de autos, documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 529, 614 y 615 del CPCC, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra ARANDA, PAULA NOELIA por la suma de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA y CINCO CON NOVENTA y TRES CENTAVOS ($11.455,93) en concepto de capital, más la de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA y DOS CON TREINTA y SIETE CENTAVOS ($4.582,37) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura del art. 529 del CPCC que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art.230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia.- Autorízase la intervención solicitada.- Hágase saber a los recurrentes que han omitido acreditar su situación ante los organismos impositivos (AFIP y ATP), debiendo cumplir con ello. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta.- Autorízase la intervención solicitada.- Asimismo, surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 23 y 26 de ley 840.F según Digesto (antes ley 4182) y sus modificatorias, por Secretaría practíquese planilla de liquidación. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: Conforme lo ordenado por S.S., procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840.F según Digesto (antes ley 4182) y sus modificatorias.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA y CINCO CON NOVENTA y TRES CENTAVOS ($11.455,93) b) Porcentaje a aplicar: 2% s/monto imponible.- III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTINUEVE CON DOCE CENTAVOS ($229,12). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. CONSTE. SECRETARIA, 12 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3599/19 -Foja: 8/9- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ARANDA, PAULA NOELIA S/EJECUCION FISCAL - SEN. MUNICIPALIDAD - MEDIO SALARIO nuevo (DELOVO) DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE. Nº: 3599/19.- gas Resistencia, 12 de abril de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ARANDA, PAULA NOELIA S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 3599/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, y que cumple con los requisitos de forma exigidos por la Ordenanza General Impositiva y Tributaria vigente, y lo normado por el art. 197 de la Constitución Provincial, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- II).- Con respecto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses que preveen las Ordenanzas respectivas, desde que cada una de las cuotas puras reclamadas se tornaron exigibles y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo de apercibimiento de ley.- IV).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($11.455,93), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra ARANDA, PAULA NOELIA, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA y CINCO CON NOVENTA y TRES CENTAVOS ($11.455,93) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA y DOS CON TREINTA y SIETE CENTAVOS ($4.582,37), sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme arts. 555 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC) con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según el art. 23, 24 y 26 de la ley 840.F según Digesto (antes ley 4182), asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTINUEVE CON DOCE CENTAVOS ($229,12).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, a los Dres. PATRICIA ELENA GUITART y SEBASTIAN ARIEL MARENCO como patrocinantes en la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO ($625,00) para cada uno de ellos; y como apoderados en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($250,00) a cada uno. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 12 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 18674/10 -Foja: 19- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BLANCO, NORMA NOEMI S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DECONSTATACION SE LIBRA MANDAMIENTO DE CONSTATACION . _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11896/11 -Foja: 44- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BURGOS, CARMEN B S/EJECUCION FISCAL - REMISION A OFICINA PERITOS CONTADORES PARA CONTRALORPLANILL 44 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 11896/11. DMT Resistencia, 16 de abril de 2019.- Agréguese costancias de inscripción ante la AFIP y CBU del Dr. Zeinsteger y hágase saber.- II) Previo a lo solicitado, a los fines de efectuar el contralor respecto de la planilla faccionada en autos; remítanse las presentes actuaciones a la Oficina de Peritos Contadores del Poder Judicial, dejándose debida constancia por Mesa de Entradas y Salidas del Tribunal. III) Téngase presente para la oportunidad en que se apruebe planilla en autos.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10995/16 -Foja: 45- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/CANTEROS, GRISELDA NOEMI S/EJECUCION FISCAL - VUELVE RECARATULADA - VISTA AL AGENTEFISCAL 45 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 10995/16. DMT.- Resistencia, 16 de abril de 2019.- Habiéndose recaratulado correctamente las presentes actuaciones, y atento el desistimiento formulado en autos, previo a dar curso a la presente ejecución, córrase vista al Sr. Agente Fiscal en su público despacho a fin de que dictamine respecto a la competencia de este Tribunal.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2956/19 -Foja: 18- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/CHIOZZI, ANGEL JOSE S/EJECUCION FISCAL - PI DR. CALVO/ALARCON- AGR. CD RADIC-PREVIODET.PROPIET.-INM. 18 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 2956/19 - SIM Resistencia, 16 de abril de 2019.- Agréguese cédula de notificación de radicación de la causa dirigida a la Actora, diligenciada; téngase presente y hágase saber. Encontrándose pendiente de proveer el escrito postulatorio de la demanda, Téngase al Dr. JORGE LUIS CALVO, en nombre y representación del Municipio de Resistencia, en mérito al Poder General Judicial que acompaña, con el patrocinio letrado del Dr. MARCOS ROLANDO AL-RCON, y con domicilio legal y electrónico constituído, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda.- Asimismo, sin perjuicio de la naturaleza de la obligación ejecutada y no siendo posible condenar a persona indeterminada, previo al dictado del despacho monitorio y atento las facultades conferidas al suscripto por el art. 48, inc. 5 del C.P.C.C y a los efectos de una adecuada traba de la litis y con el objeto de establecer la identidad inequívoca del legitimado pasivo de la relación procesal, líbrese: 1) MANDAMIENTO DE CONSTATACION del estado de ocupación del inmueble respecto del cual se reclaman las obligaciones tributarias, a cuyo fin el oficial de Justicia procederá, previa constatación de la nomenclatura catastral, la que deberá estar inserta en el cuerpo del recaudo a librarse, a individualizar a los ocupantes mediante requerimiento de los documentos de identidad pertinentes, e informar respecto del carácter que los mismos invoquen. 2) Oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, a los fines de que informe los datos del titular dominial del bien cuyo impuesto se ejecuta, conforme lo establecido en el art. 385 del CPCC , deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del CPCC, como asimismo la presente providencia.Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4363/12 -Foja: 188- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/FERNANDEZ GIRON, OSVALDO O. S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF.DILIG. DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4363/12. vns.- Resistencia, 15 de abril de 2019. A fs. 185: A lo solicitado, estése al Oficio diligenciado que se agrega en el día de la fecha. A fs. 186/187: Agréguese oficio dirigido a la Municipalidad de Resistencia diligenciado, téngase presente y hágase saber. Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6610/16 -Foja: 39- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/FERRAUD, DARIO RUBEN S/EJECUCION FISCAL - NUEVO MANDAMIENTO DECONSTATACION 39 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6610/16. cab Resistencia, 16 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese mandamiento de constatación sin diligenciar y conforme lo peticionado, líbrese nuevo recaudo, CON HABILITACION DE DIAS Y HORAS INHABILES, a los mismos fines y efectos que el ordenado en autos. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1567/11 -Foja: 18- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/GODOY, ALBINA S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DECONSTATACION SE LIBRA MANDAMIENTO DE CONSTATACION _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8246/14 -Foja: 100/101- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/GOMEZ, ARIEL ROLANDO S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRAOFICIO SE LIBRA 2 OFICIOS. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1093/16 -Foja: 46- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/GOMEZ, RAIMUNDO S/EJECUCION FISCAL - CITACION POREDICTOS 46 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1093/16. cab Resistencia, 16 de abril de 2019.- Conforme lo peticionado y de conformidad con lo previsto por los arts. 162, 163, 164, 342 y 530 del C.P.C.C., notifíquese el Despacho Monitorio, en su parte resolutiva, al demandado, por Edictos que se publicarán por dos (2) días en el Boletín Oficial y en el diario local de mayor circulación, bajo apercibimiento de designársele Defensor de Ausentes que lo represente en el juicio.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16517/15 -Foja: 24- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/I.P.D.U.V. S/EJECUCION FISCAL - NUEVO MANDAMIENTO DECONSTATACION DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16517/15. vns.- Resistencia, 15 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Conforme lo peticionado y atento a las constancias de la causa, líbrese nuevo Mandamiento de Constatación, a los mismos fines y efectos que el ordenado en autos, debiendo requerirse el número de documento de la habitante del inmueble, Sra. MARIA LUJAN MEDINA. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3364/16 -Foja: 56- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/I.P.D.U.V. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DECONSTATACION _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________SE LIBRA MANDAMIENTO DE CONSTATACION . ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17509/15 -Foja: 24- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DECONSTATACION SE LIBRA MANDAMIENTO DE CONSTATACION . _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6851/16 -Foja: 33- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DECONSTATACION SE LIBRA MANDAMIENTO DE CONSTATACION . _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10662/15 -Foja: 68- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (I.P.D.U.V.) S/EJECUCION FISCAL - PROVIDENCIA SIMPLE DR.GALUGA 68 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 10662/15. AG Resistencia, 16 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Estése a lo proveído a fs. 65.- NOT.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16148/15 -Foja: 65/68- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TERRITORIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO Y GALARZA, JORGE S/EJECUCION FISCAL - 2 CED.DILIGENCIADAS SE AGREGAN DOS (2) CEDULAS DILIGENCIADAS. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16088/15 -Foja: 44- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MORALEZ, RAMONA LUISA Y SANDOVAL, BASILIO ELISEO S/EJECUCION FISCAL - DECLARACION DE INCOMPETENCIA EN RAZON DELMONTO 44 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16088/15. dmt.- Resistencia, 15 de abril de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: "MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MORALEZ, RAMONA LUISA Y SANDOVAL, BASILIO ELISEO S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 16088/15, y CONSIDERANDO: I.- Que a fs. 6 se presentan los Dres. NATALIA GABRIELA ACEVEDO y JUDITH ANDREA NUÑEZ, en nombre y representación del MUNICIPIO DE RESISTENCIA y promueven demanda de ejecución fiscal contra MIN. DES. URB. TERR. PCIA. CH. Y/O POSEEDOR Y/U OCUPANTE Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE, persiguiendo el cobro de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA y UNO CON CUARENTA CENTAVOS ($1.461,40) en concepto de IMPUESTO INMOBILIARIO y TASAS DE SERVICIOS, radicándose la causa ante éste Tribunal, atento a ser la demandada un Organismo del Estado Provincial. II.- Que a fs. 33 se presenta la Dra. JUDITH ANDREA NUÑEZ en nombre y representación de la actora y solicita se amplie la presente demanda contra MORALEZ, RAMONA LUISA Y SANDOVAL, BASILIO ELISEO, actuales poseedores del inmueble cuya deuda se ejecuta en las presentes actuaciones, conforme surge del mandamiento de constatación diligenciado obrante a fs. 30/32 y del oficio al Registro de la propiedad Inmueble diligenciado a fs. 24/26 en autos.- III.- Que a fs. 37 la actora desiste de la presente acción en relación a MIN. DES. URB. TERR. PCIA. CH. IV.- Que a fs. 38 se tiene por desistida a la ejecutante de la presente acción respecto del MIN. DES. URB. TERR. PCIA. CH, continuándose los autos según su estado en relación a los sujetos pasivos señalados precedentemente, acorde lo expresamente peticionado por la ejecutante, ordenándose recaratular la causa. Que dicho desistimiento se produce antes de que la acción instaurada haya sido promovida y notificada a los demandados, en mérito a lo cual no resulta necesario requerir su consentimiento. En tal sentido la jurisprudencia ha dicho que: "Hasta tanto quede conformada la relación litigiosa a través de la notificación de la demanda, el desistimiento del proceso configura un acto unilateral del actor, sustraído de la injerencia de la parte demandada (art. 304 Cód. procesal; Fassi, Código ..., v. I p. 756 y 757 nº 1729 y 1730)" (cit. en Morello-Sosa-Berizonce, "Códigos Procesales en lo Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires y de la Nación- Comentados y Anotados", 2ª ed. reelaborada y ampliada, T. IV-A, Librería Editora Platense-Abeledo-Perrot, Bs. As. 2.006, pág. 37). V.- Que a fs. 41 se da vista al Sr. Agente Fiscal a fin de determinar la competencia de este juzgado, vista que es evacuada a fs. 42, dictaminando el Sr. Agente Fiscal que teniendo en cuenta el monto reclamado, el Juzgado resulta incompetente para continuar entendiendo en la causa. VI.- Analizadas las constancias de autos y teniendo en cuenta lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal, se concluye que ha cesado la circunstancia que dio lugar a la radicación de la causa en este Tribunal, por no ser de aplicación lo dispuesto por el art. 13 de la Ley Orgánica de la Fiscalía de Estado Ley Nº L.1940.A (antes ley Nº6808), al no ser parte en el presente proceso el Estado Provincial. Atento lo señalado precedentemente y de conformidad con lo dispuesto por el art. 12, inc. a) de la Ley Orgánica de la Justicia de Paz y lo establecido por la Resolución del Superior Tribunal de Justicia Nº1112/12, es pertinente declarar la incompetencia del Tribunal para entender en las presentes actuaciones, debiendo remitirse las mismas al Juzgado de Paz que en turno corresponda. En mérito a lo expuesto, normas legales y jurisprudencia citada, RESUELVO: I) DECLARAR LA INCOMPETENCIA de este Juzgado para entender en la presente causa.- II) DECLARAR LA COMPETENCIA del Juzgado de Paz Letrado de la ciudad de Resistencia para entender en autos.- III) Remítase el presente expediente a la Mesa Receptora Informatizada de Expedientes de Juzgados de Paz Letrados a fin de que asigne al Juzgado que corresponda.- IV) Líbrese oficio a fin de efectuar la comunicaciòn pertinente. Tome razón Mesa de Entradas y Salidas. V) NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procede a notificar electrónicamente la resolución que antecede a los Dres. NATALIA GABRIELA ACEVEDO (mat4333 @justiciachaco.gov.ar) y JUDITH ANDREA NUÑEZ (mat3607@justiciachaco.gov.ar), conforme Art. 155 del C.P.C.C. CONSTE. SECRETARIA, SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16088/15 -Foja: 43- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MORALEZ, RAMONA LUISA Y SANDOVAL, BASILIO ELISEO S/EJECUCION FISCAL - VUELVE DEL AGENTEFISCAL 43 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16088/15 - dmt Resistencia, 15 de abril de 2019.- Por devueltas las presentes actuaciones. Téngase presente lo dictaminado por la Sra. Agente Fiscal Nº 8 y hágase saber. Asimismo, atento las constancias de autos, estése a lo que se resuelve en foliatura siguiente.- NOT.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15169/11 -Foja: 56- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/OBREGON, RAMON RITO S/EJECUCION FISCAL - ORDEN DEARCHIVO 56 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 15169/11.- dmt Resistencia, 16 de abril de 2019.- Agréguense comprobantes de caja forense y hágase saber.- Asimismo, atento lo solicitado y constancias de autos, ARCHIVENSE las presentes actuaciones. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 NOTA DE SECRETARIA: Conforme lo ordenado, procedo a remitir las presentes actuaciones a la Oficina de Archivo, en 56 fs. útiles. Se deja constancia que la tasa de justicia se encuentra prescripta, conforme a lo dispuesto por Resolución Nº1829/15 del Superior Tribunal de Justicia de fecha 05/10/2015. CONSTE. SECRETARIA, 16 de abril de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2025/12 -Foja: 93- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PAEZ, CLAUDIA BETINA Y PAEZ, MARIA TERESA S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15295/15 -Foja: 26- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PEREYRA, JOSE MARIA S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA CONST. DE CANCELACION DE DEUDA-MANIFIESTEACTORA DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 15295/15. vns.- Resistencia, 16 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese foja 4 de Actuación Simple Nº23333-F-19 que acompaña, téngase presente la cancelación de deuda informada y, en consecuencia, manifieste la Actora si lo manifiestado implica un desistimiento de la presente acción y se considerará. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1488/15 -Foja: 90/91- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/QUINTANA, JOSE MARIA S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17620/10 -Foja: 132- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/RETAMOZO, URBANO S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16485/11 -Foja: 79- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SANCHEZ, RAUL O. S/EJECUCION FISCAL - TRASLADO DE PLANILLA DELIQUIDACION 79 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16485/11. cab Resistencia, 16 de abril de 2019.- De la liquidación practicada, dése traslado a la contraria, por el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de ley. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA. OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17023/10 -Foja: 95- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SAUCEDO, GRACIELA NOEMI S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGAINFORME 95 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 17023/10. cab Resistencia, 16 de abril de 2019.- Agréguese Oficio diligenciado con más Informe del Registro de la Propiedad Inmueble y hágase saber. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2041/12 -Foja: 80- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SENA, RAUL NICOLAS S/EJECUCION FISCAL - REMISION A OFICINA PERITOS CONTADORES PARA CONTRALORPLANILL 80 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 2041/12. cab Resistencia, 16 de abril de 2019.- Agréguense constancias de CBU y AFIP acompañadas y hágase saber.- Previo a lo solicitado, a los fines de efectuar el contralor respecto de la planilla faccionada en autos; remítanse las presentes actuaciones a la Oficina de Peritos Contadores del Poder Judicial, dejándose debida constancia por Mesa de Entradas y Salidas del Tribunal. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1595/19 -Foja: 11/12- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SILVA, MARIANO ANDRES S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA MONITORIA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1837/12 -Foja: 87- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SOTELO, IRMA LIDIA Y FLEYTA, MIGUEL ANGEL S/EJECUCION FISCAL - TRASLADO DE PLANILLA DELIQUIDACION 87 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1837/12. dmt Resistencia, 16 de abril de 2019.- De la liquidación practicada, dése traslado a la contraria, por el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de ley. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA. OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15495/15 -Foja: 40- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SUC. DE FLORES LEYES, CASTOR S/EJECUCION FISCAL - NO CORRESPONDE NOMENCLATURA CATASTRAL DE INFORME QUEACOMPAÑA DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 15495/15 - vns.- Resistencia, 16 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese foja 9 de Actuación Simple Nº23334-F-19 que acompaña, téngase presente la regularización de deuda informada y, atento a que la nomenclatura catastral y el número de padrón indicados en dicha foja no se corresponde con la del inmueble del cual surgen las obligaciones reclamadas en autos -ver fs. 3/5-, aclare la recurrente y se considerará. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17126/15 -Foja: 17/18- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SUP. GOB DE LA PROVINCIA S/EJECUCION FISCAL - ESTESE afs.16 18 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 17126/15. RG Resistencia, 15 de abril de 2019.- Proveyendo escrito que antecede: A lo solicitado, Estése al nuevo mandamiento de constatación ordenado a fs. 16 de las presentes actuaciones.- NOT.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16054/15 -Foja: 23- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SUP. GOB. DE LA PROVINCIA S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA MANDAMIENTO DECONSTATACION SE LIBRA MANDAMIENTO DE CONSTATACION . _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 18096/10 -Foja: 38- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/TABOADA DE BORDON, JUANA ISABEL S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-2-CD-DECAIDO DERECHO-NOTIF. POR MINISTERIO DELEY DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 18096/10. acs.- Resistencia, 15 de abril de 2019.- Proveyendo el estado de las presentes actuaciones, no habiendo la parte actora comparecido en el término que para ello tenía, dásele por decaido el derecho dejado de usar, correspondiendo considerar el desistimiento tácito de la presente acción. Asimismo, no habiendo la actora constituido domicilio electrónico en el término que para ello tenía, dásele por decaído el derecho dejado de usar y hágase saber que las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de ley conforme Art. 56 del CPCC. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1169/16 -Foja: 31/32- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/TORRES, OSCAR ENRIQUE S/EJECUCION FISCAL - EXHIBANSE POR MESA DE ENTRADAS YSALIDAS 32 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 1169/16. RG Resistencia, 15 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al Punto I: Se hace saber al recurrente que el expediente se encuentra a su disposición en Mesa de Entradas y Salidas del Tribunal para la compulsa solicitada. Al Punto II: Atento lo solicitado, líbrese nuevo mandamiento de constatación a los mismos fines y efectos que el ordenado a fs.9 de las presentes actuaciones.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17360/10 -Foja: 42- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/VIGNAU, OSVALDO ERNESTO S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-2-DECAIDO DERECHO-NOTIF. POR MINISTERIO DELEY DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 17360/10. acs.- Resistencia, 15 de abril de 2019.- Proveyendo el estado de las presentes actuaciones, no habiendo la parte actora comparecido en el término que para ello tenía, dásele por decaido el derecho dejado de usar, correspondiendo considerar el desistimiento tácito de la presente acción. Asimismo, no habiendo la actora constituido domicilio electrónico en el término que para ello tenía, dásele por decaído el derecho dejado de usar y hágase saber que las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de ley conforme Art. 56 del CPCC. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: O. D. 14/19 -Foja: - OFICIO JUEZ CIV., COM. Y LABORAL Nº 1 E. A.:"BENITO SERGIO G. C/ GORT HECTOR S/J. EJECUTIVO" EXPTE. 828/17 COMUNICA SUBASTA S/OFICIO - COM.SUBASTA.-RECIBE.- SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. nº: O. D. 14/19.-MOD Resistencia,16 de abril de 2019 Por recibido, téngase presente lo informado por el Sr. Juez oficiante y en consecuencia, tómese razón en los autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/ GORT, HECTOR S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº4761/15 del registro de éste tribunal, de la subasta ordenada en autos caratulados: "BENITO SERGIO GUSTAVO C/ GORT HECTOR S/ JUICIO EJECUTIVO", Expte. Nº828/17, que se tramita por ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL Nº 1 DE LA CIUDAD DE CHARATA, CHACO a cargo del Dr.Claudio Silvio Hugo Longhi; sobre el bien identificado como: Folio Real Matrícul Nº 3981 del Departamento Chacabuco, Chaco, y hágase saber a las partes intervinientes. Fecho, y con su constancia, devuélvase al Juzgado Oficiante, sirviendo la presente de atenta nota. Tome razón Mesa de Entradas y Salidas. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 Sr. Juez: En la fecha, dí cumplimiento a lo ordenado precedentemente. Conste. Secretaría, 16 de abril de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: O. D. 16/19 -Foja: 3- OFICIO PRESIDENTE SALA CUARTA CAMARA DE APELACIONES CIV. Y COM. E. A.:"DR. MARTINEZ OMAR A. S/ INC. DE OPOSICION" EXPTE. Nº 2909/19-1-C S/OFICIO - ROGATORIA - IMPOSIBILIDAD DE REMITIREXPEDIENTE "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: O. D. 16/19. vns.- Resistencia, 16 de abril de 2019. Téngase presente el informe del Jefe de Mesa de Entradas que antecede y, atento al mismo, hágase saber a la Sra. Presidente de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial oficiante, la imposibilidad de dar cumplimiento a lo requerido, en virtud de encontrarse las actuaciones requeridas, en el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº11 de esta ciudad. Sirva la presente de atenta nota de remisión. Tome razón Mesa de Entradas y Salidas. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13434/17 -Foja: 54- POZZI, LILIANA LEONOR C/MUNICIPIO DE RESISTENCIA S/EJECUCION DE HONORARIOS - AGREGA OF. REC.IPDUV 54 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 13434/17. sim Resistencia, 16 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese Oficio dirigido a la Tesorería Gneral de la Provincia del Chaco con constancia de recepción, y hágase saber. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9040/13 -Foja: 139- PROVINCIA DEL CHACO C/ALLENDE, HUGO ALBERTO S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO al bancoSantander SE LIBRA OFICIO al Banco Santander. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3901/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/AYALA, RAMON ANTONIO S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA - EMBARGOnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3901/19 - gas Resistencia, 15 de abril de 2019. Téngase a la Dra. SHIRLEY STEFANIA SINKOVICH (7908) por presentada, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra AYALA, RAMON ANTONIO.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 614 y 615 del C.P.C.C. y lo dispuesto por el art. 529 del C.P.C.C, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra AYALA, RAMON ANTONIO por la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA y TRES CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($4.243,24) en concepto de capital, más la de PESOS UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA y SIETE CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($1.697,29) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en la Sentencia Monitoria.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura al art. 529 del C.P.C.C que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por la ley 840-F, por Secretaría practíquese planilla de liquidación e Intímase su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: I)- Conforme lo ordenado por S.S. procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840-F.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA y TRES CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($4.243,24) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.-III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:3901/19.- Se deja constancia que se devuelven por Mesa de Entradas y Salidas las copias para traslado acompañadas. CONSTE. SECRETARIA, 15 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3901/19 -Foja: 9/10- PROVINCIA DEL CHACO C/AYALA, RAMON ANTONIO S/EJECUCION FISCAL - S.M. POLICIA Medio salario SMVMnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:3901/19.- gas.- Resistencia, 15 de abril de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/AYALA, RAMON ANTONIO S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº3901/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por la Ley Provincial Nº 949- T (Antes Ley 4488) de adecuación a la Ley Nacional Nº 24449 de Tránsito y Seguridad Vial arts. 69 y 71 modificado por ley 6663 y Decreto Reglamentario Nº 146/11 (actualmente Artículo 6 bis según modificación introducida por Decreto Reglamentario Nº 877/12), y lo previsto por el art. 614 del C.P.C.C; y habiéndose por Resolución Nº 1512 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco autorizado expresamente a la Fiscalía de Estado de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial Nº 1940 A (Antes Ley Nº 6808) a iniciar la presente ejecución y hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del C.P.C.C.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria Nº 299 F, ART. 36 (antes ley Nº 2071, art. 37), desde la mora (31/10/2015), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del C.P.C.C se imponen al ejecutado; con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($4.243,24), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra AYALA, RAMON ANTONIO, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA y TRES CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($4.243,24) en concepto de capital,más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA y SIETE CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($1.697,29) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del C.P.C.C con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según la ley 840-F asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150.00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. .- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), y a la Dra. SHIRLEY STEFANIA SINKOVICH (7908) la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderada; de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 6808. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del C.P.C.C.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 15 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8405/16 -Foja: 105/106- PROVINCIA DEL CHACO C/BELOZO, MIGUEL ANGEL S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. RPAINFORME SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. Nº: 8405/16. mod Resistencia, 15 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Atento lo solicitado, líbrese Oficio al Registro de la Propiedad del Automotor Nº4, a fin de que informen la existencia de bienes registrados a nombre del demandado en autos BELOZO, MIGUEL ANGEL y en caso afirmativo las condiciones de dominio de los mismos; recaudo que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el Art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1537/19 -Foja: 21- PROVINCIA DEL CHACO C/BENITEZ, ORLANDO MARCELO S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7514/16 -Foja: 102- PROVINCIA DEL CHACO C/CARDOZO, PAULA YOHAN S/EJECUCION FISCAL - DEFENSOR OFICIAL ASUMEINTERVENCION DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 7514/16. vns.- Resistencia, 16 de abril de 2019.- Téngase a la Defensora Oficial Nº2, Dra. Olga Susana Lockett por presentada en el carácter de DEFENSOR DE AUSENTES, en representación de CARDOZO, PAULA YOHAN, con domicilio legal y electrónico constituidos, dándosele en autos la intervención que por derecho corresponda. Téngase presente lo manifestado y autorízase la intervención solicitada.- Inclúyase a la recurrente en la lista de despacho del Tribunal. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1540/19 -Foja: 17- PROVINCIA DEL CHACO C/CHIARAMONI, CRISTIAN EZEQUIEL S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA MONITORIA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4813/12 -Foja: 138- PROVINCIA DEL CHACO C/COOPERATIVA AGROPECUARIA DE CHARATA LTDA S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALRPI SE LIBRA OFICIO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4054/11 -Foja: 266- PROVINCIA DEL CHACO C/COOPERATIVA TAMBERA PARANA LTDA. S/EJECUCION FISCAL - OFDILIGENCIADO SE AGREGA OFICIO AL IGPJ Y RPC CON CONSTANCIA DE RECEPCION _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2019/14 -Foja: 78/79- PROVINCIA DEL CHACO C/DIPAOLO, RUBEN DANIEL S/EJECUCION FISCAL - REINSCRIPCION EMBARGOS/INMUEBLE 79 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. Nº: 2019/14.- RG Resistencia, 15 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Atento lo solicitado y constancias de fs. 46/51, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a fin de que procedan a la REINSCRIPCION del embargo dispuesto en auto, respecto de los inmuebles identificados como Folio Real Matrícula Nº 3663 y 3565 respectivamente, ambos del Departamento Mayor L. Fontana. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6044/16 -Foja: 87- PROVINCIA DEL CHACO C/EDICIONES INTEGRALES DEL NEA S.A. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALRPA SE LIBRA OFICIO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2784/15 -Foja: 90- PROVINCIA DEL CHACO C/EL MILAGRO S.H. Y TEODOROVICH, GUSTAVO EMANUEL S/EJECUCION FISCAL - OF C. CONST.RECEPCION SE AGREGA OFICIO AL IGPJ CON CONSTANCIA DE RECEPCION _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3689/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/FALCON ROMERO, GUSTAVO S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA - EMBARGOnuevo SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3689/19 - gas Resistencia, 12 de abril de 2019. Téngase a la Dra. ANALIA VERONICA MARTINEZ MOLNAR (6980) por presentada, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra FALCON ROMERO, GUSTAVO.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 614 y 615 del C.P.C.C. y lo dispuesto por el art. 529 del C.P.C.C, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra FALCON ROMERO, GUSTAVO por la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS DOCE CON CUATRO CENTAVOS ($4.912,04) en concepto de capital, más la de PESOS UN MIL NOVECIENTOS SESENTA y CUATRO CON OCHENTA y UN CENTAVOS ($1.964,81) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en la Sentencia Monitoria.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura al art. 529 del C.P.C.C que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por la ley 840-F, por Secretaría practíquese planilla de liquidación e Intímase su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: I)- Conforme lo ordenado por S.S. procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840-F.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS DOCE CON CUATRO CENTAVOS ($4.912,04) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.-III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:3689/19.- Se deja constancia que se devuelven por Mesa de Entradas y Salidas las copias para traslado acompañadas. CONSTE. SECRETARIA, 12 de abril de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3689/19 -Foja: 9/10- PROVINCIA DEL CHACO C/FALCON ROMERO, GUSTAVO S/EJECUCION FISCAL - S.M. POLICIA Medio salario SMVMnuevo SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:3689/19.- gas.- Resistencia, 12 de abril de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/FALCON ROMERO, GUSTAVO S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº3689/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por La Ley Provincial Nº 4488 de adecuación a la Ley Nacional Nº 24449 de Tránsito y Seguridad Vial arts. 69 y 71 modificado por ley 6663 y Decreto Reglamentario Nº 146/11 (actualmente Artículo 6 bis según modificación introducida por Decreto Reglamentario Nº 877/12), y lo previsto por el art. 614 del C.P.C.C; y habiéndose por Resolución Nº 1512 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco autorizado expresamente a la Fiscalía de Estado de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial Nº 1940 A (Antes Ley Nº 6808) a iniciar la presente ejecución y hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del C.P.C.C.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria Nº 299 F, ART. 36 (antes ley Nº 2071, art. 37), desde la mora (03/11/2015), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del C.P.C.C se imponen al ejecutado; con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($4.912,04), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra FALCON ROMERO, GUSTAVO, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS DOCE CON CUATRO CENTAVOS ($4.912,04) en concepto de capital,más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS UN MIL NOVECIENTOS SESENTA y CUATRO CON OCHENTA y UN CENTAVOS ($1.964,81) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del C.P.C.C con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según la ley 840-F asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150.00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. .- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), y a la Dra. ANALIA VERONICA MARTINEZ MOLNAR (6980) la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderada; de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 6808. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del C.P.C.C.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 12 de abril de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2971/19 -Foja: 11- PROVINCIA DEL CHACO C/FERRERO, BRAIAN EDUARDO S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA MONITORIA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1717/19 -Foja: 16/19- PROVINCIA DEL CHACO C/FIDEICOMISO EDIFICIO NUEVO CLUB PROGRESO S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA MONITORIA DILIGENCIADA CON RESULTADO NEGATIVO _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3699/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/FRIAS, SERGIO ADRIAN S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA - EMBARGOnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3699/19 - gas Resistencia, 15 de abril de 2019. Téngase a la Dra. DANIELA ALEJANDRA VILCHEZ (6824) por presentada, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra FRIAS, SERGIO ADRIAN.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 614 y 615 del C.P.C.C. y lo dispuesto por el art. 529 del C.P.C.C, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra FRIAS, SERGIO ADRIAN por la suma de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA y NUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($3.869,40) en concepto de capital, más la de PESOS UN MIL QUINIENTOS CUARENTA y SIETE CON SETENTA y SEIS CENTAVOS ($1.547,76) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en la Sentencia Monitoria.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura al art. 529 del C.P.C.C que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por la ley 840-F, por Secretaría practíquese planilla de liquidación e Intímase su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: I)- Conforme lo ordenado por S.S. procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840-F.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA y NUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($3.869,40) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.-III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:3699/19.- CONSTE. SECRETARIA, 15 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3699/19 -Foja: 9/10- PROVINCIA DEL CHACO C/FRIAS, SERGIO ADRIAN S/EJECUCION FISCAL - S.M. POLICIA Medio salario SMVMnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:3699/19.- gas.- Resistencia, 15 de abril de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/FRIAS, SERGIO ADRIAN S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº3699/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por la Ley Provincial Nº 949- T (Antes Ley 4488) de adecuación a la Ley Nacional Nº 24449 de Tránsito y Seguridad Vial arts. 69 y 71 modificado por ley 6663 y Decreto Reglamentario Nº 146/11 (actualmente Artículo 6 bis según modificación introducida por Decreto Reglamentario Nº 877/12), y lo previsto por el art. 614 del C.P.C.C; y habiéndose por Resolución Nº 1512 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco autorizado expresamente a la Fiscalía de Estado de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial Nº 1940 A (Antes Ley Nº 6808) a iniciar la presente ejecución y hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del C.P.C.C.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria Nº 299 F, ART. 36 (antes ley Nº 2071, art. 37), desde la mora (18/03/2015), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del C.P.C.C se imponen al ejecutado; con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($3.869,40), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra FRIAS, SERGIO ADRIAN, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA y NUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($3.869,40) en concepto de capital,más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS CUARENTA y SIETE CON SETENTA y SEIS CENTAVOS ($1.547,76) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del C.P.C.C con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según la ley 840-F asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150.00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. .- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), y a la Dra. DANIELA ALEJANDRA VILCHEZ (6824) la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderada; de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 6808. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del C.P.C.C.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 15 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16365/16 -Foja: 91- PROVINCIA DEL CHACO C/GAMARRA, JORGE S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. AL REGISTRO DE JUICIOSUNIVERSALES 91 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 16365/16. sim Resistencia, 15 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Conforme lo peticionado, Líbrese oficio al Registro de Juicios Universales, a los fines de que informe si existe abierto juicio sucesorio a nombre del demandado en autos GAMARRA, JORGE y, en caso afirmativo, informe número y carátula del expediente y Juzgado donde se tramita. Asímismo, líbrese oficio al Registro Civil de la Localidad de Machagai, a los fines de que remita a este juzgado copia del Acta de Defuncion del demandado en autos GAMARRA, JORGE. Los recaudos ordenados presedentemente, conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberán ser firmados y diligenciados por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en los recaudos la prevención que establece el art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia. Líbrese oficio al Juzgado Federal con Competencia Electoral, a los fines de que informen si registra datos del fallecimiento del demandado en autos, Sr. GAMARRA, JORGE y cualquier otra información de interés para la causa; debiendo el profesional presentar el proyecto al Juzgado a los fines de su libramiento, con transcripción de la presente providencia. Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2558/15 -Foja: 47- PROVINCIA DEL CHACO C/GARCIA, MARCOS ANDRES S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALRPI SE LIBRA OFICIO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3706/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/GARCIA, OSVALDO MIGUEL S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA- DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3706/19 - gas Resistencia, 15 de abril de 2019. Téngase a la Dra. DANIELA ALEJANDRA VILCHEZ (6824) por presentado, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Existiendo discordancia entre el monto que figura en el título base de la presente ejecución y el monto consignado en el escrito postulatorio de la demanda, previo a dar curso a la presente acción, aclare la recurrente y se considerará.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: Conforme lo ordenado por S.S. procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:3706/19.- CONSTE. SECRETARIA, 15 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3693/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/GOMEZ ESQUIVEL, WALTER JAVIER S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA - EMBARGOnuevo SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3693/19 - gas Resistencia, 12 de abril de 2019. Téngase al Dr. PABLO SEBASTIAN GONZALEZ por presentado, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra GOMEZ ESQUIVEL, WALTER JAVIER.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 614 y 615 del C.P.C.C. y lo dispuesto por el art. 529 del C.P.C.C, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra GOMEZ ESQUIVEL, WALTER JAVIER por la suma de PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA y NUEVE CON VEINTISEIS CENTAVOS ($6.469,26) en concepto de capital, más la de PESOS DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA y SIETE CON SETENTA CENTAVOS ($2.587,70) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en la Sentencia Monitoria.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura al art. 529 del C.P.C.C que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por la ley 840-F, por Secretaría practíquese planilla de liquidación e Intímase su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: I)- Conforme lo ordenado por S.S. procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840-F.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA y NUEVE CON VEINTISEIS CENTAVOS ($6.469,26) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.-III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:3693/19.- Se deja constancia que se devuelven por Mesa de Entradas y Salidas las copias para traslado acompañadas. CONSTE. SECRETARIA, 12 de abril de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3693/19 -Foja: 9/10- PROVINCIA DEL CHACO C/GOMEZ ESQUIVEL, WALTER JAVIER S/EJECUCION FISCAL - S.M. POLICIA Medio salario SMVMnuevo SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:3693/19.- gas.- Resistencia, 12 de abril de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/GOMEZ ESQUIVEL, WALTER JAVIER S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº3693/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por La Ley Provincial Nº 4488 de adecuación a la Ley Nacional Nº 24449 de Tránsito y Seguridad Vial arts. 69 y 71 modificado por ley 6663 y Decreto Reglamentario Nº 146/11 (actualmente Artículo 6 bis según modificación introducida por Decreto Reglamentario Nº 877/12), y lo previsto por el art. 614 del C.P.C.C; y habiéndose por Resolución Nº 1512 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco autorizado expresamente a la Fiscalía de Estado de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial Nº 1940 A (Antes Ley Nº 6808) a iniciar la presente ejecución y hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del C.P.C.C.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria Nº 299 F, ART. 36 (antes ley Nº 2071, art. 37), desde la mora (11/06/2016), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del C.P.C.C se imponen al ejecutado; con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($6.469,26), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra GOMEZ ESQUIVEL, WALTER JAVIER, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA y NUEVE CON VEINTISEIS CENTAVOS ($6.469,26) en concepto de capital,más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA y SIETE CON SETENTA CENTAVOS ($2.587,70) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del C.P.C.C con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según la ley 840-F asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150.00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. .- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), y al Dr. PABLO SEBASTIAN GONZALEZ la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderado; de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 6808. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del C.P.C.C.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 12 de abril de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4761/15 -Foja: 70- PROVINCIA DEL CHACO C/GORT, HECTOR S/EJECUCION FISCAL - NOTA DE SECRETARIA .- INFORMA SUBASTA (OD. N14/19) SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. nº:4.761/15.- MOD NOTA DE SECRETARIA: Conforme lo ordenado en el O.D. Nº 14/19" caratulado: OFICIO Nº 14/19 DEL SR. JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL Nº 1 DE LA CIUDAD DE CHARATA, CHACO -Dr. Claudio Silvio Hugo Longhi- en autos: "BENITO SERGIO GUSTAVO C/ GORT HECTOR S/ JUICIO EJECUTIVO" Expte. Nº 828/17.- comunica subasta de inmueble.-", PROCEDO A TOMAR RAZON que en la causa caratulada: "BENITO SERGIO GUSTAVO C/ GORT HECTOR S/ JUICIO EJECUTIVO" Expte. Nº 828/17.- del registro del Juzgado oficiante, se ha decretado la subasta del bien individualizado como: Folio Real Matrículas Nº 3981 del Departamento Chacabuco, Chaco, CONSTE.Resistencia, 16 de abril de 2019 SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 14740/15 -Foja: 42- PROVINCIA DEL CHACO C/GROSSI, ROBERTO DANIEL S/EJECUCION FISCAL - LEVANTAMIENTO DE EMBARGOATP 42 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 14740/15.-cab Resistencia, 16 de abril de 2019 Proveyendo el escrito que antecede: 1) Agréguese copia informatizada de Presentación Nº755354 emitida por la ATP. Téngase presente lo manifestado respecto a que el demandado ha cancelado la deuda mediante plan de pagos y hágase saber.- 2) Téngase presente la reserva formulada.- 3) Previo a lo solicitado, cúmplase con lo requerido a fs. 38.- NOT.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 14824/15 -Foja: 42- PROVINCIA DEL CHACO C/HERRERA, WALTER ELIAS S/EJECUCION FISCAL - OR. OF.NBCH SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 14824/15. DMT Resistencia, 16 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Déjase sin efecto la providencia de fs. 40 y líbrese oficio al Nuevo Banco del Chaco S.A., a fin que informe si el demandado en autos, HERRERA, WALTER ELIAS, DNI: 30748846 posee cuentas bancarias a su nombre y todo otro dato de interés para la causa; recaudo que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el Art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1816/13 -Foja: 146/148- PROVINCIA DEL CHACO C/INDIAN CHIEF S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRAN 3OFICIOS SE LIBRA 3 OFICIOS. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13127/15 -Foja: 108- PROVINCIA DEL CHACO C/J.V.MARTIN CEREALES S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF. BCO.CENTRAL 108 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 13127/15. dmt Resistencia, 16 de abril de 2019.- A fs. 99: Agréguese informe bancario y hágase saber.- A fs. 100/107: Agréguese oficio dirigido al Banco Central de la República Argentina con comprobante de transferencia de pago de arancel e impresión de correos electrónicos de ingreso correcto de oficio, confirmación de recepción e informe de cumplimiento del trámite por Comunicación "D" 29531, téngase presente y hágase saber. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10612/11 -Foja: 113- PROVINCIA DEL CHACO C/L.& L. COMUNICACIONES S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - provsimple SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 10612/11. cab Resistencia, 15 de abril de 2019.- Atento al oficio con constancia de recepción obrante a fs. 105 dirigido al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, previamente, estese a que se encuentre diligenciado en autos el mismo. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13555/14 -Foja: 49- PROVINCIA DEL CHACO C/LAURIA, ROGELIO OMAR S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALRPI SE LIBRA OFICIO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE.- _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2652/19 -Foja: 11- PROVINCIA DEL CHACO C/LEGARIO, EZEQUIEL ALEXIS S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA MONITORIA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3702/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/MACHUCA, JORGE ADRIAN S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA - EMBARGOnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3702/19 - gas Resistencia, 15 de abril de 2019. Téngase a la Dra. ANALIA VERONICA MARTINEZ MOLNAR (6980) por presentada, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra MACHUCA, JORGE ADRIAN.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 614 y 615 del C.P.C.C. y lo dispuesto por el art. 529 del C.P.C.C, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra MACHUCA, JORGE ADRIAN por la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS DOCE CON CUATRO CENTAVOS ($4.912,04) en concepto de capital, más la de PESOS UN MIL NOVECIENTOS SESENTA y CUATRO CON OCHENTA y UN CENTAVOS ($1.964,81) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en la Sentencia Monitoria.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura al art. 529 del C.P.C.C que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por la ley 840-F, por Secretaría practíquese planilla de liquidación e Intímase su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: I)- Conforme lo ordenado por S.S. procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840-F.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS DOCE CON CUATRO CENTAVOS ($4.912,04) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.-III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:3702/19.- Se deja constancia que se devuelven por Mesa de Entradas y Salidas las copias para traslado acompañadas. CONSTE. SECRETARIA, 15 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3702/19 -Foja: 9/10- PROVINCIA DEL CHACO C/MACHUCA, JORGE ADRIAN S/EJECUCION FISCAL - S.M. POLICIA Medio salario SMVMnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:3702/19.- gas.- Resistencia, 15 de abril de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/MACHUCA, JORGE ADRIAN S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº3702/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por la Ley Provincial Nº 949- T (Antes Ley 4488) de adecuación a la Ley Nacional Nº 24449 de Tránsito y Seguridad Vial arts. 69 y 71 modificado por ley 6663 y Decreto Reglamentario Nº 146/11 (actualmente Artículo 6 bis según modificación introducida por Decreto Reglamentario Nº 877/12), y lo previsto por el art. 614 del C.P.C.C; y habiéndose por Resolución Nº 1512 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco autorizado expresamente a la Fiscalía de Estado de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial Nº 1940 A (Antes Ley Nº 6808) a iniciar la presente ejecución y hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del C.P.C.C.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria Nº 299 F, ART. 36 (antes ley Nº 2071, art. 37), desde la mora (18/12/2015), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del C.P.C.C se imponen al ejecutado; con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($4.912,04), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra MACHUCA, JORGE ADRIAN, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS DOCE CON CUATRO CENTAVOS ($4.912,04) en concepto de capital,más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS UN MIL NOVECIENTOS SESENTA y CUATRO CON OCHENTA y UN CENTAVOS ($1.964,81) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del C.P.C.C con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según la ley 840-F asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150.00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. .- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), y a la Dra. ANALIA VERONICA MARTINEZ MOLNAR (6980) la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderada; de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 6808. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del C.P.C.C.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 15 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1474/19 -Foja: 20- PROVINCIA DEL CHACO C/MARGALEF, CRISTIAN ERNESTO S/EJECUCION FISCAL - AGREGA OF. REC.NBCH 20 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1474/19. SIM Resistencia, 16 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese Oficio dirigido al Nuevo Banco del Chaco con constancia de recepción, y hágase saber. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7498/16 -Foja: 103/105- PROVINCIA DEL CHACO C/MATURAN, LUIS ANTONIO S/EJECUCION FISCAL - LEVANTAMIENTO DE EMBARGO Y AGREGUESE CEDULA YOPJ DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 7498/16.- MN Resistencia, 16 de abril de 2019 Agréguese cédula diligenciada y no habiendo los profesionales citados contestado lo que se le requiriera, y obrando conformidad del Fiscal de Estado Subrogante, bajo su exclusiva responsabilidad, DECRETASE el levantamiento de embargo trabado a fs. 11 y a los fines de la toma de razón, líbrese oficio al NUEVO BANCO DEL CHACO S.A.. HABILITENSE DIAS Y HORAS INHABILES. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA. OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en fecha 15 de abril de 2019 procedí a dar cumplimiento con la transferencia electrónica ordenada a fs.101, la cual se encuentra correctamente procesada y cuyo comprobante Nº 15907/19 se agrega precedentemente. CONSTE. SECRETARIA, 16 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8068/15 -Foja: 133- PROVINCIA DEL CHACO C/MATURANO, MABEL S/EJECUCION FISCAL - INFORME -EXPTE. SE ENCUENTRA FUERA DELTRIBUNAL- Expte. Nº 8068/15. Señor Juez: Informo a Ud. que la causa referida en las presentaciones que anteceden, fué remitida a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial en fecha 12/2/19, no efectuándose la devolución de la misma hasta la fecha. Es mi informe. Mesa de Entradas, 4 de abril de 2019. Claudio L. ROBIN DIRCHWOLF Abogado-Jefe de Mesa de Entradas Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Resistencia, 16 de abril de 2019.- Téngase presente el informe que antecede, fórmese expediente provisorio, agregàndose el mismo al principal.- Por devueltos los presentes autos de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, hágase saber.- RESERVESE en Caja de Seguridad el expediente Nº1270/03 acompañado. Asimismo, proveyendo los escritos de fs. 131/132, INTIMASE a la PROVINCIA DEL CHACO para que en el término de sesenta (60) días y bajo apercibimiento de lo establecido por el art. 2 de la ley 945/C (antes ley 4474), cumplimente con el pago de los honorarios regulados a fs. 93/96 a favor del Dr. PEDRO ADOLFO MAÑANES.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA A LA PROVINCIA DEL CHACO Y AL FISCAL DE ESTADO; consignándose en el recaudo a librarse el número y CBU de la cuenta judicial de autos como así también los montos a depositar NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: En la fecha se procedió a la reserva ordenada precedentemente. CONSTE. Resistencia, 16 de abril de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3697/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/MEDINA, ESTEBAN OSVALDO S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA - EMBARGOnuevo SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3697/19 - gas Resistencia, 12 de abril de 2019. Téngase a la Dra. DANIELA ALEJANDRA VILCHEZ (6824) por presentada, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra MEDINA, ESTEBAN OSVALDO.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 614 y 615 del C.P.C.C. y lo dispuesto por el art. 529 del C.P.C.C, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra MEDINA, ESTEBAN OSVALDO por la suma de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($9.892,50) en concepto de capital, más la de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA y SIETE ($3.957,00) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en la Sentencia Monitoria.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura al art. 529 del C.P.C.C que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por la ley 840-F, por Secretaría practíquese planilla de liquidación e Intímase su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: I)- Conforme lo ordenado por S.S. procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840-F.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($9.892,50) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.-III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:3697/19.- CONSTE. SECRETARIA, 12 de abril de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3697/19 -Foja: 9/10- PROVINCIA DEL CHACO C/MEDINA, ESTEBAN OSVALDO S/EJECUCION FISCAL - S.M. POLICIA Medio salario SMVMnuevo SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:3697/19.- gas.- Resistencia, 12 de abril de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/MEDINA, ESTEBAN OSVALDO S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº3697/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por La Ley Provincial Nº 4488 de adecuación a la Ley Nacional Nº 24449 de Tránsito y Seguridad Vial arts. 69 y 71 modificado por ley 6663 y Decreto Reglamentario Nº 146/11 (actualmente Artículo 6 bis según modificación introducida por Decreto Reglamentario Nº 877/12), y lo previsto por el art. 614 del C.P.C.C; y habiéndose por Resolución Nº 1512 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco autorizado expresamente a la Fiscalía de Estado de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial Nº 1940 A (Antes Ley Nº 6808) a iniciar la presente ejecución y hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del C.P.C.C.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria Nº 299 F, ART. 36 (antes ley Nº 2071, art. 37), desde la mora (25/01/2017), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del C.P.C.C se imponen al ejecutado; con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($9.892,50), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra MEDINA, ESTEBAN OSVALDO, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($9.892,50) en concepto de capital,más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA y SIETE ($3.957,00) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del C.P.C.C con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según la ley 840-F asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150.00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. .- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), y a la Dra. DANIELA ALEJANDRA VILCHEZ (6824) la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderada; de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 6808. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del C.P.C.C.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 12 de abril de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3675/15 -Foja: 159- PROVINCIA DEL CHACO C/MERCADO, ANGEL PACIFICO Y VALKOVIC, JOSE OSCAR S/EJECUCION FISCAL - ORDEN DETRANSFERENCIA DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 3675/15. mn SR. JUEZ: Informo a Ud. que en la cuenta judicial de autos existen fondos depositados por un total de $56.591,45, dejándose constancia de que se ha efectivizado transferencia de la primer cuota -ver fs. 155- correspondiente al plan de pago arribado a fs. 116. CONSTE. SECRETARIA, 16 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 16 de abril de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Proveyendo fs. 144/148: Al punto I) Agréguese constancias de AFIP y de ATP acompañadas; téngase presente y hágase saber.- Al punto II) Conforme lo peticionado, procédase por Secretaría vía internet a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº 100559705, del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos, a la Caja de Ahorro Nº 0001000300680209, CBU Nº3110010411003006802098 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 10, a nombre del Dr. HUGO ROBERTO BOLAND, CUIT Nº 20-14948779-5, por la suma de PESOS CINCUENTA y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA y UNO CON CUARENTA y CINCO CENTAVOS ($56.591,45) a cuenta de honorarios (incluye retención porcentual para caja forense).- Al punto III) HABILITENSE DIAS Y HORAS INHABILES.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8800/15 -Foja: 107- PROVINCIA DEL CHACO C/MILESSI, JULIO MARIO S/EJECUCION FISCAL - DEFENSOR OFICIAL ASUMEINTERVENCION 107 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 8800/15. dmt Resistencia, 16 de abril de 2019.- Téngase a la Defensora Oficial Nº 2, Dra. OLGA SUSANA LOCKETT por presentada en el carácter de DEFENSOR DE AUSENTES, en representación de MILESSI, JULIO MARIO, con domicilio legal y electrónico constituido, dándosele en autos la intervención que por derecho corresponda. Téngase presente lo manifestado y autorízase la intervención solicitada.- Inclúyase a la recurrente en la lista de despacho del Tribunal.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7810/16 -Foja: 77- PROVINCIA DEL CHACO C/MONTENEGRO, ALBERTO JUAN DANIEL S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF. SIN DILIGENCIAR Y SOLICITA COMUNICACIOND 77 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 7810/16. DMT Resistencia, 16 de abril de 2019.- A fs. 72/73: Agréguese cédula diligenciada y hágase saber. A fs. 74/76: Agréguese oficio Nº173 dirigido al Banco Central de la República Argentina sin diligenciar que acompaña y, a lo peticionado, aclare la recurrente si lo solicitado refiere a un pedido de informe al Banco Central de la República Argentina, a fin de que mediante circularización por comunicación "D" a las entidades financieras informen a este Tribunal si existen fondos a nombre del demandado y se considerará. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10012/16 -Foja: 49- PROVINCIA DEL CHACO C/MULLER, MARIA ALEJANDRA S/EJECUCION FISCAL - OF C. CONST.RECEPCION SE AGREGA OFICIO AL NUEVO BANCO DEL CHACO S.A. CON CONSTANCIA DE RECEPCION _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3584/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/OJEDA, MAXIMILIANO S/EJECUCION FISCAL - PREVIOMANIFIESTE SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 3584/19. gas Resistencia, 15 de abril de 2019.- Téngase a la Dra. ANALIA VERONICA MARTINEZ MOLNAR por presentada, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Existiendo discordancia entre el nombre que figura en el título base de la presente ejecución y el nombre consignado en el escrito postulatorio de la demanda, previo a dar curso a la presente acción, aclare la recurrente y se considerará.- Interín, resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: Conforme lo ordenado por S.S. procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:3584/19.- CONSTE. SECRETARIA, 27 de marzo de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2919/19 -Foja: 11/14- PROVINCIA DEL CHACO C/PRIETO, GUSTAVO ARIEL S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA MONITORIA DILIGENCIADA CON RESULTADO NEGATIVO _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1998/14 -Foja: 85- PROVINCIA DEL CHACO C/RIMER, EDUARDO OSCAR S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALRPI SE LIBRA OFICIO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 14765/15 -Foja: 118- PROVINCIA DEL CHACO C/RODRIGUEZ, DIEGO MARTIN S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO BancoSantander SE LIBRA OFICIO Nº 457 al Banco Santander. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 14614/16 -Foja: 68- PROVINCIA DEL CHACO C/ROLON, MARCELO VICTOR S/EJECUCION FISCAL - AGREGUES Y LIBRAMIENTO DE OFICIO ARPA 68 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 14614/16. SIM Resistencia, 15 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I: Agréguese Oficio sin diligenciar dirigido al Registro de la Propiedad del Motovehiculo Seccional 3011- Barranqueras, y hágase saber. Al punto II: Agréguese impresión de pantalla de la Direccción Nacional Registro de la Propiedad del Automotor, y hágase saber. Al punto III: Atento lo solicitado, líbrese Oficio al Registro de la Propiedad del Automotor Nº4, a fin de que informen la titularidad y radicación del motovehiculo HBD-403, y todo otro dato de interés que sirva para la presente causa; recaudo que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el Art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3712/19 -Foja: 8- PROVINCIA DEL CHACO C/SANCHEZ, JUAN CARLOS S/EJECUCION FISCAL - PI POLICIA - EMBARGOnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 3712/19 - gas Resistencia, 15 de abril de 2019. Téngase a la Dra. DANIELA ALEJANDRA VILCHEZ (6824) por presentada, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra SANCHEZ, JUAN CARLOS.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 614 y 615 del C.P.C.C. y lo dispuesto por el art. 529 del C.P.C.C, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra SANCHEZ, JUAN CARLOS por la suma de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA y SIETE ($3.957,00) en concepto de capital, más la de PESOS UN MIL QUINIENTOS OCHENTA y DOS CON OCHENTA CENTAVOS ($1.582,80) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en la Sentencia Monitoria.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura al art. 529 del C.P.C.C que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por la ley 840-F, por Secretaría practíquese planilla de liquidación e Intímase su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: I)- Conforme lo ordenado por S.S. procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la Ley 840-F.- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA y SIETE ($3.957,00) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.-III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:3712/19.- CONSTE. SECRETARIA, 15 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3712/19 -Foja: 9/10- PROVINCIA DEL CHACO C/SANCHEZ, JUAN CARLOS S/EJECUCION FISCAL - S.M. POLICIA Medio salario SMVMnuevo DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:3712/19.- gas.- Resistencia, 15 de abril de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/SANCHEZ, JUAN CARLOS S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº3712/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por la Ley Provincial Nº 949- T (Antes Ley 4488) de adecuación a la Ley Nacional Nº 24449 de Tránsito y Seguridad Vial arts. 69 y 71 modificado por ley 6663 y Decreto Reglamentario Nº 146/11 (actualmente Artículo 6 bis según modificación introducida por Decreto Reglamentario Nº 877/12), y lo previsto por el art. 614 del C.P.C.C; y habiéndose por Resolución Nº 1512 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia del Chaco autorizado expresamente a la Fiscalía de Estado de conformidad a lo establecido por la Ley Provincial Nº 1940 A (Antes Ley Nº 6808) a iniciar la presente ejecución y hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del C.P.C.C.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria Nº 299 F, ART. 36 (antes ley Nº 2071, art. 37), desde la mora (24/12/2016), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del C.P.C.C se imponen al ejecutado; con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($3.957,00), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $12.500,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457- C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra SANCHEZ, JUAN CARLOS, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA y SIETE ($3.957,00) en concepto de capital,más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y más las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS OCHENTA y DOS CON OCHENTA CENTAVOS ($1.582,80) sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del C.P.C.C con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según la ley 840-F asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150.00).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 de la ley citada.- Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. .- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), y a la Dra. DANIELA ALEJANDRA VILCHEZ (6824) la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderada; de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la ley 6808. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del C.P.C.C.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 15 de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1809/14 -Foja: 92/94- PROVINCIA DEL CHACO C/TEODOROVICH, FEDERICO ARNALDO S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRAN 3OFICIOS SE LIBRAN 3 OFICIOS. _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15000/15 -Foja: 155- PROVINCIA DEL CHACO C/TOTAL ESPECIALIDADES ARGENTINAS S.A. S/EJECUCION FISCAL - Mandamiento deembargo.- SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Provisorio Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 15000/15.- mod Resistencia, 15 de abril de 2019 A fs.153: Agréguese OPJ Nº 2019/15911. A fs.154: Autorízase el embargo solicitado y líbrese mandamiento de embargo contra TOTAL ESPECIALIDADES ARGENTINAS S.A. por las sumas adeudadas. El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir dichas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura de los arts. 529 que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC. Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada. Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9814/16 -Foja: 74- PROVINCIA DEL CHACO C/TRAVESAÑO DIAZ, DARLING EDWIN S/EJECUCION FISCAL - DEFENSOR OFICIAL ASUMEINTERVENCION DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 9814/16. acs.- Resistencia, 15 de abril de 2019.- Proveyendo presentación que antecede: Téngase a la Defensora Oficial Nº 2, Dra. OLGA SUSANA LOCKETT, por presentada en el carácter de DEFENSOR DE AUSENTES, en representación de TRAVESAÑO DIAZ, DARLING EDWIN, con domicilio legal y electrónico constituidos, dándosele en autos la intervención que por derecho corresponda. Téngase presente lo manifestado y autorízase la intervención solicitada.- Inclúyase a la recurrente en la lista de despacho del Tribunal.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2767/19 -Foja: 11- PROVINCIA DEL CHACO C/ULON, ERNESTO ENRIQUE S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA D.M. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA MONITORIA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2758/19 -Foja: 11/12- PROVINCIA DEL CHACO C/ZALAZAR, MIGUEL ANGEL S/EJECUCION FISCAL - CED. DILIGENCIADA- RESULTADO NEGATIVO- SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13178/16 -Foja: 108- S.A.M.E.E.P. C/FIDEICOMISO LAS HERAS APARTAMENTOS y D.N.H. DESARROLLO NUEVOS HABITAT S.A. S/EJECUCION FISCAL - POR CONTESTADOTRASLADO 108 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 13178/16. dmt Resistencia, 15 de abril de 2019.- Téngase por contestado en término el traslado de fs. 102.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13408/16 -Foja: 69- SERVICIO DE AGUA Y MANTENIMIENTO DEL ESTADO PROVINCIAL (S.A.M.E.E.P.) C/ SIRONI, RAUL ANTONIO Y MIÑO, LUCIA SARA S/EJECUCION FISCAL - PROVIDENCIA SIMPLE DR.NICOLOFF SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 13408/16. mod Resistencia, 16 de abril de 2019.- A fs.67/68: Agréguese boleta de depósito acompañada por la suma de $13.000 y póngase dichos fondos a disposición de la parte actora. Asimismo, téngase presente lo manifestado y de los dichos vertidos hágase saber a la parte actora a sus efectos. A fs.69: Agréguese y téngase presente constancia de saldo habilitada en la presente causa. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13292/16 -Foja: 99- SERVICIO DE AGUA Y MANTENIMIENTO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.A.M.E.E.P.) C/CODINA DE BRAGA, ANITA S/EJECUCION FISCAL - PREVIO ACLARE LA ACTORA-DRA. ORMAECHEA DEBER- JUSTIFICAR PERSONERIAINVOCADA DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 13292/16. vns.- Resistencia, 16 de abril de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: A la audiencia solicitada, NO HA LUGAR. Asimismo, previo a dar curso a la presente ejecución, aclare la actora si lo peticionado implica un desistimiento de la acción contra BRAGA, VITO MARIANO y BRAGA, ANA MARIA; titulares dominiales en un 50% del inmueble generador de la deuda que se ejecuta en los presentes autos, conforme surge de las constancias del informe de dominio del Registro de la Propiedad Inmueble y folio real agregado a fs. 53/57 y se considerará. Asimismo, hágase saber a la Dra. María Macarena Ormaechea que deberá justificar la personería invocada en la forma prevista por el art. 66 del C.P.C.C., a fin de darle intervención en las presentes actuaciones. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13944/16 -Foja: 80- SERVICIO DE AGUA Y MANTENIMIENTO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.A.M.E.E.P.) C/FERREYRA, HECTOR Y MUNICIPALIDAD DE RESISTENCIA S/EJECUCION FISCAL - D.M. SAMEEP - Reg.Capital 80 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE. Nº: 13944/16.- SIM Resistencia, 15 de abril de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar Despacho Monitorio en estos autos caratulados: "SERVICIO DE AGUA Y MANTENIMIENTO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.A.M.E.E.P.) C/FERREYRA, HECTOR Y MUNICIPALIDAD DE RESISTENCIA S/ EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 13944/16, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 de la Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, y que cumple con los requisitos exigidos por el art. 5 de la Ley Nº456-A (antes Ley Nº2867), corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- II).- Con respecto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses que resulte de aplicar la tasa activa promedio que publica el Banco Central de la República Argentina, de conformidad con el art. 767 del CCCN, desde la fecha de mora (14/10/16) y hasta su íntegro pago. III).- Las costas, conforme art. 555 Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC), se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- A fin de regular honorarios se toma como base el capital reclamado en autos, aplicando el art.5 Ley 288-C (antes Ley Nº2011); con la limitación dispuesta en el art. 15 de dicha ley. Efectuado los calculos de rigor, teniendo en cuenta el mérito, calidad y eficacia de los trabajos realizados por los profesionales, y luego de aplicar la alícuota mencionada supra, la operación efectuada arroja una suma inferior a lo establecido en el art. 5, 2º párrafo de Ley 288-C (antes Ley Nº2011), de aplicación inmediata. En este sentido para regular los honorarios profesionales se toma como base un salario mínimo vital y móvil reducido a un 80%, atento a la calidad y extensión de los trabajos realizados, conforme art. 3, 5, 6, y 15 Ley 288-C (antes Ley Nº2011).y art. 1º de la Ley 457-C (antes Ley Nº2868) - Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra FERREYRA, HECTOR Y MUNICIPALIDAD DE RESISTENCIA, condenándolos a pagar al accionante la suma de PESOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA y CUATRO CON TREINTA y CINCO CENTAVOS ($14.434,35) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA y TRES CON SETENTA y CUATRO CENTAVOS ($5.773,74), sujeta a liquidación definitiva.- II).- IMPONER las costas del presente proceso a las partes ejecutadas conforme arts. 555 Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC) con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- III).- Conforme art. 541 del nuevo CPCC, HAGASE SABER A LOS EJECUTADOS MUNCIPALIDAD DE RESISTENCIA, en la persona del señor intendente de la ciudad; y a FERREYRA HECTOR que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación de días en razón de la distancia si por Ley correspondiere, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I del presente u OPONERSE a este despacho Monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- Asimismo, en el mismo plazo deberán constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 56 de la misma norma citada. IV). REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, a la Dra. MARTINEZ LEONE LAURA NURIA como patrocinante en la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2500) y como apoderada en la suma de PESOS UN MIL ($1.000). Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- V).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real de los ejecutados con copias de la demanda y documental conforme art. 530 Ley 2559-M (antes Ley Nº7950 - CPCC).- A los efectos de la notificación, siendo la codemandada persona jurídica y a los fines de dar cumplimiento con la Resolución Nº 1158/12 del Superior Tribunal de Justicia deberá consignarse como constituído el legal de la codemandada. VI).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. Resistencia, de abril de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13944/16 -Foja: 79- SERVICIO DE AGUA Y MANTENIMIENTO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.A.M.E.E.P.) C/FERREYRA, HECTOR Y MUNICIPALIDAD DE RESISTENCIA S/EJECUCION FISCAL - HABIENDOSE RECARATULADOCORRECTAMENTE 79 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 13944/16. SIM Resistencia, 15 de abril de 2019.- Habiéndose recaratulado correctamente las presentes actuaciones, estése al Despacho Monitorio que se dicta en foliatura siguiente.- Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13612/16 -Foja: 94/95- SERVICIO DE AGUA Y MANTENIMIENTO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.A.M.E.E.P.) C/PIZARRO, JOSE MARIA IVES S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGAN DOS CED.DILIGENCIADAS SE AGREGAN DOS CEDULAS DILIGENCIADAS _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: 17/04/2019 _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: 23/04/2019 _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario -