JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 18 - Fecha Despacho: 20/03/2019 - Providencias ----------------------------------------------------------------------- Expediente Caratula ----------------------------------------------------------------------- Expte. N°: 1362/15 -Foja: 88- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/GERLERO, SEBASTIAN ALBERTO Y COOP. AGRICOLA GANADERA DE JUSTINIANO POSSE LIMITADA S/EJECUCION FISCAL - AMPLIACION DEEMBARGO 88 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1362/15. AG Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Atento lo peticionado y constancias de la causa; AMPLIASE el embargo decretado a fs. 34 en la suma de Pesos OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA y OCHO CON CUARENTA y TRES CENTAVOS ($8.758,43) en concepto de planilla aprobada en autos; con más la suma de Pesos TRES MIL QUINIENTOS ($3.500,00) en concepto de costas provisorias; a los fines de la toma de razón ofíciese en los términos dispuestos a fs. 34 y vta.. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1172/14 -Foja: 127/129- DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL C/TOSCHI, CARLOS JOSE; ECEIZA, OVIDIO JAVIER Y CAMPOS, GERARDO S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF. con CONSTANCIARECEPCIÓN 129 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 1172/14. rg Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Téngase presente y agréguese OFICIO al Sr. OVIDIO JAVIER ECEIZA, con constancia de recepción y hágase saber. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13023/17 -Foja: 34- MIÑO, EMILIANA C/MUNICIPIO DE RESISTENCIA S/EJECUCION DE HONORARIOS - PROVIDENCIA SIMPLE DR.GALUGA 34 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 13023/17. gas Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Hágase saber que en el día de la fecha se procedió a la carga de los datos de la presente causa vía web a los fines de la apertura de la cuenta judicial y, oportunamente, se informará el número y CBU correspondientes. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019. DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15689/16 -Foja: 30- MUNICIPIO DE BARRANQUERAS C/GALEANO, JOSE ANTONIO S/EJECUCION FISCAL - CONSTITUYE NUEVO DOMICILIOLEGAL DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 15689/16. glg.- Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Téngase presente el nuevo domicilio legal constituido y hágase saber conforme lo dispuesto por el art. 57 del Código ritual última parte. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA debiendo consignarse en el recaudo el nuevo domicilio.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ______________________________________________________ DIA DE DESPACHO: ______________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: ______________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 974/12 -Foja: 36- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ RIVERO, LINO RODOLFO S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7525/15 -Foja: 121/122- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/AGUIRRE, JOSE LUIS S/EJECUCION FISCAL - OR. OF.VARIOSBROGINI 122 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. Nº: 7525/15.- RG Resistencia, 19 de marzo de 2019 Proveyendo escrito que antecede: Conforme lo solicitado, líbrense oficios a: 1) a la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA PROVINCIA, a los fines de conocer si el demandado AGUIRRE, JOSE LUIS, D.N.I. Nº 20.983.669, se desempeña como empleado de alguna institución o empresa pública. 2) a la DIRECCION DE PATENTAMIENTO de la MUNICIPALIDAD DE RESISTENCIA, a los fines de que informe si el demandado AGUIRRE, JOSE LUIS, D.N.I. Nº 20.983.669, posee bienes a su nombre y 3) a la DIRECCION DE INDUSTRIA, COMERCIO Y HABILITACIONES COMERCIALES de la MUNICIPALIDAD de RESISTENCIA, a los fines de que informe si el demandado AGUIRRE, JOSE LUIS, D.N.I. Nº 20.983.669, es titular de algún comercio y todo otro dato de interés para la causa; recaudos que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberán ser firmados y diligenciados por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el Art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 12664/16 -Foja: 16- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ALAIO, RICARDO S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA OF. / MAND. NO CONSIGNAHONORARIOS 16 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 12664/16. jcp NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de MANDAMIENTO DE EMBARGO, presentado en fecha 18/03/2019, por no consignar la suma de los honorarios regulados en la sentencia monitoria. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 430/11 -Foja: 34- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BENGOCHEA, NORMA GLADYS S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-2-CD-DECAIDO DERECHO-NOTIF. POR MINISTERIO DELEY DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 430/11. acs.- Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Agréguese cédula dirigida a la actora diligenciada, téngase presente y hágase saber. Asimismo, proveyendo el estado de las presentes actuaciones, no habiendo la parte actora comparecido en el término que para ello tenía, dásele por decaido el derecho dejado de usar, correspondiendo considerar el desistimiento tácito de la presente acción. Asimismo, no habiendo la actora constituido domicilio electrónico en el término que para ello tenía, dásele por decaído el derecho dejado de usar y hágase saber que las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de ley conforme Art. 56 del CPCC. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 19213/10 -Foja: 19- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/BERNACHEA, HUGO ANIBAL S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO-2-CD-DECAIDO DERECHO-NOTIF. POR MINISTERIO DELEY DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 19213/10. acs.- Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Agréguese cédula dirigida a la actora diligenciada, téngase presente y hágase saber. Asimismo, proveyendo el estado de las presentes actuaciones, no habiendo la parte actora comparecido en el término que para ello tenía, dásele por decaido el derecho dejado de usar, correspondiendo considerar el desistimiento tácito de la presente acción. Asimismo, no habiendo la actora constituido domicilio electrónico en el término que para ello tenía, dásele por decaído el derecho dejado de usar y hágase saber que las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de ley conforme Art. 56 del CPCC. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1556/11 -Foja: 22- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/CABRAL, BELMA HAYDEE S/EJECUCION FISCAL - PREVIO DETERMINARPROPIETARIO 22 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1556/11. AG Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I): No siendo posible condenar a persona indeterminada, previo al dictado del despacho monitorio y atento las facultades conferidas al suscripto por el art. 48, inc. 5 del C.P.C.C y a los efectos de una adecuada traba de la litis y con el objeto de establecer la identidad inequívoca del legitimado pasivo de la relación procesal, líbrese: 1) MANDAMIENTO DE CONSTATACION del estado de ocupación del inmueble respecto del cual se reclaman las obligaciones tributarias, a cuyo fin el oficial de Justicia procederá, previa constatación de la nomenclatura catastral, la que deberá estar inserta en el cuerpo del recaudo a librarse, a individualizar a los ocupantes mediante requerimiento de los documentos de identidad pertinentes, e informar respecto del carácter que los mismos invoquen. 2) Oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, a los fines de que informe los datos del titular dominial del bien cuyo impuesto se ejecuta, conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del CPCC, como asimismo la presente providencia.- Al punto II): Téngase presente para la oportunidad en que se dicte el despacho monitorio.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1555/11 -Foja: 17- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/CESPEDES, CARLOS RAUL S/EJECUCION FISCAL - PREVIO DETERMINARPROPIET 17 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 1555/11 - AG Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I): No siendo posible condenar a persona indeterminada, previo al dictado del despacho monitorio y atento las facultades conferidas al suscripto por el art. 48, inc. 5 del C.P.C.C y a los efectos de una adecuada traba de la litis y con el objeto de establecer la identidad inequívoca del legitimado pasivo de la relación procesal, líbrese: 1) MANDAMIENTO DE CONSTATACION del estado de ocupación del inmueble respecto del cual se reclaman las obligaciones tributarias, a cuyo fin el oficial de Justicia procederá, previa constatación de la nomenclatura catastral, la que deberá estar inserta en el cuerpo del recaudo a librarse, a individualizar a los ocupantes mediante requerimiento de los documentos de identidad pertinentes, e informar respecto del carácter que los mismos invoquen. 2) Oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, a los fines de que informe los datos del titular dominial del bien cuyo impuesto se ejecuta, conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del CPCC, como asimismo la presente providencia.- Al punto II): Téngase presente para la oportunidad en que se dicte el despacho monitorio.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10198/16 -Foja: 30- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/CONTRERAS, RAMON DEL CARMEN S/EJECUCION FISCAL - AGREGA OFICIO AL JUZ FEDDIL DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 10198/16. glg.- Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese oficio al Juzgado Federal diligenciado, téngase presente y hágase saber. NOT.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11318/16 -Foja: 62/63- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/DON CAR S.A. S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17557/10 -Foja: 383- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ESTADO NACIONAL ARGENTINO U-7 S/EJECUCION FISCAL - ESTABLECE EFECTO SUSPENSIVO DE APEL.-ACTORA NOCONTESTO DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 17557/10. m.m.- Resistencia, 19 de marzo de 2019.- A lo solicitado por la demandada, no habiendo la actora contestado lo dispuesto a fs. 381 en el término que para ello tenía, dásele por decaído el derecho dejado de usar y, en consecuencia, déjese establecido que el recurso de apelación concedido a fs. 381 de autos, tendrá efecto suspensivo. Asimismo, de la expresión de agravios interpuesta a fs. 371/380, córrase traslado a la parte actora, por el término y bajo apercibimineto de Ley.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 758/11 -Foja: 192- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/FERNANDEZ ROVIRA, DIEGO S/EJECUCION FISCAL - SE PRESENTA DDO. CON DEFENSORA -ESTESE DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 758/11. acs.- Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo presentación de fs. 188/190: Téngase a DIEGO FERNANDEZ ROVIRA, por presentado parte, por derecho propio, con el patrocinio letrado de la Dra. OLGA SUSANA LOCKETT, Defensora Oficial Nº2, y por constituído domicilio electrónico, dándosele en autos la intervención que por derecho corresponda.- Agréguese boleta de depósito judicial, téngase presente y a las transferencias solicitadas, estése a lo dispuesto a fs. 187. Respecto del archivo solicitado, téngase presente para la oportunidad en que se efectivicen las órdenes de pago dispuestas a fs. 187.- Proveyendo fs. 191: Téngase presente lo informado y a lo solicitado, estése a lo dispuesto en la providencia dictada a fs. 187.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1567/11 -Foja: 17- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/GODOY, ALBINA S/EJECUCION FISCAL - OR.MANDAMIENTO DECONSTATACIÓN DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. 1567/11. acs.- Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Previo a lo solicitado, deberá cumplimentarse con el recaudo ordenado en proveído inicial obrante a fs. 8. Asimismo, a los efectos de una adecuada traba de la litis, líbrese Mandamiento de Constatación del estado de ocupación del inmueble respecto del cual se reclaman las obligaciones tributarias, a cuyo fin el oficial de Justicia procederá, previa constatación de la nomenclatura catastral, la que deberá estar inserta en el cuerpo del recaudo a librarse, a individualizar a los ocupantes mediante requerimiento de los documentos de identidad pertinentes, e informar respecto del carácter que los mismos invoquen.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8246/14 -Foja: 86/87- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/GOMEZ, ARIEL ROLANDO S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. VARIOSBROGINI 87 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. Nº: 8246/14.- RG Resistencia, 19 de marzo de 2019 Proveyendo escrito que antecede: Conforme lo solicitado, líbrense oficios: 1) a la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO, a los fines de conocer si el demandado GOMEZ, ARIEL ROLANDO, D.N.I. Nº 33.730.381, se desempeña como empleado de alguna institución o empresa pública. 2) a la DIRECCION DE PATENTAMIENTO de la MUNICIPALIDAD DE RESISTENCIA, a los fines de que informe si el demandado GOMEZ, ARIEL ROLANDO, D.N.I. Nº 33.730.381, posee bienes a su nombre y 3) a la DIRECCION DE INDUSTRIA, COMERCIO Y HABILITACIONES COMERCIALES DE LA MUNICIPALIDAD DE RESISTENCIA, a los fines de que informe si el demandado GOMEZ, ARIEL ROLANDO, D.N.I. Nº 33.730.381, es titular de algún comercio y todo otro dato de interés para la causa; recaudos que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberán ser firmados y diligenciados por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en los recaudos la prevención que establece el Art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1565/11 -Foja: 17- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/GOMEZ, CARMEN SANDRA S/EJECUCION FISCAL - OR. MANDAMIENTO DECONSTATACIÓN DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. 1565/11. acs.- Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Previo a lo solicitado, deberá cumplimentarse con el recaudo ordenado en proveído inicial obrante a fs. 8. Asimismo, a los efectos de una adecuada traba de la litis, líbrese Mandamiento de Constatación del estado de ocupación del inmueble respecto del cual se reclaman las obligaciones tributarias, a cuyo fin el oficial de Justicia procederá, previa constatación de la nomenclatura catastral, la que deberá estar inserta en el cuerpo del recaudo a librarse, a individualizar a los ocupantes mediante requerimiento de los documentos de identidad pertinentes, e informar respecto del carácter que los mismos invoquen.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1559/11 -Foja: 17- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/GONZALEZ, CANDELARIA S/EJECUCION FISCAL - PREVIO DETERMINARPROPIETARIO 17 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1559/11. AG Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I): No siendo posible condenar a persona indeterminada, previo al dictado del despacho monitorio y atento las facultades conferidas al suscripto por el art. 48, inc. 5 del C.P.C.C y a los efectos de una adecuada traba de la litis y con el objeto de establecer la identidad inequívoca del legitimado pasivo de la relación procesal, líbrese: 1) MANDAMIENTO DE CONSTATACION del estado de ocupación del inmueble respecto del cual se reclaman las obligaciones tributarias, a cuyo fin el oficial de Justicia procederá, previa constatación de la nomenclatura catastral, la que deberá estar inserta en el cuerpo del recaudo a librarse, a individualizar a los ocupantes mediante requerimiento de los documentos de identidad pertinentes, e informar respecto del carácter que los mismos invoquen. 2) Oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, a los fines de que informe los datos del titular dominial del bien cuyo impuesto se ejecuta, conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del CPCC, como asimismo la presente providencia.- Al punto II): Téngase presente para la oportunidad en que se dicte el despacho monitorio.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 18703/10 -Foja: 16- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/GONZALEZ, JUAN CARLOS S/EJECUCION FISCAL - OR. MANDAMIENTO DECONSTATACIÓN DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. 18703/10. acs.- Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Previo a lo solicitado, deberá cumplimentarse con el recaudo ordenado en proveído inicial obrante a fs. 7.- Asimismo, a los efectos de una adecuada traba de la litis, líbrese Mandamiento de Constatación del estado de ocupación del inmueble respecto del cual se reclaman las obligaciones tributarias, a cuyo fin el oficial de Justicia procederá, previa constatación de la nomenclatura catastral, la que deberá estar inserta en el cuerpo del recaudo a librarse, a individualizar a los ocupantes mediante requerimiento de los documentos de identidad pertinentes, e informar respecto del carácter que los mismos invoquen.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17565/15 -Foja: 15- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - SE PRESENTA NUEVA PATROCINANTE-SE EXHIBEN LAS ACTUACIONES POR MESA DEENTRADAS DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 17565/15. vns.- Resistencia, 14 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I) Téngase a la Dra. Cynthia E. Ortiz por presentada en el carácter de patrocinante de la actora, dándosele en autos la intervención que por derecho corresponda. Al punto II) Atento lo peticionado, se exhiben las presentes actuaciones por Mesa de Entradas y Salidas del Tribunal. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17666/15 -Foja: 21- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INST.PROV.DES.URB.Y VIV. S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA PROYECTO DE MANDAMIENTO POR ERROR DECONFECCION 21 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 17666/15. jcp NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de Mandamiento de Constatación, presentado en fecha 18/03/2019, por estar erróneamente confeccionado. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 17721/15 -Foja: 93/94- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INSTITUTO DE COLONIZACION S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA ------------------------------------------------------ Expte. N°: 16674/15 -Foja: 48- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARROLLO URB. Y VIV. Y MOREIRA, SANDRA S/EJECUCION FISCAL - PRESTAMOFOTOCOPIA 48 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 16674/15 - AG Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Atento lo peticionado, autorízase al recurrente al retiro del presente expediente a los fines de la extracción de fotocopias, para lo cual deberá ser acompañado por personal del tribunal.- Autorízase la intervención solicitada bajo su exclusiva responsabilidad profesional.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13040/16 -Foja: 12/14- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/MACIEL, MATIAS EZEQUIEL S/EJECUCION FISCAL - CED. DIRIGIDA AL DEMANDADO DILIGENCIADA D.M. C/RDO.NEG. SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE DESPACHO MONITORIO DIRIGIDA AL DEMANDADO, DILIGENCIADA CON RESULTADO NEGATIVO E INFORME DEL OFICIAL DE JUSTICIA.- ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7856/16 -Foja: 27- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/NUÑEZ, YOLANDA ESTER S/EJECUCION FISCAL - PROPONE MARTILLERO,TRASLADO DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. Nº: 7856/16.- acs.- Resistencia, 18 de marzo de 2019. Proveyendo escrito que antecede: Del Martillero propuesto Sr. LUIS DIAZ, y conforme lo dispuesto por el Art. 567 del Código de rito, córrase traslado a la contraria por el término y bajo apercibimiento de ley. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _____________________________________________________ DIA DE DESPACHO: ______________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: ______________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8547/11 -Foja: 147- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PIATTONI, MATIAS Y STEVEN, GUSTAVO FABIAN S/EJECUCION FISCAL - MUNICIPIO - TRANSF. TASA - HON.BROGINI DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 8547/11. acs.- SR. JUEZ: Informo a Ud. que en autos existen fondos depositados, los cuales ascienden a $3.449,15; no habiéndose ordenado ni efectivizado transferencias, al día de la fecha, conforme las constancias de la causa. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Proveyendo fs. 146: Conforme lo peticionado y constancias de la causa, procédase por Secretaría vía internet a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº84018100, del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos, conforme al siguiente detalle: I) A la Cuenta Corriente del Nuevo Banco del Chaco Nº10755/07, CBU Nº31100302- 01000010755072, a nombre de SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, CUIT Nº33-99917645-9, por la suma de PESOS NOVENTA y OCHO CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($98,29) en concepto de Tasa de Justicia actualizada, atento a encontrarse pendiente de pago, conforme lo dispuesto por los arts. 22 in fine y 24 de la ley 4182. II) A la Caja de Ahorro Nº4825404, CBU Nº31100302-11000048254041 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre del Dr. TOBIAS BROGINI, CUIT Nº20- 26667767-8, por la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS SETENTA y SEIS ($2.576,00) en concepto de honorarios (incluye retención porcentual para caja forense).- Firme la presente providencia, dése cumplimiento a lo ordenado precedentemente. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 18698/10 -Foja: 19- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PIMIENTA, LILIAN ALICIA S/EJECUCION FISCAL - PROVIDENCIA SIMPLE DR.GALUGA 19 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 18698/10. AG Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I): No siendo posible condenar a persona indeterminada, previo al dictado del despacho monitorio y atento las facultades conferidas al suscripto por el art. 48, inc. 5 del C.P.C.C y a los efectos de una adecuada traba de la litis y con el objeto de establecer la identidad inequívoca del legitimado pasivo de la relación procesal, líbrese: 1) MANDAMIENTO DE CONSTATACION del estado de ocupación del inmueble respecto del cual se reclaman las obligaciones tributarias, a cuyo fin el oficial de Justicia procederá, previa constatación de la nomenclatura catastral, la que deberá estar inserta en el cuerpo del recaudo a librarse, a individualizar a los ocupantes mediante requerimiento de los documentos de identidad pertinentes, e informar respecto del carácter que los mismos invoquen. 2) Oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, a los fines de que informe los datos del titular dominial del bien cuyo impuesto se ejecuta, conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del CPCC, como asimismo la presente providencia.- Al punto II): Téngase presente para la oportunidad en que se dicte el despacho monitorio.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1557/11 -Foja: 15- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/PINTO, ALBA ELIZABETH S/EJECUCION FISCAL - PROVIDENCIA SIMPLE DR.GALUGA 15 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1557/11. AG Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I): No siendo posible condenar a persona indeterminada, previo al dictado del despacho monitorio y atento las facultades conferidas al suscripto por el art. 48, inc. 5 del C.P.C.C y a los efectos de una adecuada traba de la litis y con el objeto de establecer la identidad inequívoca del legitimado pasivo de la relación procesal, líbrese: 1) MANDAMIENTO DE CONSTATACION del estado de ocupación del inmueble respecto del cual se reclaman las obligaciones tributarias, a cuyo fin el oficial de Justicia procederá, previa constatación de la nomenclatura catastral, la que deberá estar inserta en el cuerpo del recaudo a librarse, a individualizar a los ocupantes mediante requerimiento de los documentos de identidad pertinentes, e informar respecto del carácter que los mismos invoquen. 2) Oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, a los fines de que informe los datos del titular dominial del bien cuyo impuesto se ejecuta, conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del CPCC, como asimismo la presente providencia.- Al punto II): Téngase presente para la oportunidad en que se dicte el despacho monitorio.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7506/15 -Foja: 72- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/ROMERO, HUGO MARCELO S/EJECUCION FISCAL - OF C. CONST.RECEPCION SE AGREGA OFICIO AL BANCO COLUMBIA CON CONSTANCIA DE RECEPCION ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4303/16 -Foja: 25/30- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SUP. GOB. DE LA PROVINCIA S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF. RPIDILIGENCIADO 30 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4303/16. RG Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese Oficio dirigido al Registro de la Propiedad Inmueble diligenciado, con constancia de recepción, informe y fotocopia de folio real adjuntos; téngase presente y hágase saber. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5762/16 -Foja: 29- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/SUP.GOB.DE LA PROVINCIA S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA PROYECTO DE MANDAMIENTO POR ERROR DECONFECCION 29 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 5762/16. jcp NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de Mandamiento de Constatación, presentado en fecha 18/03/2019, por estar erróneamente confeccionado. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15929/15 -Foja: 31/33- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/VERON, JUSTO ANGEL S/EJECUCION FISCAL - OF DILIGENCIADO DIRIGIDO A LA POLICIA DELCHACO SE AGREGA OFICIO DIRIGIDO A LA POLICIA DE LA PROVINCIA DEL CHACO, DILIGENCIADO.- ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5393/15 -Foja: 111- MUNICIPIO DE RESISTENCIA C/VERON, LEANDRO FABIAN S/EJECUCION FISCAL - EMBARGO DEHABERES 111 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 5393/15. AG.- Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Téngase presente la denuncia efectuada y atento lo solicitado, TRABASE EMBARGO sobre los haberes que percibe el demandado VERON, LEANDRO FABIAN, D.N.I. Nº 28.513.314 como empleado dependiente de Altamirano & Palacios S.A., en la proporción del 20% de los mismos y hasta cubrir las sumas condenadas en autos, comprensivas de capital, costas provisorias y honorarios regulados en la Sentencia Monitoria. Líbrese oficio a la patronal a los fines de la toma de razón del embargo trabado; haciéndole saber que los descuentos deben efectuarse en la proporción legal correspondiente y depositarse en la cuenta judicial perteneciente a la presente causa, debiendo el texto del recaudo a librarse contener el número y CBU de la misma y remitir el comprobante respectivo dentro de las 24 hs. que se agregará en autos. NOTIFIQUESE AL DEMANDADO el embargo trabado precedentemente en ausencia. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13084/17 -Foja: 61/62- PACHECO, MIRTA ALICIA C/MUNICIPIO DE RESISTENCIA S/EJECUCION DE HONORARIOS - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10367/14 -Foja: 200- PROVINCIA DEL CHACO C/AGROMARKET S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA PROYECTO DE OFICIO POR ERROR DECONFECCION 200 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 10367/14. jcp NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de Oficio al juzgado Civil N° 12, presentado en fecha 19/03/2019, por estar erróneamente confeccionado. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5230/16 -Foja: 77/78- PROVINCIA DEL CHACO C/AGRORURAL S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - PROVIDENCIASIMPLE 78 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 5230/16. RG Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Previo a la inhibición solicitada y atento el tiempo transcurrido desde el último oficio al Registro de la Propiedad Inmueble diligenciado obrante a fs.18/21 de las presentes actuaciones, líbrese nuevo oficio a dicha entidad a los mismos fines y efectos que el ordenado a fs.11 vta. de autos. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7142/13 -Foja: 146- PROVINCIA DEL CHACO C/AMANIUK, JUAN RAMON S/EJECUCION FISCAL - PREVIO SUBASTA SE ORDENA INTIMACION ALDEMANDADO 146 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. Nº: 7142/13. AG Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Proveyendo a fs. 144: Atento las constancias de la causa, previo a lo peticionado, INTIMASE al demandado Sr. AMANIUK, JUAN RAMON; para que deposite judicialmente el monto condenado en autos, a la orden de la causa y del juzgado, en la cuenta judicial vinculada a las presentes actuaciones, bajo apercibimiento de ordenar la subasta del bien embargado. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA, debiéndose consignar en el recaudo a librarse los montos correspondientes a depositar, así como también el número y C.B.U. de cuenta judicial de la presente causa.- A fs. 145: Conforme lo peticionado, y tratándose de un acto meramente administrativo, cuya notificación corresponde ser realizada por parte interesada, en consecuencia, a lo solicitado, NO HA LUGAR. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1719/13 -Foja: 91- PROVINCIA DEL CHACO C/ANTENUCHI, LIVIO ARIEL S/EJECUCION FISCAL - DESIGNACION MARTILLERO -AUTOMOTOR ART. 83ATP SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE. Nº:1719/13 - mod Resistencia, 19 de marzo de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Atento a lo solicitado y de conformidad a lo dispuesto en el art. 83 del Código Tributario, DESIGNASE Martillero al propuesto Sr. ANIBAL SANTAMBROGIO, quien previa aceptación del cargo en debida forma y constitución del domicilio legal y electrónico ante el Actuario, procederá a la venta del automotor embargado en autos a fs. 71, individualizado como: DOMINIO KDU- 128 - NISSAN FRINTIER NP300, en remate público, sin base, al contado y al mejor postor, con más IVA si correspondiere a cargo del comprador, a cuyo efecto designará lugar, día y hora que hará saber por medio de edictos que se publicarán por el término de DOS (2) días en un diario local y Boletín Oficial, quedando autorizado a percibir del comprador la comisión que determina el art. 50, inc. I, ap. b) de la Ley Nº 103-C (antes Ley provincial Nº 604/64), comisión 8%, debiendo rendir cuenta de su gestión dentro del tercer día de realizado el remate, cuyo producido deberá depositar en el Nuevo Banco del Chaco S.A. a la orden de este Juzgado y como perteneciente a la presente causa, bajo apercibimiento de lo que hubiere lugar por derecho, y previa acreditación en autos de las deudas que pesaren sobre el automotor a subastar, lo que deberá consignarse en el edicto a librarse. NOTIFIQUESE AL MARTILLERO Y A LAS PARTES PERSONALMENTE O POR CEDULA. LIBRESE MANDAMIENTO DE SECUESTRO de un automóvil MARCA , tipo DOMINIO KDU- 128 - NISSAN FRINTIER NP300, MODELO 552-Fronteier Np300, motor NISSAN marca NISSAN, chasis 3N6PD23T6CK001894, con su documentación y llaves correspondientes, en el lugar en que estuviere ubicado, aún si se hallare en poder de terceros y/o en la vía pública; salvo que esté en poder de autoridad oficial; que diligenciará el Sr. Oficial de Justicia con facultades de ley, pudiendo requerir el auxilio de la fuerza pública en la medida y con la prudencia que el caso requiera. Autorízase la intervención solicitada. HABILITENSE DIAS Y HORAS INHABILES. Previo a librar mandamiento secuestro del automotor, a fin de autorizar los gastos que pueda demandar la realización de la subasta como así también con el propósito de evitar un incremento de los mismos, deberá el rematador acompañar planilla de gastos con los respectivos montos que irrogará la misma. NOTIFIQUESE AL MARTILLERO PERSONALMENTE O POR CEDULA.- Asimismo, líbrese oficios a la Municipalidad de a los fines de que informen a cuanto asciende la deuda por impuestos no pagos al día de la fecha del bien cuya subasta se ordenara en autos y al REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR de CORZUELA a fin de que informe condiciones de dominio actualizadas de dicho bien; con las facultades y en los términos dispuestos por el art. 385 del C.P.C.C., el que serán suscriptos por el profesional interviniente.- Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384, y la presente providencia.- Autorízase al Martillero y/o quién indique a intervenir en el diligenciamiento de los recaudos ordenados. Por Secretaría oportunamente, expídase el edicto respectivo. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8075/16 -Foja: 57- PROVINCIA DEL CHACO C/ASERRADERO WALLACE S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALRPI SE LIBRA OFICIO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE.- ------------------------------------------------------ Expte. N°: 5344/16 -Foja: 47- PROVINCIA DEL CHACO C/ASESORIAS COMERCIALES S.A. S/EJECUCION FISCAL - LEVANTAMIENTO DE EMBARGOATP DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 5344/16. vns.- Resistencia, 19 de marzo de 2019 Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I) Agréguese copia informatizada de Presentación Nº756528 emitida por la ATP. Téngase presente lo manifestado respecto a que el demandado ha cancelado la deuda mediante plan de pagos y hágase saber. Al punto II) Téngase presente lo manifestado, y obrando conformidad del Fiscal de Estado, bajo su exclusiva responsabilidad, DECRETASE el levantamiento de los embargos trabados a fs. 8 vta. y 33 y, a los fines de la toma de razón, líbrese oficio al Banco Galicia y Buenos Aires S.A. y al Registro de la Propiedad Inmueble respectivamente. HABILITENSE DIAS Y HORAS INHABILES. A lo demás) Téngase presente y hágase saber. Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11633/12 -Foja: 262/264- PROVINCIA DEL CHACO C/AYDES S.A. S/EJECUCION FISCAL - MANDAMIENTO DE EMBARGODILIGENCIADO SE AGREGA MANDAMIENTO DE EMBARGO DILIGENCIADO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8405/16 -Foja: 101/102- PROVINCIA DEL CHACO C/BELOZO, MIGUEL ANGEL S/EJECUCION FISCAL - PROVIDENCIA SIMPLE DR.NICOLOFF SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 8405/16. mod Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Atento a las constancias de la causa, y encontrandose el demandado en autos notificado del despacho monitorio obrante en autos, a lo solicitado no ha lugar. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6035/16 -Foja: 75- PROVINCIA DEL CHACO C/BENITEZ, ALCIDES RAMON S/EJECUCION FISCAL - VIGENCIA MORATORIA: INFORMA + NOTIF X CED., NO HALUGAR 75 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6035/16. AG Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: A los puntos I) y II) Agréguese resolución general Nº1957 que acompaña referente a la vigencia de la Ley Provincial Nº2924-F y la Resolución General Nº1957 por las cuales se otorgan importantes beneficios impositivos y quitas de intereses a los sujetos pasivos de obligaciones fiscales provinciales que se acojan y regularicen sus deudas. Al punto III) Asimismo, tratándose de un acto meramente administrativo, cuya notificación corresponde ser realizada por parte interesada, en consecuencia, a lo solicitado, NO HA LUGAR. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4271/15 -Foja: 90- PROVINCIA DEL CHACO C/BIASEVICH, MIGUEL ALBERTO S/EJECUCION FISCAL - SE ORDENA INTIMACION AL DEMANDADO PAGUE TASA YHONORARIOS 90 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4271/15. AG Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I): Agréguese copia informatizada de Presentación Nº 803821 emitida por la ATP.- Téngase presente lo manifestado respecto a que el demandado ha cancelado la deuda mediante plan de pagos y hágase saber.- Al punto II): Conforme lo solicitado, INTIMASE al demandado Sr. BIASEVICH, MIGUEL ALBERTO; para que, en el término y bajo apercibimiento de ley, deposite judicialmente el monto de los honorarios regulados en la sentencia monitoria y tasa de justicia, en la cuenta judicial perteneciente a la presente causa. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA, debiéndose consignar en el recaudo a librarse los montos correspondientes a depositar, así como también el número y C.B.U. de cuenta judicial de la presente causa. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11061/12 -Foja: 62- PROVINCIA DEL CHACO C/BRAVO, DANIEL OSVALDO S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALRPI SE LIBRA OFICIO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE.- ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9490/15 -Foja: 78/81- PROVINCIA DEL CHACO C/BREAKAXE S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - INFORME Y ORDEN DE TRANSFERENCIAS PROVINCIA -ATP 81 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. Nº: 9490/15. RG SR. JUEZ: Informo a Ud. que en autos existen fondos depositados, los cuales ascienden a la suma de PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS DIEZ CON CINCUENTA y CUATRO CENTAVOS ($6.410,54) según constancias de la causa. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Proveyendo el escrito de fs. 78: Estése a lo que se provee en el día de la fecha. A fs.79/80: Conforme lo peticionado y atento lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, procédase por Secretaría vía internet a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº102025208, del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos, conforme al siguiente detalle: I) A la Cuenta Corriente Nº14374/10, CBU Nº31100302-01000014374109 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la ATP (ADMINISTRACION TRIBUTARIA PROVINCIAL - RECAUDACIONES GENERALES), CUIT Nº33-99917676-9, por la suma de PESOS NOVENTA ($90,00), en concepto de gastos documentados. Una vez firme la presente providencia, dése cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Se le hace saber al recurrente que una vez efectuada la transferencia que antecede quedará el remanente de la suma de pesos SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE CON CINCUENTA y CUATRO CENTAVOS ($6.320,54) y que a los fines de reintegrar dicho monto a la demandada debera informar: CUIT, Banco destinatario, Nº de cuenta, sucursal y CBU de la misma. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1471/19 -Foja: 15- PROVINCIA DEL CHACO C/CANCINO, YOLANDA ANGELICA S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA PROYECTO DE OFICIO POR ERROR DECONFECCION 15 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 1471/19. jcp NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libra proyecto de Oficio al Nuevo Banco del Chaco S.A., presentado en fecha 15/03/2019, por estar erróneamente confeccionado. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13286/14 -Foja: 152/153- PROVINCIA DEL CHACO C/CENTRO DE TELECOMUNICACIONES S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - OF DILIGENCIADORPI SE AGREGA OFICIO DIRIGIDO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DILIGENCIADO.- ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11711/15 -Foja: 105/111- PROVINCIA DEL CHACO C/CHEJ, NANCY ROXANA S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGACEDULA 111 SILVIO ABEL NICOLOFF Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 11711/15. RG Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Téngase presente y agréguese cédula de notificación de embargo trabado en autos dirigida a la demandada, diligenciada y hágase saber. Not.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 15042/15 -Foja: 58- PROVINCIA DEL CHACO C/COCHERIA GUILLAN S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - REINSCRIPCION EMBARGOS/AUTOMOTOR 58 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 15042/15.- AG Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Atento lo solicitado y constancias de fs. 22/42, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Automotor Seccional Nº06004 de la localidad de Machagai - Provincia del Chaco a fin de que procedan a la REINSCRIPCION del embargo dispuesto en autos, respecto del automotor identificado como Dominio AFV-466.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2603/13 -Foja: 106- PROVINCIA DEL CHACO C/CONCORPLAST S.A. S/EJECUCION FISCAL - NUEVO DOMICILIO REAL DEL DEMANDADO-SE ORDENA NUEVACEDULA 106 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 2603/13. AG Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Agréguese cédula ley 22172 dirigida a la demandada diligenciada con resultado negativo y hágase saber.- Téngase presente el nuevo domicilio denunciado del demandado en autos y, conforme lo peticionado, líbrese nueva Cédula, a los fines de correr traslado de la demanda y notificar el Despacho Monitorio, debiendo el recurrente consignar en el recaudo a librarse el nuevo domicilio denunciado.- Téngase presente el proyecto aportado y estése al libramiento del día de la fecha.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2603/13 -Foja: 107- PROVINCIA DEL CHACO C/CONCORPLAST S.A. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA CEDULA ALDEMANDADO SE LIBRA CEDULA DIRIGIDA AL DEMANDADO.- ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3117/13 -Foja: 216- PROVINCIA DEL CHACO C/CONSTRUCCIONES BOR S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - INFORMA REGUL. DE DEUDA E INTIM. HON YT.J. SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 3117/13.-mod Resistencia, 19 de marzo de 2019 Proveyendo el escrito que antecede: Al punto I) Atento lo solicitado, INTIMASE AL DEMANDADO para que dentro del término y bajo apercibimiento de Ley cumplimente el pago de la diferencia de la planilla practicada en autos. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA, debiéndose consignar en el recaudo a librarse los montos correspondientes a depositar, así como también el número y C.B.U. de cuenta judicial de la presente causa. Al punto II) Atento lo solicitado, líbrese Oficio al Registro de la Propiedad del Automotor de la ciudad de Resistencia, a fin de que informen la existencia de bienes registrados a nombre del demandado en autos CONSTRUCCIONES BOR S.R.L. en todo el ámbito de la Nación Argentina, y en caso afirmativo las condiciones de dominio de los mismos; recaudo que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el Art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia. NOT.- OMAR A. MARTINEZ - JUEZ - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7108/12 -Foja: 250/51- PROVINCIA DEL CHACO C/COOPERATIVA AGROPECUARIA DE CHARATA LTDA S/EJECUCION FISCAL - INTIMACION A LA ACTORA A PRACTICAR PLANILLA YPRESTAMO SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 7108/12. mod Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Atento lo peticionado y de conformidad con lo dispuesto por el art. 600 del CPCC, autoricese practicar planilla de liquidación, dentro del término y bajo apercibimiento de ley; a tal fin concédese el expediente en préstamo por el término de TRES (3) días, bajo constancia y apercibimiento de ley (art. 143 y 144 del C.P.C.C.).- Dése la autorización solicitada. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 12161/12 -Foja: 138- PROVINCIA DEL CHACO C/DACUNDA, CLARA MARIA DOLORES S/EJECUCION FISCAL - NO SE LIBRA PROYECTO DE OFICIO POR ERROR DECONFECCION 138 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 12161/12. jcp NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que no se libran tres (3) proyectos de Oficio, presentados en fecha 07/03/2019, por haber omitido consignar la suma correspondiente a honorarios profesionales regulados en el despacho monitorio. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 11630/16 -Foja: 81/82- PROVINCIA DEL CHACO C/DARNAY, JUAN MARCELO S/EJECUCION FISCAL - PRESTAMO DE EXPEDIENTE A PROFESIONAL PARA HACERPLANILLA 82 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. Nº: 11630/16.- RG Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Atento lo solicitado, concédase el expediente en préstamo por el término de TRES (3) días a los fines de practicar planilla, bajo constancia y apercibimiento de ley (art. 143 y 144 del C.P.C.C.).- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8343/16 -Foja: 62/64- PROVINCIA DEL CHACO C/DEL VALLE, CARLOS DANIEL S/EJECUCION FISCAL - PROVIDENCIA SIMPLE DR.NICOLOFF SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 8343/16. mod Resistencia, 19 de marzo de 2019.- A fs.62: Agréguese nota de ECOM. A fs.63/64: Agréguese oficio dirigido a Ecom diligenciado y hágase saber. NOT.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2494/15 -Foja: 130- PROVINCIA DEL CHACO C/DIAZ GARCIA, ERICA PAOLA S/EJECUCION FISCAL - TRANSFERENCIA - ATP -MOD.2 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. Nº: 2494/15. mod SR. JUEZ: Informo a Ud. que en autos existen fondos depositados, los cuales ascienden a $5002.62 y, al día de la fecha, conforme las constancias de la causa, no se han ordenado ni efectivizado transferencias. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Proveyendo el escrito de fs.127: Conforme lo peticionado y atento lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, procédase por Secretaría vía internet a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº99561900, del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos, conforme al siguiente detalle: I) A la Cuenta Corriente del Nuevo Banco del Chaco Nº10755/07, CBU Nº31100302- 01000010755072, a nombre de SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, CUIT Nº33-99917645-9, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150,00) en concepto de Tasa de Justicia, atento a encontrarse pendiente de pago, conforme lo dispuesto por los arts. 23 in fine y 25 de la ley 840- F (antes Ley Nº 4182). II) A la Cuenta Corriente Nº14374/10, CBU Nº31100302-01000014374109 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la ATP (ADMINISTRACION TRIBUTARIA PROVINCIAL - RECAUDACIONES GENERALES), CUIT Nº33-99917676-9, por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS TREINTA y DOS CON SESENTA y DOS CENTAVOS ($3.532,62), en concepto de Capital. III) A la Caja de Ahorro Nº509320/9, CBU Nº31100302-11000050932098 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la Dra. MARIA DE LAS MERCEDES SANTANGELO, CUIT Nº27- 13099052-0, por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($188,50), en concepto de honorarios.- IV) A la Caja de Ahorro Nº3890201, CBU Nº31100302-11000038902015 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la Dra. LAURA HAYDEE ZORRILLA, CUIT Nº27-31209974-3, por la suma de PESOSCIENTO OCHENTA y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($188,50), en concepto de honorarios.- V) A la Caja de Ahorro Nº1175/04, CBU Nº31100302- 11000001175044 del Nuevo Banco del Chaco, en la Sucursal Nº 30-Resistencia a nombre de FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DEL CHACO, CUIT Nº30-99927127-4, por la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA y DOS CON NOVENTA CENTAVOS ($282,90) correspondientes al aporte por honorarios regulados al Dr. Alcantara (NO SUJETO A RETENCIONES).- VI) A la Caja de Ahorro Nº9968/06, CBU Nº31100302-11000009968064 del Nuevo Banco del Chaco, en la Sucursal Nº 30-Resistencia, a nombre del Dr. JORGE EDUARDO ALCANTARA, CUIT Nº20- 17960213-0 por la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA CON DIEZ CENTAVOS ($660,10), en concepto de honorarios.- Una vez firme la presente providencia, dése cumplimiento con lo ordenado precedentemente. A fs. 128/129: Agréguese Ministerios de Hacienda y Finanzas Públicas. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10884/15 -Foja: 71/72- PROVINCIA DEL CHACO C/DISTRIBUIDORA GENERAL SAN MARTIN S/EJECUCION FISCAL - EMBARGO DEMOTOVEHICULO 72 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 10884/15 - RG Resistencia, 19 de marzo de 2019. Proveyendo el escrito que antecede: Atento lo peticionado, teniendo en cuenta lo dispuesto en los arts. 475, 529, 614 y 615 del C.P.C.C., trábese embargo sobre el motovehículo denunciado individualizado como Dominio: 741 HNM, Marca HONDA, Modelo: NF 100 Wave, motocicleta, Año Modelo: 2011, si fuera propiedad del demandado DISTRIBUIDORA GENERAL SAN MARTIN, CUIT Nº 33-67015854-4 hasta cubrir las sumas condenadas en autos, comprensivas de capital, costas provisorias y honorarios regulados en la Sentencia Monitoria y a los fines de la toma de razón y para que se informe sobre las condiciones de dominio, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor Seccional 30009 - Resistencia "B" de la Provincia del Chaco y confiérase la autorización peticionada. Notifíquese al demandado el embargo trabado precedentemente, a cuyo fin líbrese cédula. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6429/16 -Foja: 78- PROVINCIA DEL CHACO C/DOMINGUEZ, MAURICIO S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRACEDULA SE LIBRA CEDULA. ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4351/15 -Foja: 43- PROVINCIA DEL CHACO C/DUARTE, CARLOS ALBERTO S/EJECUCION FISCAL - OF C. CONST.RECEPCION SE AGREGA OFICIO AL INSSSEP CON CONSTANCIA DE RECEPCION ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4351/15 -Foja: 40/42- PROVINCIA DEL CHACO C/DUARTE, CARLOS ALBERTO S/EJECUCION FISCAL - OFDILIGENCIADO SE AGREGA OFICIO AL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL, SEGURO Y PRESTAMOS (INSSSEP) DILIGENCIADO CON INFORME DE DICHA ENTIDAD ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2346/19 -Foja: 12/13- PROVINCIA DEL CHACO C/G & G S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - D.I. PROVINCIA C/ EMBARGO DE CUENTAS + EMBARGO + INF.INM. 12 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 2346/19 - gas Resistencia, 19 de marzo de 2019. Téngase a la Dra. JOHANNA JESSIE GUZZI por presentado, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra G & G S.R.L..- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 529, 614 y 615 del CPCC, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra G & G S.R.L. por la suma de PESOS DIEZ MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE CON SESENTA y CINCO CENTAVOS ($10.327,65) en concepto de capital, más la de PESOS CUATRO MIL CIENTO TREINTA y UNO CON SEIS CENTAVOS ($4.131,06) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en la Sentencia Monitoria.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura de los arts. 529 del CPCC que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Asimismo trábase embargo sobre las sumas que tenga el demandado G & G S.R.L. ya sea en Caja de ahorro, fondos comunes de inversión, cuentas corrientes en NUEVO BANCO DEL CHACO S.A. en cualquier Sucursal del país hasta cubrir las sumas condenadas en autos, comprensivas de capital, costas provisorias y honorarios regulados en la presente.- A los fines de la toma de razón líbrese oficio a la Entidad Bancaria referida; debiendo ABSTENERSE DE EFECTIVIZAR la medida sobre fondos provenientes de sueldos abonados mediante la acreditación en caja de ahorro o similar, informando tal circunstancia al Tribunal. Las sumas retenidas deberán depositarse en la cuenta judicial correspondiente a los presentes autos, debiendo el texto del recaudo a librarse contener el número y CBU de la misma y remitir el comprobante respectivo. Notifíquese al demandado el embargo trabado precedentemente a cuyo fin líbrese Cédula. Autorízase la intervención solicitada.- Al punto 6: Atento lo solicitado, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Inmueble de la provincia del Chaco, a los fines de que informe la existencia de bienes de propiedad del demandado, sus condiciones de dominio y gravámenes; recaudo que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia.- A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada.- Cúmplase con el aporte de Caja Forense.- Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 23 y 26 de L.840.F según Digesto (antes ley 4182), por Secretaría practíquese planilla de liquidación. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: Conforme lo ordenado por S.S., procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la L.840.F según Digesto (antes ley 4182).- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS DIEZ MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE CON SESENTA y CINCO CENTAVOS ($10.327,65) b) Porcentaje a aplicar: 1,5% s/monto imponible.- III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA y CUATRO CON NOVENTA y DOS CENTAVOS ($154,92). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:2346/19. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2346/19 -Foja: 14/15- PROVINCIA DEL CHACO C/G & G S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SEN. ATP - SMVM 1 (ACTUALIZADO MedioSalario) DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:2346/19.- gas Resistencia, 19 de marzo de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/G & G S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº2346/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 del CPCC y arts. 72, 73 y 74 de la Ley Nº83-F (antes Dcto. Nº2444/62 y lo dispuesto por el art. 2 de la ley Nº1940-A (antes Ley Nº6808), hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del CPCC.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria provincial Nº299-F (antes Ley Nº2071), art. 34, desde la mora (17/09/2016), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del CPCC, se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios, atendiendo al monto del proceso ($10.327,65), siendo éste inferior a un S.M.V. y M. (hoy $11.900,00), para regular los honorarios profesionales se toma como base un 50% de dicho salario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5, última parte del segundo párrafo, de la ley arancelaria; con la reducción del art. 15 de la Ley 288-C -antes Ley Nº2011 y art. 1º Ley Nº 457-C -antes ley 2868-. Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra G & G S.R.L., condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS DIEZ MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE CON SESENTA y CINCO CENTAVOS ($10.327,65) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los "considerandos", y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS CUATRO MIL CIENTO TREINTA y UNO CON SEIS CENTAVOS ($4.131,06), sujeta a liquidación definitiva, que incluye, Tasa de Justicia según los arts. 24, 25 y 27 de la ley Nº840-F (antes Ley Nº4182) y sus modificatorias, lo que asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA y CUATRO CON NOVENTA y DOS CENTAVOS ($154,92).- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del CPCC con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según los arts. 24, 25 y 27 de la ley Nº840-F (antes Ley Nº4182) asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA y CUATRO CON NOVENTA y DOS CENTAVOS ($154,92).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación en razón de la distancia si correspondiere; podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I de la presente u OPONERSE a este despacho monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 del CPCC. Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 46 de la ley citada.- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($1.250,00), de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la Ley Nº1940-A (antes ley Nº6808); y a la Dra. JOHANNA JESSIE GUZZI la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00), por su actuación como apoderada. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido en los considerandos. Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- A los efectos de la notificación, siendo la demandada persona jurídica y a los fines de dar cumplimiento con la Resolución Nº 1158/12 del Superior Tribunal de Justicia deberá consignarse como constituído el legal de la demandada. VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9811/16 -Foja: 40/41- PROVINCIA DEL CHACO C/KARBAN, DANIEL S/EJECUCION FISCAL - OF DILIGENCIADORPI SE AGREGA OFICIO DIRIGIDO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DILIGENCIADO.- ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10876/15 -Foja: 76- PROVINCIA DEL CHACO C/LEGUIZAMON, DANIEL S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRAN 3OFICIOS SE LIBRA OFICIO. ------------------------------------------------------ Expte. N°: 9265/12 -Foja: 43- PROVINCIA DEL CHACO C/LINCUIZ, JORGE LUIS S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF. BCO. CENTRAL E INFORMESBANCARIOS DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 9265/12. vns.- Resistencia, 18 de marzo de 2019. A fs. 31/32: Agréguese informes del Banco HSBC y del Banco Formosa y hágase saber. A fs. 33/38: Agréguese oficio dirigido al Banco Central de la República Argentina con comprobante de transferencia de pago de arancel e impresión de correos electrónicos de ingreso correcto de oficio, confirmación de recepción e informe de cumplimiento del trámite por Comunicación "D" 27133, téngase presente y hágase saber. A fs. 39/42: Agréguese informes del Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., del Banco de la Nación Argentina, del Banco Patagonia S.A. y del Banco Hipotecario respectivamente y hágase saber. Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10887/15 -Foja: 60- PROVINCIA DEL CHACO C/MAFE S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - CED. DIRIGIDA AL DEMANDADO DILIG. NOTIFICAEMBARGO SE AGREGA CEDULA DE NOTIFICACION DE EMBARGO DIRIGIDA AL DEMANDADO, DILIGENCIADA.- ------------------------------------------------------ Expte. N°: 10887/15 -Foja: 61- PROVINCIA DEL CHACO C/MAFE S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE LIBRA OFICIO ALBCRA SE LIBRA OFICIO AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.- ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6255/16 -Foja: 66- PROVINCIA DEL CHACO C/MAKZ S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - VIGENCIA MORATORIA: INFORMA + NOTIF X CED., NO HALUGAR DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6255/16. acs.- Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: A los puntos I) y II) Agréguese resolución general Nº1957 que acompaña referente a la vigencia de la Ley Provincial Nº2924-F y la Resolución General Nº1957 por las cuales se otorgan importantes beneficios impositivos y quitas de intereses a los sujetos pasivos de obligaciones fiscales provinciales que se acojan y regularicen sus deudas. Al punto III) Tratándose de un acto meramente administrativo, cuya notificación corresponde ser realizada por parte interesada, en consecuencia, a lo solicitado, NO HA LUGAR. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 14966/15 -Foja: 44- PROVINCIA DEL CHACO C/MAÑEZ, ELIDA S/EJECUCION FISCAL - INHIBICION GENERAL DEBIENES DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 14966/15. vns.- Resistencia, 14 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese oficio dirigido al Registro de la Propiedad Automotor diligenciado, téngase presente lo manifestado y, atento lo solicitado y de conformidad a lo dispuesto por el art. 245 de la ley Nº2559-M según Digesto Jurídico provincial (antes ley 7950- CPCC), DECRETASE la inhibición general de la demandada MAÑEZ, ELIDA, CUIT Nº27-02420308-0 para vender y/o gravar bienes de su propiedad.- A los fines de la toma de razón, ofíciese.- Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ________________________________________________ DIA DE DESPACHO: ________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: ________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3394/16 -Foja: 89- PROVINCIA DEL CHACO C/MONTENEGRO, ALBERTO JUAN DANIEL S/EJECUCION FISCAL - VIGENCIA MORATORIA: INFORMA + NOTIF X CED., NO HALUGAR DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 3394/16. acs.- Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: A los puntos I) y II) Agréguese resolución general Nº1957 que acompaña referente a la vigencia de la Ley Provincial Nº2924-F y la Resolución General Nº1957 por las cuales se otorgan importantes beneficios impositivos y quitas de intereses a los sujetos pasivos de obligaciones fiscales provinciales que se acojan y regularicen sus deudas. Al punto III) Tratándose de un acto meramente administrativo, cuya notificación corresponde ser realizada por parte interesada, en consecuencia, a lo solicitado, NO HA LUGAR. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2348/19 -Foja: 13- PROVINCIA DEL CHACO C/MUNICIPALIDAD DE MAKALLE S/EJECUCION FISCAL - D.I. GUZZI C/EMBARGO DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 2348/19. gas Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Téngase a la Dra. JOHANNA JESSIE GUZZI, por presentada, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompañan, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de Ejecución Fiscal contra MUNICIPALIDAD DE MAKALLE. Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada. Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. A lo demás, oportunamente. Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 23 y 26 de L.840.F según Digesto (antes ley 4182), por Secretaría practíquese planilla de liquidación. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: Conforme lo ordenado por S.S., procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por la L.840.F según Digesto (antes ley 4182).- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS TREINTA y OCHO MIL CIENTO SESENTA y CUATRO CON OCHENTA y UN CENTAVOS ($38.164,81) b) Porcentaje a aplicar: 2% s/monto imponible.- III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS SETECIENTOS SESENTA y TRES CON TREINTA CENTAVOS ($763,30). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:2348/19. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2348/19 -Foja: 14/15- PROVINCIA DEL CHACO C/MUNICIPALIDAD DE MAKALLE S/EJECUCION FISCAL - SEN. ATP - SMVM 2 (ACTUALIZADO NUEVOCPCC) DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:2348/19.- gas Resistencia, 19 de marzo de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/MUNICIPALIDAD DE MAKALLE S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº2348/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 del CPCC y arts. 72, 73 y 74 de la Ley Nº83-F (antes Dcto. Nº2444/62 y lo dispuesto por el art. 2 de la ley Nº1940-A (antes Ley Nº6808), hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del CPCC.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria provincial Nº299-F (antes Ley Nº2071), art. 34, desde la mora (16/03/2017), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del CPCC, se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios se toma como base el capital reclamado en autos, aplicando el art. 5 de la Ley Nº288-C (antes Ley Nº2011); con la limitación dispuesta en el art. 15 de dicha ley.- Efectuado los cálculos de rigor, teniendo en cuenta el mérito, calidad y eficacia de los trabajos realizados por los profesionales, y luego de aplicar la alícuota mencionada supra, la operación efectuada arroja una suma inferior a lo establecido en el art. 5, 2º párrafo de la Ley Nº288-C, de aplicación inmediata. En este sentido para regular los honorarios profesionales se toma como base un salario mínimo vital y móvil reducido a un 80%, atento a la calidad y extensión de los trabajos realizados, conforme art. 3, 5, 6 y 15 de la Ley Nº288-C y Ley 1940-A (antes Ley Nº6808) y art. 1º de la Ley 457-C (antes Ley Nº2868), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra MUNICIPALIDAD DE MAKALLE, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS TREINTA y OCHO MIL CIENTO SESENTA y CUATRO CON OCHENTA y UN CENTAVOS ($38.164,81) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los "considerandos", y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS QUINCE MIL DOSCIENTOS SESENTA y CINCO CON NOVENTA y DOS CENTAVOS ($15.265,92), sujeta a liquidación definitiva, que incluye, Tasa de Justicia según los arts. 24, 25 y 27 de la ley Nº840-F (antes Ley Nº4182) y sus modificatorias, lo que asciende a la suma de PESOS SETECIENTOS SESENTA y TRES CON TREINTA CENTAVOS ($763,30).- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del CPCC con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según los arts. 24, 25 y 27 de la ley Nº840-F (antes Ley Nº4182) asciende a la suma de PESOS SETECIENTOS SESENTA y TRES CON TREINTA CENTAVOS ($763,30).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO en la Persona del Intendente que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación en razón de la distancia si correspondiere; podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I de la presente u OPONERSE a este despacho monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 del CPCC. Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 46 de la ley citada.- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00), de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la Ley Nº1940-A (antes ley Nº6808); y a la Dra. JOHANNA JESSIE GUZZI la suma de PESOS UN MIL ($1.000,00), por su actuación como apoderada. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido por los art. 3, 5 y 6 de la Ley Nº288-C (antes Ley Nº2011) y art. 1º de la Ley Nº457-C (antes Ley Nº2868); con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- A los efectos de la notificación, siendo la demandada persona jurídica y a los fines de dar cumplimiento con la Resolución Nº 1158/12 del Superior Tribunal de Justicia deberá consignarse como constituído el legal de la demandada. VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 19 de marzo de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 7987/16 -Foja: 43- PROVINCIA DEL CHACO C/PETROVICH, ARIEL OSCAR S/EJECUCION FISCAL - OR. OF. RPA RESISTENCIAINFORME DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. Nº: 7987/16. vns.- Resistencia, 14 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese Oficio dirigido al Registro Nacional de la Propiedad Automotor sin diligenciar y, atento lo solicitado, líbrese Oficio al Registro de la Propiedad del Automotor Nº4 de la ciudad de Resistencia, a fin de que informen la existencia de bienes registrados a nombre del demandado en autos PETROVICH, ARIEL OSCAR en todo el ámbito de la Nación Argentina, y en caso afirmativo las condiciones de dominio de los mismos y seccional registral en la cual se encuentran radicados; recaudo que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el Art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia.- NOT.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ______________________________________________________ DIA DE DESPACHO: ______________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: ______________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 14765/15 -Foja: 114- PROVINCIA DEL CHACO C/RODRIGUEZ, DIEGO MARTIN S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF. DILIG. EINFORME DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 14765/15. vns.- Resistencia, 14 de marzo de 2019.- A fs. 108: Agréguese informe de la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio y hágase saber. A fs. 109/113: Agréguese oficio dirigido al Registro de la Propiedad Automotor diligenciado, téngase presente y hágase saber. Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 3924/15 -Foja: 93/94- PROVINCIA DEL CHACO C/RODRIGUEZ, GUILLERMO JAVIER S/EJECUCION FISCAL - OFDILIGENCIADO SE AGREGA OFICIO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DILIGENCIADO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13892/10 -Foja: 144- PROVINCIA DEL CHACO C/RODRIGUEZ, PATRICIA ALEJANDRA S/EJECUCION FISCAL - ACTA ACEPTACION CARGO MARTILLEROSANTAMBROGIO DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "2018 Año de la Concientización sobre la Violencia de Género #Ni Una Menos " Ley 2750-A Expte. Nº 13892/10 - acs.- En la ciudad de Resistencia, capital de la provincia del Chaco, a los diecinueve (19) días del mes de marzo del año Dos mil diecinueve, siendo las 09:05 horas, en el Expte. Nº13892/10 caratulado: "PROVINCIA DEL CHACO C/RODRIGUEZ, PATRICIA ALEJANDRA S/ EJECUCION FISCAL" comparece el Martillero Público Sr. ANIBAL ROLANDO SANTAMBROGIO, con Matrícula Profesional Nº328, con D.N.I. Nº 11653817, mayor de edad, con domicilio en Pueyrredón Nº 915 de la ciudad de Resistencia. Abierto el acto, el compareciente MANIFIESTA: que viene a aceptar formalmente el cargo de Martillero Judicial para el cual ha sido designado en la presente causa, prestando JURAMENTO de ley. No siendo para más, se da por finalizado el acto, firmando el compareciente, previa lectura y ratificación, todo por ante mi, que doy fe.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8788/16 -Foja: 204- PROVINCIA DEL CHACO C/SAMSUNG ELECTRONICS S.A. S/EJECUCION FISCAL - CED.DILIGENCIADA SE AGREGA CEDULA DILIGENCIADA ------------------------------------------------------ Expte. N°: 4736/11 -Foja: 120- PROVINCIA DEL CHACO C/SUPERMERCADOS EL SOL S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF. CON CONSTANCIA DERECEPCION DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 4736/11. vns.- Resistencia, 14 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: Agréguese oficio dirigido al Banco de la Nación Argentina, Sucursal Saenz Peña, con constancia de recepción y hágase saber. Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1730/14 -Foja: 104/110- PROVINCIA DEL CHACO C/TIGRA S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - VIGENCIA MORATORIA: INFORMA + NOTIF X CED., NO HALUGAR 110 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1730/14. RG Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: A los puntos I) y II) Agréguese resolución general Nº1957 que acompaña referente a la vigencia de la Ley Provincial Nº2924-F y la Resolución General Nº1957 por las cuales se otorgan importantes beneficios impositivos y quitas de intereses a los sujetos pasivos de obligaciones fiscales provinciales que se acojan y regularicen sus deudas. Al punto III) Asimismo, tratándose de un acto meramente administrativo, cuya notificación corresponde ser realizada por parte interesada, en consecuencia, a lo solicitado, NO HA LUGAR. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 1606/14 -Foja: 99/105- PROVINCIA DEL CHACO C/TRESA CONSTRUCCIONES S.R.L. S/EJECUCION FISCAL - VIGENCIA MORATORIA: INFORMA + NOTIF X CED., NO HALUGAR 105 SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 1606/14. RG Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Proveyendo el escrito que antecede: A los puntos I) y II) Agréguese resolución general Nº1957 que acompaña referente a la vigencia de la Ley Provincial Nº2924-F y la Resolución General Nº1957 por las cuales se otorgan importantes beneficios impositivos y quitas de intereses a los sujetos pasivos de obligaciones fiscales provinciales que se acojan y regularicen sus deudas. Al punto III) Asimismo, tratándose de un acto meramente administrativo, cuya notificación corresponde ser realizada por parte interesada, en consecuencia, a lo solicitado, NO HA LUGAR. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 8090/13 -Foja: 89- PROVINCIA DEL CHACO C/VEGA, HECTOR ALCIBIADES S/EJECUCION FISCAL - SE AGREGA OF. con CONSTANCIARECEPCIÓN 89 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 8090/13. AG Resistencia, 19 de marzo de 2019.- Agréguese OFICIO dirigido a la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio con constancia de recepción, téngase presente y hágase saber. Not.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2349/19 -Foja: 19- PROVINCIA DEL CHACO C/VELASCO, GRACIELA JORGELINA S/EJECUCION FISCAL - D.I. PROVINCIA C/ EMBARGO +INMUEBLE DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 2349/19. gas Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Téngase a la Dra. JOHANNA JESSIE GUZZI por presentado, parte y domicilio legal constituido, en nombre y representación de la Provincia del Chaco, en mérito a la Nota-Poder que acompaña, con el patrocinio letrado del Sr. Fiscal de Estado Dr. LUIS ALBERTO MEZA, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de ejecución fiscal contra VELASCO, GRACIELA JORGELINA.- Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 529, 614 y 615 del CPCC, autorízase el embargo solicitado en autos y líbrese mandamiento de embargo contra VELASCO, GRACIELA JORGELINA por la suma de PESOS CINCUENTA y SIETE MIL NOVECIENTOS SIETE CON TRES CENTAVOS ($57.907,03) en concepto de capital, más la de PESOS VEINTITRES MIL CIENTO SESENTA y DOS CON OCHENTA y UN CENTAVOS ($23.162,81) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en la Sentencia Monitoria.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir ambas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura de los arts. 529 del CPCC que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC.- Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada.- Conforme lo solicitado, líbrese oficio al Registro de Propiedad Inmueble, a fin que informe si existen inmuebles registrados a nombre del demandado en autos VELASCO, GRACIELA JORGELINA e informe condiciones de dominio y todo otro dato de interés para la causa; recaudo que conforme lo establecido en el art. 385 del C.P.C.C., deberá ser firmado y diligenciado por el profesional requirente, bajo el apercibimiento contenido en la norma legal citada. Consígnese en el recaudo la prevención que establece el Art. 384 del C.P.C.C., como asimismo la presente providencia. A lo demás: Estése al Despacho Monitorio que en la fecha se dicta. Resérvese en Caja de Seguridad del Tribunal la documental acompañada.- Cúmplase con el aporte de Caja Forense.- Surgiendo de autos la falta de pago de Tasa de Justicia correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 23 y 26 de L.840.F según Digesto (antes ley 4182), por Secretaría practíquese planilla de liquidación. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 SEÑOR JUEZ: Conforme lo ordenado por S.S., procedo a practicar liquidación de la tasa de justicia correspondiente a los presentes actuados, según lo normado por L.840.F según Digesto (antes ley 4182).- II)- CALCULO a) Monto imponible: PESOS CINCUENTA y SIETE MIL NOVECIENTOS SIETE CON TRES CENTAVOS ($57.907,03) b) Porcentaje a aplicar: 2% s/monto imponible.- III)- En función de lo precedentemente expuesto la suma que corresponde abonar en concepto de tasa de justicia asciende a la suma de PESOS UN MIL CIENTO CINCUENTA y OCHO CON CATORCE CENTAVOS ($1.158,14). Conforme constancia de autos, la misma se encuentra pendiente. Asimismo, procedo a reservar en Caja de Seguridad del Tribunal, la documentación original acompañada, bajo Sobre Nº:2349/19. CONSTE. SECRETARIA, 18 de marzo de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 2349/19 -Foja: 20/21- PROVINCIA DEL CHACO C/VELASCO, GRACIELA JORGELINA S/EJECUCION FISCAL - SEN. ATP - SMVM 2 (ACTUALIZADO NUEVOCPCC) DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A EXPTE.Nº:2349/19.- gas Resistencia, 18 de marzo de 2019.- AUTOS Y VISTOS: Para dictar despacho monitorio en estos autos caratulados: "PROVINCIA DEL CHACO C/VELASCO, GRACIELA JORGELINA S/ EJECUCION FISCAL" Expte. Nº2349/19, y CONSIDERANDO: I).- Que el título traído a ejecución se encuentra comprendido en los supuestos previstos por el art. 614 del CPCC y arts. 72, 73 y 74 de la Ley Nº83-F (antes Dcto. Nº2444/62 y lo dispuesto por el art. 2 de la ley Nº1940-A (antes Ley Nº6808), hallándose reunidos los requisitos formales de admisibilidad, corresponde dictar despacho monitorio sin más trámite, conforme art. 528 del CPCC.- II).- En cuanto a los intereses solicitados, el capital condenado devengará los intereses dispuesto por la ley tarifaria provincial Nº299-F (antes Ley Nº2071), art. 34, desde la mora ((02/06/2016, 31/03/2017 y 31/07/2016)), y hasta su íntegro pago.- III).- Las costas, conforme art. 555 del CPCC, se imponen al ejecutado con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- IV).- Hágase saber al demandado que deberá cumplimentar con la Tasa de Justicia en el término y bajo apercibimiento de ley.- V).- A fin de regular honorarios se toma como base el capital reclamado en autos, aplicando el art. 5 de la Ley Nº288-C (antes Ley Nº2011); con la limitación dispuesta en el art. 15 de dicha ley.- Efectuado los cálculos de rigor, teniendo en cuenta el mérito, calidad y eficacia de los trabajos realizados por los profesionales, y luego de aplicar la alícuota mencionada supra, la operación efectuada arroja una suma inferior a lo establecido en el art. 5, 2º párrafo de la Ley Nº288-C, de aplicación inmediata. En este sentido para regular los honorarios profesionales se toma como base un salario mínimo vital y móvil reducido a un 80%, atento a la calidad y extensión de los trabajos realizados, conforme art. 3, 5, 6 y 15 de la Ley Nº288-C y Ley 1940-A (antes Ley Nº6808) y art. 1º de la Ley 457-C (antes Ley Nº2868), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- Por todo ello, RESUELVO: I).- LLEVAR ADELANTE LA EJECUCION contra VELASCO, GRACIELA JORGELINA, condenándolo a pagar al acreedor la suma de PESOS CINCUENTA y SIETE MIL NOVECIENTOS SIETE CON TRES CENTAVOS ($57.907,03) en concepto de capital, con más los intereses a calcularse conforme el punto II de los "considerandos", y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS VEINTITRES MIL CIENTO SESENTA y DOS CON OCHENTA y UN CENTAVOS ($23.162,812), sujeta a liquidación definitiva, que incluye, Tasa de Justicia según los arts. 24, 25 y 27 de la ley Nº840-F (antes Ley Nº4182) y sus modificatorias, lo que asciende a la suma de PESOS UN MIL CIENTO CINCUENTA y OCHO CON CATORCE CENTAVOS ($1.158,14).- II).- IMPONER las costas del presente proceso a la parte ejecutada conforme art. 555 del CPCC con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial.- III).- Habiéndose practicado planilla de liquidación por Secretaría, la Tasa de Justicia según los arts. 24, 25 y 27 de la ley Nº840-F (antes Ley Nº4182) asciende a la suma de PESOS UN MIL CIENTO CINCUENTA y OCHO CON CATORCE CENTAVOS ($1.158,14).- En consecuencia, INTIMASE su pago a la demandada condenada en costas, haciéndosele saber que en caso de incumplimiento y transcurrido cinco (5) días, se aplicará la multa prevista en la referida norma, bajo apercibimiento de su ejecución. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- IV).- Conforme art. 541 del CPCC, HAGASE SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de cinco (5) días, con más la ampliación en razón de la distancia si correspondiere; podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el punto I de la presente u OPONERSE a este despacho monitorio deduciendo las excepciones previstas en el art. 615 del CPCC. Asimismo, en el mismo plazo deberá constituir domicilio legal y electrónico, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 46 de la ley citada.- V).- REGULAR los honorarios de los profesionales actuantes de la siguiente forma, al Dr. LUIS ALBERTO MEZA como patrocinante en la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00), de los cuales el 30% se destinará al organismo que representa en los términos del art. 34 de la Ley Nº1940-A (antes ley Nº6808); y a la Dra. JOHANNA JESSIE GUZZI la suma de PESOS UN MIL ($1.000,00), por su actuación como apoderada. Todo con más IVA si correspondiere.- La regulación se efectúa de conformidad a lo establecido por los art. 3, 5 y 6 de la Ley Nº288-C (antes Ley Nº2011) y art. 1º de la Ley Nº457-C (antes Ley Nº2868); con la limitación prevista por el art. 730 del C.C. y C..- Sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición al Despacho Monitorio. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por la Acordada 3172 del 09/02/2011 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.- VI).- NOTIFICAR la presente en el domicilio real del ejecutado con copias de la demanda y documental conforme art. 530 del CPCC.- VII).- REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que en la fecha, se procedió a consignar en el sistema proporcionado por el Superior Tribunal de Justicia, los datos pertinentes a los fines de que Caja Forense se notifique por vía electrónica de los honorarios regulados. CONSTE. SECRETARIA, 18 de marzo de 2019.- DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13949/16 -Foja: 47/48- SERVICIO DE AGUA Y MANTENIMIENTO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.A.M.E.E.P.) C/ANDERLIQUE, SERGIO GERMAN Y/O QUIEN RESULTE PROPIETARIO, POSEEDOR, RESPONSABLE Y S/EJECUCION FISCAL - SE ORDENA MANDAMIENTO DEEMBARGO 48 DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº 13949/16.- gas Resistencia, 19 de marzo de 2019. Proveyendo el escrito que antecede: Autorízase el embargo solicitado y líbrese mandamiento de embargo contra ANDERLIQUE, SERGIO GERMAN Y/O QUIEN RESULTE PROPIETARIO, POSEEDOR, RESPONSABLE Y por la suma de PESOS QUINCE MIL DOCE CON TREINTA y NUEVE CENTAVOS ($15.012,39) en concepto de capital, más la de PESOS SEIS MIL CUATRO CON NOVENTA y SEIS CENTAVOS ($6.004,96) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas; más honorarios regulados en el Despacho Monitorio.- El Oficial de Justicia procederá a embargar bienes suficientes para cubrir dichas sumas. Asimismo requerirá al propietario de los bienes para que manifieste si se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso por orden de que juez, y en que Expte., y el nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los art. 44 y 45 del D/L 15348/45 ratificado por Ley 12962, a cuyo fin procederá a darle íntegra lectura de los arts. 529 que se transcribirá en el mandamiento, como asimismo los art. 230 y 535 del CPCC. Encomiéndase la diligencia al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de Ley, debiendo en dicho acto entregar copia de la diligencia. Autorízase la intervención solicitada. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 __________________________________________________ DIA DE DESPACHO: __________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: __________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 13292/16 -Foja: 97- SERVICIO DE AGUA Y MANTENIMIENTO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.A.M.E.E.P.) C/CODINA DE BRAGA, ANITA S/EJECUCION FISCAL - SE PRESENTAPADLOG DANIEL E. GALUGA Secretario Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 13292/16. vns. Resistencia, 19 de marzo de 2019.- A fs. 94/95: Téngase a Silvia Haydee Padlog por presentada, por derecho propio, con el patrocinio letrado del Dr. Jose A. Viturro Flores, dándoseles en autos la intervención que por derecho corresponda. Téngase presente lo manifestado, agréguese cédula dirigida a la Sra. Silvia Padlog con constancia de recepción y hágase saber. Atento lo manifestado por la Sra. Padlog en la presentación agregada a fs. 95 y teniendo en cuenta las constancias de la causa, previo a señalar nueva fecha de audiencia y dar curso a la presente ejecución, hágase saber a la actora que deberá manifestar expresamente contra quién desea dirigir la presente acción, especificando nombre completo y número de documento, todo de conformidad con el art. 335 del CPCC. A fs. 96: Téngase presente el nuevo domicilio denunciado de la Sra. KATZ DORA y, a lo solicitado, estése a lo dispuesto precedentemente. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 _________________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ DANIEL E. GALUGA - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 ------------------------------------------------------ Expte. N°: 6016/17 -Foja: 70/73- SUAREZ, FLORENCIO FORTUNATO Y MEZA, MARCELA SUSANA C/MUNICIPALIDAD DE RESISTENCIA S/EJECUCION DE HONORARIOS - INFORME Y ORDEN DE TRANSFERENCIAS MUNICIPIO- SOLOHONORARIOS SILVIO ABEL NICOLOFF --Secretario-- Juzgado Civil y Comercial Nº 18 "Año 2019. Centenario del nacimiento de Eva Duarte de Perón" Ley 2971-A Expte. Nº: 6016/17. gas SR. JUEZ: Informo a Ud. que en autos existen fondos depositados, los cuales ascienden a $6.883,30, a fs. 57 se aprobó planilla de fs. 52 por $1.725,30, conforme los siguientes rubros: Intereses de capital por honorarios $490,00 ($245 Dr. Suarez y $245 Dra. Meza), Intereses sobre honorarios $918,72 ($459,36 Dr. Suarez y $459,36 Dra. Meza), Gastos Documentados $184,56, Gastos no Documentados $120,00, Intereses s/ gastos no documentados $12,02. A fs. 57 se regularon honorarios posteriores a favor de los Dres. Suarez y Meza, a cada uno, por la suma de $1.579,00 como patrocinantes y apoderados. A fs. 40 obra constancia de transferencia de tasa de justicia. CONSTE. SECRETARIA, 18 de marzo de 2019.- SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario - Juzgado Civil y Comercial Nº18 Resistencia, 18 de marzo de 2019.- Téngase presente el informe que antecede. Proveyendo el escrito de fs. 72: Agréguese dos constancias de A.F.I.P. y téngase presente. Conforme lo peticionado y atento lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, procédase por Secretaría vía internet a la transferencia electrónica de los fondos depositados en la cuenta judicial Nº109462804, del Nuevo Banco del Chaco S.A., correspondiente a los presentes autos, conforme al siguiente detalle: I) A la Caja de Ahorro Nº48492/10, CBU Nº31100302-11000048492104 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre del Dr. SUAREZ FLORENCIO FORTUNATO, CUIT Nº20- 11699385-7, por la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA y TRES CON TREINTA y SEIS CENTAVOS ($2.283,36), en concepto de intereses de capital por honorarios, intereses de honorarios regulados y honorarios posteriores, con retención porcentual para Caja Forense .- II) A la Caja de Ahorro Nº48710/04, CBU Nº31100302-11000048710040 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la Dra. MEZA MARCELA SUSANA, CUIT Nº27-16119528-1, por la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA y TRES CON TREINTA y SEIS CENTAVOS ($2.283,36), en concepto de intereses de capital por honorarios, intereses de honorarios regulados y honorarios posteriores, con retención porcentual para Caja Forense .- III) A la Caja de Ahorro Nº48492/10, CBU Nº31100302-11000048492104 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre del Dr. SUAREZ FLORENCIO FORTUNATO, CUIT Nº20- 11699385-7, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA y OCHO CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($158,29), en concepto del 50% de gastos documentados, gastos no documentados e intereses de gastos no documentados. IV) A la Caja de Ahorro Nº48710/04, CBU Nº31100302-11000048710040 del Nuevo Banco del Chaco, Sucursal Nº 30- Resistencia, a nombre de la Dra. MEZA MARCELA SUSANA, CUIT Nº27-16119528-1, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA y OCHO CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($158,29), en concepto del 50% de gastos documentados, gastos no documentados e intereses de gastos no documentados. Una vez firme la presente providencia, dése cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Not.- OMAR A. MARTINEZ - Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 18 ____________________________________________ DIA DE DESPACHO: _________________________________________________ DIA DE NOTIFICACIONES: _________________________________________________ SILVIO ABEL NICOLOFF - Secretario -