CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA 1 - Fecha Despacho: 14/02/2020 - Providencias ----------------------------------------------------------------------- Expediente Caratula ----------------------------------------------------------------------- Expte. N°: 439/19 -Foja: 266- ALMIRON MARIA ELENA C/ SUCESORES DE BARRIENTOS OLGA ISABEL; SANCHEZ PABLA ISABEL Y/O QUIEN RES. PROP. COMERCIO "LA CASA DE LAS EMPANADAS" Y/O QUIEN RES. RESP. S/DEMANDA LABORAL - CONSTANCIA DE RADICACION POR CORREOELEC. "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 266 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº439/19- mpg. C O N S T E: que en el día de la fecha, se procede a informar por correo electrónico al Juzgado Civil, Comercial y Laboral de General José de San Martín la radicación de la presente causa en esta Sala Primera, conforme Acuerdo Nº159 de la Cámara de Apelaciones del Trabajo de fecha 04/10/12. SECRETARIA, 11 de febrero de 2020. ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ................. DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE............... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 476/19 -Foja: 24- DIRECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO C/ SILVA PAMELA NOEMI S/INFRACCION AL ARTICULO 54ª INC. A) DE LA LEY Nº481 Y SU MODIFICATORIA LEY Nº998-L - RADICACION FIRMA DRA.RAJOY "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 24 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº476/19 - mpg //-sistencia, 12 de febrero de 2020.- Radícanse las presentes actuaciones en esta Sala Primera integrada con la Dra. Elmira Patricia Bustos y la suscripta. Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ........................... DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE....................... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 007/2020 -Foja: 76- DISTRIBUIDORA CAR CAR S.R.L. C/ FERNANDEZ ANTONIO ANDRES S/INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACION - PASO PREVIO AL INFORME DE RADICACION DRA.RAJOY "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 76 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº007/2020- mem //-sistencia, 11 de febrero de 2020.- Por recibido, informe Secretaría. Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ................. DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE............... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 425/18 -Foja: 444- FERNANDEZ MANUEL LUIS C/ BAZZA WALTER DARIO Y/O BAZZA NANCY EDITH Y/O MARTINEZ NIDIA Y/O SUC. DE BAZZA ROBERTO Y/O CALZETTA MARIA MARCELA Y/O T.P S/DEMANDA LABORAL - INFORME DE PROSECRETARIA PARA DEVOLUCION DEEXPTE. "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 444 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº425/18 mem ///-ÑORA PRESIDENTE DE SALA: Informo a Ud. que, en las presentes actuaciones, se han cumplimentado todas las notificaciones ordenadas a fs. 442 pto. III.- Resistencia, 11 de febrero de 2020.- JOSE FRANCISCO CARBALLEIRA PROSECRETARIO SALA PRIMERA - CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 425/18 -Foja: 445- FERNANDEZ MANUEL LUIS C/ BAZZA WALTER DARIO Y/O BAZZA NANCY EDITH Y/O MARTINEZ NIDIA Y/O SUC. DE BAZZA ROBERTO Y/O CALZETTA MARIA MARCELA Y/O T.P S/DEMANDA LABORAL - OFICIO AL JUZGA SAN MARTIN ENDEVOLUCION "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A OF. Nº14/2020 Resistencia, 11 de febrero de 2020.- AL SR. JUEZ DEL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE GENERAL JOSE DE SAN MARTIN DR. LUIS FELIPE ZABALLA SU D E S P A C H O Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "FERNANDEZ MANUEL LUIS C/ BAZZA WALTER DARIO Y/O BAZZA NANCY EDITH Y/O MARTINEZ NIDIA Y/O SUC. DE BAZZA ROBERTO Y/O CALZETTA MARIA MARCELA Y/O T.P.O. S.A. Y/O MULTIMEDIO H.D. S.A. Y/O QUIEN RES. RESP. S/ DEMANDA LABORAL", Expte. Nº 425/18, del Registro de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, Secretaría de Sala Primera, sita en calle Hipólito Irigoyen Nº347 de esta ciudad, a fin de remitir en devolución las presentes actuaciones en tres cuerpos con 445 fs. por cuerda Expte. Nº 94/14L, caratulado "MARTINEZ, NIDIA GLADIS Y BAZZA, NANCY EDITH S/ INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACION", en un cuerpo con 97 fs. y 1 sobre de documentales con 62 fs. sin rubricas y sellos, conforme lo dispuesto a fs. 442 pto. IV.- Sin otro particular saludo a Ud. con distinguida consideración. YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 001/2020 -Foja: 86- GARCIA JULIO CESAR Y SINDICATO DE CHOFERES DE CAMIONES OBREROS Y EMPLEADOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS DEL CHACO Y LA OBRA SOCIAL DE CONDUCTORES CAMIONER S/HOMOLOGACION DE CONVENIO - PASO PREVIO AL INFORME DE RADICACION DRA.RAJOY "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 86 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº001/2020- mem //-sistencia, 12 de febrero de 2020.- 1.- Por recibido, informe Secretaría. 2.- Al escrito que antecede: Estése a lo dispuesto precedentemente. 3.- Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ................. DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE............... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 491/19 -Foja: 130- LEGAJO APELATIVO RIOS CRISITIAN DANIEL C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. S/PROCEDIMIENTO ABREVIADO - LEY 7434 - RADICACION FIRMA DRA.RAJOY "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 130 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº491/19 - mem //-sistencia, 12 de febrero de 2020.- Radícanse las presentes actuaciones en esta Sala Primera integrada con la Dra. Elmira Patricia Bustos y la suscripta. Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ........................... DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE....................... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 499/19 -Foja: 231- LEGAJO APELATIVO RODRIGUEZ MARTIRES DOROTEO C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/PROCEDIMIENTO ABREVIADO LEY 7434 - RADICACION FIRMA DRA.RAJOY "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 231 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº499/19 - mpg //-sistencia, 12 de febrero de 2020.- Radícanse las presentes actuaciones en esta Sala Primera integrada con la Dra. Elmira Patricia Bustos y la suscripta. Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ........................... DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE....................... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 012/2020 -Foja: 127- LEGAJO APELATIVO VALLEJOS SERGIO DANIEL C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. S/PROCEDIMIENTO ABREVIADO ART. 337 CPL. - PASO PREVIO AL INFORME DE RADICACION DRA.RAJOY "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 127 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº012/2020- mpg //-sistencia, 11 de febrero de 2020.- Por recibido, informe Secretaría. Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ................. DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE............... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 468/19 -Foja: 88- LEGAJO DE APELACION E/A: GONZALEZ CARLOS DANIEL C/ SAN JOSE S.R.L. S/MEDIDA AUTOSATISFACTIVA S/ LEGAJO DE APELACION - RADICACION FIRMA DRA.RAJOY "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 88 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº468/19 - mpg //-sistencia, 12 de febrero de 2020.- Radícanse las presentes actuaciones en esta Sala Primera integrada con la Dra. Elmira Patricia Bustos y la suscripta. Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ........................... DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE....................... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 184/19 -Foja: 177 vta.- LEGAJO DE APELACION EN AUTOS: DALLARA DANIEL GUSTAVO C/ EXPERTA ART S.A. S/MEDIDA AUTOSATISFACTIVA, EXPTE. Nº129/17 - NOTIFICACION DE OFICIO POR CORREOELECTRONICO Expte. Nº184/19- mpg C O N S T E: que en el día de la fecha, procedí a enviar mediante Correo Electrónico el Oficio que antecede, librado en autos.- Secretaría, 12 de febrero de 2020 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 184/19 -Foja: 177- LEGAJO DE APELACION EN AUTOS: DALLARA DANIEL GUSTAVO C/ EXPERTA ART S.A. S/MEDIDA AUTOSATISFACTIVA, EXPTE. Nº129/17 - OFICIO AL JUZGADO LABORAL Nº2 (requiriendodocumentales) "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A OF. Nº15/20.- Resistencia, 12 de febrero de 2020.- AL SEÑOR JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO LABORAL Nº2 DR. ERNESTO SILVESTRI S U D E S P A C H O Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "LEGAJO DE APELACION EN AUTOS: DALLARA DANIEL GUSTAVO C/ EXPERTA ART S.A. S/ MEDIDA AUTOSATISFACTIVA, EXPTE. Nº129/17", Expte. Nº184/19, del Registro de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, Secretaría de Sala Primera, sita en calle Hipólito Irigoyen Nº347 de esta ciudad, a fin de requerir la documental ofrecida por la parte actora a fs. 7 vta., pto. XIV.- y que fueran reservadas a fs. 9, conforme lo dispuesto a fs. 176 pto. 1). Sin otro particular saludo a Ud. con distinguida consideración.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 184/19 -Foja: 176- LEGAJO DE APELACION EN AUTOS: DALLARA DANIEL GUSTAVO C/ EXPERTA ART S.A. S/MEDIDA AUTOSATISFACTIVA, EXPTE. Nº129/17 - PROVEIDO (requiriendodocumentales) "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 176 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº184/19- mpg Resistencia, 12 de febrero de 2020.- 1) Librese Oficio al Juzgado del Trabajo Nº2, a los fines dispuesto en el pto. III. del Interlocutorio Nº193/19 de fs. 174. 2) Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 005/2020 -Foja: 487- LOVEY MIGUEL ALBERTO C/ CARBAT S.A. Y/O PLOMBAT S.A. Y/O BATERPLAC S.R.L. Y/O LOS FLAMENCOS S.A. Y/O RECICLADOS PALPALA S.R.L. S/DESPIDO, ETC. - PASO PREVIO AL INFORME DE RADICACION DRA.RAJOY "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 487 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº005/2020- mem //-sistencia, 11 de febrero de 2020.- Por recibido, informe Secretaría. Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ................. DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE............... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 279/19 -Foja: 318- LUNA ANA BEATRIZ C/ DEL CERRO JOSE LUIS Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/DESPIDO, ETC. - OPORTUNAMENTEPORTUNAMENTE 318 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº279/19- mpg //-Sistencia, 12 de febrero de 2020.- Al escrito que antecede, oportunamente. Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ................. DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE............... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 008/2020 -Foja: 671- RAMOS RICARDO ARMANDO C/ A.V.H. SAN LUIS S.R.L. Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/DESPIDO, ETC. - PASO PREVIO AL INFORME DE RADICACION DRA.RAJOY "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 671 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº008/2020- mpg //-sistencia, 11 de febrero de 2020.- Por recibido, informe Secretaría. Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ................. DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE............... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 014/2020 -Foja: 47- RECURSO DE QUEJA POR APELACION DENEGADA E/A: BENITEZ DIEGO SEBASTIAN C/ CARSA S.A. S/PROCEDIMIENTO ABREVIADO ART. 337 C.P.L. EXPTE. Nº1595/19 - PASO PREVIO AL INFORME DE RADICACION DRA.RAJOY "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 47 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº014/2020- mpg //-sistencia, 11 de febrero de 2020.- Por recibido, informe Secretaría. Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ................. DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE............... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 419/18 -Foja: 309- RODRIGUEZ ROMINA SOLEDAD C/ PREMIX S.R.L. Y/O SELZER VALENTINA S/DESPIDO, ETC. - INFORME DE PROSECRETARIA PARA DEVOLUCION DEEXPTE. "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 309 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº419/18- mpg ///-ÑORA PRESIDENTE DE SALA: Informo a Ud. que, en las presentes actuaciones, se han cumplimentado todas las notificaciones ordenadas a fs. 307 pto. IV.-. Resistencia, 11 de febrero de 2020.- JOSE FRANCISCO CARBALLEIRA PROSECRETARIO SALA PRIMERA - CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 419/18 -Foja: 310- RODRIGUEZ ROMINA SOLEDAD C/ PREMIX S.R.L. Y/O SELZER VALENTINA S/DESPIDO, ETC. - OFICIO AL JUZGADO LABORAL Nº1 (devolución deexpte.) "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A OF. Nº13/20.- Resistencia, 11 de febrero de 2020.- A LA SEÑORA JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO LABORAL Nº1 DRA. SILVANA CAROLINA GOMEZ S U D E S P A C H O Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados "RODRIGUEZ ROMINA SOLEDAD C/ PREMIX S.R.L. Y/O SELZER VALENTINA S/ DESPIDO, ETC.", Expte. Nº419/18, del Registro de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, Secretaría de Sala Primera, sita en calle Hipólito Irigoyen Nº347 de esta ciudad, a fin de remitir en devolución las presentes actuaciones en dos cuerpos con 310 fs., juntamente con dos sobres de documentales: de la parte actora con 26 fs. y una constancia de desglose de documentales en 1 fs.; y de la parte demandada con 17 fs., conforme lo dispuesto a fs. 307 pto. IV.-. Sin otro particular saludo a Ud. con distinguida consideración.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 491/18 -Foja: 302/305- SOSA SERGIO OMAR C/ FM 69.9 LA MOVIDA Y/O DELGADO HUGO ROBERTO Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/DESPIDO, ETC. - SENTENCIA - DRAS. RAJOY -FERNANDEZ "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A SENTENCIA Nº03/20.- ///-la ciudad de Resistencia, Capital de la Provincia del Chaco, a los doce (12) días del mes de febrero del año dos mil veinte, reunidas en la Sala de Acuerdos de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, las Sras. Juezas YOLANDA LUCIANA URRUTIA DE RAJOY y ANA MARIA O. FERNANDEZ, tomaron en consideración, a fin de dictar Sentencia, en los autos caratulados: "SOSA SERGIO OMAR C/FM 96.9 LA MOVIDA Y/O DELGADO HUGO ROBERTO Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/ DESPIDO, ETC.", Expte. Nº491/18, del Registro de esta Sala Primera de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, venidos en apelación del Juzgado del Trabajo de la Segunda Nominación. Acto seguido, la Sra. Juez Yolanda Luciana Urrutia de Rajoy efectuó la siguiente relación de causa: Contra la Sentencia de fs. 240/248 que Hace lugar parcialmente a la acción promovida, Desestima rubros: Diferencia de haberes -período junio/98- octubre/04 y SAC s/preaviso, impone las costas a la demandada Hugo Roberto Delgado, difiere la regulación de honorarios y hace lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada, impone costas a la parte actora y difiere la regulación de honorarios recurre la parte demandada a fs. 250, concedido a fs. 251 pto. 2), expresado sus agravios a fs. 257/259. A fs. 261 pto. 2.- se corre traslado a la parte actora, quien lo contesta a fs. 262/263. Ordenándose la elevación de los autos a la Alzada a fs. 276 pto. 1-. Recibidas las mismas, a fs. 280 se radican en esta Sala, llamándose con posterioridad Autos para Sentencia, quedando, en condiciones de recibir pronunciamiento. La Sra. Juez Ana María O. Fernandez prestó conformidad con esta relación de causa. Seguidamente, la Sala plantea la siguiente cuestión a decidir: la sentencia de fs. 240/248 debe ser confirmada, modificada o revocada? A LA CUESTION PLANTEADA, LA SRA. JUEZ YOLANDA LUCIANA URRUTIA DE RAJOY, dijo: I.-Contra la Sentencia de primera instancia, recurre la parte demandada, manifestando que la misma no constituye una derivación razonada del derecho vigente en función de las constancias de la causa, resultando arbitraria y violatoria de las garantías que tutelan el derecho de defensa o debido proceso, legalidad, la razonabilidad y la interdicción de arbitrariedad, con afectación del derecho de propiedad. Se queja que la A-quo haya considerado acreditado que el Sr. Delgado era propietario de FM La Movida y el local bailable Media Naranja, sin que se hubiera incorporado a la causa medios probatorios fehacientes. Refiere que salvo el caso de Gomez, los restantes testigos manifestaron que no conocieron a Delgado, y afirman que éste era el dueño de emisora porque escucharon del actor o de terceros tal versión, sin indicar los nombres de estos terceros, ni de que manera tenían conocimiento respecto de una situación jurídica que no resulta facilmente perceptibles, por lo que considera que carecen en absoluto de fuerza convictiva, pues el testimonio de oídas no es una prueba, lo que implica una violación del derecho de defensa garantizado por el art. 18 CN. Cita doctrina. Se queja que la A-quo funda la sentencia en los dichos del testigo Gómez, porque sostuvo que el Sr. Delgado manejaba tanto la radio como la bailanta, por lo que tratándose de un testigo único, sus dichos deben ser interpretados con severidad y rigor crítico, lo que no hizo la sentenciante. Refiere que el propio testigo no dice taxativamente que Delgado era titular de la FM La Movida, ni de la bailanta sino que utiliza el término manejaba, lo que parece reflejar una conducta y no una situación jurídica de la que derive responsabilidad laboral en condición de empleador. Señala que el hecho de que el testigo trabajara con colegios no se relaciona con el supuesto conocimiento de una situación jurídica como la que se establece en la sentencia al considerar a Delgado como propietario de la FM y empleador del actor. Manifiesta que el informe del Comfer no acredita que Delgado fuera titular de la FM La Movida, sino que interpuso una Medida Cautelar para la continuidad de FM Fantástica en el año 2006, ubicada en un domicilio distinto al señalado por el actor, quien al demandar y cursar las comunicaciones telegráficas no la menciona. Agrega que el actor dijo haber trabajado en la FM La Movida hasta el año 2007, en un domicilio distinto de FM Fantástica, la cual era una emisora distinta a la otra. Sostiene que la prueba de informe del Comfer, lejos de avalar la procedencia de la demanda, abona su rechazo, poniendo en evidencia errores en el análisis lógico del material probatorio, que evidentemente no fueron sometidos a la sana crítica racional, tal como lo impone la normativa vigente que la sentencian debió observar. Concluye que el razonamiento lógico permite establecer que si en el año 2006 FM La Movida había cambiado de nombre y el actor no lo sabía, indudablemente no pudo trabajar ahí hasta el 2007 como lo afirmó en la demanda, o bien, FM Fantástica era una emisora distinta, en la que el actor no trabajo, pues nunca la mencionó, por lo que solicita se revoque la sentencia, rechazándose la demanda promovida contra el Sr. Hugo Delgado. Ordenado el traslado de ley, la parte actora lo evacúa a tenor de la presentación agregada a fs. 262/263 solicitando el rechazo del recurso de apelación conforme los argumentos vertidos, los que doy por reproducidos en ésta oportunidad por razones de brevedad. II.-Que el actor al demandar sostuvo que ingresó a trabajar en junio de 1998 bajo las órdenes de Hugo Roberto Delgado en el local bailable Media Naranja ubicado en Brown 4255 de Barranqueras y, pocos meses después comienza a funcionar dentro de dicho local bailable la Radio FM 96.9 LA MOVIDA del Sr. Hugo Delgado, pasando a cumplir funciones de operador de dicha radio. El accionado sostuvo al contestar la demanda que nunca fue propietario ni responsable con FM MOVIDA ni del local bailable MEDIA NARANJA resultando sorpresiva e inexplicable la misma, señalando que solo concurría a dichos lugares como cliente. Que a fs. 74/75 se homologó el desistimiento de la acción y del derecho ejercido por el actor contra FM LA MOVIDA. En la Sentencia de fs. 240/248 se hizo lugar parcialmente a la acción promovida, por Sergio Omar Sosa contra Hugo Roberto Delgado. Expuestos los antecedentes del caso en mérito a los agravios vertidos por la accionada, debo señalar que de las pruebas colectadas en autos surgen las testimoniales producidas a instancias del actor: Mónica Estela Castillo (fs. 130), quien dijo que conoce al actor "Sí, en el 2004 mas o menos, porque el trabajaba en la radio (96.9 La Movida) y respecto a los demandados, responde: La Movida FM sí, respecto al Sr. Delgado, Hugo Roberto, no. En cuanto a la pregunta respecto a para quien trabajaba el actor ente 01/06/98 a enero 2007 dijo para el Sr. Delgado, en la radio 96.9 La Movida, porque él (Sergio) nos comentaba cuando iba a llevar notas de dedicatoria, trabajaba ahí en "La Movida", en el horario que íbamos él estaba siempre, porque vivía ahí, de mañana, de tarde y de noche, en cualquier horario se le encontraba ahí, porque siempre estaba, estaba de operador... yo sabía que era operador ahí, nomás. Rolando Heriberto Aguirre (fs. 134 y vta.) conoce al actor de aproximadamente diez años, porque había baile donde trabajaba SOSA y ahí se hicieron amigos, había una radio también. La dirección exacta del trabajo del actor no sabía, pero creía que es Brown al 4200 por ahí porque está casi paralela a la mía, media naranja creía que es, la radio estaba adentro. No conozco al señor Delgado. Sí, conozco a FM 96.9 LA MOVIDA porque yo tenía un kiosko y daba publicidad por la radio. Sabía que el actor trabajaba en la radio en LA MOVIDA que está por la Brown, incluso él vivía ahí, pero no sabía quien era el patrón. Sandra Beatriz Barrios (fs. 135/136) conoce al actor hace más o menos diez años, de la radio LA MOVIDA, a FM 96.9 LA MOVIDA porque mandábamos saludos y a veces ibamos a visitar el programa, pero no conoce al señor Delgado. Dijo que el actor trabajaba para la FM LA MOVIDA, que creía que lo hacía las 24 horas, porque estaba contínuamente ahí. Daniel Alejandro Gomez (fs. 159 y vta) dijo que conoce al señor SOSA desde el 2002 por ahí porque él siempre estaba en la radio del dial 96.9, el nombre de la radio cambia, ahora por ejemplo tiene otro nombre. Yo lo conocí porque me iba a la radio y él estaba como operador, además conoce al señor DELGADO porque trabajó con algunos colegios que realizaban fiestas y Delgado manejaba tanto la radio como la bailanta que se llamaba Media Naranja. La radio se llamaba La Movida, que lo conoció aproximadamente en el 2001, que el actor trabajó en FM 96.9. Roberto Oscar Fortini (fs. 186 y vta.) conoce al actor desde hacía 10 años mas o menos, 10 o 15 años, lo conoció por el barrio y a la demandada lo conoce de llevar saludos y esas cosas cuando estaba la FM y siempre estaba Sergio de operador y esas cosas. Señaló que el actor trabajó en el boliche media naranja y después estuvo también en la FM LA MOVIDA 96.9, "Hasta que yo tenía entendido, para Hugo Delgado, es lo que yo sabía", más o menos del 98 por ahi, 98, 99, unos cuatro o cinco años. Silva Mirta Blanca (fs. 187/188) quien respondió que conocía al actor, más o menos desde 1998, nos conocimos por medio de la familia, yo soy amiga de la madre y a FM 96.9 LA MOVIDA, porque fue a llevar cosas en un programa solidario que hacía el señor Chañak, siempre colaboró con el, él siempre hacía así para el día del niño, de la madre, la gente le pedía y el hacia donaciones o hacía por ejemplo para el día del niño chocolatadas, entregaba juguetes, ropas. y al demandado Delgado si bien no lo conoce dijo que lo sintió nombrar por los empleados como el dueño. Señaló que el actor trabajaba en FM LA MOVIDA y que el dueño era Hugo Delgado, Barranqueras, calle Brown, la dirección te puedo decir cuatro mil y algo, cuatro mil cuatrocientos, mas o menos, que trabajó en la radio más o menos desde 1998 o 2000, hasta el 2005 o 2006. Del análisis testimonial que antecede, se desprende claramente la vinculación laborativa del actor con el demandado. Si bien -salvo Gomez- dijeron no conocer al Sr. Delgado, lo ubican como dueño de la FM 96.9 , siendo concordantes unos con otros, denotando la existencia de la relación laboral, sin que exista de autos prueba alguna de la accionada sobre la inexistencia laboral. Además la informativa del Comité Federal de Radiodifusión de fs. 51, torna elocuente la conclusión, ya que del mismo se desprende que si bien de sus registros no surgía otorgamiento de licencia o permiso para el funcionamiento de una estación de radiodifusión denominada FM LA MOVIDA, con operación en 96.9 mhz, en la provincia del Chaco y a nombre de Hugo Roberto Delgado, se hizo saber que existía una estación de radiodifusión denominada FM MOVIDA, con operación en la frecuencia 96.9 mhz, desde el domicilio sito en calle Brown entre el Nº 4285 de la misma arteria y Diagonal Eva Perón, en la localidad de Barranqueras, careciendo de autorización legal para emitir, por lo cual se declaró su clandestinidad, requiriéndose la intervención de la Comisión Nacional de Comunicaciones, para la aplicación de la sanción de decomiso. Asi mismo se informó sobre una una medida cautelar vigente cargo del Dr. Skidelsky, en los autos caratulados: "DELGADO, Hugo Roberto c/ COMFER y otros S/ Medida Cautelar", Expte. 3814/06, donde se ordenó abstenerse de modificar la situación de FM FANTASTICA, emisora que irradia en el 96.9 mhz, desde la calle Brown 4265, Barranqueras, y especialmente privarse de declarar su clandestinidad, como también de proceder al decomiso de sus instalaciones. Este informe del COMFER es dirimente para concluír en la titularidad de la explotación por parte del Sr. Hugo Roberto Delgado de la emisora radial FM 96.9, con domicilio en Brown a la altura del 4200 de la ciudad de Barranqueras, más allá del nombre de fantasía que utilizara dicha FM. En definitiva con las testimoniales producidas y el informe del COMFER se desprende, en aras al principio de la verdad real, que quien era el titular de la explotación donde trabajaba el actor era del demandado Sr. Delgado, por lo que los agravios deben rechazarse. III.-Por lo dicho, soy de opinión que los agravios de la accionada resultan ser una mera disconformidad con lo sentenciado en origen y por lo cual propongo al Acuerdo: 1)RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y en consecuencia; 2)CONFIRMAR la Sentencia de Primera Instancia en cuanto ha sido objeto de agravios. 3)COSTAS de Alzada atento el principio objetivo de la derrota (art. 281 CPL) serán soportadas por la demandada-vencida. 4)DIFERIR las regulaciones de honorarios hasta la oportunidad en que obren regulados los de Primera Instancia. ASI VOTO.- A LA CUESTION PLANTEADA, LA SRA. JUEZ ANA MARIA O. FERNANDEZ, dijo: Adhiero, por sus fundamentos, a las conclusiones arribadas por la Sra.Juez preopinante. ASI VOTO.- SENTENCIA Nº03/20.- Resistencia, 12 de febrero de 2.020.- Por el resultado de la votación que antecede, la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, RESUELVE: I.-RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, y en consecuencia; II.-CONFIRMAR la Sentencia de fs. fs. 240/248, en cuanto constituyera materia de agravios.- III.-COSTAS DE ALZADA a cargo de la parte demandada vencida. Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que obren los de Primera Instancia.- IV.-REGISTRESE, notifíquese y oportunamente, devuélvase.- ANA MARIA O. FERNANDEZ YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ SALA SEGUNDA JUEZ SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO ------------------------------------------------------ Expte. N°: 465/19 -Foja: 322- ZALAZAR ANTONIO ANDRES C/ REVESTIR S.R.L. Y/O MICO MATERIALES S.R.L. Y/O CODINA MIGUEL PEDRO Y/O CODIA GUILLERMO MIGUEL Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE S/DESPIDO, ETC. - RADICACION FIRMA DRA.RAJOY "2020 - Año del Cogreso Pedagógico" Ley Nº 3114-A 322 ATILIO IGNACIO PRAUSE SECRETARIO SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO Expte. Nº465/19 - mem //-sistencia, 12 de febrero de 2020.- Radícanse las presentes actuaciones en esta Sala Primera integrada con la Dra. Elmira Patricia Bustos y la suscripta. Not.- YOLANDA L. URRUTIA DE RAJOY JUEZ PRESIDENTE SALA PRIMERA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO EN MESA DE ENTRADAS EL DIA ........................... DIA DE NOTIFICACIONES. CONSTE....................... ELIDA ISABEL RELLAN JEFA MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS